III.          PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO

 

 

A.  Revisión del programa general de trabajo

 

 

          El programa general de trabajo de la CIDH tiene como finalidad promover en la forma más amplia posible el conocimiento y observancia de los derechos humanos en los Estados americanos, y llevar a cabo otras actividades encaminadas al más efectivo cumplimiento de su mandato.

 

          Dicho programa ha venido siendo reestructurado y ampliado conforme con las necesidades de la Comisión y con las exigencias que plantean los nuevos problemas relacionados con este campo.  Especialmente en el Quinto y Vigésimo Períodos de Sesiones (octubre de 1962 y diciembre de 1968, respectivamente), se adoptaron acuerdos con base en los cuales la Comisión ha podido adelantar en el estudio de los temas que fueron incluidos originalmente en el programa, así como introducir nuevos estudios.

 

          En el Vigesimoséptimo Período de Sesiones (febrero-marzo de 1972) consideró la conveniencia de revisar nuevamente su programa general de trabajo con la inclusión de los siguientes temas:  a)  la ejecución de las penas y otras medidas restrictivas de la libertad física, y los derechos humanos; y b)  los derechos económicos, sociales y culturales y el desarrollo regional, y acordó:

 

          1.       Llevar a cabo una revisión de su programa general de trabajo.

          2.       Convocar a la subcomisión permanente para que se reúna con anterioridad al próximo período ordinario de sesiones de la Comisión, a fin de examinar dicho programa y formular las recomendaciones que estime pertinentes, teniendo en cuenta las sugerencias hechas por el Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches para la inclusión de los temas arriba citados, y las que le sean formuladas por otros miembros de la Comisión o la Secretaría Ejecutiva.

          Con el propósito de facilitar por parte de la subcomisión permanente el estudio de este asunto, la Secretaría preparó el documento titulado "Programa general de trabajo" (doc.8-29), que incluye una relación de los acuerdos adoptados por la Comisión sobre este programa y, en particular sobre el desarrollo de cada uno de los temas materia del mismo

 

          Como no fue posible a la subcomisión permanente reunirse, correspondió directamente al pleno de la entidad llevar a cabo el examen del estado del programa general de trabajo, en el curso del Vigesimonoveno Período (16 al 27 de octubre), con base en el documento preparado por la Secretaría.

 

          En primer lugar, a propuesta del Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, se acordó incluir en el programa general un nuevo tema:  "El delito político y sus relaciones con el terrorismo", designando como relator del mismo al Dr. Genaro R. Carrió, a quien encomendó la preparación de un estudio que sirva de fundamento para su consideración en el próximo período de sesiones.

 

           También se evaluó la conveniencia de agregar los temas propuestos por el Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches en el Vigesimoséptimo Período, o sea, "La ejecución de las penas y otras medidas restrictivas de la libertad física y los derechos humanos" y "Los derechos económicos, sociales y culturales y el desarrollo regional".

 

          Por otra parte, se observó la necesidad de continuar el estudio de los temas que, como el "derecho a la educación" habían quedado incompletos.  Asimismo se consideró la conveniencia de mantener, con respecto a este programa, un criterio flexible ajustado a la naturaleza del mismo, de manera que sea posible una revisión periódica, pues la Comisión deberá en todo momento perseguir el logro de metas más amplias para el desempeño de su función.

 

          Al tenor de estos criterios se acordó, en el propio período, lo siguiente:

 

          1.          Incluir en el programa general de trabajo el tema titulado "La ejecución de las penas y otras medidas restrictivas de la libertad física, y los derechos humanos" y

 

          2.          Posponer la consideración del tema titulado "Los derechos económicos, sociales y culturales y el desarrollo regional", hasta el próximo período ordinario de sesiones, tomando como base el esquema presentado por el Dr. Abranches (doc.35-29).

 

 

 

B.       Estudio de los diferentes derechos humanos

 

 

a)       El derecho a la educación en América Latina

 

 

          Este tema fue incorporado al programa general de trabajo de la Comisión en el Vigésimo Período de Sesiones (diciembre de 1968) en el cual se designó como relator del mismo al Dr. Mario Alzamora Valdez.

