...continuación

 

     

c.        El compromiso del Estado de combatir la existencia de grupos ilegales

 

         57.         Dado el contexto del conflicto armado, uno de los compromisos cruciales del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos es que el Estado debe combatir cualquier manifestación de fuerzas de seguridad ilegales o de un aparato de seguridad clandestino y tener un mayor control de la posesión y uso de armas de fuego.  Si bien el capítulo V, relativo al derecho a la vida, trata estos temas con mayor detalle, la Comisión considera oportuno, en esta visión general de los mecanismos para la protección de derechos, manifestar su profunda preocupación por constantes informes relativos a la reorganización de grupos de ex comisionados militares y miembros de las PAC y la existencia de estructuras clandestinas vinculadas con el Estado o vinculadas a intereses económicos o de otro orden, que actúan con la participación o tolerancia de agentes estatales.[49]  Con respecto a las ex PAC, MINUGUA y otras fuentes han informado sobre la continuación o renovación de vínculos entre ex miembros y las fuerzas armadas locales.  La Misión ha verificado que estos grupos provocan desorden en varias zonas del país y han participado en actos de intimidación y agresión, inclusive en linchamientos.[50]

 

         58.         Como se indica en el capítulo V, la existencia de tales grupos y la falta de respuesta efectiva por parte del Estado ponen en serio riesgo los avances del proceso de paz, al igual que la estabilidad y el régimen de derecho.[51]  La falta de control sobre esos grupos y sobre las muchas compañías de seguridad privada no registradas, sumada al fácil acceso a armas ilegales y no registradas, da lugar a una situación en la cual las poblaciones locales afectadas se sienten -y están- amenazadas.  Además, como se analiza en la sección sobre la administración de justicia, los llamados “poderes paralelos” continúan interfiriendo en ese campo.  De hecho, el Presidente Portillo reconoció la necesidad de desmantelar tales poderes en su discurso de inauguración.

 

1.          Obligaciones emanadas del Derecho Internacional

 

         59.         Dentro del sistema de las Naciones Unidas, las fuentes aplicables de obligación internacional en materia de derechos humanos incluyen la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño.  Informes indican que Guatemala recientemente ratificó el Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, relativo a la competencia del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para examinar denuncias individuales de violaciones bajo ese instrumento y pronunciarse con respecto a las mismas, y además reconoció la competencia del Comité contra la Tortura y del Comité contra la Discriminación Racial para recibir denuncias individuales y pronunciarse con respecto a las mismas.  Estos constituyen unos importantes medios para intensificar la protección de los derechos humanos, y esta expresión de compromiso por parte del Estado es altamente constructiva. 

 

         60.         Guatemala es también Parte en algunas convenciones de la Organización Internacional del Trabajo, incluyendo las Convenciones 138 y 169.  Finalmente, aunque el Estado firmó el Estatuto que disponía la creación de una corte internacional para asuntos penales, aún debe tomar acciones para ratificarlo.

 

         61.         Las obligaciones específicas del Estado en relación con el sistema interamericano de protección están detalladas en el capítulo II, que trata también de las iniciativas recientes de Guatemala a fin de consolidar la protección de los derechos fundamentales en el país.

 

C.          El papel de la comunidad internacional

 

1.         Las Naciones Unidas y MINUGUA

 

         62.         La comunidad internacional ha brindado especial apoyo al proceso de paz desde las etapas iniciales de su negociación.  La Organización de las Naciones Unidas, en particular, ha desempeñado un papel crucial  desde que las partes le solicitaron primeramente que actúe como observador, en virtud del acuerdo de Oslo de 1990, y luego cuando le solicitaron que actúe como moderador, en virtud del Acuerdo Marco de 1994 para la Reanudación del Proceso de Negociación.  Fue este último acuerdo el que creó también la Asamblea de la Sociedad Civil, para formalizar la participación de la sociedad civil, y el que dispuso la formación de un Grupo de Amigos del proceso de paz (Colombia, México, Noruega, España, Estados Unidos y Venezuela) para prestar apoyo diplomático.

