INFORME ANUAL 1991

  CAPITULO VI

CAMPOS EN LOS CUALES HAN DE TOMARSE MEDIDAS PARA DAR MAYOR VIGENCIA

A LOS DERECHOS HUMANOS, DE CONFORMIDAD CON LA DECLARACION AMERICANA

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE Y LA CONVENCION AMERICANA

SOBRE DERECHOS HUMANOS   

I.  PREPARACION DE UN INSTRUMENTO INTERAMERICANO SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS    

             La Asamblea General de la OEA por resolución AG/RES. 1022 (XIX-0/89) solicitó, a propuesta de la Comisión, que ésta llevara a cabo ..."la preparación de un instrumento jurídico relativo a los derechos de las poblaciones indígenas, con miras a ser adoptado en 1992".  Esta tarea de la Comisión está en progreso y ha contado con la cooperación del Instituto Indigenista Interamericano, con sede en la Ciudad de México.  

             Dada la complejidad del tema y la diversidad de las situaciones, la Comisión realizó una serie de trabajos orientados a establecer la mejor estrategia para lograr un instrumento capaz de ayudar al mejoramiento de los derechos de los pueblos indígenas y adecuarse a la doctrina y legislación más moderna, tanto nacional como internacional.  Entre los trabajos realizados corresponde detacar:  a) la organización de una reunión de trabajo con líderes indígenas y expertos legales, realizada en el Instituto Indigenista Interamericano en la Ciudad de México en enero de 1990; b) la realización de dos estudios, uno sobre la situación real de los pueblos indígenas en América

Latina y el otro sobre la formulación jurídica de las demandas de dichas poblaciones; y, c) el análisis de los procesos de codificación en este campo por parte de las Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo.  

             Como resultado de dichos trabajos preparatorios, la Comisión decidió en su 80° período de sesiones aprobar una metodología de redacción que se basa en dos rondas de consultas con los gobiernos de los países miembros y organizaciones no gubernamentales.  La primera consulta se refiere a los temas a ser enfocados por dicho instrumento y la legislación nacional que se realizará en 1992 en base a un cuestionario aprobado en el 81° período de sesiones.  

             La Comisión espera poder presentar a la Asamblea General de 1993 el resultado de esta primera consulta.  En ese año se realizará la segunda ronda de consultas, esta vez en base a un primer borrador de dicho instrumento jurídico.  De esa manera la Comisión estará en condiciones de presentar en 1994, a consideración de la Asamblea General, su propuesta después de haber dado tiempo para que los gobiernos, organizaciones indígenas y no gubernamentales, en general, participen en el proceso de consulta.

             Dada la diversidad de situaciones nacionales y el interés expresado por las organizaciones y representantes indígenas de obtener la máxima participación en estas consultas, la Comisión ha considerado que las mismas deben ser llevadas a cabo en cada país miembro por su respectivo gobierno, manteniendo a la vez el derecho de toda asociación de dirigirse directamente a la Comisión, como lo garantiza la Convención Americana.  A tal efecto, la Comisión ha dado amplia difusión a este proceso y lo dará a los cuestionarios respectivos.  

II.  AUTONOMIA, INDEPENDENCIA E INTEGRIDAD DE LOS    MIEMBROS DEL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL

1. Solicitud de la Asamblea General:  

             La Asamblea General, durante su décimonoveno período ordinario de sesiones adaptó la resolución AG/RES. 1022, "Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", la que en su párrafo resolutivo 15 señala:    

Recomendar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que inicie un estudio sobre las medidas necesarias para hacer más efectiva la autonomía, independencia e integridad de los miembros del personal del Poder Judicial para que puedan investigar adecuadamente a los derechos humanos y ejercer su función a plenitud.  

