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CAPÍTULO IV

DERECHOS POLÍTICOS1

 

A. Consideraciones Generales

1. En este capítulo se hará un análisis de los derechos políticos en Bolivia a la luz de las disposiciones constitucionales el país y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2. Comprende también este capítulo un somero estudio de la evolución política en los últimos años y de la interrupción del proceso de retorno a la democracia, así como un examen de las medidas emitidas a partir del golpe militar del 17 de julio de 1980, que lesionan gravemente la efectividad de los derechos políticos.2

 

B. Derechos políticos en el Ordenamiento Jurídico

1. El régimen constitucional boliviano garantiza la vigencia de los derechos políticos., Prescribe el derecho de todos los habitantes a reunirse con fines lícitos que en materia política es inherente a aquel y en su Artículo 222 indica que los ciudadanos tienen el derecho a organizarse en partidos políticos con arreglo a la Constitución y la Ley Electoral.

2. En lo referente al derecho al sufragio y a participar en el Gobierno3 la Carta Política establece que la ciudadanía consiste en:

1º Concurrir como elector o elegible a la formación o el ejercicio de los poderes públicos.

2º En el derecho a ejercer funciones públicas, sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas por ley.

Estos derechos tienen su origen en la soberanía popular; la Constitución boliviana así lo reconoce al adoptar la forma democrática representativa de gobierno4, y al consagrar que la soberanía reside en el pueblo; que ella es inviolable e imprescriptible y que el pueblo no delibera al gobierno sino por medio de sus representantes y de las autoridades creadas por la ley.5

El derecho al sufragio tiene su más clara expresión en el ordenamiento constitucional en la formación de los poderes del Estado, al disponer que la Cámara de Diputados y el Senado de la República se componen de miembros elegidos en votación universal y directa por simple pluralidad de sufragios y que el Presidente y Vicepresidente serán elegidos simultáneamente por sufragio directo.

Sobre este último aspecto el Artículo 90 señala:

Si ninguno de los candidatos para la Presidencia o la Vicepresidencia de la República obtuviese mayoría de votos, el Congreso tomará a tres de los que hubiesen obtenido el mayor número para uno u otro cargo, y de entre ellos hará la elección.

Si, hecho el escrutinio, ninguno reuniese la mayoría absoluta de votos de los representantes concurrentes, la votación posterior se concretará a los dos que hubieran alcanzado el mayor número de sufragios. En caso de empate, se repetirá la votación hasta que alguno de los candidatos obtenga la mayoría absoluta.

La elección, el escrutinio y la proclamación se harán en sesión pública y permanente.

En caso de impedimento o ausencia del Presidente, la Constitución estipula un orden de precedencia para sucederle, que se inicia con el Vicepresidente, sigue con el Presidente del Senado, el de la Cámara de Diputados y el de la Corte Suprema de Justicia. A falta del Vicepresidente y si aún no hubieran transcurridos tres años del período presidencial se procederá a una nueva elección para completar el período.6

Por otra parte, el Título Noveno, Capítulo I de la Carta, en su Artículo 219, consagra que el sufragio constituye la base del régimen democrático representativo y se funda en el voto universal, directo e igual, individual y secreto, libre y obligatorio; en el escrutinio público y en el sistema de representación proporcional.

3. Asimismo, el Artículo 220 estipula que son electores todos los bolivianos que hayan cumplido 21 años de edad o 18 siendo casados, cualquiera que sea su grado de instrucción, ocupación o renta, sin más requisitos que su inscripción en el registro cívico, previa presentación de documentos de identificación personal. Se señala también en el Artículo 221, cuales son los ciudadanos elegidos, indicando que lo serán, aquellos que sepan leer y escribir y reúnan los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley.

4. En el mismo título, Capítulo II, se reconoce que la representación popular se ejerce por medio de los partidos políticos o de los frentes o coaliciones formadas por éstos y que las agrupaciones cívicas, con personería reconocida, podrán formar parte de dichos frentes o coaliciones de partidos y presentar sus candidatos para los cargos de elección popular.

5. El Artículo 225 de las Normas Constitucionales contempla los órganos electorales y el Artículo 226 garantiza la autonomía, independencia e imparcialidad de los mismos, fijándose su composición, jurisdicción y competencia a través de las leyes que reglamenten su ejercicio.

 

C. Evolución Política en los Últimos Años

1. Como resultado de la rebelión de Santa Cruz y de las insurrecciones que se desataron del 10 al 21 de agosto de 1971, llegó al poder el entonces Coronel Hugo Banzer. Su Gobierno de facto tuvo una duración de 6 años y 11 meses y estuvo inicialmente integrado por las Fuerzas Armadas y los partidos políticos del Movimiento Nacionalista Revolucionario, orientado por el ex-Presidente, Dr. Víctor Paz Estenssoro, y la Falange Socialista Boliviana encabezada por el Dr. Mario Gutiérrez Gutiérrez; estos dos grupos junto al General Banzer, como Presidente, constituyeron la primera época de su gobierno bajo lo que se ha denominado el Frente Popular Nacionalista.

Esta alianza duró poco. El Presidente Hugo Banzer, por Decreto supremo 11947 del 9 de noviembre de 1974, ordenó el receso de los partidos políticos asumiendo las Fuerzas Armadas la total responsabilidad política y administrativa del país. El Gobierno del General Hugo Banzer ha sido uno de los de mayor estabilidad.

el 1º de diciembre de 1977, por Decreto 1516, el Presidente Banzer convocó a elecciones generales para Presidente, Vicepresidente de la República, Senadores y Diputados. Estos últimos, inicialmente, tendrían carácter de Asamblea Constituyente para reformar la Carta Política, debiendo convertirse, posteriormente al cumplir con ese mandato, en Congreso Ordinario.

2. Encamino este proceso al retorno de un sistema de gobierno democrático, se ofreció una amnistía parcial que luego de diferentes hechos se convirtió en general, lo cual permitió que regresaran al país numerosos exiliados, en su gran mayoría dirigentes políticos y sindicales, generando reagrupaciones políticas y en muchos casos divisiones agudas entre los partidos existentes.

3. Por Decretos Supremos 15.237 del 10 de enero de 1978 y 15.363 del 21 de mayo de 1978, se organizan la Corte Nacional Electoral y los Distritos Electorales de la República para las elecciones populares del 9 de julio de ese mismo año.

