CIDHHeader.GIF (12169 bytes)

CAPÍTULO IV

  DERECHO DE LIBERTAD DE INVESTIGACIÓN, OPINIÓN, EXPRESIÓN  
Y DIFUSIÓN Y DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CULTO

 

La Declaración Americana. Artículo III.  Toda persona tiene el derecho de profesar libremente una creencia religiosa y de manifestarla y practicarla en público y en privado.

 

Artículo IV.  Toda persona tiene derecho a la libertad e investigación, de opinión y de expresión y de difusión del pensamiento por cualquier medio.1

 

A. LIBERTAD DE INVESTIGACIÓN, OPINIÓN, EXPRESIÓN Y DIFUSIÓN

 

         1.          El Artículo 26 de la Constitución de 1957 consagró la libertad de expresión en los siguientes términos:  

         Toda persona tiene el derecho de expresar sus opiniones sobre cualquier tema y por todos los medios que tenga a su disposición. La expresión de su pensamiento, sea cual sea la manera que afecte, no podrá someterse a ninguna censura previa, salvo en el caso de Estado de Guerra declarado.

 

         Los abusos del derecho de expresión serán definidos y controlados por la Ley, sin que puedan afectar la libertad de la expresión.  

La frase subrayada fue suprimida en el texto de 1964/1971, actualmente en vigor (Art. 26).  

          El derecho vigente en Haití contiene numerosas disposiciones legales que restringen severamente la libertad de expresión.  La más importante entre ellas es la ley del 28 de abril de 1969:  

         Artículo 1.  Se declaran crímenes contra la seguridad del Estado: las actividades comunistas de cualquier índole que se detalla a continuación: cualquier profesión de creencia comunista verbal o escrita, pública o privada; toda difusión de doctrinas comunistas o anarquistas, por medio de conferencias, exposiciones, charlas, lecturas, reuniones públicas o privadas; materiales impresos; letreros, periódicos, revistas, folletos, libros, ideas, toda correspondencia escrita o verbal con asociaciones, ya sean locales o extranjeras, o con personas que se dedican a la difusión de ideas comunistas o anarquistas, al igual que recibir, coleccionar o proveer fondos asignados directa o indirectamente a la propagación de dichas ideas;

 

         Artículo 2.  Se declararán culpables de los mismos crímenes todos los que, por cualquier motivo: librero, propietario o gerente de una imprimería; gerente o arrendador de salas para espectáculos públicos o privados; propietario, arrendador de casas de huéspedes; ministro de un culto, misionario, ministro de Dios, profesor, tutor, etc. sugieren o facilitan su ejecución, alojan o ayudan a los autores;

 

         Artículo 3.  Los individuos perseguidos de acuerdo con los artículos 1 y 2 de la presente Ley, serán juzgados por un Tribunal marcial militar permanente;

 

         Artículo 4.  Los autores y cómplices de los crímenes arriba expuestos serán sentenciados bajo pena de muerte, y sus bienes muebles e inmuebles serán confiscados y vendidos para el lucro del Estado;

 

         Artículo 5.  Todo individuo que se encuentre cometiendo un delito flagrante de actividades anarquistas o terroristas se considerará actuando en contra de la ley;

 

         Artículo 6.  La presente revoca toda ley o disposición de ley, todo Decreto o disposición de decreto, todo Decreto-ley o disposición de Decreto-ley que son contrarios, y será cumplida por los Secretarios de Estado y del Interior y de la Defensa Nacional y la Justicia, a cada uno que le incumbe.

 

         Promulgada en la Cámara Legislativa, en Port-au-Prince, el 28 de abril de 1969, 166ème de l'Indépendence.  

Las disposiciones arriba expuestas castigan con la pena de muerte la sola expresión de ciertas ideas o la profesión de cierta fe política, aún en privado, y sin que sean necesarios para constituir el delito ni una acción concreta contra los poderes constituidos del Estado, ni la creación de un peligro para los mismos.  En segundo lugar, no existe definición legal concreta de las ideologías condenadas por esta ley.2  

          Finalmente, el concepto amplísimo de autoridad contenido en el Artículo 2 no puede menos que obrar como un freno o un obstáculo para la expresión y difusión de ideas en general.  La misma amplitud de la ley citada se advierte en el decreto del 6 de agosto de 1958, que pena con reclusión a los “autores y propagadores de noticias falsas, de rumores susceptibles de perturbar la paz pública”.3  

          Además de las disposiciones antedichas, la difusión de ideas por medio de radiodifusión o la prensa está gobernada por un decreto-ley del 13 de junio de 1950,4 y por un decreto del 26 de agosto de 1957.5  El primero castiga con multa y prisión toda injuria, ultraje o difamación cometidos por medio de la prensa contra el Presidente de la República, sin que se admita como defensa la verdad de la imputación (Arts. 7 y 13).  El segundo decreto duplica las penas establecidas por el anterior, y prevé nuevas penas para los autores de “diseños, grabados, pinturas, escritos, o todo otro modo de expresión del pensamiento (que) tenga por fin minar la autoridad de un grupo o más Miembros de los Cuerpos constitutivos del Estado” (Arts. 2 y 3).6  

          La Ley de Prensa del 28 de septiembre de 1979  

          Durante los meses que precedieron la promulgación de esta ley, las autoridades gubernamentales convocaron a los miembros de la prensa escrita, verbal y televisada, para advertirles contra todo deseo de publicar y difundir cualquier noticia, información o comentario relacionado al Gobierno de Haití o a sus funcionarios sin la previa autorización del Gobierno.  Por ejemplo, no se publicó ninguna noticia por la prensa relacionada a los daños y perjuicios causados por el ciclón David en Haití en el mes de septiembre de 1979.  Estas advertencias, las cuales en su mayoría eran amenazas veladas, se incorporaron en la presente ley.  

