INFORME N° 75/02

CASO 11.140

FONDO

MARY Y CARRIE DANN

ESTADOS UNIDOS (**)

27 de diciembre de 2002

 

 

I.         RESUMEN

 

         1.         La petición en el presente caso fue interpuesta ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ("la Comisión") contra los Estados Unidos de América ("el Estado" o "Estados Unidos") el 2 de abril de 1993 por los señores Steven M. Tullberg y Robert T. Coulter del Indian Law Resource Center ("los peticionarios").  La petición fue presentada en nombre de Mary y Carrie Dann, hermanas y ciudadanas de los Estados Unidos (las "hermanas Dann" o "las Dann").

 

         2.         En la petición y posteriores observaciones se alega que Mary y Carrie Dann son integrantes del pueblo indígena Western Shoshone, que viven en una hacienda en la comunidad rural de Crescent Valley, Nevada.  De acuerdo con la petición, su tierra y la tierra del grupo indígena que integran, el grupo Dann, forma parte de un territorio ancestral del pueblo Western Shoshone y que las Dann y otros miembros de este pueblo están actualmente en posesión y realizan un uso real de esas tierras.  Los peticionarios también sostienen que el Estado ha interferido en el uso y la ocupación de las tierras ancestrales de las Dann por presuntamente haberse apropiado de las tierras como bien federal a través de un procedimiento injusto ante la Comisión de Reivindicaciones Indígenas (“Indian Claims Commission” o “ICC”), al retirar y amenazar con retirar físicamente el ganado de las Dann de sus tierras y al permitir o condonar actividades de prospección aurífera dentro del territorio tradicional de los Western Shoshone. Sobre la base de estas circunstancias, los peticionarios alegan que el Estado es responsable de la violación de los Artículos II, III, VI, XIV, XVIII y XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre ("la Declaración Americana").

 

         3.         El Estado niega haber violado los derechos de las Dann consagrados en la Declaración Americana.  Por el contrario, el Estado sostiene que las cuestiones planteadas por los peticionarios no comportan violación de los derechos humanos sino que refieren a un prolongado litigio por el título y el uso de las tierras que han sido y siguen siendo objeto de detenida consideración por los tres poderes del gobierno de los Estados Unidos.  A este respecto, el Estado sostiene que las Dann poseen el título, la propiedad y la posesión de las tierras que constituyen su hacienda en Nevada, que fue registrada por su padre, que el Estado nunca ha intentado retirar a las Dann de su hacienda y que, en tanto las Dann cumplan con los requisitos de la Oficina de Administración de Tierras, tienen derecho a un permiso de pastoreo de su ganado en tierras públicas.  En cuanto al territorio tradicional de los Western Shoshone, en términos más generales, el Estado sostiene que las Dann y otros Western Shoshone perdieron todo interés en las tierras en cuestión en 1872 a raíz del emplazamiento de estadounidenses no nativos, y que su determinación fue debidamente formulada a través de procedimientos imparciales ante la ICC, organismo cuasi judicial establecido por los Estados Unidos con el preciso propósito de determinar en torno a cuestiones de reivindicaciones de tierras indígenas.  Por último, el Estado sostiene que la ICC otorgó a los Western Shoshone US$ 26.145.189,89 como indemnización por la pérdida de sus tierras, sobre la base de valores de 1872, cantidad que ha sido mantenida en fideicomiso por la Secretaría del Interior hasta que se acordase un plan de distribución  con los Western Shoshone.

 

         4.         En el informe N° 99/99 aprobado por la Comisión el 27 de setiembre de 1999 en el curso del 104° período ordinario de sesiones, ésta decidió admitir los reclamos de la petición y proceder a la consideración de los méritos de la misma.

 

         5.         En el presente informe, habiendo examinado las pruebas y los argumentos presentados en nombre de las partes en el curso de las actuaciones, la Comisión concluyó que el Estado no ha garantizado el derecho de las Dann a la propiedad, en condiciones de igualdad, en contravención de los Artículos II, XVIII y XXIII de la Declaración Americana, en relación con sus reivindicaciones de los derechos de propiedad en las tierras ancestrales de los Western Shoshone.