Para esos comicios electorales, los primeros en 12 años, la ciudadanía se inscribió masivamente, presentándose trece candidatos para el cargo de Presidente de la República. El espectro político señalaba que las más importantes fórmulas de candidatos eran: Juan Pereda Asbún-Alfredo Franco Guachalla, por la Unión Nacionalista del Pueblo (integrado por varios grupos; que incluían al MNR de Izquierda, el Movimiento de Izquierda Revolucionario, el Partido Comunista pro-soviético, un sector del Partido Socialista y otras agrupaciones menores; Víctor Paz Estenssoro-Walter Guevara Arce, del MNR sector histórico y el PRA; General René Bernal-Remo Di Natale, del Partido Demócrata Cristiano; Marcelo Quiroga Santa Cruz-Carlos Gómez García del Partido Socialista; Casiano Amurrio Rocha-Domitila Chungara, del Frente Revolucionario de Izquierda, apoyado por el líder sindical Juan Lechín Oquendo y Luciano Tapia-Isidoro Copa Mayo, del Grupo Indigenista MITKA.

4. El Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos recibió, en nota del 30 de junio de 1978, una solicitud del Gobierno de Bolivia para que envíase observadores a las elecciones, a fin de presenciar el desarrollo de este proceso que buscaba el retorno de Bolivia a la democracia.7 Los observadores designados por el Presidente del Consejo Permanente fueron los ex-Cancilleres Cesar Batres, de Honduras; Julio Prado Vallejo, de Ecuador y Adolfo Molina Orantes, de Guatemala, quienes rindieron un informe de carácter reservado a la Organización.

La Corte Electoral luego de analizar una serie de alegaciones de fraude y otras irregularidades decidió anular las elecciones. El General Banzer anunció que en todo caso entregaría el poder a una Junta de Gobierno a fin de que convocase a nuevas elecciones en un período de seis meses.

5. El General Juan Pereda Asbún, quien al momento de anularse las elecciones resultaba vencedor con un amplio margen, produjo desde Santa Cruz un nuevo golpe militar. El presidente Banzer renunció el poder en una Junta de Comandantes quién inmediatamente lo entregó al nuevo Jefe del Gobierno General Pereda Asbún, el cual ejerció el mando desde el 21 de julio de 1978 hasta el 24 de noviembre del mismo año.

6. Los partidos políticos presionaron en forma insistente para la pronta celebración de nuevas elecciones; el General Pereda afirmó que se requería un tiempo prudencial con el fin de reorganizar los colegios electorales. Sin embargo, por Decreto Supremo 15932 del 14 de noviembre de 1978, convocó a elecciones para el mes de mayo de 1980. Poco después, el General David Padilla, Arancibia, defensor de la necesidad de celebrar elecciones lo más pronto posible, tomó el poder el 24 de noviembre de 1978, convocando a lecciones generales para el primer domingo de julio de 1979, declarando como su antecesor la vigencia de la Constitución de 1967.

7. Para las elecciones generales del 1º de julio las principales candidaturas que se presentaron fueron las siguientes: Dr. Víctor Paz Estenssoro, Alianza del Movimiento Nacionalista Revolucionario (ADNR); Dr. Hernán Siles Suazo, Unión Democrática Popular (UDP); Gral. Hugo Banzer Suárez, Acción Democrática Nacionalista (AND); ex-carabinero Waldo González Valda, Partido de la Unión Boiviana (PUB); Ricardo Catoira, dirigente de los Constructores (VO); Gral. René Bernal Escalante, Alianza Popular de Integración Nacional; Sr. Marcelo Quiroga Santa Cruz, Partido Socialista (PSI); Sr. Luciano Tapia, dirigente campesino, Movimiento Indio Tupac Katari (MITKA).

De acuerdo con el ordenamiento constitucional para que un candidato fuese elegido Presidente o Vicepresidente requería obtener el 51% de los votos. En las elecciones del 1º de julio de 1979, ninguno de los candidatos obtuvo esa mayoría absoluta, correspondiéndole al Congreso elegir entre los tres candidatos que hubieran obtenido más votos, al nuevo Presidente de la República. Los tres candidatos fueron: Hernán Siles Suazo, Víctor Paz Estenssoro y el General Hugo Banzer Suárez. Luego de tres rondas de votaciones celebradas por el Congreso de la República, ninguno de los candidatos mencionados alcanzó la mayoría establecida.

Teniendo en cuenta lo anterior, el grupo político Alianza del Movimiento Nacionalista propuso como candidato al Presidente del Senado, doctor Walter Guevara Arce, quién resulto elegido como Presidente Constitucional Interino por un período de un año, durando sus funciones solamente 84 días a causa del Golpe Militar propiciado por el Coronel DAEM Alberto Natusch Busch, el 31 de octubre de 1979.8

A pesar de la convocatoria a elecciones que hizo mediante decreto supremo, el movimiento político del Coronel Natusch Busch, no recibió el apoyo popular de los partidos políticos quienes desconocieron el Golpe de Estado. Convencido éste de no poder en tales circunstancias gobernar, decidió entregar el poder a la persona que escogiese el Congreso Nacional, el cual a pesar del Golpe Militar continuaba ejerciendo sus funciones constitucionales.

8. Así fue como el Poder Legislativo el 16 de noviembre de 1979, en virtud del Artículo 93 de la Constitución encomendó el ejercicio de la Presidencia de la República a la Presidente de la Cámara de Diputados, Lydia Gueiler Tejada, a quien le correspondía ejercer el mando como Presidenta Interina hasta el día 6 de agosto de 1980.9

El nuevo Gobierno Constitucional convencido de la necesidad de cumplir y completar el proceso de retorno al sistema democrático que se había iniciado a partir de la convocatoria a alecciones efectuadas por el General Bánzer, decidió llamar a elecciones generales para el período constitucional del 6 de agosto de 1980 al 6 de agosto de 1984, fijando como fecha de las elecciones el 29 de junio de 1980.

A un pedido de las Fuerzas Armadas en el sentido de aplazar las elecciones por un año, mientras existiesen mejores condiciones para su desarrollo, la Presidente Interino, Sra. Gueiler, decidió continua con el proceso electoral cumpliendo con el mandato que había recibido del Congreso de Bolivia.

Los candidatos y las coaliciones de grupos políticos que se presentaron no variaron sustancialmente con relación a las elecciones anteriores, los resultados electorales mostraron como ganador por un amplio margen de votos a la fórmula integrada por Hernán Siles Suazo y Jaime Paz Zamora10 de la Unidad Democrática Popular (UDP).

Sin embargo, la UDP no alcanzó la mayoría absoluta de los votos teniendo por segunda vez el Congreso Nacional que acometer la obligación constitucional de elegir presidente.

De acuerdo con las informaciones que ha recibido la Comisión, el ex-Presidente Víctor Paz Estenssoro, quien había obtenido el segundo lugar en las elecciones, reconoció el día 9 de julio que la UDP había triunfado en los comicios y que era necesario permitir que llegase al poder, con lo cual Siles Suazo y Paz Zamora aseguraban su designación por el Congreso como Presidente y Vicepresidente, respectivamente. Por su parte, la Corte Electoral al declarar cerrada la elección de 1980 expresó que ésta había sido "absolutamente limpia, ordenada e impartcial".