          La ley de la prensa fue precedida por una comunicación oficial fechada el 9 de mayo de 1979, y firmada por tres Ministros del Gobierno que exigía que toda película u obra del teatro fuere examinada por una comisión oficial, cuyos miembros serían nombrados por el Gobierno.  Esta comunicación provocó fuertes reacciones en Haití, hasta tal punto que 200 intelectuales del país firmaron una declaración oponiéndose a esta forma de censura previa.  

          Todo análisis de la ley deberá comenzar con el Título III “De la Libertad de la Prensa y sus Limitaciones”, donde el artículo 21 comienza con una declaración resonante sobre la libertad de la prensa: - el Derecho de expresar los pensamientos e informar opiniones sobre cualquier tema es completamente libre – pero continúa con una cláusula restrictiva por la cual dispone una excepción: - en el caso de abuso o delitos por parte de la prensa, como se determinen por la ley. – El Artículo 2 prohibe a los organismos de la prensa de manera formal y en términos aún más amplios – de declarar una ofensa contra el Jefe del Estado ni la primera Dama de la República – y – someterse a cualquier ataque contra la integridad de la cultura popular. – Al interpretar este artículo, se ve claramente que le queda poco lugar a la prensa para tratar asuntos importantes relacionados a la vida nacional, sin correr el riesgo de ser llevado ante los tribunales por motivo de violación de estas prohibiciones. Cualquier violación de la primera restricción involucra la pena de un año en prisión, y una multa de 2000 a 5000 gourdes.  También, hay una multa de 1000 a 2000 gourdes y encarcelamiento de seis meses hasta dos años para “cualquier insulto, alegación, o difamación, que la prensa impute contra: un Jefe de Estado extranjero, un miembro del Cuerpo Diplomático acreditado en el País, un miembro del Poder Ejecutivo, que no sea el Jefe de Estado, un miembro del (Tribunal Supremo de Apelación) o del fiscal de este tribunal ejerciendo su cargo, un alto funcionario” (Art. 41).  Todas las disposiciones de la ley se aplican no sólo a los principales autores de los delitos, sino también a los Administradores, editores o directores de publicaciones, impresores, vendedores, distribuidores o los que distribuyen anuncios.  

          Otra disposición de la ley que amerita un comentario, debido a su posible repercusión en cuanto a la libertad de la prensa se refiere al artículo 29 que prohibe “la entrada, distribución y la venta en el país de publicaciones extranjeras, que reflejen un carácter subversivo o estén en contra de la moralidad.  La frase que subrayamos es tan vaga que deja la puerta abierta para toda clase de abusos. Además, el artículo 4 exige que en el "momento de emisión y antes de cualquier distribución, se sometan cinco copias impresas” a la Secretaría de Estado del Interior y de la Defensa Nacional.  El depósito antes de la distribución abre la puerta a una censura previa y la destrucción de la edición como ya ha ocurrido con el Petit Samedi Soir durante las elecciones celebradas en febrero de 1979.  

          Finalmente, el artículo 67 le quita toda su libertad a la prensa cuando le exige que informe “cualquier manifestación oficial, mensaje o discurso del Jefe de Estado”.  

          En su informe presentado a la XXXV Asamblea General de la Asociación Interamericana de la Prensa, celebrada en Toronto, Canadá del 19 al 15 de octubre de 1979, la Comisión de la Libertad de la Prensa e Información declaró que con la promulgación de la nueva ley de prensa que creó la Asociación de Periodistas, toda esperanza de establecer libertad de expresión en el país fue destruida, ya que la Asociación tiene el poder de decidir quién puede o no ejercer la profesión de periodista en Haití.  La Asamblea General adoptó una resolución mediante la cual declara que con la ley de prensa, la libertad de prensa es imposible en Haití, y solicita que el Presidente Duvalier modifique la ley antes de que entre en vigor, de acuerdo con su promesa de democratización y libertad de prensa.  

          2.          Por razón de las restricciones de carácter jurídico mencionadas en el párrafo anterior, bajo los dos últimos gobiernos la libertad de expresión ha sido, de facto, sumamente limitada.  De acuerdo con las denuncias recibidas por la Comisión, los actos gubernamentales de restricción o supresión de tal libertad han revestido las formas siguientes:  

          (a) Apercibimientos y llamados de atención, de severidad creciente, a periodistas, por el contenido de sus escritos o radioemisiones;7

 

          (b) Censura previa, particularmente la interdicción de publicaciones nuevas;8

 

          (c) Clausura de periódicos existentes, por causa de las ideas publicadas en ellos;9

 

          (d) Amenazas personales a periodistas u otros ciudadanos, en razón de sus ideas o expresiones;10

 

          (e) Agresión personal contra periodistas u otros ciudadanos, a causa de los pensamientos por ellos expresados o difundidos;11

 

          (f) Encarcelamiento de periodistas u otros ciudadanos, por causa de sus ideas;12

 

          (g) Muerte de periodistas u otros ciudadanos, en razón de sus pensamientos o expresiones, ya sea en la forma de simples homicidios,13 o bien por ejecución en prisión.14  

          En el próximo párrafo se expondrán algunos casos ilustrativos de las denuncias que anteceden.  A ellos deben agregarse los casos expuestos en los capítulos anteriores, especialmente los que se refieren al derecho a la vida, a la libertad, y a la seguridad e integridad de la persona –-en la medida en que las violaciones denunciadas hayan tenido por motivo las ideas de la víctima o la expresión o difusión de las mismas.  

