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CAPITULO II

LOS DERECHOS POLITICOS

 

A. CONSIDERACIONES GENERALES

 

1. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre establece, en su Artículo XX, el derecho de sufragio y de participación en el gobierno en los siguientes términos:

Artículo XX. Toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres.

2. Los derechos políticos, tal como son considerados por la Declaración, tienen dos aspectos claramente indentificables: el derecho al ejercicio directo del poder y el derecho a elegir a quienes deban ejercerlo. Ello supone una concepción amplia acerca de la democracia representativa que, como tal, descansa en la soberanía del pueblo y en la cual las funciones a través de las cuales se ejerce el poder son desempeñadas por personas escogidas en elecciones libres y "auténticas"1 La Declaración Universal en su artículo 21 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 23 no agregan elementos sustanciales a los contenidos en la Declaración Americana.

3. Es doctrina de la CIDH, por su parte, que el ejercicio del derecho a la participación política implica "el derecho a organizar partidos y asociaciones políticas, que a través del debate libre y de la lucha ideológica pueden elevar el nivel social y las condiciones económicas de la colectividad, y excluye el monopolio del poder por un solo grupo o persona".2 Asimismo, ha considerado la Comisión que "los gobiernos tienen, frente a los derechos políticos y al derecho a la participación política, la obligación de permitir y garantizar la organización de todos los partidos políticos y otras asociaciones, a menos que éstas se constituyan para violar derechos humanos fundamentales; el debate libre de los principales temas del desarrollo socioeconómico; la realización de elecciones generales, libres y con las garantías necesarias para que sus resultados representen la voluntad popular".3

4. Cabe ahora tratar de discernir cómo funciona en la práctica el sistema institucional establecido en la Constitución. Para ello, se analizarán las formas bajo las cuales se lleva a cabo la participación popular; se presentarán luego las modalidades de ejercicio del poder por parte del grupo dirigente y se finalizará precisando los límites a la participación política.

 

 B. LA PARTICIPACIÓN Y EL EJERCICIO DEL PODER

1. La Participación Popular

5. En la práctica, el sistema político cubano promueve una amplia participación política de los ciudadanos, la cual, sin embargo, es restringida a las cuestiones de carácter local y, por tanto, de limitada competencia; la política sustantiva queda restringida a un grupo limitado, tal como se verá más adelante. Cifras oficiales indican que en las elecciones locales el número de votantes fue extraordinariamente elevado. En las últimas elecciones municipales (1981) unos 6 millones de personas votaron, o sea el equivalente al 97.2% de los inscritos. El número de votantes fue también elevado, ascendiendo al 93.6%, en las elecciones eliminatorias llevadas a cabo una semana después en los distritos donde había varios candidatos y ninguno había obtenido el 50% de los votos emitidos en la primera rueda.4

6. Asimismo existe el derecho de los ciudadanos a plantear quejas públicas sobre la calidad de los bienes o servicios. Las organizaciones de masas han llegado a incentivar estas críticas "concretas". Se insta a los ciudadanos a presentar sus reclamos a las autoridades locales electas, quienes a su vez deben informar nuevamente a la comunidad los resultados de sus gestiones para resolver estos problemas. Estas asambleas de rendiciones de cuentas representan una característica importante del sistema político a partir de 1976. En la provincia de La Habana, por ejemplo, durante un período de seis meses en 1981-82, hubo 1.407 asambleas de este tipo, donde se registraron 9.251 reclamos o sugerencias ante 833 delegados. El 60% de estos reclamos se resolvieron o recibieron respuesta dentro de esos seis meses, el 16% no tuvo solución inmediata, el 7% se estaba gestionando y el 17% permanecía pendiente en el tercer trimestre de 1982. En ese mismo período, en todo el país se presentaron 92.996 reclamos o sugerencias sobre bienes y servicios específicos.5 Este es un buen resultado de la agilidad de reacción del gobierno local teniendo en cuenta las normas comparativas. De esta forma, los ciudadanos cuenta con mecanismos para responsabilizar a los titulares de los cargos públicos locales por la gestión de las instituciones gubernamentales, especialmente locales. Así, en 1979, el 40% de las autoridades electas en 1976 a nivel local no fueron reelectas.6