 

          El relator preparó un estudio titulado "El derecho a la educación en América Latina".  Además, en el Vigesimoquinto Período (marzo de 1971) el Dr. Alzamora Valdez hizo una exposición sobre el contenido y propósitos de dicho estudio, habiéndose acordado proseguir con la consideración del tema en el Vigesimosexto Período, una vez que los miembros hubieran tenido tiempo de estudiar dicho documento.

 

          Sin embargo, por ausencia involuntaria del relator durante el vigesimosexto Período (octubre de 1971), la Comisión hubo de posponer nuevamente el estudio de este tema.

 

          Finalmente en el Vigesimoséptimo Período (febrero-marzo, 1972), la Comisión inició el estudio de la materia con base en el documento del relator, y acordó, además de felicitar al mismo por su valioso trabajo, solicitarle que se sirviera incluir en su estudio un capítulo de conclusiones y someter el mismo a la consideración de la Comisión en su próximo período ordinario de sesiones, con miras a trasmitir el mencionado documento a los Ministros de Educación de los gobiernos de los Estados miembros de la Organización, dándole la mayor publicidad posible.

 

          Por lo que hace al contenido del informe, éste se divide en una introducción y seis capítulos que, en resumen, tratan las siguientes materias:  los derechos humanos y el derecho a la educación (Capítulo I); el reconocimiento del derecho a la educación en los países de América Latina (Capítulo II); los fines de la educación (Capítulo III); los principios democráticos de la educación (Capítulo IV); que abarca los problemas de la igualdad y de la libertad como elementos esenciales para alcanzar un desarrollo en este campo; los grados de la educación (Capítulo V) y, un Capítulo VI sobre el "derecho a la cultura", en el cual, luego de afirmar que "el medio que conduce a la cultura es la educación", el relator examina la situación de este derecho a la luz de las legislaciones de los países americanos.  Cabe señalar, además que el documento está complementado con estadísticas que reflejan la situación de la educación en América Latina y la magnitud del problema que el desarrollo de este derecho implica en dicha región.

 

          En el Vigesimonoveno Período (16 al 27 de octubre) la Comisión, al examinar este tema y, teniendo en cuenta que era necesario designar un nuevo relator (por ausencia definitiva del Dr. Mario Alzamora Valdez) acordó designar como nuevo relator al Sr. Robert Woodward quien ofreció completar el estudio sobre esta materia, y posponer la consideración del mismo hasta el próximo período de sesiones, una vez que el Sr. Woodward hubiese coordinado con el Dr. Alzamora Valdez la prosecución de los trabajos sobre la materia y, someter un capítulo de conclusiones al documento básico sobre el tema.

 

 

b)       El desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos humanos

 

 

          La Comisión acordó incluir este tema como parte de su programa general de trabajo en el curso de su Vigesimocuarto Período de Sesiones (octubre de 1970) y designó al Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches como relator, encomendándole la preparación de un informe preliminar sobre la materia a fin de poder examinar sobre bases más concretas el contenido y alcance de dicho tema.

 

          En cumplimiento de este encargo el Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches sometió a la consideración de la Comisión, en el Vigesimoquinto Período de Sesiones (marzo de 1971), un esquema sobre las materias que comprendería el informe preliminar.

 

          En el Vigesimoséptimo Período (febrero-marzo de 1972), el relator presentó el mencionado informe preliminar titulado "El desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos humanos en los Estados americanos", que se compone de una introducción y once capítulos, en los cuales se examinan los progresos logrados por la civilización en el campo de la física nuclear, la bioquímica, la medicina, la electrónica, la industria y las comunicaciones y medios de información, en general, y su incidencia en el campo de los derechos humanos.  Además, en dicho informe el relator formula varias conclusiones y recomendaciones que podrían hacerse a los gobiernos de los Estados miembros de la OEA y a otras entidades, a fin de que suministren a la CIDH informaciones sobre este tema y, e especial, legislación, decisiones judiciales y administrativas y proyectos de ley que tengan relación con los aspectos antes citados.