          3.          La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha recibido comunicaciones denunciando la violación al derecho a la libertad de investigación, opinión, expresión y difusión en los casos siguientes, entre otros:  

          Caso 2975  

          Según las denuncias efectuadas en este caso, el señor Ezéchiel Abélard, dirigente de un programa nocturno de Radio Métropole, fue arrestado en octubre de 1975 y conducido a Fort Dimanche, donde ocupó la celda número seis.  En septiembre de 1976, sin haber sido sometido a forma alguna de proceso, el señor Abélard murió de tuberculosis en la prisión.  La Comisión ha transmitido al Gobierno las partes pertinentes de estas denuncias.  

          Otras informaciones recibidas por la Comisión relatan que el señor Abélard no se ocupaba de cuestiones políticas, pero que cuando fue arrestado estaba investigando un proyecto habitacional inspirado por el Ministro de Asuntos Sociales.  

          Caso 2044-A  

          El 1º de junio de 1976 el señor Gasner Raymond, periodista de 23 años de edad, fue encontrado muerto a un costado de la ruta de Port-au-Prince a Léogane. El señor Raymond era periodista con el semanario independiente Le Petit Samedi Soir.  

          Dos semanas antes de su muerte, apareció en Le Petit Samedi Soir un artículo firmado por el señor Raymond en el que se criticaba veladamente al Gobierno por haber usado tropas del Ejército para sofocar una huelga obrera en la fábrica de cemento, Cement d'Haiti, aparentemente la primera acción laboral de este tipo en dieciséis años.  En artículos anteriores el señor Raymond había denunciado corrupción e inmoralidad generalizadas entre el clero católico de Haití.  

          Según denuncias recibidas por la Comisión, poco antes de su muerte, el señor Raymond recibió amenazas contra su vida por parte de la policía a causa del artículo sobre la huelga en Cement d'Haiti.  

          Dos meses y medio antes de la muerte del señor Raymond, Le Petit Samedi Soir publicó un artículo en el cual se indicaba que Gasner Raymond y otros periodistas habían sido interrogados durante cuatro horas por las autoridades de Petit-Goâve.  El artículo mencionaba intimidaciones y presiones a que eran sometidos los periodistas durante el ejercicio de su profesión, y agregaba:  

         Siempre se esperan a Carl Henri Guiteau, Jules Nicolas o Gasner Raymond con cierta angustia cuando regresan de un viaje de búsqueda de pistas.15

 

          La denuncia recibida en este caso califica la muerte del señor Raymond como asesinato, considerando responsables a las fuerzas de seguridad, y atribuye como motivos los escritos del señor Raymond sobre la huelga en Cement d'Haiti y el deseo de que su muerte sirviese de escarmiento y advertencia.  

          El Gobierno de Haití respondió al pedido reglamentario de información en los términos siguientes:  

         ...

 

         Se permite que resuelvan el asunto entre ellos, que se encuentran en todos los países del mundo, que causan problemas y confusión con la opinión que confunde tanto a la Policía como a la Justicia.  He aquí la realidad inalterada:

 

         Un día por la mañana, en la ruta Port-au-Prince-Léogâne, se descubrió un cadáver: el de Gasner RAYMOND.  El Director del periódico con quien trabajaba, le escribió al Ministro del Interior para pedirle que investigare la muerte.  Una comunicación de la Asociación de Periodistas Haitianos reconoce que se llevaron a cabo las investigaciones necesarias pero que, a pesar de los esfuerzos de las Autoridades Militares y Judiciarias, ninguna pista dio lugar a una acusación, ni culpamiento.  Personas mal intencionadas trataron de mezclar a la Política en este asunto, sin poder contribuir prueba alguna.

 

         El Asunto continúa pendiente, y tanto la Policía como la Justicia no han parado su investigación para encontrar el culpable de esta muerte que el Gobierno siempre ha lamentado.16  

          Según Le Petit Samedi Soir, los resultados de la investigación oficial aún no han sido publicados.17  El denunciante en este caso ha manifestado que:  

         Puesto que no hay en Haití autoridades investigadoras o judiciales independientes, se podría concluir de antemano que ni las autoridades militares/policiales ni las autoridades judiciales habrían de encontrar pruebas suficientes para justificar una acusación en este caso ... acusación que podría implicar a sus propios departamentos.  

De acuerdo con Le Petit Samedi Soir, la investigación oficial ha estado dirigida por el Mayor Maxime Antoine, de Investigaciones Criminales y por el Coronel Jean Valmé, de Casernes Dessalines.18  

          Otra denuncia recibida por la Comisión señala como autores del crimen a “milicianos” de la Prefectura de Port-au-Prince, y como instigadores al señor Joseph René, actual miembro del Consejo Nacional de Acción Jeanclaudista, al señor Ti-George Saillé, propietario de casas de prostitución, de la capital y al señor Azaos, director de la empresa Ciment d'Haiti.  La Comisión ha transmitido las partes pertinentes de esta comunicación al Gobierno, así como un extracto de un artículo periodístico en donde se suministra información adicional sobre los movimientos del señor Raymond dos horas antes del descubrimiento de su cadáver.  