             Fundamentando y especificando la solicitud que dio lugar a dicha resolución de la Asamblea General, el representante de Colombia (ver OEA/Ser.L/V/II.77, doc. 9) indicó que los sistemas judiciales de muchos países han devenido inoperantes por la falta de garantías, así como por la falta de mecanismos u operativos para la defensa de los jueces.  En consecuencia el derecho a la justicia contenido en la Convención Americana de Derechos Humanos (Art. 8 y 25) se ha visto seriamente menoscabado.  También señaló que dado que la CIDH es el órgano más apropiado para proponer un plan de acción para fortalecer los sistemas judiciales, ella podría solicitar a la Asamblea General que se convoque a una reunión de expertos o a una conferencia especializada para estudiar los mecanismos de fortalecimiento y protección del poder judicial, con miras a la creación de una Comisión que analice y proponga medidas de seguridad para ser discutidas y aceptadas por los países miembros.  Asimismo, este órgano podría ofrecer a los gobiernos que lo requieran, asesoría en lo relativo a sus legislaciones e instituciones.  La CIDH podría solicitar ante la Asamblea General de la OEA la creación de un fondo que permita llevar a cabo dicho programa.      

2. Tareas realizadas por la CIDH:  

             En atención a dicha solicitud la Comisión analizó en sus últimos períodos de sesiones el tema para lo cual tuvo el beneficio, entre otros, de los siguientes materiales:  

Presentaciones en audiencias especiales y en visitas in loco, por parte de representantes de Estados miembros y de organizaciones no-gubernamentales.  

Estudio encargado por la CIDH a una consultora independiente sobre "Medidas necesarias para hacer más efectiva la autonomía, independencia e integridad de los miembros del Poder Judicial".  Se han completado ya varios aspectos de dicho estudio y los mismos se han tomado en cuenta en este informe. 

El documento de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (AID-USA AID/LAC/P-669) titulado "Colombia-Justice Sector Reform" por el que se describe un proyecto de cooperación entre dichos países para el mejoramiento de la administración, operación y efectividad del sistema judicial de Colombia, con un costo total de $46 millones de dólares estadounidenses en el período 1991-96.  

Los numerosos casos y denuncias ante la Comisión en los que existe información sobre ataques, amenazas o medidas que reducen la autonomía, independencia e integridad de los miembros del Poder Judicial.  

3. Conclusiones:  

a. Existen en países miembros situaciones crónicas que atentan en general contra la seguridad, integridad y, por consiguiente, la eficiencia del Poder Judicial; pero además existen en países específicos situaciones coyunturales relacionadas con estados de violencia política o surgida del narcotráfico, que han exacerbado esas situaciones de inseguridad impidiendo el funcionamiento adecuado del sistema de justicia.  

b. Que esas situaciones ponen en riesgo las garantías que para la efectiva vigencia de los derechos humanos significa la existencia de un Poder Judicial integro, seguro, estable y eficiente.  Que los efectos de esas situaciones dificultan la existencia del orden en todos sus aspectos, del mejoramiento social, económico y cultural del país y, por consiguiente, del bienestar individual y general.  

c. Que en la comunidad internacional han sido emprendidas diversas operaciones para colaborar con los Estados en el fortalecimiento del Poder Judicial a través de distintos organismos que se ocupan de este tema.  

d. Que la situación descrita tiene lugar en el contexto de gobiernos democráticos surgidos de elecciones populares, y que en dichos países se encuentran formalmente en vigor normas convencionales universales y regionales de derechos humanos, y que todos ellos cuentan con legislaciones que garantizan la integridad, independencia y eficacia de sus sistemas de administración de justicia.  

e. Que en los países en que esta situación tiene más urgencia y gravedad coyuntural, los funcionarios judiciales víctimas directas reales o potenciales se encuentran en muchos casos bajo el fuego cruzado de la guerrilla y de agentes del Estado o paramilitares, a los que se suma el poder de los grupos narcotraficantes y sus secuaces.  

f.           Que los hostigamientos, acosos y violencia de que son objeto los miembros del Poder Judicial y los abogados en general no son hechos aislados sino que se inscriben en contextos generales de violencia.  Dichos contextos de violencia tienen consecuencias nefastas que exceden el terreno de la vigencia de los derechos humanos y cubren muchos otros aspectos de la vida social.  

