CUARTO INFORME DE PROGRESO DE LA RELATORÍA SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS EN EL HEMISFERIO

 

 

I.       INTRODUCCIÓN 

 

II.       PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA RELATORÍA DURANTE EL AÑO 2002 

 

III.     PANORAMA GENERAL DE POLÍTICAS Y PRÁCTICAS RELACIONADAS CON LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS 

 

IV.      EL MERCADO LABORAL Y CONDICIONES DE DISCRIMINACIÓN EN CONTRA DE LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS 

 

  V.       VISITA IN LOCO A COSTA RICA 

 

VI.       VISITA IN LOCO A GUATEMALA  

 

 

 

 

CUARTO INFORME DE PROGRESO DE LA RELATORÍA SOBRE TRABAJADORES 
MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS EN EL HEMISFERIO

 

 

          I.          INTRODUCCIÓN

 

1.                 La gran trascendencia que la migración ha adquirido en la última década motivó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en virtud de su amplio mandato de protección en materia de derechos humanos, a desplegar especiales esfuerzos en relación a la situación de los trabajadores migratorios y sus familias en las Américas.  Por ello, en 1997 se estableció la Relatoría Especial sobre Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias. De igual manera, la CIDH decidió crear la Relatoría de trabajadores migratorios tomando en consideración la importancia que los Estados miembros de OEA le han brindado a este tema, interés evidenciado en múltiples resoluciones de la Asamblea General de la OEA y de las Cumbres Presidenciales. Al crear esta Relatoría Especial, la CIDH delimitó su campo de acción únicamente a los trabajadores migratorios y sus familias cuando éstos se encuentran en el extranjero. En tal sentido, la CIDH aclaró que ella no se abocaría al conocimiento de otras categorías migratorias como migrantes internos, desplazados internos, apátridas, refugiados o solicitantes de asilo. Sin perjuicio de lo anterior, la CIDH es consciente que hay principios comunes que se aplican a dichas categorías y que migrantes internos, refugiados, desplazados internos, apátridas y solicitantes de asilo pueden en determinadas ocasiones transformarse en trabajadores migratorios (o viceversa).

 

2.                 Durante su 106º período ordinario de sesiones, efectuado en marzo del 2000, la CIDH designó a Juan Méndez, jurista y comisionado argentino y quien se desempeñó como Presidente de la CIDH durante el año 2002, como Relator Especial de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias. Para llevar a cabo su labor como Relator Especial de Trabajadores Migratorios, Juan Méndez cuenta con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH y de un pequeño equipo de colaboradores.

 

3.                 La CIDH resolvió brindar una atención prioritaria a la situación de los trabajadores migratorios y sus familias en virtud a la delicada situación de derechos humanos que afecta a estas personas. A través de los años, la CIDH ha tenido conocimiento de las dificultades que enfrentan los trabajadores migratorios a través de visitas in loco, denuncias sobre violaciones de derechos humanos que ha recibido y audiencias especiales celebradas para tratar el tema. La CIDH estima que los trabajadores migratorios y sus familias representan un grupo social especialmente vulnerable que, en muchas ocasiones, es objeto de abusos y de violaciones sistemáticas a sus derechos fundamentales.

 

4.                 Como se ha indicado en anteriores informes, la Relatoría Especial de Trabajadores Migratorios tiene varios objetivos. Entre los más importantes se puede mencionar: (a) generar conciencia en cuanto al deber de los Estados de respetar los derechos humanos de los trabajadores migratorios y sus familias; (b) presentar recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la protección y promoción de los derechos humanos de estas personas, a fin de que se adopten medidas progresivas en su favor; (c) elaborar informes y estudios especializados sobre la materia; y (d) actuar con prontitud respecto a peticiones o comunicaciones en donde se señale que los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias son vulnerados en algún Estado miembro de la OEA.

 

5.                 Con respecto a la presentación de peticiones, la CIDH actualmente está conociendo varios casos de presuntas violaciones a los derechos humanos de trabajadores migratorios y sus familias en las Américas. Estos incluyen dos casos en contra de Republica Dominicana. El primero se refiere a la expulsión o amenaza de expulsión colectiva de ciudadanos haitianos y dominicanos de origen haitiano de  Dominicana (caso número 12.271). [1] El segundo caso se refiere a la negación de la nacionalidad y al acceso a educación de dos niñas dominicanas de padre haitianos, pese a que la  Dominicana reconoce el principio de ius soli (caso número 12.189) [2] . La CIDH también está viendo dos casos en contra de Costa Rica referidos a la expulsión de ciudadanos nicaragüenses de territorio costarricense (casos números 11.529 [3] y 11.495). [4] Otros dos casos se encuentran en estudio sobre su admisibilidad, uno contra Estados Unidos relativo a la muerte de personas migrantes durante el cruce de la frontera (caso número 11.072) y otro contra Argentina relativo a la deportación de un ciudadano uruguayo (caso 12.306).   

 

6.                 La iniciativa de la CIDH de crear una Relatoría Especial sobre trabajadores migratorios y miembros de sus familias ha tenido una acogida muy positiva por parte de los Jefes de Estado y Gobierno de las Américas. En los Planes de Acción de la Segunda y Tercera Cumbres de las Américas, los Estados de la región manifestaron su interés en incrementar sus esfuerzos para mejorar la condición de los trabajadores migratorios en las Américas. Como correlato de este interés, durante la Tercera Cumbre, celebrada en Québec, Canadá en el año 2001, las máximas autoridades de las Américas confirieron un mandato especial a la OEA para el establecimiento de:

 

un programa interamericano, en el marco de la OEA, para la promoción y protección de los derechos humanos de los migrantes, incluyendo a los trabajadores migrantes y sus familias, tomando en cuenta las actividades de la CIDH, y apoyando la labor encomendada al Relator Especial sobre Trabajadores Migrantes de la CIDH y la Relatora Especial para las Migraciones de las Naciones Unidas.