9. La Comisión ha considerado de suma importancia incluir esta síntesis de los hechos y resultados del proceso político boliviano en los últimos años, porque cree que estos antecedentes son una muestra palpable del deseo del pueblo boliviano de elegir libre y popularmente a sus gobernantes; de encontrar soluciones a las dificultades que pudiesen surgir para el retorno a un régimen democrático representativo, del anhelo y lucha de un pueblo por restablecer a través de un gobierno ideológicamente pluralista las condiciones propicias para un diálogo político civilizado, contribuyendo a través de los mecanismos propios de la democracia a establecer las mejores condiciones para el desarrollo social y económico de sus habitantes.

Desafortunadamente, todos esos esfuerzos del pueblo boliviano y de sus dirigentes se han visto frustrados por los hechos a continuación se expondrán.

 

D. La Interrupción del Proceso Democrático y los Derechos Políticos en el Régimen Actual

1. La Comisión debe señalar que en los meses anteriores a las elecciones generales del 29 de junio, el clima que reinaba en el país era de inseguridad, violencia aislada pero no generalizada y, sobre todo, de gran incertidumbre acerca de sí las Fuerzas Armadas permitirían la culminación del proceso democrático iniciado dos años antes.

2. Diferentes grupos populares ante tales expectativas y especialmente con la experiencia de lo ocurrido con el golpe militar patrocinado por el General Natusch en el mes de noviembre, habían acordado la creación del Comité Nacional de Defensa de la Democracia "CONADE", integrado básicamente por la Central Obrera Boliviana (COB); diferentes partidos políticos; organizaciones religiosas; la Asamblea Permanente de Derechos Humanos y otras entidades de carácter cívico popular. Su objetivo básico consistía en alertar a la ciudadanía y prepararla para una resistencia pacífica a través de una huelga general11 y el bloqueo de caminos, en el evento de una interrupción del retorna a la institucionalidad democrática.

3. el 17 de julio de 1980, se produce el golpe militar. El palacio Presidencial es tomado por fuerzas militares y la Presidenta Interina Constitucional se ve obligada a renunciar, refugiándose en la Nunciatura Apostólica; la sede de la Central Obrera Boliviana, en la cual se reunía CONADE que preparaba una declaración decretando el paro y el bloqueo de caminos, es asaltada, sus dirigentes apresados y, como se expuso en el capítulo sobre el Derecho a la Vida, el candidato presidencial por el Partido Socialista, Marcelo Quiroga Santa Cruz, ejecutado a manos de agentes gubernamentales.12 Los medios de comunicación son ocupados, saqueados o destruidos en algunos casos y totalmente controlados.13

4. El nuevo gobierno militar, decretó la militarización en todo el país; estableció el toque de queda y a través de la proclama "Participación de las Fuerzas Armadas en el actual proceso político", a la cual la CIDH, ya se ha referido en el capítulo referente al Sistema Normativo, señaló los puntos básicos de su llamado Programa de Reconstrucción Nacional.

5. Sin lugar a duda, el principal efecto del pronunciamiento militar ha sido la interrupción del proceso de retorno a la democracia, y, como consecuencia la abolición de las instituciones de representación popular.

Así, pues, en su primer acto de Gobierno en lo relativo a los derechos políticos se adoptaron medidas tales como el desconocimiento de las elecciones alegando ser fraudulentas, en contra de lo afirmado por la Corte Electoral; se declaró inconstitucional el Congreso y todas las medidas adoptadas; se anunció la redacción de un estatuto para el funcionamiento de los partidos políticos; y se puso en vigencia la constitución de 1967, en relación con todos aquellos asuntos que no contradijesen los propósitos y objetivos del nuevo Gobierno, el cual estará en manos de una Junta de Comandantes de las tres fuerzas, la que eligió Presidente de la República al General Luis García Meza.

6. A partir del 17 de julio de 1980, la violación y restricción de los derechos políticos constitucionales consagrados, se han visto incrementadas y guardan, a juicio de la Comisión, una relación directa con las disposiciones adoptadas señaladas precedentemente y que figuran en la Proclama citada. Son asimismo, origen de otras violaciones de los derechos humanos consagrados en la Convención Americana, por el afán apresurado del nuevo régimen de eliminar cualquier oposición así fuese pacífica, tratando, mediante tales medios, de obtener su completa consolidación.

7. Con posterioridad al golpe militar el 17 de septiembre de 1980, por Decreto Supremo 17612, el Ejecutivo dispuso la renovación del Poder Judicial en toda la República, designando nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Vocales de las Cortes Superiores del Distrito y designó a un nuevo fiscal General de la República.

De lo expuesto cabe precisar que a partir de la toma del poder por las Fuerzas Armadas, no sólo se interrumpió el proceso democrático, sino que de hecho se suspendió la vigencia del ordenamiento constitucional que regulaba la vida política boliviana y el ejercicio pleno de las actividades necesarias para su normal desenvolvimiento. El derecho de los ciudadanos de participar en las grandes decisiones del Estado, eligiendo popularmente sus representantes en los cuerpos colegiados también fue cercenado. Todas las atribuciones legales que orientaban la separación de los poderes públicos y la cooperación mutua entre ellos quedaron confiados a la Junta de Comandantes y al Presidente de la República.

Los estatutos posteriores expedidos por la Junta de Comandantes en los meses de julio y agosto de 1981, reafirman que el poder de conducción del Estado y el manejo de la Nación están radicados en esta Junta de Comandantes.

8. En el mes de septiembre de 1980’ el Gobierno Militar expidió dos decretos supremos por los cuales, en uno de ellos, reafirmaba la vigencia de la Constitución de 1967 complementada con los objetivos básicos del proceso de Reconstrucción Nacional (Decreto 17607) y otro creando la Comisión Nacional de Asesoramiento Legislativo CONAL (Decreto 17608), con atribuciones para ejercer facultades en el orden político, institucional, económico, social e internacional, a nivel del Presidente y de la Junta de Comandantes; intervenir en la formación y revisión de las leyes decretos y otras resoluciones relativas al proceso de reconstrucción nacional.

Estas normas en un aparente intento por volver a la juridicidad, no cumplen esos fines puesto que el poder de decisión se mantiene en la Junta de Comandantes y el Presidente de la República, de conformidad con el Estatuto de "Participación de las Fuerzas Armadas en el actual proceso político", el cual abrogó el orden constitucional.