 

          Por otra parte la Comisión tomó conocimiento en dicho período del documento titulado "Desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos humanos", preparado por el Dr. Mario Alzamora Valdez4, en el cual se examinan algunos aspectos del tema como son:  la polución y el derecho a la vida y a la salud; las explosiones nucleares y los daños que acarrean; derecho a la libertad de información, opinión, exposición y difusión del pensamiento; violación del secreto de las comunicaciones; publicidad de la vida familiar y personal; atentados contra la inviolabilidad de la persona humana por el uso de medios mecánicos y químicos y, medios anticonceptivos con el fin de restringir la natalidad en obediencia a cánones malthusianistas.      

 

La Comisión acordó, aparte de felicitar al relator por el informe preliminar, posponer hasta el Vigesimonoveno Período de Sesiones la consideración del tema, y designar al relator como observador a la reunión de la CACTAL que habrá de celebrarse en Brasilia del 12 al 19 de mayo de 1972.

 

De conformidad con dicho acuerdo la Comisión continuó la consideración de este tema en el Vigesimonoveno Período de Sesiones (16 al 27 de octubre de 1972), con base en los estudios antes citados.

 

El relator hizo una breve exposición sobre el contenido y alcances de su informe, reiterando que el objeto principal del mismo es hacer un inventario sobre las principales materias que podrían ser tratadas en informes o estudios especiales.  Insistió, además en la necesidad de que la Comisión iniciara relaciones de cooperación con organismos del sistema interamericano que también llevan a cabo estudios sobre estas materias, especialmente con la Comisión Interamericana de Energía Nuclear, cuyo comité jurídico podría facilitar datos e informes que serían provechosos para la futura consideración del desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos humanos.  Finalmente, informó que la Conferencia de la CACTAL (Brasilia - 12 al 19 de mayo de 1972), a cuyas sesiones no había podido asistir, había dedicado su atención a otros problemas distintos de los contemplados en su informe preliminar, con excepción del medio ambiente.

 

En conclusión, propuso que la Comisión en el presente período, dedicara su atención a los puntos I y II de las conclusiones del informe preliminar (doc.33-27), referentes a solicitar de los gobiernos de los Estados miembros informaciones sobre leyes, fallos o decisiones judiciales o administrativas, relacionadas con las materias del informe preliminar (punto I) y, solicitar al CIECC, a la OPS y a la CIEN, por intermedio del Secretario General de la Organización, que suministren a la CIDH los informes pertinentes sobre el tema (punto II).

 

En vista de lo anterior, la Comisión acordó encomendar al relator que, teniendo en cuenta el estudio preparado por el Dr. Mario Alzamora Valdez (doc.29-27) preparara un cuestionario pertinente al punto I, y posponer la consideración del punto II.

 

El relator sometió a la consideración de la Comisión el mencionado cuestionario precedido de una nota explicativa (doc.33-29), el cual sería transmitido a los gobiernos de los Estados miembros de la Organización.

 

          La Comisión acordó posponer la consideración del tema y, específicamente, del cuestionario contenido en el documento 33-29, hasta su próximo período de sesiones.

 

 

c)          Agotamiento de los recursos internos

 

 

El tema se incorporó en el programa general de trabajo durante el Vigésimo Período de Sesiones (diciembre de 1968), designándose como relator del mismo al Dr. Gabino Fraga.

 

En el Vigesimosexto Período de Sesiones (octubre-noviembre de 1971), en vista de que el relator no había podido terminar el estudio del tema, se pospuso su consideración.

 

En el Vigesimoctavo Período de sesiones (mayo de 1972), el relator presentó el documento titulado El agotamiento de los recursos internos previos a la acción internacional (doc.19-28), indicando que se trataba de un informe preliminar que sería complementado con un documento relativo al derecho positivo americano.

 

También en el Vigesimoctavo Período la Comisión tomó conocimiento del documento "O esgotamento dos recursos da jurisdição interna no sistema interamericano de proteção dos direitos humanos", preparado por el Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, como una contribución al estudio de este importe tema.

 

En dicho período la Comisión acordó:  felicitar al relator por el estudio preparado, posponiendo la consideración del mismo hasta que el Dr. Gabino Fraga presentara la parte correspondiente al derecho positivo americano.  Asimismo acordó que el Dr. Fraga en dicha parte tuviera en cuenta la contribución del Dr. Dunshee de Abranches.