7. También es muy alta la participación de las organizaciones populares patrocinadas oficialmente. A comienzos de la década de los setenta, aproximadamente el 80% de la población adulta integró los Comités de Defensa de la Revolución (CDR) y una proporción comparable de mujeres adultas formó parte de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC). Estas altas tasas de participación podrían indicar conformidad con las políticas del Gobierno y del Partido. Sin embargo, es difícil evaluar cuánto apoyo político representan en realidad para el régimen. En Cuba, la asociación a las organizaciones populares --incluyendo las amplias agrupaciones sindicales y de campesinos-- es prácticamente un prerequisito para cualquier actividad de rutina, pues esta asociación afecta la admisión a las universidades, las promociones, el acceso a cierto tipo de vacaciones o de actividades recreativas, y la obtención de los productos no perecederos que exigen que un sindicato certifique que el comprador es un "trabajador avanzado". Esto es lo que hace difícil distinguir cuándo la decisión de asociarse a una organización popular responde al deseo de apoyar al régimen, y cuándo ella obedece a los beneficios materiales que se derivan de la misma y que de otro modo no se pueden obtener.

8. Dados los grandes incentivos políticos y materiales derivados de integrar las organizaciones populares, el no pertenecer a ellas coloca a las personas en una situación desfavorable. Esta puede ser la consecuencia de una decisión individual de no asociarse, aún cuando ello conlleve un costo personal muy alto; sin embargo, es también probable que sea el resultado de una decisión de la organización popular de rechazar el ingreso. La proporción de la población adulta que pertenece a los CDR o a la FMC ha permanecido constante durante una década. Los nuevos miembros de cada una de estas organizaciones, en su mayor parte, son el resultado del crecimiento demográfico normal y no de otras tentativas de reclutamiento entre la población adulta. Como lo explicó el Presidente Fidel Castro, la única razón de que no haya más miembros es que en los últimos años la organización ha tenido especial cuidado en la selección de sus nuevos miembros. Los Estatutos de los CDR, ratificados en su Segundo Congreso celebrado en octubre de 1981, muestran el funcionamiento de los controles políticos centralizados en materia de asociados. Si el CDR de una zona desea admitir alguna persona mayor de 18, solamente puede hacerlo con la aprobación expresa del Secretario Ejecutivo del CDR del nivel inmediato superior. Las personas que no ingresan a estas organizaciones quedan realmente al margen de la vida política cubana. Tal vez por su propia elección, pero ciertamente también como resultado de una política del gobierno.7

9. Es probable que quienes no son miembros de estas asociaciones estén representados en forma desproporcionada entre los que eligen emigrar. Datos preliminares sugieren que la tasa de los que no pertenecían a dichas organizaciones entre los que emigraron en 1980 a los Estados Unidos, fue dos veces más alta que la tasa de los miembros de toda la población adulta de Cuba; en otros aspectos demográficos la mayoría de estos emigrantes eran representativos de la población cubana y pertenecían a la fuerza de trabajo.8

10. Aunque es alta la participación en las organizaciones populares, ésta es una naturaleza predominantemente consultiva más que decisora. La labor principal de las organizaciones populares consiste en transmitir al pueblo los mensajes del Gobierno, socializar a los ciudadanos, ejecutar los servicios solicitados por el partido y el Gobierno y, más recientemente, transmitir las críticas de orden práctico de los ciudadanos, de conformidad con las nuevas políticas municipales. El impacto que tienen las organizaciones populares sobre las decisiones que las afectan es probablemente el menor en el caso de los Comités de la Defensa de la Revolución y el mayor en la Asociación Nacional de Pequeños Agricultores (ANAP). La Federación de Mujeres y la Confederación del Trabajo se encuentran en una posición intermedia.9

11. Es difícil comprobar de manera fidedigna si los CDR han tenido participación eficaz en el proceso de adopción de decisiones. Al contrario, parecen ser esencialmente un instrumento de control. Su principal tarea sigue siendo la "vigilancia" revolucionaria contra los enemigos del régimen, entre ellos los delincuentes comunes. Los CDR tienen otras tareas para el mejoramiento y el progreso vecinal; hacen participar a los ciudadanos en las actividades locales que son importantes para su existencia, pero el gobierno nacional los ha mantenido con éxito concentrados en el antiguo compromiso de la "vigilancia". Esta fue la razón fundamental para su fundación y sigue siendo hoy su principal tarea. Entre 1977 y 1981 los comités enviaron un promedio de 123 informes diarios al Ministerio del Interior, en cumplimiento de su tarea principal.10

12. Los datos sobre la participación laboral son más complejos. Se supone que las leyes de planeamiento y presupuesto deben discutirse entre los trabajadores de las empresas, para que puedan ejercer la función principal del proletariado. En 1978, el 34% de todas las empresas no discutió el plan de 1979 con los trabajadores y un 58% más de éstas presentó los programas a las asambleas de trabajadores pero no se introdujo ningún cambio al plan en base a las sugerencias realizadas. Solamente en un 8% de las empresas hubo alguna participación obrera, al discutirse el plan e incorporársele algunas sugerencias. Aún en esta minoría, la modalidad de participación se caracterizó por el énfasis otorgado al rol del gerente, de los dirigentes laborales y del Partido, así como otros que ocupan cargos de jerarquía.