 

II.      ACTUACIONES ANTE LA COMISION

 

A.         Observaciones de las partes

 

         6.         Al recibir la petición, el 7 de abril de 1993, la Comisión decidió iniciar un caso en virtud del Artículo 34 de su Reglamento anterior [1] , remitió las partes pertinentes de la petición a Estados Unidos por carta de la misma fecha y le solicitó que brindara a la Comisión la información que considerara pertinente, dentro de un plazo de 90 días a partir de recibida la solicitud.

 

         7.         Por comunicación a la Comisión del 27 de agosto de 1993, el Estado solicitó una prórroga del plazo hasta el 10 de setiembre de 1993 para presentar una respuesta a la petición.  La Comisión, en nota del 7 de setiembre de 1993, accedió a lo solicitado por el Estado.

 

         8.         El  9 de setiembre de 1993, Estados Unidos remitió a la Comisión sus observaciones sobre la petición.  El 22 de setiembre de 1993, la Comisión remitió la partes pertinentes de las observaciones del Estado a los peticionarios pidiéndoles una respuesta dentro de los 45 días.  Por nota a la Comisión del 2 de noviembre de 1993, los peticionarios solicitaron prórroga del plazo hasta el 14 de diciembre de 1993 para responder a las observaciones del Estado.  La Comisión accedió a lo solicitado por los peticionarios el 3 de noviembre de 1993.

 

         9.         Por notas fechadas el 2 de diciembre de 1993 y el 3 de enero de 1994, los peticionarios remitieron a la Comisión su respuesta a las observaciones presentadas por el Estado el 9 de setiembre de 1993.  La Comisión envió las partes pertinentes de la respuesta de los peticionarios al Estado el 6 de enero de 1994, pidiendo el envío de la información dentro de los 30 días.  En una comunicación del 4 de febrero de 1994, el Estado solicitó prórroga del plazo hasta el 3 de marzo de 1994 para responder a la réplica de los peticionarios, y el 3 de marzo de 1994, el Estado envió a la Comisión observaciones adicionales sobre la petición y solicitó una nueva extensión hasta el 4 de abril de 1994 para concluir su examen de la materia y remitir una respuesta adecuada.  Por comunicación del 5 de abril de 1994, el Estado pidió una nueva prórroga del plazo hasta el 18 de abril de 1994 para responder a la réplica de los peticionarios del 22 de diciembre de 1993, y el 18 de abril, el Estado remitió a la Comisión las observaciones adicionales sobre la respuesta de los peticionarios.  La Comisión remitió las partes pertinentes de las comunicaciones  del Estado a los peticionarios.  El 4 de mayo de 1994, los peticionarios solicitaron  extensión del plazo para responder a las observaciones del Estado, en base a los empeños que estaban desplegando las Dann y Estados Unidos para resolver la caso.

 

         10.         El 10 de octubre de 1996 la Comisión convocó a una audiencia sobre las reivindicaciones planteadas en la petición.  Los representantes de los peticionarios y del Estado asistieron a la audiencia y formularon exposiciones sobre la admisibilidad y los méritos de las reivindicaciones de las Dann.  Además, por comunicación del 28 de febrero de 1997, Estados Unidos presentó respuestas escritas a las diversas cuestiones planteadas en el curso de la audiencia ante la Comisión.  Estas respuestas escritas fueron posteriormente remitidas a los peticionarios por carta del 10 de marzo de 1997.

 

         11.          En el informe N° 99/99, aprobado por la Comisión el 27 de setiembre de 1999 en el curso del 104° período ordinario de sesiones, la Comisión decidió admitir las reivindicaciones presentadas en la petición y proceder a la consideración de los méritos de la queja.

 

         12.         En comunicación del 23 de marzo de 2000, recibida por la Comisión en la misma fecha, los peticionarios presentaron a ésta un documento titulado "Información de los peticionarios sobre los méritos del caso".  La Comisión remitió las partes pertinentes de esta comunicación al Estado por nota del 27 de marzo de 2000, solicitando sus observaciones dentro de los 30 días.

 

         13.         Por nota del 9 de mayo de 2000, el Estado pidió una prórroga de 45 días para presentar su respuesta a la información complementaria de los peticionarios, y en una comunicación posterior, del 18 de mayo de 2000, la Comisión accedió a lo solicitado por el Estado.  A la fecha del presente informe, la Comisión no ha recibido ninguna nueva observación del Estado sobre la petición.  

