CAPÍTULO II 

ACTIVIDADES DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
 

          A partir del año 1979, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebró tres períodos de sesiones. El cuadragésimo, cuadragesimoséptimo y cuadragesimoctavo, los que se celebraron en la sede de la Comisión, Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, Washington, D.C. Asimismo, la Comisión realizó una observación in loco en el territorio de la República Argentina y desarrolló otras actividades. 

          A.          Cuadragesimosexto Período de Sesiones 

          La Comisión celebró su cuadragesimosexto período de sesiones en sus oficinas de Washington, D.C., del 5 al 9 de marzo de 1979. 

          Participaron en ese período de sesiones los siguientes miembros: Carlos A. Dunshee de Abranches (Presidente), Tom J. Farer (Vicepresidente), Carlos García Bauer y Marco Gerardo Monroy Cabra. Excusaron su asistencia, por motivos personales o de salud, los miembros Andrés Aguilar, Gabino Fraga y Fernando Volio Jiménez. 

          En ese período de sesiones la Comisión aprobó el informe que le sometió la Comisión Especial que durante el mes de agosto de 1978 practicó una observación “in loco” en la República de Haití. 

          La Comisión durante ese período de sesiones conoció las observaciones que el Gobierno de El Salvador presentó al informe de la Comisión sobre la situación de los derechos humanos en dicho país y que había sido aprobado por la Comisión en su anterior reunión.  Asimismo, analizó la situación de los derechos humanos en Cuba y decidió proseguir con la elaboración de un informe relativo a los presos políticos de ese país, sin perjuicio de elaborar posteriormente otro informe que incluya un estudio más amplio respecto a las observaciones de otros derechos humanos. 

          Por otra parte, la Comisión adoptó diversas decisiones relativas a la organización de la observación “in loco” que en el transcurso del año se efectuaría en la República Argentina. 

          Asimismo, la Comisión consideró un anteproyecto de convención referente a la prevención y sanción de la tortura como un crimen internacional, que se le encomendó al Comité Jurídico Internacional en coordinación con la CIDH. 

          La Comisión también consideró las comunicaciones recibidas con inmediata anterioridad a sus labores en las que se denunciaron 425 casos nuevos con un total de 643 víctimas de 16 países.  Respecto a denuncias anteriores la Comisión prosiguió al examen de los casos, y adoptó diversas resoluciones. 

          Por último, la CIDH concedió audiencias a las personas que oportunamente lo solicitaron. 

          B.          Cuadragesimoséptimo Período de Sesiones 

          La Comisión celebró su cuadragesimoséptimo período de sesiones, en sus oficinas de Washington, D.C., del 15 al 22 de junio de 1979. 

          El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos procedió formalmente a instalar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, de conformidad con el Pacto de San José de Costa Rica de 1969, había sido elegida el 22 de mayo del mismo año por la Asamblea General. 

          La Comisión por consenso entre los miembros y en vista de la circunstancia que el actual período de sesiones es el primero que celebra la Comisión organizada de conformidad con el Pacto de San José, consideró conveniente elegir una nueva directiva de este órgano, los que ejercerían sus mandatos hasta que la Asamblea General aprobara y entrara en vigor el nuevo estatuto de la Comisión. 

          Por unanimidad el Dr. Andrés Aguilar fue elegido Presidente; también unánimemente fue elegido Vicepresidente de la Comisión el Dr. Luis Demetrio Tinoco Castro; como integrantes de la Comisión Permanente, titular y suplente respectivamente fueron electos los doctores Marco Gerardo Monroy Cabra y Francisco Bertrand Galindo. 

          Además de los miembros anteriormente mencionados participaron en este período de sesiones los doctores Carlos A. Dunshee de Abranchas y Tom Farer. 

          Durante este período de sesiones, la Comisión adoptó de conformidad con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y tomando en consideración la Resolución 253 del 20 de septiembre de 1978 del Consejo Permanente su proyecto de estatuto, el cual fue sometido a la aprobación de la Asamblea General. 

          Asimismo, la Comisión preparó el Informe Anual que debe someterse a consideración de la Asamblea General. 

          Por otra parte, la Comisión consideró a la luz de las numerosas denuncias recibidas, la grave situación que en lo que respecta a los derechos humanos estaba ocurriendo en Nicaragua, y en tal sentido envió una comunicación a la XVIII Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, la que se encontraba en esos momentos reunida. 

          Conforme a sus normas estatutarias y reglamentarias, la Comisión concedió audiencias a personas o representantes de instituciones que lo solicitaron. 