g. Los hechos de que se trata son perpetrados con la conciencia de una impunidad que la práctica no desmiente.  

h. Existe paralelamente a la búsqueda de soluciones por parte de las autoridades gubernamentales, una activa red de solidaridad formada por organizaciones no gubernamentales dedicadas a promover y defender la seguridad del poder judicial, en particular, y los derechos humanos, en general.  

i. Que dado que estas situaciones de inseguridad de los funcionarios del Poder Judicial de varios de los países miembros continúa, así como se multiplican los esfuerzos legislativos y de otra índole de los gobiernos destinados a brindar soluciones a dicha situación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos seguirá estudiando con primordial atención dichas situaciones y su influencia sobre la vigencia de los derechos humanos.

j. Que la Comisión en su tarea dará especial atención a estas situaciones e instruirá a su Secretaría Ejecutiva par actuar con la máxima prontitud y utilizando todos los recursos que le permite la Convención Americana, su Estatuto y Reglamento, en aquellos casos en que los hechos denunciados indiquen ataques, amenazas o medidas tendientes a reducir la autonomía, independencia e integridad de los miembros del Poder Judicial en su tarea de investigar adecuadamente las violaciones a los derechos humanos y ejercer su función a plenitud.    

4. Acciones y Recomendaciones de Acción:

             Continuando con los trabajos ya realizados, la Comisión después de analizar el tema en su 81° período de sesiones ha decidido:  

             1. Avanzar con los estudios ya iniciados, profundizando las siguientes áreas:  a) identificación de fuentes de las cuales provienen las amenazas a la seguridad e integridad de los miembros del Poder Judicial; b) medidas adoptadas por Estados que han sufrido esta situación para solucionarla; y, c) marco normativo que se requeriría para conciliar la necesidad de seguridad judicial con las garantías del debido proceso.  

             2. Estudiar y evaluar la posibilidad de presentar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (San José de Costa Rica) una solicitud de Opinión Consultiva respecto a los principios de la compatibilidad de ciertas medidas destinadas a la protección de los miembros del Poder Judical en su integridad, independencia e imparcialidad, con los requisitos del debido proceso que surgen de la Convención Americana de Derechos Humanos.  

             3. Recomendar a la Asamblea General que resuelva la convocatoria de una Conferencia Especializada para tratar este tema.  Dicha conferencia debería incluir la presencia de expertos independientes así como de funcionarios públicos con responsabilidad de planeamiento y decisión en esta área, así como de altos miembros del Poder Judicial.  La Asamblea General debería establecer la provisión de fondos necesarios para la realización de esta reunión.  Dada la multiplicidad de alcances del tema, deberían participar en la misma distintos órganos de la OEA, en particular el Comité Jurídico Interamericano, la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y esta Comisión Interamericana de Derechos Humanos.    

III.  ESTADO DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES EN EL HEMISFERIO  

             Cumpliendo con la recomendación contenida en la resolución AG/RES. 1044, párrafo 15, adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos durante su vigésimo período ordinario de sesiones realizado en Asunción, Paraguay, del 4 al 9 de junio de 1990, la CIDH ha elaborado este estudio preliminar sobre el estado de los derechos económicos, sociales y culturales en el hemisferio.  La información de la situación de estos derechos se basa en los informes presentados por algunos Estados a los organismos internacionales y un estudio realizado por la Organización Panamericana de la Salud.  

             Lo primero que cabe destacar es que la implementación y vigencia de los derechos económicos, sociales y culturales ha confrontado dificultades  

debido a la crisis económica por la que atraviesan los países del sistema interamericano.   Como la promoción y vigencia de este tipo de derechos es de naturaleza progresiva  y proporcional al desarrollo de cada país miembro, la exigibilidad de su cumplimiento ha quedado referido a las posibilidades que cada gobierno ha tenido para poder implementarlos.  