 

         63.         La Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala se estableció conforme a los términos del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos de 1994, que disponía que las Naciones Unidas verificarían la observancia de los derechos humanos por ambas partes del conflicto antes de un cese de fuego definitivo.  Desde fines de 1994, MINUGUA ha verificado el cumplimiento de los términos del Acuerdo Global y de los aspectos relacionados con los derechos humanos del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, a través de su oficina principal en la Ciudad de Guatemala y oficinas situadas en todo el país.  Para mediados del año 2000, había emitido once informes sobre sus conclusiones.  La Misión también ha tenido una importante función en la mediación de conflictos a nivel local y en el fortalecimiento de instituciones gubernamentales encargadas de la protección de los derechos humanos, tales como el poder judicial, la policía y la Procuraduría de los Derechos Humanos, a través de diversos proyectos y programas de capacitación y asistencia técnica.

 

         64.         En virtud de la ampliación de su mandato después de la firma de la paz, desde 1997 la Misión también ha informado sobre la verificación de todos los acuerdos de paz y, para mediados del año 2000, había emitido cinco informes en los que detallaba sus conclusiones.  Estos informes han proporcionado un medio crucial para destacar los avances y desafíos en el proceso de cumplimiento, alentando así un progreso adicional.  Al presentar sus planes de gobierno, el Presidente Portillo expresó su deseo de contar con el apoyo continuo de MINUGUA para el país.

 

         65.         La Comisión Interamericana se ha beneficiado de una excelente colaboración con MINUGUA, tanto en reuniones para intercambiar observaciones durante su visita in loco y en otras ocasiones, como a través de intercambios de información y publicaciones.  La Comisión reconoce y aprecia el clima positivo de colaboración entre la Misión, el Estado y los demás participantes de las comunidades nacional e internacional en la defensa de los derechos humanos.

 

2.          La OEA y otros participantes internacionales

 

         66.         Además del trabajo de esta Comisión, la OEA ha desempeñado un papel significativo en lo referente a apoyar la consolidación de la paz y la democracia a través de su “Programa Especial de Apoyo a Guatemala”.[52]  Con el firme apoyo de donantes internacionales, estatales e institucionales, la OEA ha llevado a cabo varios programas a través de su Unidad para la Promoción de la Democracia.  Entre éstos, está OEA/PROPAZ, que ha buscado promover la resolución pacífica de conflictos, especialmente de tierras.  La Unidad ha brindado un extensivo apoyo técnico al Tribunal Supremo Electoral[53] y ha brindado asistencia al Congreso, a través de su Programa de Apoyo Jurídico.  Además, ha llevado a cabo actividades, como parte de su programa “Valores Democráticos y Gerencia Política”, diseñadas para capacitar a líderes políticos en áreas relacionadas con la participación democrática a través del sistema político.

 

         67.         En un programa de especial importancia debido a su impacto decisivo en la seguridad de los habitantes de las zonas más afectadas por el conflicto, la Unidad ha participado -en estrecha colaboración con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, ex combatientes de la URNG y supervisores internacionales de la Junta Interamericana de Defensa, y bajo el Plan Nacional de Desminado- en la coordinación de la remoción de minas sembradas durante esa época.  En enero de 2000, concluyó el trabajo en la zona de Ixcán, El Quiché, y las primeras tierras desminadas fueron entregadas por las autoridades locales a la población.  El trabajo continúa en el triángulo de Ixil, El Quiché.[54]

 

         68.         Guatemala también ha contado con el apoyo y la asistencia de otras  entidades del sistema de las Naciones Unidas, tales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, UNICEF, UNIFEM y otras oficinas, así como de una amplia gama de instituciones internacionales, entre ellas, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, y un número significativo de países, incluyendo los del grupo consultivo.  La asistencia técnica, préstamos, subvenciones y donaciones proporcionados por estos y otros participantes han puesto de manifiesto, en términos concretos, la esperanza de la comunidad internacional de que se logre una paz verdaderamente firme y duradera en Guatemala.