          C.          Observación “in loco” a la República Argentina 

          Por nota del 18 de diciembre de 1978, el Gobierno de Argentina invitó a la Comisión para realizar una observación “in loco” en ese país, la que originalmente se fijó para el mes de mayo de 1979.  Sin embargo, en razón de los cambios que se produjeron en la CIDH como consecuencia de la entrada en vigencia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fue necesario aplazar esta visita, la cual se efectuó finalmente entre el 6 y el 20 de septiembre de 1979. La Comisión en su cuadragesimoquinto período de sesiones había decidido aceptar la invitación y en su cuadragesimoséptimo período al reiterar el Gobierno Argentino la invitación, la Comisión propuso realizar esa observación en las fechas mencionadas anteriormente. 

          De conformidad con el Reglamento, se designó la Comisión Especial encargada de realizar la observación “in loco”. Dicha Comisión estuvo integrada por los siguientes miembros: Dr. Andrés Aguilar, Presidente; Dr. Luis Demetrio Tinoco Castro, Vicepresidente; Prof. Carlos A. Dunshee de Abranches; Prof. Tom J. Farer; Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra y Dr. Francisco Bertrand Galindo. 

          Durante su permanencia en el territorio de la República Argentina, la Comisión se entrevistó con el señor Presidente de la República, los señores miembros de la Junta de Gobierno, con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, los Ministros del Interior, Relaciones Exteriores, Justicia y Educación, así como con otras autoridades civiles y militares, tanto nacionales como provinciales. 

          También la Comisión tuvo la oportunidad de reunirse con ex-Presidentes de la República, el Presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, y representantes de diversas instituciones políticas, religiosas, culturales, humanitarias, de medios de comunicación colectiva, profesionales, científicas, empresariales, sindicales y estudiantiles, de todas las cuales recibió su importante testimonio acerca de la realidad argentina en materia de derechos humanos. 

          La Comisión visitó igualmente los recintos penitenciarios de Caseros y Villa Devoto en Buenos Aires, las Unidades 1 y 8 en Olmos, la Unidad 9 en La Plata y las cárceles de Córdoba, Resistencia y Rawson, así como los centros militares de detención de La Rivera en Córdoba y de Magdalena en la provincia de Buenos Aires. 

          Asimismo, la Comisión en Buenos Aires, Córdoba y Tucumán recibió las denuncias que por presuntas violaciones de derechos humanos se le formularon. El Gobierno argentino por su parte, se comprometió con la Comisión a no adoptar ningún tipo de represalias en contra de las personas que presentaron denuncias a la Comisión, así como también en relación a las entidades e instituciones que le proporcionaron informaciones o testimonios. 

          D.        Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos

 

          En el noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización, que se celebró en La Paz, Bolivia del 22 al 31 de octubre de 1979, la Comisión estuvo representada por el Presidente Dr. Andrés Aguilar, sus miembros, Profesores Tom J. Farer, Carlos A. Dunshee de Abranches y el Secretario Ejecutivo de la Comisión, Dr. Edmundo Vargas Carreño. 

          El Presidente presentó el Informe Anual de la Comisión, punto 22 de la Agenda. 

          Asimismo, el ex-Presidente de la Comisión, Profesor Carlos A. Dunshee de Abranches, presentó el Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en El Salvador. 

          Además, dentro del Informe Anual sometido a la consideración de acuerdo con la Carta de la Organización, la Comisión presentó los informes acerca de la situación de los derechos humanos en Chile, Panamá, Paraguay y Uruguay. 

          La Asamblea General, en su duodécima Sesión Plenaria celebrada el 31 de octubre de 1979, aprobó 6 Resoluciones relacionadas con los derechos humanos cuyos textos se transcriben a continuación:

 

AG/RES 443

 

         INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS

HUMANOS

 

         LA ASAMBLEA GENERAL,

 

CONSIDERANDO:

 

         Que el Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (AG/doc.1101/79) señala en conclusión que, si bien hubo progresos positivos en la observancia de los derechos humanos de los Estados miembros, la situación descrita en el Informe Anual previo no ha mejorado significativamente;

 

         Que las desapariciones en determinados países han afectado particularmente el bienestar de los niños, ya sea nacidos de mujeres “desaparecidas” en estado de gravidez o secuestrados con sus padres –un método de represión que a juicio de la Comisión es cruel e inhumano--;

 

         Que en ciertos países la tortura aparentemente es práctica usual;

 

         Que la detención de personas sin proceso continúa siendo practicada a menudo mediante el artificio del mantenimiento indefinido del estado de sitio;

 

         Que la violación de los derechos humanos en el hemisferio aún constituye uno de los más graves problemas que afligen la conciencia de los pueblos y de sus gobiernos;

 

         Que en Chile subsisten limitaciones para el ejercicio de los derechos humanos;

 

         Que teniendo en cuenta el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el número de denuncias sobre derechos humanos en el Uruguay ha disminuido cuantitativamente, pero aún subsisten numerosas de las condiciones descritas por la Comisión;

 

         Que el Gobierno del Paraguay no ha dado cumplimiento a las recomendaciones formuladas por la Asamblea General en el último período ordinario de sesiones,

 

RESUELVE:

 

         1. Felicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la labor cumplida desde la última sesión de la Asamblea General, y tomar nota con gran interés de su Informe Anual.