9. Esta violación y restricción de los Derechos Políticos y el marco legal de acción del nuevo gobierno obstaculiza de por sí los propósitos anunciados por las Fuerzas Armadas para "la creación de unas condiciones internas de una futura democratización participativa de contenido nacional" y no propicia las condiciones de orden interno para "las tareas de reconstrucción nacional".14

10. En el orden práctico, la violación de los derechos políticos se ha traducido en muertes y detenciones de dirigentes partidarios, los cuales, en muchos casos se han visto obligados a salir del país. La gran mayoría de las detenciones, exilios, asilos que se conocen corresponden a parlamentarios cuyo mandato debía expirar el 4 de agosto de 1980, o recién elegidos para el Congreso que en esa fecha debía constituirse15 y escoger conforme a la Constitución a los nuevos Presidente y Vicepresidente de la Nación.

11. Con ocasión de la Convocatoria del Consejo Permanente de la Organización, por parte de los Embajadores Representantes Permanentes de Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, a fin de considerar la situación de los derechos humanos en Bolivia en vista de los acontecimientos ocurridos en dicho país (CP/INF.1658/80), que terminó con la Resolución CP/RES.308 (432/80), cuyo texto aparece en la Introducción de este Informe y en la cual se deplora "el Golpe Militar que suspende indefinidamente el proceso de institucionalización democrática", el Gobierno Militar envió al Secretario General de la Organización un cablegrama en el cual da cuenta de los últimos acontecimientos políticos de Bolivia en los siguientes términos:

PARA QUE VUESTRA EXCELENCIA CUENTE CON UNA INFORMACIÓN VERAZ SOBRE LOS ULTIMOS ACONTECIMIENTOS POLÍTICOS OCURRIDOS EN BOLIVIA QUE DETERMINARON EL CAMBIO DE GOBIERNO Y LA ASUNCIÓN AL MANDO DEL GENERAL LUIS GARCÍA MEZA, ME HONRO EN HACERLE CONOCER EL TEXTO DEL MENSAJE QUE HE ENVIADO A ALGUNAS DE LAS CANCILLERÍAS AMIGAS:

TENGO EL HONOR DE DIRIGIME A VUESTRA EXCELENCIA CON EL PROPÓSITO DE INFORMARLE EN FORMA DIRECTA, SOBRE LAS VERDADERAS CAUSAS QUE DIERON ORIGEN A LA CONSTITUCIÓN DEL NUEVO GOBIERNO DE BOLIVIA, LA DECISIÓN ADOPTADA POR LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION DE ASUMIR EL GOBIERNO, NO HA SIDO LA CONSECUENCIA DE HECHOS CIRCUNSTANCIALES O DE AMBICIONES PERSONALES AJENAS AL INTERÉS DE LA CIUDADANÍA, POR EL CONTRARIO, LAS FUERZAS ARMADAS SE MANTUVIERON EN TODO MOMENTO LEALES A LA APERTURA DEMOCRÁTICA QUE ELLAS MISMAS PROPICIARON EN 1978, CON LA CONFIANZA DE QUE ASI INTERPRETABAN LOS ANHELOS DEL PUEBLO Y LOS INTERESES DE LA NACIÓN. INFORTUNADAMENTE, EL PREMATURO INTENTO DE VOLVER AL CAUCE DEMOCRÁTICO, DESOYENDO EL PRUDENTE CONSEJO DE LAS FUERZAS ARMADAS DE POSTERGAR LOS COMICIOS POR UN AÑO HASTA QUE EXISTAN MEJORES CONDICIONES PARA EL MÁS LIBRE Y LIMPIO JUEGO DEMOCRÁTICO; SOLO LE HA SIGNIFICADO A BOLIVIA UNA GRAVE PARALIZACIÓN MORAL Y UNA DEMORA EN SU MARCHA HACIA EL DESARROLLO. AL AMPARO DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS Y ABUSANDO DE ELLAS Y CON COMPLICIDAD DE LOS GOBIERNOS QUE SE SUCEDIERON, VOLVIERON A CAMPEAR LAS FIGURAS DE ANTAÑO, CON SU PREDICA DEMAGÓGICA Y SECTARIA. OTRA VEZ SE ESSGRIMIERON LAS CONSIGNAS DEL ODIO Y DE LA LUCHA DE CLASES, CONTRA TODO LO QUE SIGNIFICA EL ORDEN Y LA FRATERNA CONVIVENCIA, UNO DE LOS OBJETIVOS PRECISOS EN SU TAREA DE DESQUICIAMIENTO INSTITUCIONAL FUERON LAS FUERZAS ARMADAS, QUE PACIENTEMENTE Y RESPETUOSA DEL ORDENAMIENTO LEGAL, NO QUISIERON INTERVENIR EN LAS PUGNAS PARTIDISTAS LIMITÁNDOSE A EXHORTAR A LOS DIRIGENTES POLÍTICOS Y A LA CIUDADANÍA A NO DEJARSE ARRASTRAR POR LAS CORRIENTES ANTINACIONALES QUE SE DIFUNDÍAN NO SOLO DESDE ALGUNOS ORGANOS DE PRENSA Y DE LA RADIO, COMPROMETIDOS CON LA EXTREMA IZQUIERDA, SINO, LO QUE ERA MÁS GRAVE, DESDE EL PARLAMENTO MISMO, CONVERTIDO EN TRIBUNA DE LA IRRESPONSABILIDAD Y LA CALUMNIA. DURANTE TODO ESTE ACCIDENTADO PROCESO, CON GOBIERNOS QUE NO TENÍAN OTRA PREOCUPACIÓN QUE LA DE MANTENERSE EN EL PODER AÚN A COSTA DE LA EXISTENCIA MISMA DEL PAÍS, SE DILIPIDARON LAS RESERVAS FISCALES EN GASTOS SUNTUARIOS Y NO SE DICTÓ UNA SOLA LEY DE AUTÉNTICA UTILIDAD NACIONAL. POR EL CONTRARIO, SE MONTÓ LA HONEROSA FARZA DE LAS ELECCIONES A SABIENDAS DE QUE TODO EL APARATO ELECTORAL ESTABA VICIADO Y CUYOS RESULTADOS EN FORMA ALGUNA PODRIAN SER CONSIDERADOS COMO EXPRESIÓN GENUINA DE LA VOLUNTAD POPULAR. PRUEBA DE ELLO FUE LA INDIFERENCIA CONQUE OBSERVARON LAS ELECCIONES DEL 29 DE JUNIO LAS GRANDES MAYORÍAS NACIONALES, QUE INVALIDARON CON SU AUSENTISMO LOS RESULTADOS DE LAS VOTACIONES, PESE A LA PROPAGANDA, AL COHECHO, AL DESPILFARRO DE FONDOS DE MUY DUDOSA PROCEDENCIA Y AL VOTO REGISTRADO DE PERSONAS FALLECIDAS O INEXISTENTES.