 

         B.         Medidas cautelares

 

         14.         En carta del 16 de agosto de 1993, los peticionarios informaron a la Comisión que el Estado había publicado un aviso el 3 de agosto de 1993 en el que se afirmaba que la Oficina de Administración de Tierras de los Estados Unidos (“U.S. Bureau of Land Management” o “BLM”) se proponía acorralar todo el ganado en una porción de las tierras ancestrales de los Western Shoshone descrita como "los loteos de South Buckhorn, Geyser, Scott's Gulch, Thomas Creek y Safford County del Distrito Elko y porciones del loteo de Argenta y Carico Lake, en el Distrito de Battle Mountain".  En su carta, los peticionarios afirmaban que las Dann habían realizado el pastoreo de su ganado en las tierras durante generaciones y que Estados Unidos probablemente se proponía vender el ganado incautado perteneciente a las Dann y al Consejo Nacional de los Western Shoshone.  En tales circunstancias, los peticionarios argumentaban que esto sería devastador para las Dann y constituía una nueva injusticia  que se sumaba a las ya cometidas contra ellas por el Estado.  Sobre esta base, los peticionarios solicitaron que la Comisión ordenara medidas cautelares en virtud del Artículo 29(2) del Reglamento anterior de la Comisión.

 

         15.         El 7 de setiembre de 1993, la Comisión escribió a Estados Unidos y le informó de la comunicación informativa de los peticionarios el 16 de agosto de 1993.  En su comunicación, la Comisión pedía al Estado que suspendiera su intención de incautar todo el ganado perteneciente a las Dann hasta que se resolviera el caso.

 

         16.         Posteriormente, por nota del 27 de febrero de 1998, los peticionarios volvieron a pedir que la Comisión ordenara medidas cautelares en virtud del Artículo 29(2) del Reglamento anterior de la Comisión para evitar un daño inmediato, grave e irreparable a las Dann.  Los peticionarios afirmaron que el 19 de febrero de 1998  la BLM había publicado nuevamente una serie de avisos y órdenes, por las cuales declaraba que las Dann y otros indígenas Western Shoshone estaban invadiendo las tierras, les ordenó que retiraran todo el ganado y bienes de las tierras y los amenazó con multas, penas de penitenciaría, la incautación del ganado y la confiscación de sus bienes, si no cumplían dichas órdenes.  Sobre esta base, y dado que esta acción agresiva del Gobierno presuntamente constituiría una nueva amenaza a la supervivencia económica y cultural de las Dann y de los Western Shoshone, los peticionarios afirmaban que existía una necesidad urgente de que la Comisión ordenara medidas cautelares.

 

         17.         En una comunicación al Estado del 6 de marzo de 1998, la Comisión reiteró su pedido anterior de que el Estado suspendiera toda medida de incautar o confiscar los bienes de las Dann hasta que la Comisión investigara los hechos alegados.

 

         18.         Posteriormente, los peticionarios informaron a la Comisión, por carta del 16 de julio de 1998, que, pese a la reiteración del pedido de la Comisión al Estado, la BLM seguía impulsando su acción por "invasión de propiedad" contra las Dann y otros integrantes de la nación Western Shoshone.  Los peticionarios indicaron, en particular, que el 2 de abril de 1998 la BLM impartió nuevas órdenes y decisiones contra las Dann, por las que les ordenaba a éstas retirar el ganado de parte de la tierra en litigio y pagar una multa de US$ 288.191,78 por presuntos pastoreos sin autorización.  Los peticionarios, por tanto, reiteraron su pedido de que la Comisión ordenase medidas cautelares contra las acciones del Estado.

 

         19.         En nota del 5 de agosto de 1998, el Estado respondió a la comunicación de la Comisión del 6 de marzo de 1998 declarando, entre otras cosas, que "por respeto a la Comisión, el Departamento de Estado había iniciado un diálogo interinstitucional con los organismos federales pertinentes para seguir considerando el pedido de la Comisión.  Sin embargo, entre tanto, Estados Unidos no interferiría con el curso normal de la ley".