 

7.                 Desafortunadamente, pese al interés expresado por los Estados en diversas declaraciones, el desarrollo del trabajo de la Relatoría se ha visto mermado por falta de apoyo financiero por parte de los Estados miembros de la OEA. En este sentido, algunas de las actividades que la Relatoría necesita desarrollar en el marco de su mandato se han visto negativamente afectadas. Hasta ahora, las actividades llevadas a cabo por la Relatoría Especial se han llevado adelante sólo gracias a una pequeña contribución del fondo general de la OEA, aportes del Gobierno de México y de la Fundación Ford. Si bien estas contribuciones han permitido al equipo de colaboradores proseguir con su trabajo, la Relatoría necesita urgentemente recibir nuevos aportes financieros. Es importante subrayar que, como fruto de su labor y del interés manifestado por los Estados y organizaciones de la sociedad civil, en el último año el volumen de trabajo de la Relatoría se ha incrementado de forma substancial. La Relatoría lamenta que el interés expresado por muchos Estados y organizaciones no haya hasta ahora tenido como correlato un apoyo financiero o logístico concreto. 

 

8.                 La CIDH ha creído necesario realizar informes de progreso anuales sobre diferentes aspectos de la problemática de los trabajadores migratorios desde una perspectiva de los derechos humanos. [5] Se ha optado por esta modalidad en lugar de presentar un informe único sobre la situación de estas personas en las Américas, ya que un trabajo de tales características sería difícil de realizar en virtud de la dimensión y complejidad del problema así como de los recursos con los que cuenta la Relatoría. Además, el fenómeno migratorio es una realidad dinámica que no se presta a un análisis definitivo y de una sola vez. El informe que presentamos a continuación ha sido elaborado en ese espíritu de observación continua de una realidad cambiante.  El reporte trata diferentes aspectos relevantes para la situación de los trabajadores migratorios en las Américas. Esta vez, se presentan además informes sobre países en donde la dinámica migratoria tiene gran importancia y en donde se recabó información a partir de visitas de la Relatoría. La selección de estos países no obedece a un criterio arbitrario, sino a la intención de llamar la atención sobre problemas que es necesario corregir en cuanto al trato de los trabajadores migratorios y sus familias y también de destacar prácticas positivas que pueden ser emuladas por otros países. La modalidad de visitas de la Relatoría a ciertos países se inició en el periodo bajo estudio. Representa un nuevo esfuerzo de promoción y protección cuya evaluación debe ser parte de la discusión de los órganos políticos de la OEA. Con miras a tal evaluación, la Relatoría desea adelantar su opinión muy favorable, en virtud de los resultados obtenidos en nuestras visitas del año 2000.

 

9.                 La discusión de este informe no pretende ser exhaustiva, sino apunta a presentar elementos y antecedentes sobre temáticas que revisten importancia para la situación de los trabajadores migratorios en la región. El presente reporte se divide en las siguientes partes. En la primera sección se hace mención a las principales actividades desarrolladas por la Relatoría durante el año 2002. En segundo lugar, se presenta un breve panorama sobre hechos trascendentes en materia migratoria y derechos humanos acontecidos en el pasado año. La tercera sección presenta el Programa Interamericano de Promoción y Protección de Derechos Humanos desarrollado por el equipo de la Relatoría y con aportes de la Organización Internacional para las Migraciones. La cuarta parte del presente informe, en tanto, se refiere a los derechos laborales de los trabajadores migratorios. El capítulo fue extractado del concepto vertido por la CIDH a raíz de una solicitud de Opinión Consultiva presentada por el gobierno de México a la Corte Interamericana de Justicia y en el que trabajó extensamente el equipo de la Relatoría. Subsecuentemente,  el informe presenta las observaciones de las visitas que un equipo de la Relatoría realizó a Costa Rica --Noviembre del 2001 y Julio del 2002—y Guatemala --Marzo 2002-- para recabar información sobre diversos aspectos relativos a la situación de los trabajadores migratorios y sus familias en esos países.

 

II.       PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA RELATORÍA DURANTE EL AÑO 2002

 

10.             Conforme con el mandato conferido por la CIDH, durante el año recién pasado la Relatoría desarrolló una serie de actividades. Entre ellas se pueden destacar las siguientes labores: (a) monitoreo de la situación general de los trabajadores migratorios y sus familias en el hemisferio; (b) preparación y realización de visitas in loco a estados miembros de la OEA; (c) asistencia a conferencias y foros relativos al tema migratorio;  (d) desarrollo de vínculos institucionales con organismos intergubernamentales y entidades de la sociedad civil que trabajan a favor de los trabajadores migratorios en la región; (e)labores de promoción del sistema interamericano; (f) búsqueda de fuentes de financiamiento para la Relatoría; y (g) apoyo a funcionarios de la CIDH en la elaboración de estudios relacionados con trabajadores migratorios. 

 

11.             Con respecto a la labor de seguimiento sobre la condición de los trabajadores migratorios y sus familias, la Relatoría siguió con mucho interés desarrollos relativos a la migración en las Américas. Es importante recalcar que las labores de observación y seguimiento son vitales para el trabajo de la Relatoría  ya que permiten una comprensión más cabal sobre la compleja situación de los trabajadores migratorios y sus familias en la región.