LOS RESULTADOS FUERON TAN MAGROS, QUE EL CANDIDATO APARENTEMENTE MAYORITARIO NO REUNÍA NI SIQUIERA EL 24% DEL NÚMERO DE VOTANTES INSCRITOS Y MENOS DEL 18% DE LOS VOTANTES APTOS. ANTE LA COMPROBACIÓN DE FRAUDE REALIZADO EN FAVOR DE LA FORMULA GANADORA Y QUE A PESAR DEL MISMO NO LOGRÓ ALCANZAR LA MAYORÍA QUE ESTABLECE LA CONSTITUCIÓN, LOS SECTORES QUE VIERON BURLADAS SUS EXPECTATIVAS ELEVARON SUS VOCES DE PROTESTA POR CONSIDERABA TRIUNFADORA SE TORNABA AMENAZANTE Y CONVOCABA A SUS PARTIDARIOS AL EMPLEO DE TODOS LOS MEDIOS A SU ALCANCE PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE GANADOR. COINCIDENTEMENTE, LAS ENTIDADES EXTREMISTAS ANARCOSINDICALES COALIGADAS EN EL LLAMADO COMITÉ NACIONAL DE DEFENSA DE LA DEMOCRACIA (CONADE) HACÍAN LO MISMO COMO ADOPTANDO ACTITUDES PREPOTENTES Y EN TODO AFINES CON QUIENES DESDE EL PARLAMENTO ALENTABAN MEDIDAS DE HECHO CON EL PARO GENERAL Y EL BLOQUEO DE CAMINOS, CON TODA SU ESCUELA DE ATENTADOS TERRORISTAS CON LOS QUE SE TENÍA PERMANENTEMENTE ALARMADA A LA POBLACIÓN, ANTE LA INCAPACIDAD CIERTA O FINGIDA DEL GOBIERNO POR DEFENDER EL IMPERIO DE LA LEY, SE VOLCABA SOBRE EL PAÍS LA SOMBRA AMENAZANTE DE UN RÉGIMEN CASTRISTA. ASEGURABA LA IMPUNIDAD DEL FRAUDE CON LA COMPLICIDAD DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, SOLO LES QUEDABA ESPERAR EL 6 DE AGOSTO PARA ENTRONIZARSE EN EL PODER Y POSTRAR AL PÁIS, PERO AUN ANTES DE QUE LLEGARA ESA FECHA SE PREPARABAN ABIERTAMENTE, REVELANDO QUE SU MAYOR INTERÉS NO ERA EL SERVICIO DE LA PATRIA SINO LA SUJECIÓN A CAUSAS AJENAS A BOLIVIA, FRENTE A UN RIESGO TAN GRANDE PARA DEFENDER SU SOBERANÍA E INDEPENDENCIA DE TODA FORMA DE INTROMISIÓN FORÁNEA LAS FUERZAS ARMADAS DE BOLIVIA, COMO LEALES INTÉRPRETES DE LOS SENTIMIENTOS DE SU PUEBLO, QUE EN EL AMPLIO ESPECTRO DE LA NACIONALIDAD SON LOS MISMOS, ESTO ES, EL SENTIDO CRISTIANO DE LA VIDA, EL CULTO POR NUESTRAS COSTUMBRES TRADICIONALES, EL RESPETO A NUESTROS HEROES Y SIMBOLOS NACIONALES, ASI COMO A LA PERSONA HUMANA Y A LA SOCIEDAD QUE NOS INTEGRA, NO PODÍAN PERMANECER INDIFERENTES ANTE TAN GRAVE RIESGO Y DECIDIERON AFRONTARLO CON VALOR Y SERENIDAD, ANTES DE QUE LA INCERTIDUMBRE Y EL JUSTIFICADO TEMOR DIERAN LUGAR A ACCIONES IRREPARABLES Y AL ENFRENTAMIENTO DE FACCIONES, QUE PODÍAN DIVIDIR AÚN MÁS A LA NACIONALIDAD Y PRODUCIR SITUACONES DIFÍCILES DE REMEDIAR UNA VEZ CONSUMADAS.

LA DECISIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS DE NO PERMITIR QUE EL DESGOBIERNO DESEMBOCARA EN EL CASO AFANOSAMENTE BUSCADO POR LA EXTREMA IZQUIERDA, HIZO QUE LA PRESIDENTE INTERINA DE LA REPÚBLICA, SEÑORA LYDIA GUIELER TEJADA, RESIGNARA EL MANDO DE LAS FUERZAS ARMADAS, QUIENES, A SU VEZ, DESIGNARON PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL SEÑOR GENERAL DE BRIGADA DON LUIS GARCÍA MEZA TEJADA, CONSTITUYÉNDOSE ASÍ UN GOBIERNO DE NETA INSPIRACIÓN NACIONALISTA E INSTITUCIONALISTA AL SERVICIO EXCLUSIVO DE LA PATRIA Y DEL PUEBLO BOLIVIANO. EL GOBIERNO DE BOLIVIA, SURGIDO COMO UNA NECESIDAD ESENCIALMENTE NACIONAL Y DESVINCULADA DE TODO OTRO INTERÉS QUE NO SEA EL BIEN DE LA PATRIA, NACE SIN RESERVAS NI ODIOS EN LO INTERNO, Y DESEA CULTIVAR Y ACRECENTAR SUS RELACIONES CON TODOS LOS PAÍSES DEL ORBE, SIN OTRA CONDICIÓN QUE NO SEA EL RESPETO A SU SOBERANÍA Y LIBRE DETERMINACIÓN. AL EXPONER SINCERAMENTE Y CON LA MAXIMA OBJETIVIDAD ESTA SITUACIÓN, APELAMOS A LA COMPRENSIÓN DE VUESTRA EXCELENCIA Y PONEMOS COMO TESTIGO OCULAR DE LO QUE ESTÁ OCURRIENDO EN BOLIVIA, MALICIOSAMENTE TERGIVERSADO EN EL EXTERIOR POR ÓRGANOS DE INFORMACIÓN INTERESADOS A SU MISIÓN DIPLOMÁTICA ACREDITADA EN ESTA CAPITAL.

DE VUESTRA EXCELENCIA MUY ATENTAMENTE,

 

GRAL. JAVIER CERRUTO CALDERON
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE BOLIVIA

 

 

E. Apertura Política del Gobierno Militar

1. En los días que siguieron al 17 de julio y recientemente, diferentes voceros del Gobierno boliviano, o altos mandos militares, han expresado la intención de iniciar gradualmente un programa que permita el restablecimiento del sistema constitucional y democrático cuando las condiciones internas lo permitan.

El 17 de septiembre de 1980, el Gobierno expide el Decreto Ley 17606 el cual en su parte considerativa señala:

Que correspondió una vez más a las Fuerzas Armadas, la alta responsabilidad histórica de retomar el proceso de institucionalización del país, imponer el orden interno y salvaguardar la soberanía nacional para reconstruir la Nación con vista a la Unidad de Integración Económica y Cultural de la república y la creación de las condiciones internas de una futura democratización participativa de contenido nacional.