 

         20.         Por comunicación del 3 de junio de 1999, los peticionarios informaron a la Comisión que, pese a los pedidos anteriores de ésta de que el Estado suspendiera su acción contra las Dann, los funcionarios federales seguían haciendo cumplir las medidas impartidas contra las Dann y otros integrantes de los Western Shoshone.  Los peticionarios también afirmaron que en un intento de defenderse contra estas medidas, las Dann habían apelado la decisión de la BLM contra ellas, de acuerdo con el procedimiento administrativo interno pertinente y que el 18 de diciembre de 1998 la BLM dictaminó en contra de aquéllas.  Además, los peticionarios indicaron que las Dann se reunieron con funcionarios de la BLM el 28 de enero de 1999, oportunidad en que las Dann fueron invitadas a presentar una propuesta de acuerdo transitorio.  Cuando las Dann posteriormente presentaron una propuesta, el 28 de marzo de 1999, ésta habría sido presuntamente rechazada por una contraoferta de los funcionarios en términos que en esencia reiteraban la posición previa de la BLM, a saber, que los Western Shoshone ya no tenían derecho a sus tierras ancestrales. 

 

         21.         En su comunicación del 3 de junio de 1999, los peticionarios indicaron también que apenas dos días después de que las Dann recibieran la respuesta de la BLM a su propuesta, dicha Oficina impartió un "aviso de intención de incautación" de "todo ganado no autorizado en pastoreo en tierras del Estado" y que el aviso establecía que se podía proceder a la incautación sin nuevo aviso a partir de los cinco días de la publicación del mismo, dentro de un período de 12 meses.  En base a estos hechos, los peticionarios solicitaron que la Comisión impartiera medidas  cautelares para evitar que se materializara la intención del Estado de incautar los bienes de las Dann.

 

         22.         La Comisión, en una nota del 28 de junio de 1999, remitió al Estado las partes pertinentes del escrito de los peticionarios del 3 de junio de 1999 y le solicitó, de acuerdo con el Artículo 29(2) del Reglamento anterior de la Comisión, que adoptara medidas cautelares para suspender su intención de incautar el ganado de las Dann hasta que la Comisión tuviera la oportunidad de investigar cabalmente las reivindicaciones planteadas en la petición.

 

         23.         Por comunicación del 9 de agosto de 2000, recibida por la Comisión el 10 de agosto de 2000, los peticionarios presentaron a la Comisión un pedido de medidas cautelares adicionales.  De acuerdo con los peticionarios, recientemente se habían presentado dos proyectos de ley ante el Congreso de Estados Unidos, la Ley de Administración de Tierras Públicas de Nevada de 1999 ("el proyecto de ley de Tierras Públicas de Nevada") y la ley de distribución de derechos de los Western Shoshone ("el proyecto de ley de distribución").  De acuerdo con los peticionarios, el proyecto de ley de tierras públicas de Nevada autorizaría a la Secretaría del Interior de Estados Unidos a disponer de las tierras "públicas" en el Estado de Nevada vendiéndolas en licitación abierta para la minería, la ganadería y otros intereses privados.  El proyecto de ley de Distribución autorizaría a la Secretaría del Interior de Estados Unidos a realizar una distribución per cápita de los fondos otorgados por la ICC para hacer caducar sus derechos a las tierras ancestrales de los Western Shoshone.  Los peticionarios afirmaron que esta legislación, de aprobarse, autorizaría la entrega a intereses privados de tierras que incluían aquellas utilizadas y ocupadas por las Dann y que autorizaría la distribución de los fondos otorgados por la ICC pero nunca aceptados por el pueblo Western Shoshone.  Los peticionarios también sugirieron que existía la posibilidad de que estos dos proyectos de ley fueran aprobados durante la legislatura actuante  en ese momento.  Además, los peticionarios sostuvieron que la legislación propuesta causaría un daño irreparable a la supervivencia cultural, física y económica de las Dann y a su capacidad de seguir planteando la propia reivindicación interpuesta ante la Comisión.

 

         24.         En una nota del 18 de agosto de 2000, la Comisión remitió al Estado las partes pertinentes de la comunicación de los peticionarios del 9 de agosto de 2000 y, sin perjuicio de la posible adopción de medidas cautelares, solicitó que el Estado adoptara las medidas que considerara necesarias para que la Comisión pudiera recibir dentro de un plazo de 20 días la información que el Estado considerara pertinente sobre el pedido de los peticionarios.  Por comunicación del 19 de octubre de 2000 al Estado, la Comisión reiteró su pedido de información del 18 de agosto de 2000 en relación con la solicitud de los peticionarios de medidas cautelares adicionales, y le pidió una respuesta dentro de un plazo de 20 días.