          El 7 de diciembre de 1979, el Gobierno declaró que “toda alegación sobre la Policía amenazando la vida del señor Raymond, debido a un artículo relacionado a la huelga es irrazonable, falsa y maliciosa”.  El Gobierno también constató que la Policía está investigando la muerte del señor Raymond, que el asunto está aún “abierto” y que la investigación continúa.  

          La Comisión sigue la dirección de este caso.  

          Caso 3502  

          Los hechos informados relacionados a este caso se pueden resumir al citar un extracto de un informe reciente sobre la libertad de la prensa en Haití.  Se trata de un informe a la Sociedad Interamericana de Prensa sobre la situación de la prensa en Haití, preparado por los señores Wilbur Landrey y Alex W. Maldonado, el 27 de febrero de 1978.  

         Como el caso del periódico semanal Hebdo Jeune Presse es la causa del desespero actual de los jóvenes periodistas haitianos, vamos a entrar en algunos detalles.

 

         Jeune Presse fue fundado por Bob Nerée un mes después de la muerte de Gasner Raymond, asesinado durante una investigación de las condiciones en la industria del cemento.  Jeune Presse muy pronto compitió con Le Petit Samedi Soir por el primer lugar entre los periódicos más leídos en Haití.

 

         En noviembre, cuando Bob estaba en Francia a invitación del Gobierno de ese país, Hebdo Jeune Presse publicó una serie de artículos cuyo contenido era bastante atrevido para Haití.  Uno trataba del informe de Amnistía Internacional sobre las muertes en prisiones haitianas a principios del decenio de 1970; el otro examinaba el nuevo papel del ejército de Haití, y aún otro afirmaba que la libertad comienza con la de la prensa.  Posteriormente, salió un artículo sobre los Voluntarios de Seguridad Nacional (VSN), una milicia establecida por François Duvalier para mantenerse en el poder.  Indicó el artículo que estos “Tonton Macoutes”, más discretos desde que accedió al poder Duvalier, hijo, estaban reanudando sus malas costumbres en muchas partes del país, y su punto principal fue una recomendación de que se utilizare al ejército para contener los excesos de los VSN.

 

         Casi todas las semanas el Ministro del Interior, Aurelien Jeanty, mandaba llamar al padre de Bob, el Reverendo Luc Nerée, quien se encontraba entonces a cargo del periódico, y le advertía que se estaba excediendo.  En la tarde del mismo día, jueves, 8 de diciembre en que apareció la crítica contra los VSN, se citó otra vez al Reverendo Nerée, esta vez ante la presencia del Coronel Jean Valmé, jefe de seguridad del cuartel Dessalines y encargado de la seguridad interna, quien se encontraba acompañado de sus dos ayudantes principales.

 

         Los Nerées no querían discutir este asunto, pero durante aquella reunión Jeanty le dijo al padre de Nerée que ésta sería la última advertencia.  Jeanty también declaró que examinaría la próxima edición del periódico con cuidado y le dijo al padre de Nerée que si él pensaba que el Presidente Carter podría hacer algo para él, cuidaría que esto no fuere así.

 

         Según se ha informado, Jeanty le avisó a Nerée que le daba la última advertencia, y que iba a fijarse en la próxima edición del periódico.

 

         Tres días después de esa reunión, Bob Nerée regresó de Europa y el jueves siguiente, 13 de diciembre, ocurrió el atentado contra su padre.

 

         El Reverendo Nerée salía de la iglesia por la tarde, después de la clase de Biblia, y subía a su auto con su cuñada, la tía de Bob. Distintas fuentes relatan que al alejarse el auto de la iglesia por la carretera de doble vía, dio una vuelta completa para tomar la dirección contraria y, casi al pasar de nuevo frente a la iglesia, un auto pintado de rojo se atravesó en el camino y le obligó a Nerée a pararse. Seguidamente el auto rojo retrocedió hasta chocar con el de Nerée.

 

         Dos hombres se bajaron y caminaron hacia él.  Más tarde fueron identificados como miembros de los VSN.  Le dijeron que se bajara y mirase el daño que habían causado.  A la instancia de su cuñada, rehusó y sugirió que se llamase al agente de seguros.  En ese momento, llegó otro automóvil por detrás.  El chofer de éste bajó, caminó hasta la puerta del automóvil donde estaba la tía, la sacó, la golpeó y la tiró debajo del automóvil.

 

         No está muy claro lo que sucedió después, pero el auto fue a la jefatura de policía, donde tomaron nota unos oficiales, y de ahí al hospital.  Según algunas versiones uno de los dirigentes de los VSN, Weber Guerrier, se apareció en la estación de policía para preguntar por qué no se había llevado a Nerée a Fort Dimanche, la célebre prisión política.