 

12.             En cuanto al trabajo de seguimiento y monitoreo, la Relatoría desarrolló varias actividades en el último año. Durante el último año, como es su costumbre, la Relatoría siguió con interés las discusiones políticas y los cambios en materia de legislación y control migratorio en la región derivados.  Tal como se indicó en el informe anual del año anterior, la Relatoría ve con cierta preocupación el incremento de medidas destinadas a incrementar el control migratorio a fin de garantizar la seguridad de los Estados y combatir acciones terroristas. Si bien la Relatoría no cuestiona el derecho y la conveniencia de que los Estados redoblen sus esfuerzos por velar por la seguridad de su población, sí ve con preocupación la puesta en práctica de  medidas que atentan contra los derechos fundamentales de los trabajadores migratorios y sus familias. A este respecto, la Relatoría colaboró en la elaboración del Informe Sobre Terrorismo y Derechos Humanos de la CIDH. Durante el pasado año, la Relatoría también dedicó tiempo a monitorear el desarrollo de otros temas trascendentes, entre ellos, el contrabando y tráfico de personas y, también, los efectos que las crisis políticas y económicas han tenido sobre las corrientes migratorias en la región. En cuanto a este último punto, la Relatoría ha seguido con particular interés las repercusiones migratorias de la grave crisis económica y política que ha afectado a la Argentina y Uruguay. Del mismo modo, la Relatoría ha observado de cerca la crisis político-económica que afectó a Venezuela y como ésta ha repercutido en los flujos migratorios en la región. Estos desarrollos se abordan en detalle en el tercer capítulo del presente informe. Igualmente, la Relatoría ha tomado nota del endurecimiento de los controles migratorios  y del aumento de deportaciones en los países de Norteamérica.

 

13.             Como parte de las labores relativas a su mandato, durante el último año la Relatoría realizó tres visitas in loco para observar en terreno las condiciones de los trabajadores migratorios. Respondiendo a la invitación del gobierno de Guatemala, el equipo de la Relatoría encabezado por Juan E. Méndez  visitó Guatemala entre el entre el 19 y el 24 de marzo del año 2002. En el mes de Julio, en tanto, la Relatoría visitó Costa Rica. Tras la elaboración de un informe preliminar realizado por miembros del equipo de la Relatoría que visitaron Costa Rica entre el 19-21 de Noviembre del 2001, a petición expresa del Gobierno costarricense, el Relator Especial de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias, Juan E. Méndez, visitó nuevamente Costa Rica junto con sus colaboradores entre el 22-24 de Julio del 2002. Durante esta segunda visita, el equipo encabezado por el Relator Especial recabó nuevos antecedentes para la elaboración de su informe. Por último, entre el 25 de Julio y el 3 de Agosto, el equipo de la Relatoría visitó México. En el presente informe, la Relatoría presenta los trabajos correspondientes a sus visitas a Costa Rica y Guatemala. El informe de México, en tanto, se publicará en el primer semestre del presente año. Es importante recalcar que las visitas in loco son un elemento fundamental en el mandato de la Relatoría ya que le permiten desarrollar de manera efectiva su trabajo. Durante estas actividades se hacen importantes contactos y se recaba valiosa información sobre la situación de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias. Esto contribuye a que la Relatoría pueda elaborar informes sobre situaciones específicas y presentar recomendaciones documentadas y responsables a los Estados sobre temas relacionados al tratamiento de los trabajadores migratorios y sus familias.

 

14.             En cuanto a la participación en foros sobre migración, la Relatoría participó a través de Juan E. Méndez en “La Conferencia Hemisférica Sobre Migración Internacional: Derechos Humanos y Trata de Personas en las Américas,” efectuada en Santiago de Chile, entre el 20 al 22 de noviembre de 2002. Dicha conferencia fue patrocinada por Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en cumplimiento de la resolución 56/203 de la Asamblea General de las Naciones Unidas y a las resoluciones 590(XXIX) y 592(XXIX) de CEPAL. La Relatoría, asimismo, siguió con atención las reuniones y discusiones de la Conferencia Regional de Migraciones (CRM) y de la Conferencia Sudamericana de Migraciones. [6] En el mes de Septiembre, en tanto, Juan E. Méndez y dos integrantes de su equipo participaron en una Mesa Redonda para activistas dedicados a promover Derechos Humanos y Migración, patrocinada por la Universidad de Chicago. Esta iniciativa reunió a académicos, activistas y miembros de organizaciones inter-gubernamentales y no-gubernamentales de México, Estados Unidos,  Guatemala y El Salvador dedicados a temas migratorios y de derechos humanos.

 

15.             En relación con el desarrollo de vínculos institucionales con organismos intergubernamentales y entidades de la sociedad civil que trabajan a favor de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias, durante el último año el Relator y sus colaboradores sostuvieron varias reuniones y establecieron contacto con diversas organizaciones dedicadas a estudiar y/o monitorear el fenómeno migratorio en el hemisferio. Dichos encuentros sirvieron como marco para el desarrollo de actividades conjuntas y el intercambio de información con objeto de apoyar iniciativas destinadas a asegurar el bienestar y el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores migratorios y sus familias. La Relatoría mantuvo un contacto fluido con el equipo de la Relatora Especial de Naciones Unidas para los Derechos Humanos de los Migrantes, Gabriela Rodríguez. Representantes del equipo de la Relatora Rodríguez visitaron como parte de una Delegación de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas, las dependencias de la CIDH y se entrevistaron con María Claudia Pulido, Abogada de la Secretaría de la CIDH y que trabaja en la Relatoría. Por otro lado, durante su visita a Costa Rica y también en la Conferencia Hemisférica de Santiago, Juan E. Méndez se reunió con la Relatora Rodríguez. Es preciso recalcar que el desarrollo de vínculos institucionales con organizaciones intergubernamentales y de la sociedad civil tiene mucha importancia porque ayuda a adquirir una comprensión más cabal de la problemática migratoria en la región.

 

16.             Como parte de su labor, la Relatoría solicitó a la Secretaría de la CIDH que dictara  medidas cautelares dirigidas al Gobierno de Guatemala, a favor de Egón Hidalgo Salvador y Salvador, funcionario de la Casa del Migrante de Tecún Umán, un albergue para migrantes dirigido por la orden de los Scalabrinianos, luego de que este defensor de los migrantes recibiera amenazas de muerte por parte de desconocidos, a raíz de su trabajo de promoción de derechos humanos a favor de trabajadores migratorios.