 

         2. Felicitar al Gobierno de Panamá por su iniciativa al invitar a la Comisión a visitar ese país y por la cooperación brindada durante dicha visita, y tomar nota de las medidas tomadas por el Gobierno de Panamá para dar cumplimiento a las recomendaciones contenidas en el Informe Especial de la Comisión.

 

         3. Declara que la práctica de las desapariciones es una afrenta a la conciencia del hemisferio, totalmente contraria a nuestros valores tradicionales comunes y, a las declaraciones y acuerdos firmados por los Estados Americanos, y apoyar la recomendación de la Comisión relativa al pronto esclarecimiento de la situación de las personas desaparecidas en las circunstancias descritas en el Informe Anual.

 

         4. Respaldar la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Tortura y reiterar el apoyo para la preparación de la Convención de la OEA, que defina la tortura como crimen internacional, de conformidad con la AG/RES. 368 (VIII-O/78).

 

         5. Instar al Gobierno de Chile a que intensifique la adopción y puesta en práctica de las medidas necesarias para preservar y asegurar efectivamente la plena vigencia de los Derechos Humanos en Chile, especialmente en cuanto al esclarecimiento de la situación de los detenidos, de los desaparecidos, el retorno de los exiliados a su patria, la derogación del Estado de Emergencia y el pronto restablecimiento del derecho de sufragio.

 

         6. Reiterar la necesidad de que el Gobierno del Paraguay respete los derechos humanos e instarlo a demostrar su voluntad de cooperar con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, fijando una fecha próxima y concreta para la visita a dicho país, de conformidad con lo convenido con el Gobierno del Paraguay en el mes de septiembre de 1977, mediante nota del Ministerio de Relaciones Exteriores del 2 de julio de 1979.

 

         Solicitar al Gobierno del Paraguay que levante el Estado de Sitio en todo el país y permita el retorno de todos los exiliados.

 

         7. Reiterar su llamamiento al Gobierno del Uruguay a fin de que instrumente íntegramente las medidas recomendadas por la Comisión en su Informe anterior, solicitar nuevamente al Gobierno del Uruguay que considere la posibilidad de invitar a la Comisión para una visita a ese país y, tomar nota del anuncio del Gobierno del Uruguay de celebrar elecciones generales programadas para 1981, teniendo en cuenta las conclusiones y observaciones expresadas en el Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

 

         8. Solicitar a la Comisión que continúe observando el ejercicio de los derechos humanos en Chile, Paraguay y Uruguay e informe al respecto a la Asamblea General en su próximo período ordinario de sesiones.

 

AG/RES 444

 

INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS

HUMANOS A LA ASAMBLEA GENERAL: “LIBERTAD RELIGIOSA”

 

         LA ASAMBLEA GENERAL,

 

CONSIDERANDO:

 

         Que el Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (AG/doc.1101/79) se refiere a la situación del grupo conocido como los Testigos de Jehová,

 

RESUELVE:

 

         1. Hacer un llamado a los Estados miembros para que no impidan el ejercicio del derecho a la libertad de credo y de culto de conformidad con sus respectivas disposiciones jurídicas, y de acuerdo con la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.

 

         2. En lo concerniente a los testigos de Jehová y sus filiales instar al restablecimiento de su derecho a la libertad de credo y de culto, de conformidad con la precitada Declaración.

 

AG/RES 445

 

PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

 

         LA ASAMBLEA GENERAL,

 

         REAFIRMANDO:  Su compromiso de promover la observancia de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre,

 

RESUELVE:

 

         1. Agradecer a todos los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos su dedicación a los importantes fines de esta Organización y el alto grado de objetividad e imparcialidad que han sabido mantener en el cumplimiento de su mandato: promover y defender los derechos humanos en este hemisferio.

 

         2. Reafirmar las recomendaciones hechas en la AG/RES. 371 (VIII-o/78), en el sentido de que los Estados miembros cooperen ampliamente con la Comisión, inclusive dando su consentimiento para que la Comisión pueda llevar a cabo sus observaciones in loco.