 

         25.         El Estado, en nota del 4 de diciembre de 2000, envió a la Comisión una respuesta a su comunicación del 19 de octubre de 2000, en la que aquel indicaba que la legislación referida por los peticionarios habría sido presentada ante el Congreso pero que no se había adoptado medida sustancial alguna y que no se preveía su adopción en el curso de esa legislatura.  El Estado también afirmó que, aún de aprobarse, ninguno de los proyectos de ley causaría un daño irreparable a las hermanas Dann y, por tanto, que su pedido de medidas cautelares carecía de fundamento de hecho o de derecho.  Por comunicación del 11 de diciembre de 2000, la Comisión remitió las partes pertinentes de la respuesta del Estado a los peticionarios, solicitándoles una contestación dentro de los 30 días.  Posteriormente, en carta del 11 de enero de 2001, los peticionarios presentaron a la Comisión  sus observaciones respecto de la contestación del Estado del 4 de diciembre de 2000, en la que afirmaban que el Estado no había ofrecido ninguna respuesta sustancial a su pedido de medidas cautelares y reiteraban su solicitud a la Comisión de que reclamase al Estado que suspendiera toda acción en relación con el proyecto de ley de tierras públicas de Nevada y el proyecto de ley de distribución.

 

         C.         Solución amistosa

 

         26.         En su informe de admisibilidad N° 99/99 del 27 de setiembre de 1999 sobre esta materia, la Comisión se puso a disposición de las partes, en virtud del Artículo 45(1) del Reglamento anterior de la Comisión, a los efectos de procurar una solución amistosa del caso.

 

         27.         Por carta del 25 de octubre de 1999 dirigida a la Comisión, los peticionarios reiteraron su voluntad de entablar un proceso de solución amistosa con los Estados Unidos, con los auspicios de la Comisión.  Sin embargo, en ausencia de un acuerdo del Estado, los peticionarios indicaron que solicitarían que la Comisión procediera a evaluar los méritos de la petición  y a dictaminar al respecto.  En nota del 1 de noviembre de 1999, la Comisión remitió al Estado la comunicación de los peticionarios del 25 de octubre de 1999, solicitando una respuesta dentro de los 30 días.

 

         28.         En carta del 15 de junio de 2000, recibida por la Comisión el 16 de junio de 2000, los peticionarios solicitaron una audiencia en el siguiente período de sesiones o, en su defecto, una conferencia oficiosa con Estados Unidos y con un representante de la Comisión para explorar la posibilidad de un arreglo.  Por notas del 19 de setiembre de 2000, la Comisión informó a las partes que había decidido acceder a la solicitud de los peticionarios de celebrar una conferencia oficiosa para explorar la posibilidad de una solución del caso y que la misma se celebraría el 6 de octubre de 2000, en la sede de la Comisión, en Washington.

 

         29.         Por comunicación del 3 de octubre de 2000, los peticionarios confirmaron su asistencia a la reunión del 6 de octubre de 2000 en Washington, y presentaron un "resumen de la información pertinente sobre la posición y propuesta de los peticionarios" para la reunión.  También por carta del 3 de octubre de 2000, el Estado informó a la Comisión que aún no había concluido los preparativos de la reunión, que incluían intensas consultas con otros organismos del gobierno, y que solicitaba la postergación de la reunión.  La Comisión decidió celebrar la reunión del 6 de octubre de 2000, que estuvo presidida por el miembro de la Comisión Peter Laurie y a la que asistieron la Sra. Carrie Dann y sus representantes, los señores James Anaya, James Stroud y Steven Tullberg.  A la fecha del presente informe, la Comisión no ha recibido ninguna otra solicitud de las partes para facilitar una solución amistosa del caso.

 

         D.         Amici curiae

 

         30.         El 9 de diciembre de 1997, el abogado Thomas E. Luebben Esq. solicitó autorización para intervenir en apoyo de las actuaciones de las Dann ante la Comisión, en nombre de la tribu Yomba Shoshone, otra tribu de la nación Western Shoshone.  Además, por carta del 17 de marzo de 1998, los peticionarios solicitaron que la Comisión permitiera que la tribu Yomba Shoshone interviniese en apoyo del caso de las Dann como co-peticionario.  El 22 de setiembre de 1998, la tribu Yomba Shoshone remitió una nota informativa a la Comisión que sostienen respalda la posición de las Dann, y, por comunicación del 27 de setiembre de 1999, los representantes de la tribu Yomba aclararon que deseaban que su participación en las actuaciones se considerase en carácter de amicus curiae.