             Cabe señalar asimismo que principalmente para los países del área latinoamericana, la década de los '80 ha sido considerada como la "década perdida" por confrontar, la mayor parte de ellos, la crisis del endeudamiento, lo que trajo como consecuencia mayor empobrecimiento.  Por ello el tema de la deuda externa se mencionó como una dificultad más para dar cumplimiento a la vigencia de estos derechos.  También cabe mencionar varios informes realizados por organismos internacionales en los que se señala que, en muchos casos, la utilización del crédito externo que originó el endeudamiento, estuvo destinado para la compra de armamento en países latinoamericanos.  

             Al estudiar el progreso de los derechos económicos, sociales y culturales en el hemisferio es importante señalar el logro que el sistema interamericano ha tenido con la promulgación del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador", adoptado en 1988 por la Asamblea General reunida en ocasión del décimo octavo período ordinario de sesiones en El Salvador.  En los anexos del Informe Anual se observa el estado actual del Protocolo.

             Cabe citar como instrumentos internacionales precursores:  la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

             En el texto de la Carta de la OEA reformada por el Protocolo de Buenos Aires y por el Protocolo de Cartagena de Indias se recogen las pautas para la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales en el sistema interamericano.  (Ver Capítulo VII, Artículos 29 al 51).  

             La Declaración Americana de Derechos del Hombre también recoge en su articulado los derechos económicos, sociales y culturales.  Los artículos pertinentes de este instrumento son el Artículo VI, que consagra el derecho a la constitución y a la protección de la familia, el Artículo VII, que otorga el derecho a la maternidad y a la infancia, el Artículo XI, que tutela el derecho a la preservación de la salud y al bienestar general, el Artículo XII, referido al derecho a la educación, el Artículo XIII, que recoge el derecho a los beneficios de la cultura, el Artículo XIV, que tutela el derecho al trabajo y a una justa retribución por el mismo, el Artículo XV, referido al derecho al descanso y a su aprovechamiento, y el Artículo XVI, que protege el derecho a la seguridad social.    

             La Convención Americana sobre Derechos Humanos  reconoce en el preámbulo la indivisibilidad de los derechos civiles y políticos y de los económicos, sociales y culturales y confirma, como lo hace la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que sólo puede realizarse el ideal de ser humano libre, exento de temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de tales derechos, tanto como de los civiles y políticos.  

             Además, en su articulado la Convención Americana señala, en lo que se refiere a los derechos económicos, sociales y culturales lo siguiente:  

       Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.  

             La adopción del Protocolo de San Salvador constituye, la culminación de los esfuerzos de la comunidad internacional americana para convertir todas las declaraciones precedentes en normas.

             Sin embargo, pese a haber transcurrido casi cuatro años desde la firma de este Protocolo, cabe resaltar que Suriname es el único Estado miembro que a la fecha lo ha ratificado.  De allí que la ratificación por parte de los demás Estados miembros es de suma importancia.  

             Cabe resaltar el importante aporte que este instrumento tiene al facultar a la persona humana individual a interponer denuncias sobre violación a los derechos económicos, sociales y culturales en la esfera internacional-regional.  En su artículo 22 se prescribe además la incorporación de otros derechos y la ampliación de los reconocidos, ya sea por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o por los Estados miembros en la Asamblea General.  

             Debido a la difícil situación económica que enfrentan la mayoría de países del área latinoamericana, los problemas de mayor incidencia son el deterioro paulatino del adecuado nivel de vida de los pobladores, la falta de recursos de todo tipo para la asistencia médica y salubridad pública, el alto índice de mortinatalidad y mortandad infantil, las altas tasas de desempleo y sub-empleo, el surgimiento de una economía informal y paralela al sistema formal, la inestabilidad de los sistemas económicos y niveles inflacionarios de gran magnitud, los altos índices de desnutrición,  mayores tasas de analfabetismo, la escasez de viviendas decorosas y el grave deterioro del medio ambiente por factores de contaminación y sobre-explotación de valiosos recursos ecológicos, entre otros.  Un ejemplo de este último caso estaría dado con la deforestación y tala indiscriminada de la selva amazónica que se halla en peligro por el abuso y degradación a que se ha visto sometida.