 

D.       El pasado como prólogo:  esclarecimiento de violaciones pasadas en el temario de la reconciliación

 

         69.         Este primer año del nuevo milenio es un tiempo para mirar hacia el futuro y prepararse para él.  Los guatemaltecos han decidido que su futuro debe ser de paz, democracia participativa y justicia y han tomado acciones decisivas para liberarse de los 36 años de conflicto a favor de una paz firme y duradera.  La búsqueda de ese futuro, sin embargo, exige que la sociedad guatemalteca mire hacia atrás y reflexione sobre la forma en que llegó a ese punto crítico.  El Acuerdo sobre el Establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de las Violaciones a los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia que han Causado Sufrimiento a la Población Guatemalteca expresó el reconocimiento de que la gente de Guatemala tiene derecho “a conocer plenamente la verdad sobre estos acontecimientos cuyo esclarecimiento contribuiría a que no se repitan estas páginas tristes y dolorosas y que se fortalezca el proceso de democratización en el país”.

 

         70.         Poderosas iniciativas han revelado las dolorosas verdades de las violaciones del conflicto; entre ellas, la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, en su informe Memoria del Silencio, y el Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, en su informe Guatemala: Nunca Más.  A éstas se han sumado las iniciativas de las víctimas y sus familiares para buscar la investigación judicial de violaciones específicas y el enjuiciamiento y castigo de los responsables, así como acciones conexas para localizar y exhumar los cuerpos de quienes desaparecieron o fueron masacrados para darles sepultura final con total dignidad.

 

         71.         El trabajo de la CEH tiene especial significación como la relación de los hechos elaborada en virtud de los acuerdos de paz, bajo el auspicio de las Naciones Unidas.  Esa Comisión fue establecida para esclarecer con “toda objetividad, equidad e imparcialidad” las violaciones a los derechos humanos y los hechos de violencia del conflicto.  No fue establecida para juzgar esas violaciones y no individualizó la responsabilidad.  Más bien, dejó constancia de las atrocidades y brutalidades e intentó explicar por qué ocurrieron las violaciones de los derechos humanos y de la dignidad.

 

         72.         Habiendo enfrentado el asombroso desafío de recoger testimonios y datos y analizar la historia, las violaciones y la violencia de casi cuatro décadas en menos de un año, la CEH publicó su exhaustivo y autorizado informe en febrero de 1999.  Éste proporciona un esclarecimiento vital, tanto al detallar la naturaleza de los patrones y prácticas de las masacres, desapariciones, ejecuciones arbitrarias, violaciones y denegación de justicia perpetrados, como al atribuir la responsabilidad institucional por esas violaciones.  El informe indica que 93% de las violaciones del conflicto eran atribuibles al Estado y a grupos paramilitares y 3% a la guerrilla.  Explica en detalle la política de tierra arrasada de los peores años de violencia y aclara que comunidades indígenas específicas fueron sometidas a actos de genocidio.  Las recomendaciones emitidas por la CEH tienen por objeto preservar la memoria de las víctimas, garantizar reparación a quienes sufrieron, promover una cultura de respeto mutuo y observancia de los derechos humanos, fortalecer el proceso democrático, respaldar la paz y la concordia y establecer un órgano encargado de dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones.

 

         73.         El trabajo del proyecto REMHI tiene especial resonancia como la oportunidad creada para que las víctimas den su testimonio en sus propias palabras.  El proyecto fue llevado a cabo en el curso de varios años por gente en las comunidades, trabajando directamente con quienes fueron tratados más brutalmente en el conflicto, con pocos recursos, salvo el deseo de revelar la verdad.  Como Coordinador General de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado, el Obispo Auxiliar de Guatemala Juan José Gerardi indicó en su presentación del informe:

 