13. Al tratarse el plan para 1980 hubo algunos progresos. Alrededor de un 59% de las empresas realizaron asambleas e introdujeron ciertas modificaciones al plan de acuerdo a propuestas recibidas. Sin embargo, cuando se presentó a la Asamblea Nacional el Plan para 1980, Jorge Riquet, miembro de la Secretaría del Partido, logró suprimir del proyecto de ley la referencia a la participación anterior de los trabajadores en el plan, alegando que ésta no era cierta.11 En resumen, en el mejor de los casos, la participación de los trabajadores es consultiva.

14. La mayor parte de la labor de las asambleas provinciales en los asuntos de importancia se caracteriza también por las consultas, más que por una participación eficaz en la toma de decisiones. Si bien la legislación presupuestaria dispone que las asambleas provinciales traten el proyecto de ley de presupuesto antes de ser sometido a la Asamblea Nacional, en la práctica esto no ha sucedido en todo el transcurso de la década de los setenta. En cambio, la ley de presupuesto ha sido tratada por los comités ejecutivos de las asambleas provinciales y no por las propias asambleas, y aunque hay informaciones de que recientemente se presentó a las asambleas provinciales, el ejemplo de la Asamblea Nacional sugeriría que es poco probable que el presupuesto haya sido discutido efectivamente.12

15. El grado de consulta y su posible impacto en el proceso de adopción de decisiones es mayor para una élite nacional subalterna, a pesar de que se mantienen importantes restricciones. La Asamblea Nacional cubana, constituida en forma abrumadora por miembros del Partido Comunista, tiene un rol normativo muy limitado, aunque no de poca importancia.13 Ella se reúne solamente cinco días al año y los diputados tienen empleos permanentes en otros lugares.14 La Asamblea Nacional cuenta con personal reducido que le permite tratar de manera expeditiva los asuntos que le conciernen durante los pocos días que se reúne. La vida de los comités, aunque es algo más activa que en los primeros años, sigue a un ritmo moderado. Por ejemplo, los comités que tendrían que llevar a cabo los trabajos encomendados por la Asamblea reunida en diciembre de 1981, aún no se habían instalado tres meses después.15

16. La Asamblea Nacional tiene un impacto poco notable en la política exterior, en la política militar o en la planificación y en el presupuesto nacional. Estos asuntos se presentan a la Asamblea, pero las discusiones son rutinarias y superficiales. Las autoridades dirigentes nunca han sido derrotadas en una votación de la Asamblea. El Consejo de Estado, que tiene una mayoría que pertenece al Buró del Partido Comunista, gobierna en representación de la Asamblea cuando ésta no está en período de sesiones, es decir casi siempre. Gran parte del trabajo de la Asamblea Nacional se reduce a ratificar las leyes y decretos dictados por el Consejo de Estado, recibir informes y desempeñar tareas protocolares.

17. No obstante, en la Asamblea Nacional se debaten enérgicamente los temas que no son "alta política". A veces las autoridades han retirado leyes que han sido objeto de críticas enérgicas. La Asamblea ha tenido un impacto importante en materia de legislación sobre protección de zonas cenagosas y sobre el Código de Tránsito. Por supuesto, estos debates siguen teniendo lugar entre la élite de la Asamblea Nacional, pero prueban que hay cierta discusión y desacuerdo entre los límites del grupo gobernante. Estos debates ilustran el rol de los otros dirigentes aparte de Fidel Castro, aunque proyectan también a éste como el árbitro supremo con autoridad para solucionar todos los conflictos. Los dirigentes que probablemente participan más son los integrantes de la dirección de política, de la Secretaría, del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros. Como lo expresara la revista Bohemia en 1982, "no muchos diputados participaron en las discusiones de los temas más importantes".16

18. Este papel limitado pero de importancia de la Asamblea Nacional, exhibe una modalidad general de estratificación política. Los dirigentes que están por debajo de las autoridades supremas, tienen una incidencia moderada en algunas decisiones, aunque las cuestiones fundamentales de la política del Estado y del Partido permanecen fuera del control eficaz aún del Partido Comunista. Por debajo de este nivel, el impacto en el poder penetran en este sistema político que se mantiene basado en una extensa, aunque controlada participación política.