             El caso del derecho a la salud, es uno de los más afectados por la crítica situación económica.  Los niveles de salubridad pública y de servicios de agua potable son casi inexistentes para la gran mayoría de pobladores de la región.  

             Uno de los problemas que hizo crisis en materia de derecho a la salud el año 1990 se dio en el Perú, donde una epidemia de cólera, enfermedad de la miseria, azotó a este país, sacudiendo a la comunidad americana e internacional.  La Organización Panamericana de la Salud (OPS), recalcó que sería muy difícil hallar una pronta solución a este grave problema debido a las actuales condiciones socio-económicas que enfrenta la región.  

             Se conoció de un total de 160,000 casos de cólera en el Perú, lo cual representa un tres por ciento de la población total del país.  Un aproximado de 2,700  nuevos casos de esta enfermedad fueron registrados diariamente.  Asimismo, se recibió información de que existieron rebrotes de esta enfermedad en un gran número de países latinoamericanos.  

             En Ecuador se estima que el número de infectados con el cólera está entre 2,000 y 5,000, habiéndose alcanzado una cifra mayor a los 100 muertos.  Los estimados para Colombia fueron de mayor dimensión al haberse registrado 87,000 casos antes de tener bajo control a la enfermedad.  Se supo que a la fecha se registraron 5 muertes y que 174 personas tienen la enfermedad.  En Chile se registraron 31 casos y se presume que en el Brasil la enfermedad se está extendiendo, no obstante, de haberse registrado sólo 5 casos hasta el 27 de abril de 1991.  

             Otro caso alarmante que afecta el derecho a la salud en el área es la aparición del síndrome de inmuno deficiencia adquirida (SIDA) especialmente en los Estados Unidos de América y en el Brasil.  En el caso del Brasil se vincula mucho su trasmisión  a la extrema pobreza y se entrelaza con el analfabetismo, debido a que la mayoría de las campañas que combaten esta terrible amenaza están basadas en volantes escritos y documentos gráficos que requieren de un nivel mínimo de alfabetismo.

             Al analizar los informes presentados por los Estados al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas se obtuvo la siguiente información:  

             En su informe de 1988, Chile señaló que a pesar de las dificultades que enfrentaba, como país en vías de desarrollo, la tasa promedio de crecimiento fue de 5 por ciento.  Esta mejoría en su economía facilitó la reducción de la tasa de desempleo a una tasa promedio mayor al ocho por ciento, la estabilización de su inflación la que se mantuvo a un 20 por ciento anual aproximadamente para el quinquenio de 1983 a 1988.  Existió una disminución en el déficit presupuestario del sector público y se continuó con una alta tasa de inversión pública.  Se resaltó que los niveles de pobreza extrema habían declinado significativamente desde 1970 a pesar de la crisis.  

             Señaló asimismo que la unidad básica familiar estaba constituída por los padres, o a falta de éstos los ascendientes, y los hijos.  La discriminación por razón de sexos no existía.  Los hijos menores de 21 años requerían de autorización de sus padres o tutores para viajar al extranjero o adquirir propiedades inmuebles.  Además, la venta y prostitución de menores de edad constituía delito grave reprimido por las leyes chilenas.  

             La tasa de desempleo no fue mayor al 8.4 por ciento en 1987.  La actividad sindical es permitida y Chile ha ratificado más de 40 Convenios de la Organización Internacional del Trabajo.  

             En el aspecto de vivienda, el Gobierno chileno señaló que estaba haciendo sus mayores esfuerzos para asegurar el acceso a una vivienda decorosa a la totalidad de la población.  Se dijo que el problema de vivienda se agudizaba en ciudades de alta densidad demográfica.  En Chile el problema de la migración campo-ciudad se agudizó luego de la reforma agraria en 1970.  Sin embargo, se les estaba ayudando a estas personas con créditos hipotecarios para que adquiriesen una propiedad.  