 

         Cuando Bob Nerée y sus amigos se informaron de este abuso, corrieron la palabra inmediatamente, informaron a la Embajada de los EE.UU., comenzó a difundirse por la radioemisora, aún en la del gobierno, hasta que de repente no se mencionó más al día siguiente. Cuando salieron los periódicos, Le Matin informó que había sido un accidente de tráfico, la línea adoptada por el Gobierno. El diario del Gobierno, el Nouveau Monde, avisó que no tenía suficientes detalles para decir exactamente lo que había ocurrido.  El Nouvelliste, que es un periódico independiente y el más antiguo en Haití declaró que Nerée fue atacado.  

          En una conferencia de prensa, el Gobierno hizo declaraciones diciendo que la golpiza había sido producto de una discusión motivada por un accidente de tránsito. Las declaraciones defendían al mismo tiempo la misión de los VSN, reiteraban los principios de “democratización y liberación”, y hacían un llamamiento a la prensa para que colaborare en el desarrollo del país, señalando que la prensa se beneficiaría de la seguridad pública.  

          La comunicación no satisfizo a los periodistas haitianos y la conferencia de prensa misma reflejó hasta qué punto había llegado la situación en Haití.  Los periodistas presentes le hicieron preguntas difíciles a Jeanty, en cuanto a lo que había sucedido, y sobre las garantías ofrecidas por su seguridad.  La comunicación menciona que los hombres involucrados en el asunto de Nerée serían juzgados. Los autores de las preguntas pidieron quiénes serían los jueces y sus nombres. También los periodistas llevaron a Jeanty a hacer una declaración significativa.  “Uds. deben saber que no pueden escribir cualquier cosa”, les dijo, “deben saber que al escribir proveen información, y que a la vez educación.  Este es su deber”.  Son casi las mismas palabras empleadas por el Presidente cuando nos habló.  

          El texto de esta conferencia de prensa extraordinaria (para Haití) fue citada por el Nouvelliste, un hecho que también fue extraordinario.  Y el mismo periódico publicó noticias de una agencia de prensa, sobre el ataque contra Nerée, diferentes a las que contenía la comunicación del Gobierno.  

          En nombre de la Asociación de Periodistas Haitianos, Charlier también publicó una comunicación sobre la conferencia de prensa celebrada el jueves. Protestó el ataque injustificado contra Nerée por dos ciudadanos después del accidente de automóvil.  Otros periodistas con quienes hablamos destacaron que la comunicación era tarde y a la vez débil.  La vieron como otro ejemplo de su acusación que la asociación en verdad no representa los intereses de los periodistas haitianos.  

          Nada se ha sabido de ningún juicio para los agresores de Nerée después de la conferencia de prensa.  Los periódicos y diplomáticos con quienes hablamos acerca del caso dijeron que los agresores habían permanecido en custodia la noche de los hechos y fueron puestos en libertad a la mañana siguiente.  

          Mientras tanto, Bob Nerée, en señal de protesta contra la agresión, suspendió la publicación de su periódico, que no ha vuelto a aparecer.  La golpiza dejó a Nerée paralizado del lado izquierdo; y fue operado 42 días más tarde para aliviar un hematoma subdural que era el origen de la parálisis.  

         Suspendimos la publicación de Jeune Presse porque no nos parece que existen las condiciones de trabajo ni las garantías de libertad de prensa como las concebimos en Haití.  

          La Comisión recibió información adicional sobre este asunto.  De acuerdo con la misma, uno de los automóviles involucrados en el incidente pertenecía al Sr. Weber Guerrier, Jefe de los Voluntarios de la Seguridad Nacional.  Los que iniciaron el acto de agresión, de acuerdo con las denuncias recibidas, recibieron sentencias muy livianas, fueron puestos en libertad pocos días después del juicio y continuaron a recibir su sueldo durante el período de condenación.  El 29 de julio de 1978, el Día de la Milicia, estas dos personas se encontraban justo detrás del Presidente de la República.  

          La Comisión ha transmitido al Gobierno los elementos pertinentes de las denuncias recibidas en este caso.  

          El 7 de diciembre de 1979 el Gobierno avisó que el Reverendo Luc Nerée no se encontraba paralizado ni incapacitado de manera alguna.  Desempeñaba sus cargos, salvo los referentes al periódico con que había estado asociado en el pasado.  

          Caso 2977  

          El semanario Regard fue fundado por el señor Guy César en octubre de 1977. El 14 del mismo mes apareció el primer número, bajo la dirección de su fundador.  Según las denuncias recibidas, el 3 de noviembre de 1977 el Secretario de Estado del Interior y de la Defensa Nacional, el señor Aurelien C. Jeanty, convocó a su despacho al señor César para avisarle que el Gobierno había decidido cerrar la revista Régard.  Ninguna razón valedera ha sido dada para justificar el cierre de la revista.  

          El 13 de marzo de 1979, el Sr. César le informó a la Comisión que la revista Régard abriría sus puertas nuevamente el 31 del mismo mes.  

          El 7 de diciembre de 1979 el Gobierno le informó a la Comisión que el señor Guy César, propietario de esta revista, comenzó su publicación sin satisfacer las exigencias de la antigua ley en vigor relacionada a someter por adelantado un cierto número de copias al Ministerio del Interior.  El Ministro del Interior, de hecho, convoca al Sr. César para llamar su atención a las disposiciones de esta ley. Este fue el único objetivo de esta convocatoria.  También se opina que la verdadera causa para el cierre de esta revista era falta de capital y el bajo volumen de ventas. El Gobierno no se opone y nunca se ha opuesto a la nueva publicación de la revista del señor César.  