 

17.             Durante el presente año, funcionarios del equipo de la Relatoría trabajaron en conjunto con  representantes de la OIM y con un grupo de consultores especializados en la elaboración de un Programa Interamericano de Promoción y Protección de las Personas Migrantes en el marco de las OEA y derivado del Mandato de las Cumbres de Presidentes y Jefes de Estado de las Américas. El presente informe presenta la versión final de este trabajo que se presenta ante la Asamblea General de la OEA, en Santiago de Chile. Es importante recalcar que en el año 2000 la CIDH y la OIM firmaron un acuerdo marco de cooperación. Dicho acuerdo tiene como finalidad que ambas instituciones puedan de manera conjunta desarrollar diferentes actividades destinadas a promover la observancia de los derechos humanos de los trabajadores migratorios y sus familias en las Américas. 

 

18.             Por otro lado, como parte de su labor de promoción, la Relatoría siguió cultivando lazos con organizaciones de la sociedad civil así como instituciones académicas. El contacto con estas organizaciones, es vital para difundir la labor de la Relatoría. Dentro de sus labores de promoción, Juan E. Méndez participó en el curso de Derechos Humanos organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, llevado a cabo en julio del pasado año. De igual modo, Helena Olea, consultora especializada, viajó en representación de la Relatoría a San José, Costa Rica, en el mes de noviembre pasado, a participar del Curso Anual de Sociedad Civil organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. En su participación Helena Olea expuso los contenidos y los principales retos en el trabajo de la Relatoría. En diciembre del 2002, con el objetivo de promocionar el trabajo de la Relatoría y de la CIDH, miembros del equipo de Juan E. Méndez se reunieron en Washington D.C. con funcionarios del International Human Rights Law Group. Asimismo, durante el presente año, la Relatoría mantuvo contacto con diversas organizaciones y redes de la sociedad civil que se desempeñan en el área migraciones, entre ellas, la Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones (RROCM). En este sentido, la Relatoría mantiene una comunicación fluida con organismos no gubernamentales y centros académicos, que le permite acceder a importante información sobre la situación general de los trabajadores migratorios así como de casos de interés particular.

 

19.             De la misma forma, como parte de los esfuerzos encaminados a estudiar la legislación migratoria en la región, la Relatoría prosiguió desarrollando un estudio conjunto sobre legislación comparada en materia migratoria con el apoyo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Vilanova, Estados Unidos. La Relatoría aspira a avanzar en el curso de este año con este importante proyecto. Es preciso recalcar que la cooperación de centros académicos fortalece significativamente el trabajo de la Relatoría.

 

20.             Por otro lado, el Relator y su equipo prosiguieron sus esfuerzos para tratar de recaudar fondos para proseguir con las actividades de la Relatoría. Como parte de estos esfuerzos se exploraron diversas fuentes de financiamiento con el objeto de conseguir apoyo financiero y así consolidar la labor de la Relatoría A este respecto, el equipo de la Relatoría solicitará la renovación de su acuerdo para lograr el apoyo de la Fundación Ford. Asimismo, como ya se indicó, la Relatoría recibió el año pasado nuevos aportes por parte del gobierno de México.

 

          21.          Por último, la Relatoría toma nota del caso 12.071, el cual fue declarado admisible por la CIDH durante el año 2002. La petición fue presentada a nombre de 120 ciudadanos cubanos y 8 ciudadanos haitianos quienes fueron detenidos por el Commonwealth de las Bahamas. El 14 de agosto de 1998 la CIDH dictó medidas cautelares solicitando al Estado que suspendiera las deportaciones hasta tanto la CIDH tuviera la oportunidad de investigar los hechos. Las medidas fueron reiteradas el 11 de septiembre del mismo año. Los peticionarios y el Estado informaron a la CIDH que todos los ciudadanos cubanos que se encontraban detenidos cuando fueron dictadas las medidas cautelares habían sido repatriados. La CIDH declaró admisible la petición y determinó que en la decisión de fondo se pronunciará sobre el agotamiento de los recursos internos en razón a que éste punto se encuentra directamente relacionado con el fondo de la petición. La Relatoría considera que este caso se encuentra dentro de su mandato en razón a que ha insistido en que el deber de no devolución (non refoulement), establecido en el artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, es uno de los límites o prohibiciones del derecho internacional que deben tenerse en cuenta en los procedimientos migratorios con miras a garantizar los derechos humanos de las personas que se encuentran sujetos a los mismos.

 

III.     PANORAMA GENERAL DE POLITICAS Y PRACTICAS RELACIONADAS CON LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS

 

22.              Una de las funciones que lleva a cabo la Relatoría durante el año es el seguimiento a las políticas y prácticas que inciden en la protección y garantía de los derechos humanos de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias. El propósito de este trabajo de seguimiento es tener una mejor comprensión del fenómeno migratorio y desarrollar las labores de la Relatoría en aquellos Estados y con aquellos funcionarios, organizaciones, y personas migrantes donde es necesario u oportuno desarrollar actividades de promoción.

 

23.              A continuación se presenta de manera sucinta un panorama general de aquellas políticas y prácticas que han llamado la atención de la Relatoría en razón del impacto de las mismas en los derechos humanos de los trabajadores migratorios en las Américas. El periodo de este panorama corresponde al año 2002. En algunos casos, se menciona información de periodos anteriores, que fue divulgada durante el año 2002.

 

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y los Miembros de sus Familias

 

24.              El 10 de diciembre de 2002, Timor Oriental depositó la vigésima ratificación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y los Miembros de sus Familias. La Convención entrará en vigencia el 1 de abril del 2003. Belice, Bolivia, Colombia, México y Uruguay son los países de las Américas que han ratificado este instrumento.

 

Solicitud de Opinión Consultiva

 

25.              México presentó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de opinión consultiva relativa al derecho a la no discriminación de las personas migrantes. La Corte acogió la solicitud, la cual se encuentra en estudio.

 

Procesos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

 

26.              La Secretaría de Relaciones Exteriores de República Dominicana suscribió un Acta de Entendimiento mediante la cual se crea un comité de impulso que velará por el cumplimiento de las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de familias haitianas y dominico-haitianas que se encuentran radicadas en dicho país.

 

Flujos Migratorios

 

27.              La División de Población de las Naciones Unidas estima que en el año 2000 alrededor de 175 millones de personas vivieron durante 12 meses o más, en una país diferente al de su nacimiento o nacionalidad.

