CAPÍTULO I ORIGEN
Y BASES JURÍDICAS DE LA CIDH La Quinta Reunión
de consulta de Ministros de Relaciones Exteriores (Santiago de Chile, 1959), en
su Resolución sobre Derechos Humanos creó una Comisión Interamericana de
Derechos Humanos encargada de “promover el respeto de tales derechos”. El Consejo
aprobó el Estatuto de la Comisión el 25 de mayo de 1960 y eligió a sus siete
miembros el 29 de junio del mismo año. Posteriormente,
el 27 de febrero de 1967 en Buenos Aires, Argentina, se suscribió el Protocolo
de Reforma de la Carta de la OEA, el cual, por una parte, en su Artículo 112,
contempla una Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuya función
principal es la de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos
y servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia; y por otra
parte, eleva a la Comisión a la jerarquía de órgano principal de la
Organización (Art. 51), subordina la estructura, competencia y procedimiento de
la Comisión a una futura Convención sobre Derechos Humanos (Art. 112, parte
final) y determina que durante el lapso que mediara entre la entrada en vigor
del propio Protocolo y la entrada en vigor de la aludida Convención, la CIDH,
creada por la Quinta Reunión de Consulta “velará por la observancia de tales
derechos” (Art. 150). Finalmente, el
22 de noviembre de 1969 se suscribe en San José de Costa Rica la Convención
Americana sobre Derechos Humanos la cual entra en vigor casi nueve años después,
el 18 de julio de 1978, al depositarse el undécimo instrumento de ratificación
por Grenada. Al momento de aprobarse este Informe la Convención cuenta
con 19 Estados Partes: Argentina, Barbados, Bolivia, Colombia, Costa Rica,
Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, Nicaragua,
Panamá, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. La Asamblea
General de la OEA en su noveno período ordinario de sesiones, (La Paz, Bolivia,
octubre de 1979), aprobó el nuevo Estatuto de la Comisión.
En el siguiente período ordinario de sesiones de la Asamblea General
celebrado en noviembre de 1980, en Washington, D. C., se modificaron los Artículos
6 y 8 de dicho Estatuto. El Artículo
1º del Estatuto de la Comisión, en concordancia con el Artículo 112 de la
Carta de la OEA que la creó, la define como: “un órgano…creado para
promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano
consultivo de la Organización en esta materia”. La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, en su 49º período de sesiones (abril,
1980), aprobó asimismo un nuevo Reglamento.
En el 64º período de sesiones (marzo 1983) se modificaron los artículo
7, 8, 17, 19, 34, 45, 53 y 74 de dicho Reglamento. Una explicación
más detallada de su origen y de sus bases jurídicas, así como el texto de los
instrumentos que la rigen, puede encontrarse en el documento “Manual de Normas
Vigentes en Materia de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano” (OEA/Ser.L/VII.65,
doc. 6, 1º de julio de 1985). ESTADO
DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS A la fecha de
la aprobación del presente informe los siguientes estados son Parte de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos:
Argentina, Barbados, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador,
Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Perú,
República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
De ellos, Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Jamaica, Perú,
Uruguay y Venezuela, han reconocido la competencia de la Comisión para recibir
comunicaciones interestatales de conformidad con el Artículo 45. A su vez, Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Honduras,
Perú, Uruguay y Venezuela, han reconocido la jurisdicción obligatoria de la
Corte de conformidad con el Artículo 62 de la misma Convención. RELACIONES
DE LA CIDH CON LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Durante el período
que cubre este Informe, la CIDH, ha continuado sus relaciones de cooperación
con la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Durante el 64º Período de Sesiones tuvo oportunidad de recibir a los
Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Dr. Pedro Nikken,
Presidente, Profesor Thomas Buergenthal, Vicepresidente, Dr. Carlos Roberto
Reina y Dr. Rafael Nieto Navia, así como a su Secretario, Sr. Charles Moyer con
quienes mantuvo un importante intercambio de puntos de vista, a fin de
robustecer los lazos de coordinación y cooperación entre los dos organismos. RELACIONES
CON OTROS ORGANISMOS DEL SISTEMA REGIONAL
Durante los años 1984 y 1985 la
Comisión continuó manteniendo relaciones de cooperación en el campo de los
derechos humanos con la Comisión Interamericana de Mujeres, el Instituto
Interamericano del Niño y el Instituto Indigenista Americano, órganos
especializados de la OEA. RELACIONES
CON ORGANISMOS MUNDIALES DE LA MISMA ÍNDOLE Asimismo, en el lapso mencionado, continuó intensificando relaciones de cooperación con la Comisión y el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas así como con la Comisión Europea de Derechos Humanos, mediante el intercambio de documentación e informaciones. Merecen destacarse las visitas realizadas a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales con sede en Ginebra, Suiza, por el Presidente de la CIDH, Embajador César Sepúlveda, en el mes de febrero de 1985. |