          Caso Oedipe  

          En el Informe Langrey-Maldonado de 27 de febrero de 1978 a la Sociedad Interamericana de Prensa se lee lo siguiente:  

         Jean Magloire fue Ministro del Interior bajo el Gobierno de François Duvalier.  Cuando Duvalier sufrió un infarto cardíaco en 1959, de hecho Magloire gobernó al país.  El dueño de una fábrica de arena y concreto, es miembro de la pequeña clase rica de Haití.

 

         Durante el régimen anterior, Magloire publicó su periódico Aedipe.  Sin embargo, hace seis años, después de la muerte de François Duvalier, Magloire fue llamado por un alto funcionario militar quien le ordenó suspender la publicación del mismo.  El funcionario le avisó que la orden venía de más arriba.  En septiembre de 1973 Magloire intentó nuevamente de publicar un periódico y una vez más recibió órdenes de suspenderlo.

 

         En los días aún optimistas de noviembre de 1977, Magloire intentó una vez más de publicar Aedipe.  La primera edición publicó un editorial citando las declaraciones del Presidente sobre la libertad de la prensa.  También contenía un llamamiento para elecciones libres. Después de salir varias copias en las calles, Magloire fue llamado por el Ministro del Interior y ordenado a suspender publicación. El periódico no ha aparecido de nuevo.  En general, se piensa que el Gobierno considera a Magloire como una fuente potencial de oposición política conservadora.  

          El 7 de diciembre de 1979, el Gobierno declaró que el editor del periódico Aedipe fue llamado a la oficina del Ministerio del Interior por el mismo motivo que en el caso de Régard y no para ordenarlo que cerrare la publicación.  El editor de Aedipe públicamente compartió los puntos de vista políticos del Gobierno. Por tanto, es ciertamente dudoso que la suspensión de la publicación del periódico se debiera a una acción por parte del Gobierno.  

          Caso Le Petit Samedi Soir  

          Después de las elecciones legislativas celebradas el 11 de febrero de 1979, el periódico semanal Le Petit Samedi Soir, dedicó su edición del 17-19 de febrero a un análisis crítico del proceso electoral y los resultados de las recientes consultas populares.  

          El viernes, 16 de febrero a las 5:00 p.m., cuando la edición estaba lista para distribución, el director del periódico fue convocado, junto con otros periodistas, a una conferencia de prensa organizada por los Ministros del Interior, de la Justicia y de Información.  En esta reunión resaltó que el Gobierno le pidió a los periodistas de “abstenerse de toda crítica relacionada a las actividades electorales pasadas”. El representante de Le Petit Samedi Soir hizo el comentario a los Ministros de Estado que el periódico “ya estaba impreso con un contenido crítico sobre la legislatura”. Se le contestó que “tenga en cuenta lo que se acaba de decir”. 

          Como resultado de esta intervención oficial, la Dirección del periódico Le Petit Samedi Soir decidió destruir con fuego todas las copias de esta edición.  El Gobierno de Haití subrayó que reembolsó al periódico las pérdidas sostenidas por este acto.  

          4.          La Comisión Especial desea señalar que la prensa haitiana publicó amplias informaciones sobre las actividades que realizó durante su visita, e inmediatamente antes de ésta aparecieron una serie de artículos sobre los derechos humanos en general.  Los comunicados de prensa de la Comisión Especial se reprodujeron íntegramente.  

          5.          Sobre el tema de la difusión de las ideas, a la Comisión Especial le llamó mucho la atención un boletín publicado en idioma créole por la Iglesia Católica en el cual aparecen informaciones sobre diversos aspectos de los derechos humanos y se explica, además, cómo proceder en caso de violaciones de los mismos.  

          Se les aseguró a los miembros de la Comisión Especial que los documentos informativos son distribuidos gratuitamente por la Iglesia Católica sin injerencia alguna de parte del Gobierno.  

          6.          El Ministro de Educación participó a los miembros de la Comisión Especial la existencia en las escuelas de un programa de enseñanza de los derechos humanos.  No obstante, a la luz de informaciones procedentes de fuentes diversas, se ha podido observar que jamás se ha puesto en práctica tal programa.  Sobre el tema particular de la enseñanza de los derechos humanos, conviene indicar que la Iglesia Católica está llevando a cabo programas a estos efectos y ha distribuido, escrito en el dialecto popular créole, un texto de la Declaración Americana de los Derechos del Hombre.  Varios ejemplares fueron entregados a la Comisión Especial.

          7.          En cuanto a la situación de la prensa con posterioridad a la visita de la Comisión Especial de la CIDH, es de suma utilidad reproducir íntegramente la sección sobre Haití, en la que aparece el informe presentado por la Comisión de Libertad de Prensa e Información a la XIV Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa, celebrada en octubre de 1978:  

          Después de la visita que hizo la misión de la SIP a Haití en febrero de 1978, han tenido lugar en ese país varios acontecimientos extraordinarios.  

          1.          Tres periódicos, Le Matin, Panorama y Le Nouvelliste, publicaron el texto completo del extenso informe sobre la libertad de prensa en Haití, y diversas radioemisoras dieron lectura íntegramente al propio informe.  En vista de que ciertas secciones del informe critican al Gobierno, se trata de un hecho sin precedentes en la historia reciente de Haití.  