             En el campo de la alimentación, Chile indicó que su tasa de desnutrición infantil había disminuido de un 15.5 por ciento en 1970 a un 9.1 por ciento en 1986.  Ello, gracias al programa implantado por el gobierno de suministrar productos lácteos y chequeos médicos gratuitos a madres gestantes y niños menores de seis años de edad.  

             El programa total cubrió un total de 1'200,000 niños siendo el logro más positivo la disminución sustancial de la tasa de mortalidad infantil.  Además, se indicó que la principal meta del Gobierno, en el área de la salud, era la de implementar servicios médicos para las personas menos favorecidas en el territorio de su país.  

             En el campo de la educación, se señaló que el sistema educativo chileno estaba dividido en tres etapas.  La etapa inicial pre-elemental para niños menores de los seis años de edad, dándole especial atención a los más pobres. La segunda etapa, para niños de seis a catorce años, es de carácter obligatorio y el año 1986 cubrió el 94.4 por ciento del total de la población infantil.  La tercera etapa, de educación secundaria,  dura de cuatro a cinco años y cubrió el año 1986 a 680,000 jóvenes obteniendo la mayoría de ellos becas y subsidios estatales para llevar a cabo dicho cometido.  La educación universitaria se imparte en 23 universidades de las cuales sólo nueve eran privadas.  Además, se promovía el acceso a las universidades mediante becas y préstamos gubernamentales a los estudiantes.  

             Se indicó que se estaban realizando especiales esfuerzos para el caso de la educación técnica-vocacional.  En conclusión, el analfabetismo disminuyó casi un 50 por ciento.  

             En lo referido al respeto de las culturas nativas, se indicó que se había presentado un plan para promover la integración de los indios Mapuche pero conservando su idiosincrasia y características particulares.  

             En su informe de 1990, México indicó que a pesar de los grandes esfuerzos realizados por ese país en aliviar el nivel de vida de sus pobladores aún subsisten sectores que viven en la extrema pobreza.  Para ello, se creó un Consejo Nacional de Solidaridad para ayudar a los grupos desfavorecidos.  

             En los sectores alimentación, salud, vivienda, educación existen graves problemas de difícil solución dentro del marco de una aguda crisis económica y de uno de los más altos índices de endeudamiento externo del tercer mundo.  

             Se indicó que el Gobierno mexicano había adoptado un plan de desarrollo de cinco años (desde 1989) diseñado para consolidar la estabilidad económica, promover la inversión y modernizar la producción estructural.  

             Dentro del marco de la legislación mexicana existe legislación especializada relacionada con la protección de la familia y los niños así como la existencia de medidas administrativas gubernamentales para asistir a las familias menos favorecidas, programas de planificación y organización familiar, protección de niños y adolescentes contra la explotación económica-social y abandono, y asistencia a los ancianos.  

             El derecho a la adecuada alimentación es una de las mayores preocupaciones del Gobierno mexicano al no haber alcanzado un nivel adecuado la producción alimenticia que cubra las necesidades de todo el país.  

             En relación con el problema de la vivienda en México, se señaló que por lo menos el 40 por ciento de las unidades de vivienda carecían de las instalaciones básicas, principalmente en las áreas urbanas debido a la sobrepoblación de éstas y la destrucción causada por el terremoto de 1985.  Por lo tanto, se ha implantado un programa masivo de reconstrucción y rehabilitación de viviendas de bajo costo para reubicar a un gran número de familias damnificadas.  

             Se señaló que los indicadores de salud revelaron una notoria mejoría: la tasa de mortalidad infantil declinó considerablemente.  La medicina preventiva había alcanzado grandes logros en los campos del alcoholismo, drogadicción, adicción al tabaco y el SIDA.  

             En lo referido a la protección del medio ambiente, siendo México uno de los países con más alto índice de contaminación ambiental en el hemisferio, se resaltó que se había promulgado en 1988 la Ley de Equilibrio Ecológico y de Protección Ambiental que establecía las bases para una política ambiental integrada.

continua...

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