Por medio de este decreto el Gobierno Militar convocó a todas las fuerzas vivas del país, a fin de efectuar conjuntamente con las Fuerzas Armadas, la tarea de reconstrucción nacional.

En esa misma fecha, por Decreto Ley 17609, se ordenó la elaboración de un plan estratégico global 1981-1990, con el objeto de orientar el proceso de reconstrucción nacional, sobre diferentes bases, la primera de las cuales afirmaba "la reconstrucción de un sistema político institucional verazmente democrático y genuinamente boliviano como fundamento de la unidad nacional".

2. En el mes de diciembre de 1980, en una entrevista televisada, el Comandante de la Fuerza Aérea de Bolivia, General Waldo Bernal Pereira, miembro de la Junta de Comandantes, declaró que "algún día habrán elecciones".

3. En febrero de 1981, el Ministro del Interior Coronel Luis Arce Cómez, anunció la aprobación de una resolución ministerial, por la cual se creaba el llamado "Comité Cívico Nacional", entidad que según el Ministro, buscaría el establecimiento en el país de "una democracia orgánica y partidista". La Resolución "tiende a encaminar la organización de la vida ciudadana a una paulatina y progresiva democracia orgánica dentro del actual ordenamiento jurídico de la Nación…" El Ministro del Interior señaló que el sistema de la "democracia orgánica" estaría destinado a sustituir la práctica del sistema parlamentario de representación política partidista.16

La decisión gubernamental disponía la formación de Comités Cívicos Regionales de todos los departamentos, los mismos que posteriormente deberían formar el Comité Cívico Nacional, organismo máximo de la llamada democracia orgánica.

La oposición a esta resolución, provoca la suspensión de su vigencia por parte de la Junta de Comandantes en una determinación que significó, por primera vez, la rectificación así fuese temporal de alguna decisión del nuevo gobierno, y que aparentemente tenía para el un valioso significado.

Hasta la fecha, la Comisión no ha podido determinar si la medida fue dejada sin efecto o si finalmente se implementó su ejecución. En todo caso, la CIDH desea señalar que esta denominada "Democracia Orgánica" contraria el espíritu y la letra del orden constitucional y no garantiza el ejercicio pleno de los derechos políticos contemplados en la Convención Americana, la que tampoco permite la suspensión temporal de esos derechos.

5. En el mes de abril de 1981, el Presidente de la Nación, General Luis García Meza, en el transcurso de un desayuno de trabajo que compartió con representantes de los medios de comunicación nacional y miembros de la prensa internacional, reiteró la decisión gubernamental de mantener el receso de todas las organizaciones políticas mientras no se den las condiciones internas y afirmó que cuando el gobierno decrete una apertura será para todos los grupos políticos. En ese mismo mes, el Presidente García Meza solicitó a la Comisión Nacional de Asesoramiento Legislativo CONAL la elaboración de una nueva constitución política, como paso previo para la institucionalización del país.17

La información recibida por la Comisión señala que el Presidente de CONAL, General (R) Juan Lechín Suárez, expresó que "la redaccíón de una nueva carta política para el país representa un avance positivo en el camino de la democratización". Agregó, "que CONAL redactará la nueva constitución sin perjuicios, consignas, ni intereses". Asimismo, expresó que el proyecto será puesto en conocimiento de la opinión pública y será consultado a los entendidos en la materia. Por tratarse de un tema delicado e importante CONAL no tendrá plazo para concluir la elaboración del proyecto.

El General (R) Lechín también aseguró que con la nueva carta política se pretende establecer un sistema democrático viable y de convivencia pacífica, unidad, paz y objetivos claros para el destino boliviano. Aclaró, que CONAL, al asumir la tarea de preparar una nueva constitución, no pretende desempeñar las funciones de una Asamblea Constituyente; que sus funciones son de asesoramiento y que el Gobierno decidirá después de tener el proyecto si es conveniente someterlo a una Asamblea Constituyente o a un Referendum Popular.

6. Cabe afirmar que para la consecución de una apertura democrática es necesario derogar, medidas que como el Decreto 17531, restringen la libertad de asociación y reunión al suspender las actividades sindicales, gremiales y políticas y todas aquellas que obstaculicen el desarrollo del proceso de restablecimiento constitucional.18

7. De acuerdo con informaciones públicas en los meses de abril y mayo, el Gobierno Militar superó por lo menos 2 intentos de rebelión19 iniciados en el seno mismo de las Fuerzas Armadas, en los cuales se exigía la renuncia del Presidente y el relevo de los altos mandos militares.

8. La resistencia popular interna que finalmente ha sido controlada tiene actualmente su mejor expresión en los dirigentes políticos, sindicales y religiosos que debieron abandonar el país obligados por las circunstancias, y los cuales desde el exterior agitan una campaña tendiente al pronto regreso a la institucionalidad política y normalidad jurídica; al reconocimiento de las expresiones soberanas y auténticas del pueblo boliviano como poder electoral primario y al respeto por los compromisos que en materia de protección por los derechos humanos el Estado boliviano tiene, no solo generados por el orden constitucional interno, sino también por los instrumentos jurídicos internacionales a los que se obligó soberana y voluntariamente.20

9. A esta cadena de dirigentes exiliados forzadamente es necesario agregar al ex-Presidente Hugo Banzer iniciador como está expresado en este capítulo del proceso de retorno a la democracia, quien debió abandonar Bolivia con destino a la República Argentina el día 12 de mayo, por temer que su vida se encontraría en peligro, ante aparentes órdenes de autoridades gubernamentales de matarlo, según declaraciones que hizo en Buenos Aires el día 13 de mayo.21 En el mes de agosto de 1981, luego de producirse el retiro del Presidente García Meza, el General Banzer regresó a Bolivia.

10. El día 26 de mayo de 1981, el Presidente General Luis García Meza, luego de superar un nuevo intento de golpe militar con origen en Cochabamba, que exigía su relevo y el de la Junta de Comandantes, anunció que dejaría la Presidencia del país el 6 de agosto de 1981, luego de haber completado una de las etapas del anunciado proceso de reconstrucción nacional. El Presidente García Meza convocó a la Junta de Comandantes para el día 17 de julio de 1981, a fin de elegir a su sucesor, el cual asumiría formalmente el poder en la fecha arriba señalada. En declaraciones posteriores el Presidente anunció que el nuevo Jefe de Gobierno, podría ser eventualmente un civil o un miembro de las Fuerzas Armadas.

11. Con posterioridad al anuncio del retiro del Presidente García Meza, el 27 de junio de 1981, se produjo un nuevo intento de Golpe Militar encabezado por el Comandante del Ejército General Humberto Cayoja y el Jefe del Estado Mayor General Lucio Añez Rivera. Luego de fracasar en este nuevo intento, los Generales Cayoja y Añez abandonaron el país.