19. Estas consultas políticas legitiman la autoridad de los gobernantes y mejoran la calidad del gobierno en sus detalles, pero no significan que de ellas puedan surgir modificaciones substanciales del actual sistema político. Aún así, resulta positivo el alto nivel de participación alcanzado en los asuntos cotidianos por amplios sectores de la población. Esta tendencia a otorgar una mayor participación controlada tuvo como resultado un experimento en materia de poder local, iniciado en 1974 en la provincia de Matanzas, el cual funcionó lo suficientemente bien como para extenderlo al resto del país dos años más tarde; en esa oportunidad se llevaron a cabo elecciones en toda la nación para llenar cargos públicos. Sin embargo, debe también señalarse que la discusión limitada a los círculos elitistas de las cuestiones fundamentales de política está muy lejos de generar una activa oposición.

 

2. El Grupo en el Poder

20. El primer elemento que llama la atención es el rol dominante en la vida política ejercido por el Presidente Fidel Castro. Si bien la Constitución cubana establece que el Presidente del Consejo de Estado y del Consejo Ministros es electo y puede ser reemplazado por la Asamblea Nacional, el papel político de Fidel Castro es tan abrumador que estos procedimientos constitucionales, en la realidad, carecen de sentido. Fidel Castro es quien gobierna Cuba; él es la única persona viviente que se distingue por su nombre en la Constitución cubana y es reiteradamente nombrado en la parte introductora de los Estatutos del Partido Comunista. Por otra parte, es tratado con suma deferencia por los otros miembros del gobierno. El personifica la revolución.

21. De hecho, hay una abierta contradicción entre la tesis constitucional sobre los órganos colectivos y la vida real de los poderes del Estado. Aquella es que el poder se juega entre órganos colectivos que proceden por opiniones de mayoría, basada en la libertad irrestricta de expresión y que obtienen un amplio consenso, debido a la unidad fundamental en el ejercicio del poder.

22. De ahí que el órgano sea mucho más importante que su Presidente. Antes fue dicho que el mismo Presidente del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros, Jefe del Gobierno no está supeditado a los respectivos organismos, de tal modo que el Gobierno es, en verdad, no un Presidente de la República, como en otras constituciones, sino el Consejo de Ministros.

23. En verdad, este principio se cumple sólo respecto de la Asamblea Nacional, donde el Presidente no juega ningún papel visible ni dentro de ella ni fuera. Más no es así en el Consejo de Estado y en el Consejo de Ministros. Ambas instituciones no aparecen ante el público como los gobernantes. Tal desempeño está evidentemente en manos del Presidente de ambas entidades, quien, en todo momento, opera como Jefe de Gobierno y Secretario General del Partido Comunista. Ante el público, no hay más autoridad que la que emana de ese dirigente. Nadie fuera o dentro de Cuba, atribuye autoridad, salvo coadyudante, a otros personeros o autoridades formales.

24. Asimismo, cabe notar que la Constitución prevé siempre organismos más reducidos que toman a su cargo de manera permanente las labores de los órganos principales. La Asamblea Nacional tiene el Consejo de Estado, como órgano ejecutivo y permanente. A su vez, las Asambleas Provinciales y Municipales designan un Comité Ejecutivo (Art. 114); el Tribunal supremo posee un Consejo de Gabinete (Art. 124). El Consejo de Ministros también posee un Comité Ejecutivo (Art. 95). Lo mismo ocurre en el Partido Comunista.

25. En esta forma, el poder que aparece ejercido por grandes corporaciones representativas del pueblo va, en las decisiones inmediatas, siendo entregado a grupos más reducidos, donde el Presidente del Consejo de Estado, Presidente del Consejo de Ministros, Presidente del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros y Secretario General del Partido Comunista tiene un lugar predominante. Tal es la realidad vigente.