Como parte de nuestra Iglesia, asumimos responsablemente y en conjunto esta tarea de romper el silencio que durante años han mantenido miles de víctimas de la guerra y abrió la posibilidad de que hablaran y dijeran su palabra, contaran su historia de dolor y sufrimiento a fin de sentirse liberadas del peso que  durante años las ha abrumado.[55]

 

         74.         Los testimonios son de quienes sobrevivieron, acerca de lo que presenciaron.  Por ejemplo, un sobreviviente, en ese entonces un niño, recordó:

 

Estaba jugando en el sitio cuando vi subir a los soldados, llegaban y mi mamá me dijo huí.  Como la casa de mi papá constaba de dos puertas, una era de delante y otra que salía entre el cafetal, entonces huí, porque ya tenía razón de que ellos ya empezaban a matar.  Y huí solo entre el cafetal y mi mamá no me siguió ….  Como a las cuatro de la tarde regresé a la aldea, ya había quemado la casa y mis familiares, ya no había nadie.[56]

 

         75.         Como reflexionó el Obispo Gerardi en su discurso, “[a]brirnos a la verdad, encarar nuestra realidad personal y colectiva no es una opción que se puede aceptar o dejar, es una exigencia inapelable para todo ser humano, para toda sociedad que pretenda humanizarse y ser libre”.[57]  En vista de la responsabilidad del Estado por violaciones sistemáticas a los derechos humanos, el proyecto REMHI emitió una serie de recomendaciones para compensación, programas de asistencia para las víctimas, reparaciones morales y la restitución de la verdad y la memoria colectiva de las víctimas.

 

         76.         Entre las acciones para enfrentar el legado del conflicto por la vía judicial está, primeramente, la presentación de demandas ante los tribunales de Guatemala, por ejemplo, aquella concerniente a la masacre de Las Dos Erres.  En segundo lugar, la Fundación Rigoberta Menchú Tum presentó demandas ante la Audiencia Nacional de España en relación a delitos cometidos por altos funcionarios que, según se afirmaba, daban lugar a la jurisdicción universal.[58]  Aunque esta demanda no fue admitida para su trámite, han sido presentadas ante los tribunales de otros países denuncias sobre violaciones durante el conflicto.  Tercero, la propia Comisión está tramitando varios casos que surgieron durante el conflicto.  Por ejemplo, recientemente publicó dos informes relativos a una serie de 46 ejecuciones extrajudiciales y 5 desapariciones, respectivamente.  Como se indicó anteriormente, el Estado ha manifestado su compromiso de cumplir plenamente con las recomendaciones emitidas.

 

         77.         Varias organizaciones están llevando a cabo exhumaciones para reunir pruebas y garantizar que las víctimas sean sepultadas con dignidad.  La Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG), trabajando en colaboración con la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), el Grupo de Apoyo Mutuo (GAM) y la Coordinadora Nacional de las Viudas de Guatemala (CONAVIGUA), había llevado a cabo 96 procedimientos de exhumación para mediados del año 2000, los cuales dieron como resultado la recuperación de restos humanos de 1.000 víctimas.[59]  La ODHA había llevado a cabo 33 para mediados del año 2000[60] y el Centro para Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) y la Asociación de Reconciliación para la Justicia han estado llevando a cabo una serie de exhumaciones en relación a una causa legal concerniente a una serie de masacres durante la política de tierra arrasada.

 

         78.         Como indicó la CEH, “[e]l futuro de Guatemala depende en gran medida de las respuestas que el Estado y la sociedad sepan dar a las tragedias vividas por casi todos los guatemaltecos en carne propia”.[61]  Sin perjuicio de las otras recomendaciones emanadas de los informes de la CEH y el REMHI, las siguientes tienen especial importancia para el sistema:  la creación de la Fundación para la Paz y la Concordia para implementar toda la gama de recomendaciones de la CEH, el establecimiento de un programa nacional de reparaciones para quienes sufrieron, la creación de una comisión nacional para investigar y establecer el destino de los desaparecidos, el establecimiento de una comisión para examinar la conducta de funcionarios del ejército y las fuerzas de seguridad durante el conflicto y la difusión del trabajo del REMHI y la CEH.  Al respecto, en respuesta al proyecto de informe, el Estado informó que:

 

[e]n el contexto de cumplimiento a las recomendaciones del informe de la CEH, la Secretaría de la Paz desarrolla el Programa Piloto de Resarcimiento, que ejecuta 52 proyectos en 96 comunidades de 17 Municipios en 4 Departamentos.  Se considera al Programa Piloto, como experiencia previa y antecedente del Plan Nacional de Reparaciones.