 

         3. Exhortar a los Estados en los que hayan desaparecido personas para que se abstengan de dictar o aplicar leyes que pudieran dificultar la investigación de tales desapariciones.

 

AG/RES 446

 

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS

HUMANOS EN EL SALVADOR

 

         LA ASAMBLEA GENERAL,

 

VISTO:

 

         El Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en El Salvador y las conclusiones del mismo acerca de la responsabilidad del anterior Gobierno de El Salvador, en la sistemática violación de tales derechos, y

 

CONSIDERANDO:

 

         Que la protección y vigencia de los derechos humanos constituye una de las altas finalidades de la OEA, y su observancia es fuente de solidaridad entre los Estados miembros, así como garantía de respeto a la vida humana y a la dignidad del hombre;

 

         Que la Junta Revolucionaria de Gobierno, que a partir del 15 de octubre del año en curso rige los destinos de El Salvador, ha expresado a través de su delegación, que el régimen al cual se refiere el informe de mérito fue depuesto, entre otras razones, por haber violado los derechos humanos del pueblo salvadoreño;

 

         Que la Delegación salvadoreña ha hecho saber a todos los Estados Americanos, durante el presente noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, que la Junta Revolucionaria de Gobierno tiene como base y finalidad programática, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, y en tal sentido se ha comprometido solemnemente a realizar las necesarias reformas de carácter político, económico y social para lograrlo, y

 

         Que la función primordial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos consiste en promover la observancia y defensa de los derechos humanos en todos los Estados miembros.

 

RESUELVE:

 

         1. Agradecer y felicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por su informe sobre la situación de los derechos humanos en El Salvador.

 

         2. Tomar nota con beneplácito del empeño expresado por el nuevo Gobierno de El Salvador por promover y tutelar el real ejercicio de los derechos humanos de dicho Estado miembro.

 

         3. Expresar su esperanza de que el Gobierno de El Salvador velará por el cumplimiento estricto de las medidas que ha adoptado u ofrecido poner en práctica, al igual que por el de las recomendaciones contenidas en el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con el objeto de permitir el ejercicio efectivo de un régimen de plena vigencia de los derechos humanos.

 

         4. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que continúe observando la situación de los derechos humanos en El Salvador y haga conocer sus conclusiones en su informe al próximo período ordinario de sesiones de la Asamblea General.

 

AG/RES 447

 

ESTATUTO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

 

         LA ASAMBLEA GENERAL,

 

VISTOS:

 

         El proyecto de Estatuto preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos –Pacto de San José de Costa Rica”, y aprobado por la misma durante su 47º período de sesiones celebrado en el mes de junio del presente año (AG/doc.1093/79), y la Exposición de Motivos presentada por la Comisión AG/doc.1093/79 add.1);

 

         El proyecto de Estatuto de la Comisión Interamericana preparado por el Grupo de Trabajo encargado de estudiar los Proyectos de Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (AG/Com.I/doc.22/79), y elevados a consideración de esta Comisión, y

 

CONSIDERANDO:

 

         Que de conformidad con el Artículo 52 de la Carta es atribución de la Asamblea General determinar la estructura y funciones de los órganos de la Organización.

 

         Que se hace necesario un estudio detenido de las normas y procedimientos sobre incompatibilidad que deberían incorporarse al Artículo 8 del Proyecto de Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, elaborado por el mencionado Grupo de Trabajo,

 

RESUELVE:

 

         1. Aprobar el Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (AG/Com.I/doc.22/79 rev.2), y anexo a la presente.

 

         2. Encargar al Consejo Permanente que estudie, a la brevedad posible las normas y procedimientos sobre incompatibilidades que deberían incorporarse al Artículo 8 del Estatuto aprobado por la Asamblea General, y la someta al próximo período de sesiones de la misma, a fin de adoptar la decisión correspondiente.

 

AG/RES 448

 

         ESTATUTO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

 

         LA ASAMBLEA GENERAL,

 

VISTOS:

 

         El proyecto de Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos presentado por la Corte, de conformidad con el Artículo 60 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “Pacto de San José de Costa Rica, el cual fue aprobado por la misma Corte el 14 de septiembre de 1979 (AG/doc.1112/79;

 

         El proyecto de Estatuto de la Corte Interamericana preparado por el Grupo de Trabajo encargado de estudiar los Proyectos de Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (AG/Com.I/doc.27 rev.1), y elevados a consideración de esta Comisión,

 

CONSIDERANDO:

 

         Que de conformidad con el Artículo 52 de la Carta es atribución de la Asamblea General determinar la estructura y funciones de los órganos de la Organización,

 

RESUELVE:

 

         Aprobar el siguiente Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, contenido en esta resolución.

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