 

28.              La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) calculaba que por lo menos 20 millones de los de migrantes del mundo nacieron en países de América Latina y el Caribe. Se estima que 70 por ciento de los migrantes latinoamericanos y caribeños residen en los Estados Unidos.

 

29.              La emigración de ciudadanos argentinos a diversos destinos en razón de crisis económica en ese país ha alcanzado cifras muy altas. Se calcula que alrededor de 60,000 y 80,000 personas emigran al año. Los argentinos migraron en su mayoría a España, Estados Unidos e Italia.

 

30.              Se calcula que alrededor de 120,000 peruanos viven de manera irregular en Argentina.

 

31.              Asimismo, se estima que 12,900 peruanos viven sin autorización en Chile.

 

32.              La migración de colombianos ha aumentado. La Organización Internacional para las Migraciones calcula que de 1997 a agosto del 2002, 1.2 millones de colombianos habían migrado a otros países. Buena parte de estas personas migraron a Panamá, Venezuela y Ecuador. Colombia tiene una población de 37 millones de personas.

 

33.              En el último año se ha incrementado el flujo de emigrantes de Venezuela. Los destinos más frecuentes de los migrantes venezolanos son Italia, España y Portugal.

 

34.              Se calcula que alrededor de 200,000 ciudadanos ecuatorianos han abandonado el país en los últimos tres años. Ecuador tiene una población de 13 millones de personas.

 

35.              En el 2001, 250,346 personas migraron a Canadá. El 61 por ciento de ellos eran trabajadores migratorios y miembros de sus familias, el 27 por ciento migró para reunirse con otros miembros de sus familias, y el 11 por ciento restante eran refugiados. El 17 por ciento de la población canadiense nació en el extranjero.

 

36.  Se estima que alrededor de 1.5 millones de salvadoreños se encuentran viviendo fuera del país. 

 

Remesas

 

37.              La División de Población de las Naciones Unidas indicó que en el año 2000, las remesas a El Salvador, Jamaica y Nicaragua eran más del 10 por ciento del Producto Interno Bruto.

 

38.              Las remesas de los trabajadores migratorios mexicanos en Estados Unidos ascendieron $9.2 miles de millones de dólares en el 2002. Las remesas son la tercera fuente de ingresos para México, después de las exportaciones de petróleo y el turismo.

 

39.              En el 2001, las remesas de los trabajadores migratorios ecuatorianos en el exterior alcanzaron la cifra de $1,200 millones de dólares.

 

 Medidas de regularización del estatus migratorio

 

40.              Los cuatro miembros de Mercosur -Argentina, Uruguay, Paraguay y Brasil- y Chile y Bolivia, suscribieron un acuerdo migratorio que permitirá a los nacionales de esos países circular libremente, radicarse y trabajar en cualquiera de esos países. Los trabajadores migratorios del sur de las Américas deberán cumplir los siguientes requisitos: pasaporte o cédula vigente, partida de nacimiento y comprobación del estado civil, certificado que acredite ausencia de antecedentes penales y certificado sanitario. El acuerdo migratorio deberá ser ratificado por los Estados, conforme a los procedimientos establecidos en su derecho interno. 

 

41.              Los Gobiernos de México y Guatemala suscribieron un acuerdo dirigido a la regularización del estatus migratorio de acreedor de 80 mil trabajadores agrícolas guatemaltecos que trabajan en México.

 

42.              Los Estados Unidos prorrogaron el Estatus Temporal Protegido a los ciudadanos de Honduras y Nicaragua afectados por el huracán Mitch de octubre de 1998, hasta Julio de 2003.  

 

43.              Los Estados Unidos prorrogaron el Estatus Temporal Protegido a los ciudadanos de El Salvador afectados por los terremotos de enero y marzo de 2000, hasta Septiembre de 2003.

 

Conducción, Contrabando y Tráfico de Personas

 

44.              En mayo de 2002, los Estados Unidos expidieron la primera visa T a una víctima de tráfico de personas. La Visa T fue aprobada en el estatuto para la protección de las víctimas de tráfico del 2000, y permite a éstas permanecer en los Estados Unidos si van a enfrentar una situación particularmente difícil en su país de origen. La primera visa T fue otorgada a un niño de cuatro años de edad de Tailandia que había ingresado a Estados Unidos con adultos que no eran familiares suyos y con documentos falsos. El menor es HIV positivo.

 

45.              En Agosto de 2002, las autoridades migratorias de Estados Unidos, Guatemala, El Salvador y Honduras capturaron a varias personas que hacían parte de una red de contrabandistas de menores de edad desde los países centroamericanos mencionados anteriormente a Estados Unidos. Los menores viajaban a Estados Unidos para reunirse con sus padres.

 

Deportación

 

46.              En diciembre de 2000, Guatemala suspendió la recepción de migrantes centroamericanos deportados desde México, a partir de la cancelación del apoyo económico para el programa de “repatriación segura y ordenada”. Bajo este programa, el Estado guatemalteco autorizaba el ingreso y transporte por tierra de migrantes de otros países de Centroamérica que eran deportados de México. Actualmente, Guatemala solamente autoriza el ingreso de los centroamericanos que tengan el documento de identificación CA-4 que los autoriza a transitar por Centroamérica.

 

Derecho a la seguridad social

 

47.              La Administración de la Seguridad Social de los Estados Unidos envió 750,000 cartas a empleadores en todo el país, informándoles que habían hecho contribuciones a la seguridad social a favor de trabajadores, para los cuales no coincide el número de seguridad social. Los empleadores tenían 30 días para corregir los números, de lo contrario serían sancionados. Se estima que buena parte de esos números corresponden a trabajadores indocumentados que obtienen números de seguridad social falsos o duplicados.