          2.          Dos hombres fueron juzgados, hallados culpables y sancionados a cuatro meses de reclusión por la agresión cometida contra la persona del Reverendo Nerée, director de un semanario que critica frecuentemente al Gobierno.  

          3.          Unos treinta periodistas haitianos firmaron una petición de que se reorganice la Asociación Haitiana de Prensa, la cual hasta ahora ha sido un instrumento del Gobierno.  

          4.          Por primera vez, las publicaciones y las radioemisoras haitianas comenzaron a informar y a comentar sobre casos de abusos cometidos por la policía, y otras violaciones de los derechos humanos.  Aún en septiembre último, el señor Dieudonné Fardin, director del semanario Le Petit Samedi Sour publicó un editorial fuerte en el que criticaba a la Legislatura haitiana por aprobar una ley que da poderes excesivos al Presidente.  El semanario sostuvo que la ley era inconstitucional.  

          Estos, y otros acontecimientos, tomados dentro del contexto de la realidad haitiana, son prueba fehaciente de que la SIP puede desempeñar un papel constructivo de importancia en cuanto al logro de una prensa libre en Haití. Pero la situación positiva ha cambiado significativamente en las últimas semanas, como investigó una misión de la SIPE.  

          1.          Silencio de las emisoras: Los periodistas progresistas de las emisoras se imponen en su propia censura.  Reciben amenazas, algunos dicen que del gobierno, otros que provienen de las “fuerzas económicas”.  Se acusan a los periodistas de las emisoras de instigar las huelgas laborales.  Una agencia del gobierno hizo una declaración en la que se informa que se tomarán medidas severas contra toda persona que fomente la insatisfacción en el sector laboral.  Como resultado, las emisoras han optado por permanecer silenciosas no sólo en cuanto a las cuestiones laborales, sino en cuanto a todos los asuntos controversiales.  

          2.          Censura directa:  El martes 4 de octubre, el director de una empresa industrial importante sostuvo una conferencia de prensa, a la que concurrieron 25 periodistas y representantes de varias embajadas, incluso de la embajada francesa y de los Estados Unidos.  Ese interés inusitado se debió a que la empresa HAMASCO, S.A., es propiedad de la familia Duvalier y es objeto de una seria disputa de familia.  Aquella tarde, el Ministro de Información llamó personalmente a los periodistas que concurrieron a la conferencia de prensa y les prohibió publicar una sola palabra.  Ninguno lo hizo.  

          3.          Persecución:  Jean Dominique es el principal periodista de radio que aboga con insistencia por mayor libertad de prensa.  Hace poco, en el periódico del gobierno se le acusó como “mentiroso”.  Miembros de las fuerzas militares lo han llamado para decirle que desista de informar sobre las huelgas laborales.  Los antiguos dueños de su emisora le han demandado por la cantidad de $20.000.00 y el principal argumento de su abogado es que Dominique ha convertido su emisora en un movimiento de "oposición política" al gobierno.  Si pierde el caso, es probable que Dominique pierda su emisora.  Desde que se le denunció en el periódico del gobierno, Dominique ha mantenido silencio absoluto.  

          4.          Franz Joseph, el neurólogo más prominente de Haití, fue exilado de Haití hace unas dos semanas.  Se le acusa de ser agitador.  No se ha publicado ni una sola palabra sobre el exilio de Joseph.  Los periodistas confesaron que tienen miedo hacerlo.  

          Con excepción del señor Charlier, un periodista que está de parte del gobierno, todas las personas entrevistadas por la última misión de la SIP dijeron que en Haití no ha habido progreso alguno en materia de libertad de prensa, después de su última visita. Algunos aducen que la situación ha empeorado.  

          En agosto de este año, la Organización de los Estados Americanos envió a Haití una Comisión sobre Derechos Humanos.  Las emisoras independientes se vieron inundadas por personas, muchas de ellas de zonas rurales del interior, solicitando se les concediera la oportunidad de presentar sus quejas contra la policía y contra las fuerzas militares a través de las emisoras.  Por lo menos una estación, Radio Haití Inter., así lo hizo.  En Le Petit Samedi Soir se publicaron artículos y editoriales sobre derechos humanos.  

          Parecería que el sector de la mano dura del gobierno también ha reaccionado a la sacudida de la visita de la OEA.  Las medidas fuertes contra la prensa surgieron poco después de que la comisión saliera del país.  

          Estos periodistas necesitan nuestra ayuda.  

          8.          Caso Gourgue (Nº 4670)  

          El viernes 9 de noviembre de 1979, el Presidente de la Liga Haitiana de los Derechos Humanos, el Profesor Gérard Gourgue estaba supuesto a dictar una conferencia sobre el tema “Ambiente Político y los Derechos Humanos” en el local de Pères Sálésiens en Port-au-Prince.  Cuando el Profesor Gourgue fue introducido por un miembro de la Liga y comenzó a hablar, se produjo una situación caótica en la audiencia, constituida en gran parte de estudiantes e invitados del Cuerpo Diplomático, acreditado en Haití.  Como resultado muchas personas, incluyendo al Profesor Gourgue y su familia fueron hospitalizados como consecuencia de heridas causadas por golpes recibidos y proyectiles lanzados por individuos y provenientes de armas de fuego.  