 

La Comisión alienta al Estado en esta etapa hacia el cumplimiento con las recomendaciones de la CEH, y espera recibir información detallada sobre ésta y otras medidas adoptadas con este fin crucial.

 

         79.         La respuesta del Estado frente las violaciones del pasado ha revelado tanto avances notables como desalentadores retrocesos.  La primera respuesta del Estado a esas iniciativas fue su reconocimiento público de responsabilidad por violaciones graves de los derechos humanos y su disculpa al pueblo guatemalteco.  Éste fue un acto de inmensa importancia simbólica que allana el camino para la implementación de medidas de reparación y rendición de cuentas que deben venir posteriormente.

 

         80.         En la portada del Informe de la CEH está la siguiente declaración:  “Que la historia que pasamos quede en las escuelas, para que no se olvide, para que nuestros hijos la conozcan”.[62]  El Estado ha tomado acciones iniciales para apoyar la elaboración y distribución de libros de texto para enseñar la historia del conflicto.[63]  A mediados del año 2000, los informes indicaban que existían medidas vigentes en el Ministerio de Educación para comenzar a incluir material de los informes del REMHI y la CEH en los programas de estudio de las escuelas en el año 2001.[64]  Éstos son avances importantes.

 

         81.         Sigue pendiente una acción decisiva en algunas áreas críticas.  El Presidente Portillo ha prometido apoyar la creación de la Fundación para la Paz y la Concordia, el desarrollo de un programa nacional de reparaciones, el establecimiento de un programa de exhumación, la creación de una comisión para buscar a los desaparecidos y la implementación de las demás recomendaciones de la CEH.  El establecimiento de estos mecanismos ha sufrido un gran retraso, en consecuencia, tienen una especial importancia las medidas informadas por el Estado en forma general en respuesta al proyecto del informe sobre el desarrollo de un programa piloto de resarcimiento y la reciente iniciación de programas de búsqueda de desaparecidos y exhumaciones a través de COPREDEH.  La Comisión espera contar con información más precisa sobre estas iniciativas en un futuro próximo. Al respecto, continua siendo especialmente decisivo que se tomen acciones para definir y establecer la fundación mencionada con el fin de implementar estas recomendaciones. 

 

         82.         En algunos aspectos, la situación más emblemática de las limitaciones del proceso de esclarecimiento es el trágico asesinato del Monseñor Gerardi, días después de la presentación del informe del REMHI, y su impunidad hasta la fecha.  Estos hechos han enviado un claro mensaje de intimidación a quienes tratan de sacar a la luz el oscuro pasado.  Las amenazas y ataques, cada vez más frecuentes, contra los defensores de los derechos humanos no han hecho otra cosa sino intensificar este mensaje en el tiempo transcurrido desde ese asesinato.  El asesinato, la falta de esclarecimiento y la falta de respuesta del Estado a esas amenazas enlazan las violaciones del pasado con el presente.