 

48.            Los gobiernos de México y Guatemala suscribieron un acuerdo dirigido a que los trabajadores agrícolas temporeros guatemaltecos en México reciban asistencia del Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

Derecho de Asilo y Non-Refoulement

 

49.            Canadá y Estados Unidos firmaron un acuerdo de tercer país seguro en materia de asilo. Este acuerdo exige que los solicitantes de asilo que entran por un país en ruta al otro, soliciten asilo en el primer país por el que pasan. Es decir, aquellas personas que van a solicitar asilo en Canadá, y que ingresan a ese país desde Estados Unidos deberán solicitar asilo en Estados Unidos y viceversa.

 

Derechos Laborales

 

50.            La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos falló el caso de Hoffman Plastic Compounds, Inc. v. National Labor Relations Board. La Corte determinó que los trabajadores indocumentados o irregulares no tienen derecho a los salarios caídos cuando se determine que su despido, relacionado con la participación en actividades relativas a la conformación de un sindicato, fue ilegal.

 

Derecho a una Audiencia Pública

 

51.            En septiembre de 2001 el servicio de inmigración de los Estados Unidos ordenó que se llevaran a cabo audiencias de 600 casos de “especial interés” a puertas cerradas. Adicionalmente, el gobierno estadounidense se negó a divulgar los nombres de algunas de las personas que se encontraban privadas de la libertad mientras se llevaban a cabo sus procedimientos migratorios. 

 

52.            En agosto de 2002 un juez federal de los Estados Unidos ordenó que se divulgaran los nombres de las personas migrantes detenidas, y que las audiencias mencionadas en el punto anterior fueran públicas. La decisión fue confirmada por la Corte de Apelaciones del Sexto Distrito que rechazó el argumento de que las audiencias en los procedimientos migratorios son de naturaleza administrativa y por ende diferentes a las audiencias de los procedimientos judiciales.

 

Derecho a la Libertad Personal

 

53.            En Estados Unidos, alrededor de 1,200 personas fueron detenidas en desarrollo de las investigaciones en torno a los hechos criminales del 11 de septiembre, incluyendo 752 personas por violaciones a las normas migratorias. En Agosto de 2002, 81 de esas 752 personas continuaban detenidas. El resto habían sido deportadas o habían sido dejadas en libertad. Ninguna persona había sido acusada de un delito.

 

Protección Consular

 

54.            En desarrollo de las actividades de protección consular, los consulados mejicanos en los Estados Unidos expidieron matrículas consulares –un documento de identificación- a sus ciudadanos. México estimaba que expediría 850,000 matrículas consulares durante el año 2002. En el primer semestre el gobierno mejicano había expedido 488,000 matrículas consulares. Los consulados mejicanos han desarrollado campañas de manera que instituciones bancarias, compañías de transporte y gobiernos locales acepten la matricula consular como un documento de identidad que permite a las personas migrantes abrir cuentas bancarias, abordar aviones o identificarse ante las autoridades de policía.

 

Protección de los migrantes en sus países de origen

 

55.            En agosto de 2002, el Consejo Nacional para las Comunidades Mejicanas en el Exterior fue creado por el gobierno nacional para canalizar los intereses y la participación de los migrantes mejicanos en procesos de toma de decisión.

 

Retorno Asistido

 

56.            La Organización Internacional para las Migraciones y los gobiernos de Cuba y Haití suscribieron un acuerdo para asistir en el retorno voluntario de migrantes haitianos irregulares que se encuentran en Cuba y desean retornar a su país de origen. Los migrantes haitianos llegan a Cuba en su viaje a Estados Unidos cuando los medios de transporte que utilizan no funcionan adecuadamente. En el 2002, 188 personas se acogieron a este programa. En el 2001 la OIM asistió a 532 migrantes haitianos, del total de 840 que se encontraban en Cuba.

 

Conferencias y Espacios de Discusión

 

57.            La Conferencia Hemisférica sobre Migración Internacional se reunió en Santiago de Chile del 20 al 22 de noviembre del 2002. Este foro gubernamental discutió temas relacionados con derechos humanos y tráfico de personas. De manera paralela, se reunió el Foro Hemisférico sobre Migración Internacional en el que participaron organizaciones no gubernamentales que trabajan en la defensa y promoción de los derechos de los migrantes en las Américas.

 

58.            La VII Conferencia Regional de Migraciones se reunió en Antigua, Guatemala en mayo del 2002. Este foro intergubernamental discute políticas y prácticas migratorias entre los países de Norte y Centro América.

 

59.            La Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones se reunió de manera paralela a la Conferencia Regional de Migraciones.

 

60.            La II Conferencia Sudamericana de Migraciones se reunió en Ecuador en agosto de 2002.

 

IV.      EL MERCADO LABORAL Y CONDICIONES DE DISCRIMINACIÓN EN CONTRA DE LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS

 

61.            El presente capítulo del informe anual de la Relatoría de Trabajadores Migratorios consiste en una versión editada y resumida del dictamen presentado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (subsecuentemente Corte) por la CIDH. Este dictamen se relaciona con el pedido de Opinión Consultiva OC-18 solicitada por el Estado de México para aclarar el alcance del derecho a la igualdad y el principio de no discriminación (Artículo II de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y 1.1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) y su aplicación a los derechos laborales de los trabajadores en situación migratoria irregular en el Estado en que viven y trabajan. El dictamen de la CIDH fue elaborado por un equipo de expertos encabezado por el Relator Juan E. Méndez y el abogado Ariel Dulitzky de la Secretaría y el equipo de la Relatoría Andreas Feldmann y Helena Olea. Algunos alumnos del Programa de Maestría en Derechos Humanos de la Escuela de Derecho de la Universidad de Notre Dame también participaron en el estudio. [7]

 

62.            El presente capítulo se divide en las siguientes partes. La primera sección brinda un breve análisis sobre las vivencias y obstáculos que enfrentan los trabajadores migratorios en el ámbito laboral. Subsecuentemente, se analiza el principio de no discriminación y las obligaciones de los estados en materia de derechos humanos y cómo éste se extiende al ámbito laboral. En la cuarta parte se discuten las limitaciones y restricciones permisibles a los derechos humanos y cómo estas restricciones afectan a los trabajadores migratorios en el ámbito laboral.  A partir del análisis de las secciones anteriores, la quinta y última sección identifica a los derechos laborales fundamentales respecto de los cuales, a criterio de la CIDH, no es dable discriminar a los trabajadores migratorios independientemente de su situación migratoria.