26. Desde el punto de vista político y jurídico, lo anterior es muy importante, ya que otros sistemas descansan abiertamente en la figura del Jefe, dentro del supuesto de que él asume la totalidad del poder por una delegación auténtica del pueblo que se siente encarnado en su autoridad. El problema que esta realidad suscita es cómo ha podido suceder que los críticos más acérrimos de ese poder personalista, que se trazan la tarea de sustituirlo por una nueva organización de plena participación popular, ofrezcan, en las exterioridades determinantes de su sistema, todas las características del Jefe absoluto.

27. El segundo elemento a considerar es que el sistema político cubano no es simplemente un gobierno unipersonal. También los otros miembros de los principales órganos del Estado y del Partido ejecutan papeles principales en la Cuba contemporánea, y cabe destacar que se han producido muy pocos cambios en la composición de estos mandos superiores. Por ejemplo, solamente cuatro de los dieciséis miembros del Buró Político del Partido Comunista no tenían ya, a mediados de la década de los sesenta, una posición importante dentro del gobierno (típicamente la de ministro, que era el cargo superior en ese momento). De las cuatro excepciones, tres eran miembros del Partido Comunista anterior a la revolución, el cual todavía no había entrado formalmente en la coalición del Gobierno, pero que ya en 1961 ocupaban cargos de mucha responsabilidad, tal como lo vienen haciendo desde entonces. Siete altos ejecutivos del Consejo de Estado han sido altos dirigentes gubernamentales desde 1961. Solamente a partir de 1965 se añadieron dos "nuevos" miembros entre los catorce del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. Como se desprende de lo señalado, el equipo gobernante de Cuba se ha mantenido prácticamente sin cambios durante dos décadas.

28. Asimismo, es extraordinaria la superposición entre las estables élites que controlan a estas instituciones políticas claves. Once de los dieciséis integrantes del Buró Político también son miembros del Consejo de Ministros con línea de responsabilidad directa; catorce de los miembros del Buró Político del Partido pertenecían al Consejo de Estado donde constituían mayoría. De los catorce integrantes del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ocho pertenecen al Buró Político y todos son integrantes del Comité Central del Partido. Un total combinado de veintidós personas ocupan el Buró Político del Partido, los cargos ejecutivos más altos del Consejo de Estado y del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

29. En resumen, un número sumamente reducido de personas ha estado ininterrumpidamente en el poder por muchos años, ocupando todos los cargos políticos de más importancia del Partido, del Estado y de las instituciones gubernamentales. Por lo tanto, no existe una verdadera autonomía política u oposición entre estas tres instituciones dirigentes cumbres, ni les es posible a ninguno de estos cuerpos evitar las medidas arbitrarias adoptadas por otro de ellos, porque están integrados por las mismas personas.

30. Un grado de continuidad comparable puede observarse en el nivel siguiente del gobierno. Por ejemplo, el 84% de los miembros del Comité Central en 1965 fue reelecto para los mismos cargos en 1980. En general, los miembros del Comité Central que fallecieron o fueron dados de baja se sustituyeron por el mismo tipo de personas: hombres blancos, nacidos alrededor de 1930, que tuvieron su actuación en los años cincuenta en la lucha contra el Gobierno de Batista y formaban parte del movimiento "26 de Julio" dirigido por Fidel Castro, sirviendo fielmente al Gobierno revolucionario desde 1959. Sin embargo, alrededor de un quinto de los dirigentes se compone de gente de más edad, antiguos miembros del Partido Comunista anterior a la revolución. La proporción de miembros no blancos en el Comité Central se ha mantenido baja y constante: alrededor de un 10 o un 15%, aunque no menos de la cuarta parte de todos los cubanos no es de raza blanca. En 1980 las mujeres representaron el 12% de los miembros con plenos derechos del Comité Central, duplicando su participación anterior, aunque todavía su número es reducido.

31. Desde la derrota y encarcelamiento en 1968 de la llamada "microfacción" dentro del Partido Comunista cubano, dirigida por Aníbal, en Cuba no ha habido una oposición eficaz al poder político. Aunque los procedimientos formales del Partido y del Estado teóricamente permiten la rotación del gobierno, en realidad esto no ha ocurrido y es sumamente difícil imaginarse que pueda suceder.

 

3. Los Límites a la Participación

32. Surge de lo expuesto anteriormente, que la participación política es extremadamente reducida cuando se trata de la política sustantiva tanto nacional como internacional. Puede considerarse que esa limitación es el resultado de la acción de diversos factores, y especialmente del requisito de adhesión ideológica, los requerimientos derivados de los mecanismos electorales y de la intolerancia del grupo en el poder hacia las formas de oposición política, dos de los cuales que serán analizados seguidamente.