 

         31.         Por cartas del 24 y 27 de setiembre de 1999, la tribu Ely Shoshone solicitó análogamente autorización para intervenir en el proceso como amicus curiae y, por comunicación del 24 de setiembre de 1999, los peticionarios informaron a la Comisión, en nombre de las Dann, que aceptaban la intervención de las tribus Yomba y Ely en carácter de amici curiae.

 

         32.         Además, por comunicación del 12 de mayo de 2000, recibida por la Comisión el 22 de mayo de ese año, el Consejo Nacional Western Shoshone envió a la Comisión una "nota de amicus" respaldando la posición de las Dann en el caso y posteriormente confirmó, por carta del 31 de julio de 2000, que pretendían intervenir en las actuaciones sólo en carácter de amicus curiae, pero se reservaban el derecho de presentar en el futuro una petición adecuada en relación con las presuntas violaciones de los derechos humanos específicamente en su contra y contra sus ciudadanos.

 

         33.         Análogamente, en una carta del 19 de julio de 2001, el presidente de la tribu Duckworth Shoshone, Michael H. Blackeye, solicitó venia a la Comisión para participar como amicus curiae en las actuaciones de las Dann y adoptó los puntos establecidos y los argumentos formulados en la información de la tribu Yomba Shoshone presentada a la Comisión en setiembre de 1999.

 

         34.         Tras examinar los pedidos de intervención indicados antes y las informaciones relacionadas con los amici, la Comisión consideró que en esencia reiteraban argumentos ya presentados por los peticionarios y en consecuencia no requerían ulterior trámite en estas actuaciones.

 

         III.         POSICION DE LAS PARTES

 

         A.         Posición de los peticionarios

 

         35.         En su petición inicial y en las observaciones posteriores, los peticionarios han sostenido que el Estado es responsable de la violación de los derechos de Mary y Carrie Dann en virtud de los Artículos II (derecho a la igualdad ante la ley), III (derecho a la libertad de religión y culto), VI (derecho a la familia y a su protección), XIV (derecho al trabajo y a una remuneración justa), XVIII (derecho a un juicio imparcial) y XXIII (derecho a la propiedad) de la Declaración Americana, en relación con el uso y ocupación de las tierras ancestrales de los Western Shoshone.

 

         36.         Con respecto a las circunstancias fácticas de sus reivindicaciones, los peticionarios afirman que las Dann son integrantes del pueblo de origen Western Shoshone, que residen en una hacienda en la comunidad rural de Crescent Valley, Nevada.  De acuerdo con la petición, las Dann, conjuntamente con otros miembros de su familia en sentido amplio del grupo Dann, ocupan, usan para la caza y cría de ganado y utilizan de distintas maneras las tierras (las "tierras Dann") que se encuentran dentro del territorio ancestral más amplio del pueblo Western Shoshone.  Este territorio ancestral presuntamente abarca no sólo la hacienda de la que viven las Dann, sino tierras de pastoreo y bienes principalmente en el Estado de Nevada ("las tierras ancestrales de los Western Shoshone").

 

         37.         A este respecto, los peticionarios indican que las relaciones entre los Western Shoshone y el gobierno de Estados Unidos siguen regidas por el Tratado de Ruby Valley de 1863 que fue ratificado por Estados Unidos en 1866 y proclamado el 21 de octubre de 1869 [2] , y que constituye un tratado de paz entre Estados Unidos y el pueblo Western Shoshone.

 

         38.         Los peticionarios sostienen que las Dann han utilizado y ocupado las tierras ancestrales de los Western Shoshone desde tiempo inmemorial y que la hacienda de la familia es el único medio de sustento de las Dann, donde satisfacen todas sus necesidades mediante la venta de ganado, productos agrícolas y vegetales a los Western Shoshone de la vecindad y a ciudadanos no indígenas.