12. A pesar de los anuncios anteriores y como se menciona en el Capítulo I de este Informe, el 17 de julio de 1981, la Junta de Comandantes decidió confirmar al General García Meza como Presidente, asumiendo la Junta, un mayor control del Estado e introduciendo modificaciones sustanciales en el Estatuto de Gobierno.

El 3 de agosto de 1981, se produjo un nuevo levantamiento militar dirigido por los Generales Añez y Natusch Busch, quienes habían regresado clandestinamente al país y desde la ciudad de Santa Cruz, difundían una proclama exigiendo la inmediata renuncia del Presidente García Meza y la instauración de un Gobierno de "Reconstrucción y Dignidad Nacional".

Como consecuencia de este suceso el Presidente General Luis García Meza renunció el día 4 de agosto en las horas de la noche, entregando el Poder a la Junta de Comandantes evitando un enfrentamiento armado con el grupo militar disidente.

13. La Junta de Comandantes integrada por los Generales Waldo Bernal, Celso Torrelio Villa y el Contralmirante Oscar Pammo, anunció que continuaría los lineamientos del Proceso de Reconstrucción Nacional iniciado por el General García Meza y que garantizaría el respeto a la dignidad humana, el culto a la libertad y el respeto a los compromisos internacionales contraídos por el país y el acatamiento al ordenamiento legal vigente. Luego de entablar un diálogo con el grupo rebelde y de algunas negociaciones que se adelantaron la Junta de Comandantes entró a ejercer en forma transitoria el Gobierno de la Nación. El día 4 de septiembre de 1981, la Junta designó al General Celso Torrelio Villa como nuevo Presidente de Bolivia. Al dar posesión al nuevo Gabinete Ministerial, el nuevo jefe de Gobierno anunció que el objetivo básico de su administración sería lograr en el plazo de tres años el ejercicio de la democracia nacional, previo reordenamiento jurídico, administrativo e institucional del país, anotando que ese objetivo se conseguiría partiendo de las Fuerzas Armadas y dependiendo del grado de madurez política del pueblo boliviano.

14. Sobre la base de todos los antecedentes expuestos la Comisión ha llegado a la conclusión de que las condiciones imperantes en la actualidad en Bolivia especialmente el acallamiento sistemático de cualquier oposición al régimen; el anuncio de la elaboración de una nueva Constitución Política como paso previo a cualquier actividad política; el exilio forzado de sus principales dirigentes y en general el marco de un accionar represivo, no permiten vislumbrar en un futuro cercano, una apertura política que permita el pleno gozo de los derechos políticos y menos aún el reconocimiento de la voluntad popular por un gobierno auténticamente representativo y democrático.

 

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1  Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 23: 1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. 2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.

2  La Resolución 510 (X-0/80) de la Asamblea General, relativa al Informe Anual e Informes Especiales de la CIDH, aprobada en la sexta sesión plenaria celebrada el 27 de noviembre de 1980, basándose en las recomendaciones presentadas por la Comisión en su Informe Anual, en su parte considerativa señala: "Que la estructura democrática es un elemento esencial para el establecimiento de una sociedad política donde se puedan realizar plenamente los valores humanos". Asimismo, en su parte resolutiva expresa: "6. Recomendar a los Estados Miembros que aún no lo han hecho que restablezcan o perfeccionen el sistema democrático de Gobierno, en el cual el ejercicio del poder derive de la legítima y libre expresión de la voluntad popular, de acuerdo con las características y circunstancias propias de cada país".

3  Art. 7, (3) de la Constitución Política.

4  El Artículo 1º de la Constitución señala: "Bolivia, libre, independiente y soberana constituida en República Unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa".

5  Artículo 2 y 4 de la Carta Fundamental.

6  Artículos 60-63 y 86 de la Constitución Boliviana.

7  El Consejo Permanente de la OEA adoptó la Resolución CP/RES.245 (332/78) cuyo texto señala: VISTAS: las notas presentadas por los Gobiernos de Panamá y de Bolivia, de fecha 16 de mayo y 30 de junio de 1978, respectivamente, y la decisión del Consejo Permanente en la sesión del 25 de enero de 1978, sobre la base de un informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos acerca del tema de la designación de observadores en procesos electorales, RESUELVE: 1. Autorizar al Presidente del Consejo para que, con la colaboración de las Misiones Permanentes de Panamá y de Bolivia ante la Organización de los Estados Americanos y el Secretario General, invite a tres destacadas personalidades en cada caso para que de conformidad con la naturaleza, propósito y principios en que se basa la Organización, presencien en esos países, con carácter personal, las elecciones generales que se celebrarán el domingo 9 de julio de 1978 en Bolivia, y el 6 de agosto siguiente en Panamá. 2. Solicitar del Secretario General su cooperación con objeto que adopte las medidas administrativas que se requieran.

8  El pronunciamiento militar ocurrió el día en que se clausuraba la Novena Asamblea Ordinaria de la Organización de los Estados Americanos que se desarrolló en la Ciudad de La Paz, y la cual en esa misma fecha, entre otras resoluciones aprobó la Resolución AG/RES.429, denominada "Declaración de La Paz" la que en su punto 5 "destaca la importancia de que los Estados Miembros restablezcan o perfeccionen los sistemas democráticos de Gobierno, en los cuales el ejercicio del poder derive de la legítima y libre expresión de la voluntad popular, de acuerdo con las características y circunstancias propias de cada país".

9  La Resolución dictada por el Congreso de la República estableció: CONSIDERANDO: La necesidad de normalizar la vida institucional del país en el marco de la Constitución Política del Estado y de los factores políticos reales emergentes de la quiebra del proceso democrático Constitucional producido el 1º de noviembre pasado: 1. Revocar el mandato conferido el 6 de agosto de 1979 al ciudadano Walter Guevara Arze, en su condición de Presidente del H. Senado Nacional, por el ejercicio de la Presidencia interina de la República. 2. De conformidad al Artículo 93 de la Constitución Política del Estado, se encomienda el ejercicio de la Presidencia de la República a la Presidente de la H. Cámara de Diputados, ciudadana Lydia Gueiler Tejada, quien asumirá las funciones de Presidente Interino de la República, a partir de la fecha hasta el 6 de agosto de 1980, con todas las atribuciones que le confiere la Carga Magna y las leyes como Jefe de Estado. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 16 de noviembre de 1979. (Fdo.) Leónidas Sánchez Arana, Presidente del H. Congreso Nacional; Benjamín Miguel Harb, Congresal Secretario; Luis Añes Alvares, Congresal Secretario; Jorge Alderete Rosales, Congresal Secretario; Jaime Villegas Durán, Congresal Secretario.

10  Jaime Päz Zamora candidato a la Vicepresidencia no pudo estar presente en las elecciones, debido a un accidente aéreo que sufriera el 2 de junio de 1980, encontrándose en los Estados nidos, recuperándose de las quemaduras sufridas.