 

         83.         El esclarecimiento es un elemento esencial en el proceso de reconciliación.  Sin embargo, en el caso de violaciones fundamentales, tales como masacres, desapariciones, violaciones, tortura y genocidio, la revelación de la verdad debe ir acompañada por el reconocimiento del delito, el enjuiciamiento y castigo de los responsables y la reparación a las víctimas o sus familiares.  Como indica la reiterada jurisprudencia del sistema, las víctimas y sus familias tienen derecho a una investigación judicial por parte de un tribunal penal para determinar quién fue responsable de las violaciones sufridas y para garantizar su castigo.[65]  Tanto las personas directamente afectadas como la sociedad en su conjunto tienen derecho a conocer toda la verdad sobre lo que sucedió[46] y, en el caso de las desapariciones, en particular, esto incluye establecer el destino de la víctima.  El otro derecho “de las víctimas o sus familiares de recibir una compensación adecuada es un reconocimiento de la responsabilidad del Estado por los actos cometidos por su personal y una expresión de respeto por el ser humano”.[47]

 

         Conclusiones y Recomendaciones

 

         84.         El Estado de Guatemala se ha comprometido a proteger y promover los derechos humanos a través de disposiciones de su Constitución, de las obligaciones regionales e internacionales que ha asumido y del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos.  En este contexto, el Estado ha anunciado prometedores compromisos a favor de la protección de los derechos humanos.  El presente informe examina las áreas en las cuales estos compromisos podrían requerir un avance adicional y se concentra en particular en el desafío primordial de dar cumplimiento a tales compromisos.  La revisión precedente de los principales mecanismos legales e institucionales destinados a proteger los derechos humanos proporciona un marco para los capítulos que siguen.  Dada la función crucial que tienen estos mecanismos, la Comisión ha formulado varias recomendaciones básicas, que constan a continuación, para asistir al Estado en su empeño de fortalecer el marco nacional para la implementación de sus obligaciones.

 

         85.         Como establece la Constitución de Guatemala, el objetivo final del Estado es la protección de “la persona y la familia” y su deber perentorio es el de garantizar “la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral” de cada habitante.[68]  La tarea de preservar y consolidar la paz y construir un sistema de justicia social como una de las piedras angulares de la unidad nacional y la solidaridad depende del compromiso del Estado y la capacidad de sus mecanismos de respetar y garantizar los derechos fundamentales de la población.[69]  No se logrará llegar a las raíces de décadas de conflicto que surgió de un sistema de exclusión mediante actos formales, sino a través de cambios en el propio sistema encaminados a crear una democracia participativa, que es una condición previa esencial para el goce efectivo y la observancia de los derechos humanos.  Con este fin, la Comisión recomienda que el Estado.

 

1.       Fortalezca aún más los recursos y el apoyo proporcionados a las entidades públicas encargadas de proteger y promover los derechos humanos e investigar los abusos de los derechos humanos, particularmente a la Procuraduría de los Derechos Humanos, y a las instituciones encargadas de la administración de justicia.

 

2.       Amplíe las iniciativas en marcha para la difusión de los acuerdos de paz, incluso en los idiomas indígenas respectivos, tanto por escrito como por radio y los otros medios apropiados.

 

3.       Tome acciones decisivas para separar las funciones del ejército y la Policía Nacional Civil, de conformidad con las funciones asignadas en los acuerdos de paz, y para fortalecer aún más la capacidad de esta última de satisfacer las demandas de protección de la seguridad de la ciudadanía.

 

4.       Adopte las medidas necesarias para asegurar que los servicios de inteligencia, tanto militar como civil, sean sujetos a la supervisión debida del congreso.

 

5.       Amplíe las iniciativas en marcha para la difusión y promoción del Informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, especialmente las conclusiones y recomendaciones, incluso por medio de los programas relacionados con la enseñanza de la historia nacional en las escuelas.

 

6.       Adopte medidas concretas para implementar plenamente las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico, incluyendo, antes de nada, el establecimiento de la Fundación para la Paz y la Concordia, que se encargará de implementar esas recomendaciones.

 

7.       Amplíe las oportunidades para que los funcionarios del Estado reciban información y capacitación relativa a las obligaciones del Estado en el marco del sistema interamericano de derechos humanos y a aquellas emanadas, en general, del derecho internacional en materia de derechos humanos.

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[48] Véase “Paz y Derechos Humanos:  Guatemala reconoce responsabilidad institucional en violaciones a DD.HH.”, página 3, 5 de abril de 2000 (en donde se informa sobre el reconocimiento de dicha interferencia por parte de representantes del Estado ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas).