 

En el Vigesimonoveno Período de Sesiones (16 al 27 de octubre de 1972), la Comisión consideró nuevamente el tema del agotamiento de los recursos internos y acordó en síntesis, lo siguiente;

 

1.          Posponer la consideración de la parte doctrinaria del tema hasta que el relator, Dr. Gabino Fraga, haya presentado la segunda parte de su informe, relativo al derecho positivo americano y,

2.          Posponer hasta el próximo período de sesiones la consideración del proyecto de programa de celebración de un seminario sobre agotamiento de recursos internos, presentado por el Dr. Justino Jimenez de Aréchaga (doc.5-29)

 

d)          El derecho de sufragio en América

 

 

Este es uno de los temas que la Comisión ha venido considerando desde el comienzo de sus actividades (octubre de 1960), en forma periódica, por su importancia y estrecha relación con el ejercicio efectivo de la democracia representativa.

 

El relator el tema, Profesor Manuel Bianchi, ha sometido a la consideración de la Comisión cuatro informes titulado "Los derechos humanos y el derecho de sufragio en América" en el curso del Quinto, Decimoctavo, Vigésimo y Vigesimoprimer Períodos de Sesiones, celebrados en octubre de 1962, abril y diciembre de 1968 y abril de 1969, respectivamente, orientados a mostrar los progresos alcanzados por los Estados americanos en lo que respecta a este derecho consagrado en el Artículo XII de la Declaración Americana.  Dichos informes han sido transmitidos a los gobiernos de los Estados miembros de la Organización.

 

En su cuarto informe el relator se concretó a examinar las diferencias existentes en las legislaciones americanas sobre derecho de sufragio, y la tendencia existente en estos países, en los últimos años, a aminorar dichas diferencias, en particular, la edad, condiciones para votar, y discriminación en razón de sexo, color, etc.

 

En el Vigesimonoveno Período (octubre de 1972), el relator presentó un breve informe verbal sugiriendo que, en vista de estarse operando cambios de importancia en el contenido y ejercicio de este derecho en varios países americanos y, hallarse suprimido o suspendido en otros, la Comisión pospusiera el examen del mismo hasta su próximo período de sesiones.

 

Atendiendo a la recomendación del relator la Comisión acordó posponer el estudio de este tema hasta su próximo período de sesiones.

 

 

e)  Enseñanza y difusión de los derechos humanos

 

 

1.Seminarios sobre derechos humano.

   Seminario sobre libertad sindical

 

 

La Comisión acordó en su Vigesimocuarto Período de Sesiones (13 al 22 de octubre de 1970), llevar a cabo un seminario a nivel de expertos, sobre el tema "Libertad Sindical" (que forma parte de su programa general de trabajo) tomando como documento básico para dicho seminario, el estudio preparado por el relator de dicho tema, Dr. Justino Jimenez de Aréchaga, titulado "Primer informe acerca a la libertad sindical", que fuera sometido a la consideración de la Comisión en ese período de sesiones.

 

En su Vigesimosexto Período de Sesiones (octubre-noviembre de 1971), la Comisión aprobó las "Bases para la celebración del seminario sobre libertad sindical"5, según las cuales el mismo habría de celebrarse en Caracas, con los auspicios del Gobierno de Venezuela, en junio o julio de 1972.

 

Sin embargo dicha fecha hubo de aplazarse por diversas razones, ampliándose los plazos para que los gobiernos de los Estados miembros pudiesen acreditar sus participantes y autorizándose al Presidente y al Secretario ejecutivo, para que continuaran las gestiones necesarias para llevar a efecto el seminario.

 

En el informe del Secretario Ejecutivo (doc.15-29) presentado a la Comisión en el curso del vigesimonoveno Período de Sesiones se informó detenidamente sobre las gestiones efectuadas tanto con el Gobierno de la República de Venezuela y los demás gobiernos de los Estados miembros de la organización, para celebrar el seminario sobre libertad sindical.

 

Asimismo, en el informe de la Secretaría, consta que además del documento básico del seminario preparado por el Dr. Justino Jimenez de Aréchaga (doc.2-24), publicado en los cuatro idiomas oficiales de la Organización, la Secretará publicó la legislación y jurisprudencia pertinente al derecho laboral, remitida por los participantes en el seminario, como material de referencia para los trabajos del mismo.

 

El Secretario Ejecutivo informó que hasta esa fecha trece (13) Estados miembros habían enviado sus ternas de participantes y que tres (3) Estados habían manifestado que no asistirían al mismo.