 

a. La adhesión ideológica

33. La participación política, especialmente en los asuntos sustantivos, exige una adhesión ideológica que puede ser calificada de dogmática. Esta exigencia encuentra su origen en los textos constitucionales e impregna la totalidad de la vida social cubana. La ideología cumple aquí también, tal como lo señalaba Marx, un papel similar al del cemento en la construcción de un edificio: sirve para mantener unidos los diversos elementos que lo componen. Debido a su estrecha vinculación con el tema de la libertad de opinión, este aspecto será tratado en el Capítulo V de este informe; basta por ello dejar señalada ahora su vinculación con el ejercicio de los derechos políticos.

 

b. Los mecanismos electorales

34. Otra limitación significativa a la participación política es la derivada de los mecanismos electorales que funcionan tanto a nivel municipal como provincial y nacional. En este ámbito puede observarse que, a medida que el régimen cubano se fue institucionalizando, el Gobierno comenzó una apertura del sistema político. El aludido experimento en materia de gobierno local de 1974 en Matanzas y las elecciones de 1976 en toda la nación para llenar los cargos públicos, poseen varias características que definen y limitan el impacto de este cambio.17

35. La elección directa solamente está prevista para llenar los cargos legislativos municipales. No existe voto directo para ningún cargo ejecutivo ni legislativo que no sea a nivel municipal. Los ciudadanos no tienen derecho a presentar su candidatura por su propia voluntad y la autocandidatura es ilegal. Los candidatos deben ser proclamados en una asamblea por votación a mano alzada y no pueden hacer su propia campaña electoral. Solamente el Partido Comunista y las organizaciones de masas tienen derecho a distribuir propaganda u organizar reuniones electorales. Por lo tanto, los críticos del gobierno no pueden intercambiar opiniones e información y no tienen el derecho de asociación. El gobierno es el único que tiene derecho a publicar la biografía oficial de los candidatos, no pudiendo éstos suprimir ninguna información que el Gobierno desee divulgar. Este método se presta a ser utilizado para desalentar a los candidatos que no son del agrado del gobierno y, para evitar humillaciones, muchos de ellos se han retirado de la competencia. Los miembros del Partido pueden tener una actuación personal activa en las asambleas de candidaturas para garantizar que los candidatos favoritos estén en las listas, aunque el Partido no apoya formalmente candidatos. El cambio más importante introducido por la legislación electoral y que se ha seguido en la práctica, ha sido el requisito de que no puede haber menos de dos candidatos para el mismo cargo en la asamblea municipal.

36. Más allá del nivel municipal, las restricciones a la oposición continúan siendo severas. Todos los delegados a las asambleas provinciales, los diputados de la Asamblea Nacional y los ejecutivos de los gobiernos municipales locales son electos por las asambleas locales. La lista de candidatos para estos cargos la prepara y presenta una comisión presidida por un miembro del Partido Comunista e integrada por representantes del Partido, de la Unión de Juventudes Comunistas y de las organizaciones de masas. El número de candidatos es solamente un 25% más alto que el número de cargos. Cabe señalar que la proporción de miembros del Partido asciende en forma constante desde las asambleas municipales a la Asamblea Nacional: más del 90% de los miembros de esta última son también miembros del Partido, a pesar de que sólo un 7% del electorado está afiliado a él.18

37. Los delegados provinciales y los diputados nacionales no necesitan haber sido electos directamente como miembros de las asambleas municipales. Las comisiones de candidaturas, presididas por un miembro del Partido tienen la libertad de proponer el candidato que deseen. Más de los dos quintos de los diputados de la Asamblea Nacional nunca estuvieron directamente frente a su electorado, lo cual puede tener como resultado aislarlos del control popular. La legislación electoral también cuenta con disposiciones revocatorias que pueden emplearse para destituir fácilmente a los delegados municipales electos.

 

c. La intolerancia a la oposición

38. Sin embargo, la intolerancia del grupo en el poder hacia toda forma de oposición política constituye la principal limitación a la participación. La base constitucional que legitima esta tendencia es el artículo 61 de la Constitución que ya fuera analizado.

39. Si bien es razonable la proscripción de los actos inconstitucionales, el texto radical de este artículo limita aún la simple libertad de expresión. Los discursos con críticas a los objetivos del Estado socialista, aunque no estén vinculados con otras acciones pueden ser prohibidos.