[49] Véase, por ejemplo, MINUGUA, Undécimo Informe, párrafos 73-87; Décimo Informe, 73-77; Noveno Informe, párrafos 67-75; Octavo Informe, párrafos 80-86.

[50] MINUGUA, Undécimo Informe, párrafo 84.

[51] En su respuesta al proyecto del informe, el Estado argumentó que “no obstante los informes existentes, no hay elementos necesarios para determinar, de manera precisa, vínculos entre agentes del Estado y esta clase de grupos” o que autoridades publicas alienten la creación de tales grupos, aunque también expresó su preocupación respecto de “la posibilidad de que personas particulares que pertenecieron a esta clase de grupos, pudieran contribuir a la desestabilización de las Instituciones, además que una vinculación entre agentes del Estado y estos grupos, motivada por intereses políticos, económicos o de otra naturaleza, sería altamente preocupante”. 

[52] Véase, en general, Informe del Secretario General al Consejo Permanente sobre el Programa Especial de Apoyo a Guatemala, OEA/Ser.G, CP/doc. 3298/00, 28 de abril de 2000; véase también información más detallada a través del sitio Web de la Unidad para la Promoción de la Democracia en www.upd.oas.org.

[53] Se hace una breve referencia a este tema en el capítulo X, infra, sobre derechos políticos.

[54] Véase Informe del Secretario General, supra.

[55] Oficina de derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, Informe Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica” (REMHI), Guatemala, Nunca Más (1998); Discurso de Monseñor Juan Gerardi con motivo de la Presentación del Informe REMHI, Catedral Metropolitana de la Ciudad de Guatemala, 24 de abril de 1998.

[56] Id., testimonio del caso REMHI 10066 (masacre), Aldea Kajchijlaj, Chajul, Quiché, 1982.

[57] Id., Discurso.

[58] “Justicia Universal por el Genocidio en Guatemala”, Demanda presentada por la Premio Nobel de la Paz, Rigoberta Menchú Tum, ante la Audiencia Nacional de España el 2 de diciembre de 1999 (Fundación Rigoberta Menchú Tum 2000).

[59] Véase “La Fundación de Antropología Forense ha realizado 96 exhumaciones”, AC, 27 de junio de 2000.

[60] Véase Alberto Ramírez Espada, “Fosas clandestinas”, Prensa Libre, 25 de mayo de 2000.

[11] Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), Guatemala: Memoria del Silencio (1999), prólogo.

[62] Id., portada.

[63] Véase Luisa F. Rodríguez, “Libro ‘Historia Sinóptica de Guatemala’ irá a las aulas”, Prensa Libre, 12 de diciembre de 1999.

[64] Véase Rodolfo Flores García, “Informes de la CEH y el REMHI llegarán a escuelas”, Siglo Veintiuno, 31 de mayo de 2000.

[65] Véase, por ejemplo, Informes 28/92 (Argentina) y 29/92 (Uruguay) en Informe Anual de la CIDH 1992-93, OEA/Ser.L/V/II.83, doc. 14 corr. 1, 12 de marzo de 1993; Informes 39/00, 40/00 (Guatemala), párrafo 268, párrafo 98, respectivamente, en el Informe Anual de la CIDH 1999, OEA/Ser.L/V/II.106, Doc. 3 rev., 13 de abril de 2000, Vol. II.

[66] Véase, por ejemplo, CIDH, Informe Anual de la CIDH 1985-1986, OEA/Ser.L/V/II.68 doc. 8 rev. 1, 26 de septiembre de 1986, “Campos en los cuales han de tomarse medidas …” pág. 193.

[67] Informe del Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, Sr. Bacre Waly Ndiaye, E/CN.4/1997/60, 24 de diciembre de 1996, párrafo 47.

[68] Artículos 1 y 2, Constitución.

[69] Preámbulo, Acuerdo Final de Paz.