 

En vista de lo anterior la Comisión acordó, dirigirse cablegráficamente a los gobiernos de los Estados americanos que aún no habían enviado sus ternas, invitándoles a hacerlo en el plazo más breve posible.

 

Finalmente, la Comisión llevó a cabo el Seminario sobre Libertad Sindical, previsto, en la ciudad de Caracas del 6 al 10 de noviembre de 1972, con asistencia de participantes de los siguientes países:  Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Estados Unidos, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

 

El seminario, tomando en cuenta el documento básico (2-24), que fue aprobado en todas sus partes, y los comentarios, observaciones y recomendaciones de sus participantes, aprobó el documento titulado "Informe del Seminario sobre Libertad Sindical"  (OEA/Ser.L/V/IV; LS doc.29, rev.1, de 1º de noviembre de 1972) con conclusiones sobre la materia solicitando del Secretario General de la Organización que transmitieran dicho documento, a título informativo, a la Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo, a celebrarse en Argentina a partir del 17 e noviembre de 1972.

 

 

ii.          Programa de Becas "Rómulo Gallegos"

 

 

En su Vigesimosexto Período de Sesiones (octubre-noviembre de 1971), la Comisión aprobó, dentro del campo de la enseñanza y difusión de los derechos humanos de su programa general de trabajo, el programa de becas "Rómulo Gallegos"6 que tiene "por objeto ofrecer a los gobiernos de los Estados miembros de la Organización asesoramiento técnico en el campo de los derechos humanos, brindando la oportunidad de que personas expertas en la materia y/o funcionarios gubernamentales que, en razón de sus actividades, deban intervenir en cuestiones relativas al ejercicio y/o protección de tales derechos, puedan llevar a cabo estudios de especialización en este campo".

 

En el Vigesimoséptimo Período (febrero-marzo de 1972), la comisión consideró el estado de las gestiones efectuadas para llevar a cabo este importante programa.  En este período, el Secretario Ejecutivo informó que el Presidente de la Comisión, de conformidad con el Artículo II de las bases del programa, se había dirigido en fecha 7 de enero de 1972, a los representantes en el Consejo Permanente de la OEA, notificándoles el programa e invitándoles para que sus respectivos gobiernos participen en el mismo y presenten sus candidatos, sin que hasta la fecha se hubiese recibido ninguna solicitud.

 

En vista de lo anterior, la Comisión estimó que debería llevarse a cabo una mayor promoción de este programa, especialmente en los medios universitarios de cada país americano y, en consecuencia, acordó solicitar de su Secretaría que en lo posible haga circular en las universidades de cada país americano las bases del programa de becas "Rómulo Gallegos".

 

 

iii.          Concurso sobre derechos humanos

 

 

En el Vigesimosexto Período de Sesiones (octubre-noviembre de 1971) la Comisión acordó, con base en una proposición del Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, llevar a cabo un concurso sobre derechos humanos con el objeto de promover estos derechos en los países americanos estimulando, mediante uno o más premios, el esfuerzo de jóvenes estudiantes interesados en la materia.  En el propio período encomendó al Dr. Abranches que en calidad de relator, preparara un proyecto de bases para dicho concurso.

 

El relator presentó el referido proyecto en el curso del Vigesimoséptimo Período de Sesiones (febrero-marzo de 1972), y la Comisión aprobó las bases del concurso7.  Sin embargo quedó pendiente lo relativo al premio o premios, así como la aprobación del tema o temas del mismo, según dispone el Artículo III de estas bases.

 

En el Vigesimonoveno Período de Sesiones (6 al 22 de octubre de 1972) la Comisión tomó conocimiento del estado en que se encuentra la celebración del concurso y acordó continuar considerando este asunto en su próximo período de sesiones, con respecto a los premios y temas del concurso, sin perjuicio de que la Secretaría prosiga promoviendo el mismo en los Estados miembros de la OEA.


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4 OEA/Ser.L/V/II.27, doc. 29.

5OEA/Ser.L/V/II.26, doc.3, rev.1.

6OEA/Ser.L/V/II.26, doc.5, rev.1.

7OEA/Ser.L/V/II.27, doc.43 rev.