 

A Derechos laborales y su relación con las vivencias de los trabajadores migratorios

63.            La migración laboral es un fenómeno mundial con gran impacto en un número importante de países. De acuerdo a cálculos de la Organización Internacional de Migraciones (OIM) alrededor de 150 millones de personas, algo así como el tres por ciento de la población mundial, reside de forma temporal o permanente en otro país. [8] Aunque muchas de estas personas emigran para escapar de situaciones de violencia, la mayor parte de estos migrantes sale de sus países huyendo de la pobreza y falta de oportunidades en busca de un futuro mejor. La inmensa mayoría de estas personas migra en busca de trabajo. Un número bastante menor sale a estudiar o bien para reunirse con sus familiares. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre 1965 y 1990 la cantidad de personas migrantes creció en casi un cincuenta por ciento, de 75 a 120 millones. De este número, cerca de tres cuartas partes, entre 70 y 80 millones, correspondió a personas que emigraron en busca de trabajo.  De estos 70 y 80 millones de migrantes en busca de empleo, un porcentaje alto aunque indeterminado corresponde a personas indocumentadas; es decir personas que migran de manera irregular sin la debida autorización del Estado al cual ingresan. [9]  

 

64.            Mayores oportunidades de empleo y la disparidad en los niveles de vida, salarios y beneficios sociales (acceso a educación, servicios de salud y pensiones) entre los países desarrollados y los países en desarrollo han motivado históricamente la migración.  En este sentido, aunque las diferencias entre países ricos y pobres han existido siempre, en las últimas dos décadas la disparidad ha tendido a acentuarse. Uno de los aspectos que ilustra mejor esta tendencia es la reciente evolución de las remuneraciones: mientras que en general en los países desarrollados el nivel de salarios ha tendido hacia el alza, en la mayoría de los países en desarrollo los salarios o bien se han mantenido estables o han disminuido ostensiblemente. Por ello, la diferencia en el salario por hora de trabajo en un país en vías de desarrollo y otro desarrollado (así como entre países subdesarrollados con distintos índices de desarrollo) ha crecido de manera exponencial. A modo de ejemplo, en 1996, un obrero mexicano podía ganar en promedio hasta nueves veces más trabajando en Estados Unidos que en su país de origen. [10] Al mismo tiempo dificultades económicas en varios países en desarrollo ha generado falta de oportunidades de trabajo y una caída dramática en el poder adquisitivo de las personas. Las crisis financieras en muchos países también han generado recortes importantes en los servicios prodigados por el Estado –  salud, educación vivienda, pensiones— lo que ha contribuido a pauperizar aún más a la población.

 

65.            Dado este panorama, muchas personas en países en vías de desarrollo han optado por migrar.  Para muchas personas la migración representa una oportunidad única para mejorar sus condiciones de vida y su situación económica, así como para prodigar mayores oportunidades de desarrollo a sus seres queridos. Las familias de los trabajadores migratorios se pueden favorecer por dos vías: los que migran se favorecen al recibir ciertos beneficios en los países receptores como educación, salud y mejores condiciones de vida. Los que permanecen en los países de origen, por otro lado, se benefician a través de las remesas –envíos de dinero a su país de origen por parte de nacionales que residen en el extranjero– enviadas por sus parientes. Este dinero generalmente es utilizado para adquirir artículos de primera necesidad, salud, comida, vivienda, bienes de consumo y en ciertas ocasiones también se transforma en bienes de capital (herramientas, inversión). [11]

 

66.            Los enormes beneficios que los trabajadores migratorios y sus familias pueden obtener por el hecho de conseguir un trabajo en otro país unido a la desesperación producto de la pobreza y falta de oportunidades en sus países de origen los lleva muchas veces a aceptar condiciones de trabajo muy difíciles. Es preciso recalcar que los trabajadores migratorios, sobre todo las personas con poca capacitación, están dispuestos a llenar plazas de trabajo que nacionales del país receptor no quieren efectuar por ser muy difíciles, peligrosas o pesadas. [12] Los trabajadores migratorios y sus familias representan un sector social especialmente vulnerable que usualmente es objeto de abusos y de violaciones sistemáticas de sus derechos laborales. Estas personas a menudo ignoran las leyes y el idioma del país receptor y en varias ocasiones deben enfrentar abierta hostilidad por parte de la población e incluso de las autoridades del país receptor. La situación es particularmente grave en el caso de las personas indocumentadas cuya situación migratoria los expone aún más a abusos. En virtud de la situación particular de los trabajadores migratorios, se sostiene que estas personas enfrentan una condición de vulnerabilidad estructural. [13]

 

67.            Empleadores inescrupulosos en los países de origen muchas veces sacan provecho de la condición de vulnerabilidad de los trabajadores migratorios. Para los empleadores la existencia de trabajadores dispuestos a aceptar las condiciones antes descritas les brinda la posibilidad de abaratar costos, y por tanto, de incrementar la competitividad de sus productos o servicios en el mercado. Conscientes de la desesperación de estas personas y de la indefensión en la que normalmente viven, sobre todo en materia legal, muchas veces los empleadores ofrecen trabajo en condiciones muy deficientes de seguridad y salubridad y con remuneraciones muy bajas, normalmente inferiores al mínimo legal. Asimismo, les niegan beneficios laborales como seguros de salud o por accidentes de trabajo y restringen su libertad de asociación. Situaciones de explotación en las que el empleador obliga a trabajadores migratorios a trabajar horarios extenuantes y sin descanso o en las que sencillamente desiste de pagarles por su trabajo, también son comunes. Acusaciones sobre maltrato físico y amenazas –como reportar la presencia de personas indocumentadas a las autoridades– para evitar denuncias ante maltratos también son denunciadas. [14]   