40. Aún los artículos del Capítulo VI de la Constitución sobre los derechos, deberes y garantías fundamentales limitan drásticamente los derechos políticos formales necesarios en todo régimen democrático. El artículo 52 reconoce la libertad de expresión y de prensa, pero solamente "conforme a los fines de la sociedad socialista". Por si quedara alguna duda, el artículo estipula, además, la condición de que "la ley regula el ejercicio de estas libertades". El artículo 54 señala que las creencias religiosas no pueden ejercerse como fundamento para la oposición política al régimen porque es "ilegal y punible oponer la fe o la creencia religiosa a la Revolución". La Constitución, por tanto, establece las bases jurídicas para la censura, ya que es el Estado el que puede determinar si la expresión oral o escrita, el arte, las creencias religiosas o las acciones derivadas de éstas son contrarias a la revolución. La Constitución consagra también las bases jurídicas para que el Estado dirija todas las actividades en materia de arte, cultura o prensa. El mencionado artículo 31 de los Estatutos del Partido Comunista es un claro indicador de los límites en que desarrollan su actividad aún sus propios miembros.

41. De hecho, la práctica política ha demostrado que el prejuicio contra la oposición pública es generalizado. Desde 1960, todos los medios de información han estado en manos del Gobierno. No existen medios legales para desafiar abiertamente las políticas del Gobierno y del Partido o para competir en forma de grupo, movimiento u organización partidaria por el derecho a gobernar, substituir por medios pacíficos al partido Comunista y sus dirigentes e idear políticas nuevas y diferentes. Las principales críticas expresadas en pública contra las políticas gubernamentales, provienen de los propios integrantes de las altas esferas del gobierno. Sin embargo, es imposible lanzar una crítica abierta y organizada a la política del Gobierno y del Partido que haga que los líderes máximos puedan ser susceptibles de asumir la responsabilidad, rendir cuentas y ser destituidos.

42. Se trata, por tanto, de un régimen marcadamente autoritario que ha empleado diversos métodos --control de las informaciones y del quehacer científico y cultural, encarcelamiento de opositores, migraciones masivas al exterior, etc.-- a fin de restringir y aún de eliminar toda forma de oposición política. Si bien es cierto que el actual régimen ha sufrido todo tipo de presiones tanto internas como externas, lo cual lo autoriza a adoptar medidas excepcionales para su defensa, también es cierto que la erradicación de cualquier tipo de oposición --aún dentro del propio Partido Comunista-- indican claramente una intolerancia política que va más allá de los límites fijados por la legítima reacción del Estado originada en la necesidad de defenderse. Igualmente, considera la Comisión que los métodos empleados han sido muchas veces ilegítimos y desproporcionados a la magnitud de las faltas cometidas, según se verá cuando se presente la situación de los presos políticos.

43. De acuerdo a lo señalado, la Comisión encuentra que el sistema político cubano, en su estructura normativa, establece principios cuya vigencia podría llevar a una adecuada salvaguarda de los derechos humanos. Sin embargo, la inexistencia de la necesaria división de poderes determina que se produzca una marcada subordinación al poder político del conjunto de las actividades de la sociedad cubana. Esta situación es reforzada por el empleo en la Constitución, de términos y conceptos extraídos de doctrinas político-filosóficas, los cuales resultan de poca utilidad para lograr una efectiva vigencia de los principios de objetividad y legalidad, imprescindibles garantías contra la vulneración de los derechos de los ciudadanos por parte del poder político.

44. La Comisión considera, igualmente, que el sistema político cubano otorga una preponderancia contraproducente al Partido Comunista, constituyéndose, en los hechos, en una fuerza superior al Estado mismo e impidiendo la existencia de un sano pluralismo ideológico y partidario que es una de las bases del sistema democrático de gobierno. Es así como los más importantes órganos estatales son controlados por miembros del Partido Comunista que también intervienen de manera decisiva en la operación de los mecanismos de selección de los candidatos a ocupar los puestos de carácter electivo. Todo esto impone una adhesión ideológica que puede calificarse de acrítica y dogmática.