          Se piensa que en la audiencia estimada alrededor de entre 1000 y 6000 personas, 200 individuos fueron ubicados por el Gobierno para provocar el disturbio. También se dice que la policía presente en el local en ese momento no hizo nada para controlar el desorden, ni proteger contra el asalto que tuvo lugar.  En sus esfuerzos para ayudar a las víctimas, los Padres Salesianos fueron “brutalmente maltratados”.  

          Esta información fue transmitida al Gobierno de Haití por cable, el 13 de noviembre de 1979.  Dos semanas más tarde, la Comisión envió detalles adicionales al Gobierno.  En Nota del 21 de noviembre, recibida por la Secretaría el 3 de diciembre de 1979, el Gobierno declara que se “lanzaron verdaderos golpes en el local del gobierno, los cuales desafortunadamente calentaron el ambiente”. El Gobierno piensa que la pelea fue el resultado de un encuentro que involucró los partisanos y los adversarios del orador y declara que la policía intervino rápidamente y restableció el orden.  

          La interrupción de esta reunión sobre los derechos humanos, donde se encontraban miembros prominentes de la Liga Haitiana de los Derechos Humanos, da lugar a dudas serias en cuanto a la posibilidad de celebrar reuniones para discutir este problema y seguir programas de organizaciones orientadas hacia la divulgación y protección de los derechos humanos de manera eficaz.

 

B.  LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CULTO  

          La Constitución garantiza la libertad religiosa del pueblo haitiano en los siguientes términos:  “Toda religión y todo culto son libres y se reconocen igualmente.  Cada persona tiene el derecho de expresar su religión y ejercer su culto, siempre y cuando no afecte al orden público.  No se podrá restringir a persona alguna de formar parte de una asociación religiosa ni de seguir una enseñanza religiosa contraria a sus convicciones” (Art. 27).  

          Durante su visita, los miembros de la Comisión Especial, en entrevistas con representantes de distintas religiones, no hallaron motivo para considerar que los derechos expuestos en el Artículo 27 habían sido violados por acción gubernamental.  

[Índice | Anterior | Próximo ]


1   Convención Americana sobre Derechos Humanos

Artículo 12.  Libertad de Conciencia y de Religión

1.            Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión.  Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.

2.            Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias.

3.            La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás.

4.            Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Artículo 13.  Libertad de Pensamiento y de Expresión

1.            Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.  Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

2.            El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a)            el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o

b)            la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3.            No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

4.            Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

5.            Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.

2   Una comunicación recibida por la Comisión expresa lo siguiente:

La promulgación de tal Ley comprende a todo patriota, demócrata, “no duvalierista” como agente comunista; con el objetivo de desalentar todo intento de objetar u oponer al régimen de Duvalier. Por medio de esta ley se autorizan las interpretaciones abusivas de los actos de los ciudadanos y se justifican las peores medidas de represión.  También otorga que se prejuzguen las intenciones de los ciudadanos ... La naturaleza inicua de esta ley manifiesta:

-            que no existe ninguna organización o partido comunista oficialmente en el país;

-            que los criterios para acusar a un ciudadano del comunismo nunca se han definido;

-            que nunca ha habido procedimiento para los comunistas;

-            que bajo el marco de esta ley se han permitido: asesinatos, encarcelamientos, la desaparición de los que oponen, para apropiarse de los bienes deseados, librarse de concurrentes, eliminar testimonios, basar una autoridad fundada en el terror;

-            que un individuo, aún comunista, no es un ciudadano privado de sus derechos.

3   Le Moniteur, 11 de agosto de 1958.

4   Le Moniteur, 19 de junio de 1950.

5   Le Moniteur, 27 de agosto de 1957.

6   Ambos decretos establecen que las injurias, ultrajes y difamaciones cometidas por radiodifusión o mediante la prensa contra las autoridades civiles o militares no son considerados delitos políticos (Arts. 16 y 1 respectivamente).  Las infracciones al decreto del 26 de agosto de 1957 conllevan, del pleno derecho y como pena adicional, la clausura de la estación de radiodifusión de la que han emanado las injurias o ultrajes ... (Art. 4).  Un decreto del 12 de octubre de 1977 (Le Moniteur, 21 de noviembre de 1977) prohibe a las estaciones de radio-aficionados transmitir o recibir mensajes de carácter político o religioso, o transmitir noticias o hacer alusiones contra los poderes públicos o los países amigos (Art. 102).  El mismo decreto establece que los responsables de las emisoras comerciales deben “controlar los programas para evitar que las informaciones, aunque exactas, pudieren causar daños o alarmar a la población por su forma, presentación u oportunidad” (Art. 51).

7   Cfr. Caso Jean Dominique, infra.

8   Cfr. Caso Aedipe (noviembre de 1977), infra.

9   Cfr. Caso Régard (noviembre de 1977), infra.

10   Cfr. Caso Dieudonné Fardin, infra.

11   Cfr. Caso Luc Nerée (diciembre de 1977), infra.

12   Cfr. Caso Ezéchiel Abélard (noviembre de 1975), infra.

13   Cfr. Caso Gasner Raymond (junio de 1976), infra.

14   Cfr. Casos referidos en los capítulos anteriores.

15   Le Petit Samedi Soir, Nº 137, 13-19 de marzo de 1976, p. 12.

16   Nota de M. Edner Brutus, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores ante la Comisión, 23 de marzo de 1977 (POL/NAL: 64).

17   Le Petit Samedi Soir, Nº 242, 27 de mayo al 2 de junio de 1978, p. 5.

18   Idem., p. 7.