68.            Algunos migrantes son sometidos a condiciones aún peores que las anteriormente descritas. Estas personas son víctimas del delito de tráfico de personas –denominado también trata de personas. Este delito tiene lugar cuando una persona u organización mediante coerción o engaño facilita el ingreso irregular de otra a un Estado del cual no es nacional y una vez allí la obliga a desarrollar una actividad económica como contraprestación por haber colaborado en su viaje al país de destino. Las víctimas de tráfico de personas generalmente son obligadas a desempeñar trabajos en condiciones particularmente difíciles y son objeto de una serie de abusos. Algunas de estas personas son sometidas incluso a condiciones de semi-esclavitud, ya que a través de amenazas o coerción física se les restringe su libertad e impide que abandonen su lugar de trabajo y residencia, y tampoco se les paga una remuneración por su trabajo. Las víctimas de tráfico también pueden sufrir agresiones físicas y sexuales. El tráfico de personas es una actividad criminal desarrollada por organizaciones envueltas en negocios ilícitos, en particular la explotación sexual. Mujeres y niños son las principales víctimas de esta práctica. [15]

 

69.            La situación de vulnerabilidad de los trabajadores migratorios también se ve acentuada como resultado de ciertas prácticas discriminatorias por parte de las autoridades de los países receptores. La población y las autoridades de muchos de estos países asumen actitudes hostiles en contra de los trabajadores migratorios y sus familias derivadas de concepciones nacionales excluyentes basadas en prejuicios. [16] Como reflejo de prácticas discriminatorias, animadversión y/o prejuicios, en muchos países receptores los abusos cometidos en el ámbito laboral –y en otros— en contra de los trabajadores migratorios no son debidamente investigados ni sancionados por las autoridades competentes.  Del mismo modo, en numerosos países receptores se promulgan legislaciones y se mantienen prácticas nocivas en contra de trabajadores extranjeros, incluyendo reglamentaciones abiertamente discriminatorias dirigidas a impedir la inserción de estas personas en el mercado laboral. [17]   En este sentido, en algunos casos las políticas y prácticas discriminatorias propiciadas por algunos Estados en contra de los trabajadores migratorios pueden tener un efecto negativo al deprimir el mercado del trabajo. Esta situación afecta las posibilidades de trabajo para todos los trabajadores, independientemente de su situación migratoria o de si son nacionales o extranjeros, ya que genera una sobre oferta de mano de obra. Algunos empleadores inescrupulosos se aprovechan de la existencia de una gran cantidad de personas desempleadas que están dispuestas a trabajar en forma clandestina para restringir el salario y los beneficios a todos los trabajadores.

 

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[1] CIDH, petición 12.271 contra  Dominicana. El 19 de Marzo del 2002 se firmó un acta de Entendimiento entre las partes en la que se acordó la creación de un Comité de Impulso para supervisar la implementación de las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 18 de agosto y el 14 de septiembre de 2000. 

[2] CIDH Informe de admisibilidad número 28/01, 22 de febrero del 2001. En el curso del año 2002 se produjeron importantes avances en este caso por vía de solución amistosa. El informe anual del caso se encuentra aún pendiente.

[3] CIDH Informe de admisibilidad número 37/01 22 de febrero del 2001.

[4] CIDH Informe de admisibilidad número 89/00, 5 de octubre 2000.

[5] CIDH Informe Anuales 1999, 2000 y 2001, Sección Trabajadores Migratorios. Ver http:// www.cidh.org.

[6] Este proceso fue iniciado en 1999 y reúne a los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.

[7] Entre los colaboradores es posible mencionar a Javier Mariezcurrena, Gisela De León, Paulina Vega-González, Juan Pablo Albán y Denise Hirao.

[8] OIM. World Migration Report 2000. Página Internet: http://www.iom.int/iom/Publications/entry.htm

[9] Stalker, Peter. Workers Without Frontiers. The Impact of Globalization on International Migration. Boulder CO.: Lynne Rienner Publishers, 2000, pp.6.

[10] Stalker, Op. cit., pp. 1-23

[11] Durand, Jorge, y  Douglas S. Massey. 1992. “Mexican Migration to the United States: A Critical Review.” Journal of Latin American Studies 27 (2), pp. 40-3

[12] Cairncross, Frances. 2002. “The Longest Journey.” The Economist (November 2) pp, 3-5. 

[13] Naciones Unidas. Grupo de Trabajo Intergubernamental de Expertos en los Derechos Humanos de los Migrantes, Informe E/CN.4/AC.46/1998/5, párrafo 28; Naciones Unidas, Derechos Humanos de los Migrantes, Informe E/CN.4/2000/82, párrafo 13.

[14] Stalker, Peter.  2001. The No-Nonsense Guide to International Migration. Oxford: New Internationalist Publications pp.121-133; Stephen Castles y Mark J. Miller. 1993. The Age of Migration. New York: The Guilford Press, pp.45-46. Ver también Segundo Informe de Progreso de la Relatoría de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias, Comisión Interamericana de Derechos Humanos (capítulo IV Migración y Derechos Humanos) http://www.cidh.org/annualrep/2000sp/cap.6.htm

[15] Ver Tercer Informe de Progreso de la Relatoría de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias, Comisión Interamericana de Derechos Humanos (capítulo V). http://www.cidh.org/annualrep/2001sp/cap.6.htm  

[16] Ver Segundo Informe de Progreso de la Relatoría de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias, Comisión Interamericana de Derechos Humanos (capítulos I y V). http://www.cidh.org/annualrep/2001sp/cap.6.htm

[17] Human Rights Watch. World Report. Special Issues and Campaigns: Racial Discrimination and Related Intolerance 2001. Página Internet http://www.hrw.org/wr2k1/special/racism.html#migrants; Naciones Unidas. Grupo de Trabajo Intergubernamental de Expertos en los Derechos Humanos de los Migrantes, Informe E/CN.4/AC.46/1998/5, párrafo 28; Naciones Unidas, Derechos Humanos de los Migrantes, Informe E/CN.4/2000/82, párrafo 13 y 54.