11  La resistencia pacífica tuvo gran éxito a través de la huelga general con ocasión del cuartelazo del General Natusch Busch.

12  El llamamiento a la huelga general efectuado por CONADE, constituyó la resistencia más importante, especialmente en los centros mineros. el Gobierno Militar advirtió que quienes no concurrieran a sus labores serían objeto de severas sanciones y quedarían para el día martes 22 de julio cesantes. Del mismo modo la represión y control a cualquier brote de resistencia fue rápido y cruento. En tales circunstancias, el día 22 de julio, el principal dirigente sindical boliviano Juan Lechín Oquendo, quien había sido detenido en la sede de la COB, el mismo día del golpe, es presentado en la televisión estatal en una conversación con el Ministro del Interior. En tal diálogo al responder a una pregunta afirmó que se encontraba perfectamente y "certificó" que no había sido maltratado, ultrajado o presionado psicológicamente, en el Departamento de Inteligencia Militar donde se hallaba detenido y exhortó a los trabajadores de Bolivia a que suspendieran la huelga general y el bloqueo e caminos para evitar derramamientos de sangre. No obstante lo anterior, en diferentes capítulos de este informe se han expuesto hechos que indican pérdidas de vidas humanas, detenciones, apremios ilegales y otra forma de restricción a los derechos humanos.

13  La Comisión ha recibido de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, diferentes documentos en los cuales se presenta un recuento de los hechos concernientes al golpe militar.

14  Conceptos emitidos en el Decreto Supremo 17606 del 17 de septiembre de 1980.

15  En otros capítulos se ha dado cuenta de las detenciones que siguieron al Golpe de Estado; de la muerte del dirigente Marcelo Quiroga Santa Cruz y posteriormente del asesinato de los dirigentes del MIR; así mismo, se señala el exilio forzado de Hernán Siles Suazo, Jaime Paz Zamora y otros líderes de la coalición que había triunfado en las elecciones del 29 de junio.

16  Esta medida tuvo reacciones inmediatas y negativas especialmente en la ciudad de Santa Cruz. El Prefecto de Santa Cruz presentó renuncia de su cargo y hubo anuncios en esta zona del país de una huelga de brazos caídos por considerar que con esta medida se limitaba la autonomía de la ciudad. La medida fue calificada de precipitada, por entidades que como el Comité Pro-Santa Cruz, había apoyado el golpe militar del 17 de julio.

17  Información contenida en un cable de noticias de la agencia UPI del 9 de abril de 1981 publicado en el "Servicio Informativo" de la Organización de los Estados Americanos.

18  A fines de febrero de 1981, la Comisión tomó conocimiento de lo que el Gobierno del Gral. García Meza llamó la "consolidación" y el inicio de un período de institucionalización y de la designación por primera vez de tres civiles en el Gabinete Ministerial.

19  Se atribuye uno de los intentos de levantamiento el de 11 de mayo al Comandante del Centro de Instrucción de Tropas Especiales CITE, Teniente Coronel Emilio Lanza, quien finalmente depuso su actitud, lo que ocasionó una declaración de los Ministros de Estado exigiendo la adopción de medidas y previsiones legales en el campo civil-militar, a fin de imponer un clima de paz y entendimiento en el pueblo boliviano. En ese mismo comunicado se atribuye esta rebelión, a una amplia y permanente conspiración política para evitar la reconstrucción democrática que se han propuesto las Fuerzas Armadas. Se acusó asimismo, a organizaciones nacionales e internacionales del narcotráfico de movilizar a extremismos de derecha e izquierda, para evitar la normalización de relaciones del país con el mundo y desestabilizar al Gobierno. El Coronel Lanza, había acusado al régimen de "desgobierno, encubrimiento del narcotráfico, prepotencia y abuso contra la población". (Agencia Noticiosa AP, mayo 12, 1981).

20  El 17 de diciembre de 1980, los Presidentes de Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, quienes con Bolivia forman el Acuerdo de Integración Subregional Andino (Grupo Andino), en los actos conmemorativos del Sesquicentenario de la muerte del Libertador Simón Bolivar, invitaron a Bolivia a retornar a la democracia. La Declaración señala que: "Respetuosos del principio de no intervención y de la capacidad soberana de los pueblos para dirigir sus propios destinos. Preocupados por el proceso político de Bolivia cuyas autoridades invitaron a los Cancilleres de cinco países para una reunión especial en Santa Cruz, realizada antes de que se interrumpiera el proceso constitucional. Animados por la mejor comprensión hacia todas las circunstancias históricas del pueblo de Bolivia, formulan en los términos más cordiales un llamamiento a las autoridades de Bolivia, hija predilecta del Libertador, para que en homenaje al espíritu boliviano que hoy congrega las naciones que él independizó, retome el camino hacia la institucionalización democrática". En respuesta a este llamamiento, la Cancillería boliviana declaró su abstención del Grupo Andino y la no aceptación de querer imponer a Bolivia una determinada conducta política. Posteriormente el Gobierno de Bolivia anunció su voluntad de continuar participando activamente en el Acuerdo Regional.

21  El ex-Presidente Banzer a mediados del mes de abril, había retirado el apoyo de su partido Acción Democrática Nacionalista al Gobierno Militar. Los tres miembros civiles del Gabinete pertenecían a esa agrupación política e inclusive dos de ellos habían participado en procesos electorales anteriores como candidatos a la Vicepresidencia en la fórmula encabezada por el propio Banzer. Con ocasión de su anuncio, el ex-Presidente Banzer informó que desde el 17 de julio hasta el 14 de abril había sostenido 8 reuniones con el Presidente García Meza, en las cuales le expuso su preocupación por errores y fallas en la administración del régimen. Sin embargo, los Ministros civiles continuaron prestando su concurso con el Gobierno. A raíz de estos hechos surgieron rumores desvirtuados por el General Banzer, en el sentido de que tanto él, como el General Natusch estaban vinculados en un intento conspiratorio; notas de prensa han señalado que Banzer y Natusch habían sido puestos bajo arresto domiciliario o detenidos por supuestas vinculaciones con opositores al Gobierno. El General Banzer denunció que en las provincias fueron detenidos e interrogados partidarios suyos y el diario "El Deber" señaló que, el Ministerio del Interior había dispuesto el confinamiento en la población de Cuervo del Jefe Regional de la AND, señor Heberto Castedo. El 13 de mayo de 1981, la esposa del General Alberto Natusch anunció que su marido sería exiliado en próximas horas con destino a Italia. Finalmente el 14 al mayo al llegar a la ciudad de Lima, el Gral. Natusch afirmó que fue obligado a abandonar el país por el Gobierno, el cual no debe seguir en el poder por carecer de proyección histórica y ser antipopular.