45. A juicio de la Comisión, la existencia de organismos supremos de carácter colegiado es un rasgo positivo del ordenamiento político cubano, ya que ello enfatiza los procedimientos de negociación a fin de obtener el consenso necesario para una efectiva acción política; en principio, los órganos colegiados constituyen una buena base para lograr una amplia participación de la ciudadanía en la política nacional. La práctica, sin embargo, señala que los principales órganos del Estado y del Partido Comunista son controlados por un grupo reducido, desde el comienzo mismo del actual proceso político cubano. En este grupo, se destaca de manera nítida el rol ejercido por el Presidente Fidel Castro quien es el que efectivamente y en la última instancia ejerce el poder en Cuba. Esta situación ha sido lograda y se mantiene a través del ejercicio de una marcada intolerancia hacia toda forma de oposición política, en cuya eliminación a menudo han sido empleados métodos ilegítimos o desproporcionados a la magnitud de la falta cometida. La Comisión reconoce, igualmente, que al actuar de esa forma, el Estado cubano ha respondido en muchas oportunidades a reales y graves amenazas tanto internas como externas.

46. La Comisión considera un elemento positivo del sistema político cubano, el alto grado de participación de la población en los asuntos de carácter local y sectorial, así como la progresiva ampliación del carácter electivo de los cargos de la administración municipal. La Comisión espera que se creen las condiciones tanto internas como internacionales, a fin de lograr una efectiva y auténtica participación de los ciudadanos de Cuba en las decisiones políticas que los afectan, en un marco de libertad y pluralismo imprescindible para una efectiva vigencia de la totalidad de los derechos humanos.

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1  Tal como puede advertirse, el ejercicio concreto de estos derechos políticos se encuentra íntimamente asociado con la práctica de otros derechos fundamentales, como son, por ejemplo, el derecho de asociación y el de libertad de expresión. Por razones metodológicas, sin embargo, se analiza la vigencia de estos derechos de manera independiente.

2  CIDH, Diez Años … op. Cit., pág. 332.

3  Idem.

4  Bohemia 73, No. 42 (16 de octubre de 1981), pág. 48 y No. 3 (23 de octubre de 1981), pág. 50.

5  Granma, 6 de abril de 1981, pág. 4 y 30 de octubre de 1982.

6  "Hacia las elecciones del poder popular", Verde Olivo 20, No. 10, Marzo 11, 1979, pág. 9.

7  Granma, 31 de enero de 1981, pág. 1; 23 de octubre de 1981, pág. 4, 23 de enero de 1982, pág. 2; Granma Weekly Review, 5 de octubre de 1980, pág. 2; Bohemia 73, No. 44, (30 de octubre de 1981), págs. 48 y 52.

8  Robert L. Bach, Jennifer B. Bach y Timothy Triplett, "The Flotilla ‘Entrants’: Latest and Most Controversial, "Cuban Studies 11 No. 12 y 12 No. 1 (Julio 1981 – Enereo 1982): 29-48; y Gaston A. Fernández, "Comment--The Flotilla Entrants: Are They Different?" ibid., págs. 49-54.

9  Ver Domínguez, Jorge, Cuba: Order and Revolution, (Cambridge, Harvard University Press, 1978), Capítulo 7.

10  Granma, 23 de octubre de 1981, pág. 4.

11  "Cómo marcha la implantación del sistema de dirección y planificación de la economía?" Bohemia 71, No. 27 (6 de julio de 1979), pág. 36; Comisión Nacional de Implantación, Sistema de Dirección y Planificación de la Economía, Informe Central: Reunión Nacional (La Habana: julio de 1980), pág. 48; Granma, 27 de diciembre de 1979, pág. 4.

12  Granma, 4 de julio de 1980, pág. 3.

13  Domíngues, Jorge, Cuba: Internal and International Affairs, (Beverly Hills: Sage Publications, 1982), págs. 33-38.

14  Para una discusión sobre las limitaciones de tiempo habituales en las labores de la Asamblea Nacional, ver Granma, 3 de julio de 1982, págs. 3-4.

15 ranma, 25 de marzo de 1982, pág. 1.

16  Bohemia 74, No. 2 (8 de enero de 1982), pág. 52.

17  Esta sección se basa en Granma del 21 de julio de 1976, pág. 4; del 22 de julio de 1976, págs. 2-3; del 2 de septiembre de 1976, pág. 1; del 30 de septiembre de 1976, pág. 2; del 8 de noviembre de 1976, pág. 31; del 3 de diciembre de 1976, pág. 4; Granma Weekly Review, 22 de agosto de 1976, pág. 4; y del 11 de julio de 1982.

18   Granma Weekly Review, 28 de diciembre de 1980, pág. 12, para el número de miembros del partido; datos preliminares del censo de 1981, en Granma Weekly Review, 8 de noviembre de 1981, pág. 4.