 

         39.         Los peticionarios también afirman que desde 1863 hasta el presente Estados Unidos ha expropiado sistemáticamente porciones de las tierras ancestrales de los Western Shoshone en beneficio del gobierno y de no indígenas, y que, sin suficientes recursos, educación y asistencia letrada, los Western Shoshone tradicionalmente no han podido montar una oposición efectiva al emplazamiento del gobierno y a la erosión de su base agraria.  Con respecto a las tierras de las Dann en particular, los peticionarios sostienen que el uso por ellas de las tierras de los Western Shoshone no fue perturbado ni impugnado hasta comienzos de los años de 1970 en que el gobierno de los Estados Unidos, a través del Departamento del Interior, empezó a adoptar o a amenazar con adoptar medidas para evitar que las Dann y otros Western Shoshone utilizaran y ocuparan las tierras que se encuentran dentro de su territorio ancestral.  De esta manera,  los peticionarios afirman que las Dann son privadas injustamente de su patria ancestral, incluyendo porciones de las que dependen para su supervivencia.

 

         40.         Estas acciones del Estado han incluido la iniciación de acciones por invasión de tierras contra las Dann, exigiendo que las mismas retiren su ganado de las tierras en disputa y paguen multan sustanciales, así como la publicación de avisos de intenciones de incautación respecto del "ganado no autorizado que pastorea en tierras públicas".  También han incluido prospecciones auríferas dentro del territorio ancestral tradicional de los Western Shoshone, que se dice han sido admitidas y toleradas por funcionarios del Estado.  Como parte de esta prospección, las empresas mineras habrían estado cavando en la zona, extrayendo escasos recursos hídricos y empeñándose en asumir la propiedad o el control de la zona por vigencia de la legislación minera estadounidense o por intercambio de tierras con el gobierno de Estados Unidos.  Los peticionarios sostienen que esta actividad minera ya ha afectado el uso por las Dann de sus tierras ancestrales y ha contaminado las aguas subterráneas del Crescent Valley y alrededores, y que la actividad amenaza con daños aún mayores a medida que se extiende a porciones más cercanas a la vivienda de las Dann.

 

         41.         Además, los peticionarios afirman que las Dann y otros miembros de los Western Shoshone se han visto impedidos de la caza para su subsistencia tradicional por acción de funcionarios del Estado de Nevada que habrían recurrido a la negativa de Estados Unidos del título de los Western Shoshone a las tierras ancestrales para negarse a aceptar las prácticas de caza tradicionales de los Western Shoshone.  Los funcionarios del Estado habrían perseguido y arrestado a integrantes del pueblo Western Shoshone, incluyendo a integrantes del grupo Dann, que no cumplían con la legislación y las reglamentaciones del Estado sobre caza.

 

         42.         Como ejemplo de estas actividades, durante la audiencia del 10 de octubre de 1996 ante la Comisión, los peticionarios sostuvieron que Estados Unidos ha incautado y vendido ganado de las Dann en dos ocasiones, 161 equinos en marzo de 1992 y 269 equinos en noviembre de 1992.  Los peticionarios también sostienen que una empresa minera, Oro Nevada Mining Company, reclamaba algunas de las tierras ancestrales de los Western Shoshone en virtud de una ley que permite a las empresas mineras adquirir tierras que pertenecen al gobierno de Estados Unidos.  También se ha dicho que la empresa ha publicado un aviso oficial de que realizaría perforaciones exploratorias en varias zonas de pastoreo de las Dann y que todas las zonas de pastoreo utilizadas por éstas eran objeto de derechos reales para minería aurífera.

 

         43.         De acuerdo con los peticionarios, con estas medidas, el Estado ha recurrido a un dictamen de 1966 de la ICC, un tribunal administrativo establecido por ley por el Estado al amparo de la ley de la ICC para determinar reclamaciones de tierras aborígenes.  En este dictamen, que fue posteriormente mantenido por la Corte de Reclamaciones de Estados Unidos, la ICC habría adoptado una estipulación incuestionada de que el título de los Western Shoshone habría caducado un tiempo antes por acción de "establecimiento gradual" por no indígenas.  Es sobre esta base que los peticionarios sostienen que el Estado niega la existencia continuada de los derechos legales de los Western Shoshone a las tierras ancestrales.  Sin embargo, como se indica más adelante, los peticionarios contestan la pertinencia y la validez de estas actuaciones sobre la base de que la cuestión de si los derechos de los Western Shoshone efectivamente caducaron no fue en los hechos litigada por la ICC o la justicia estadounidense.  También sostienen que individuos y los grupos Western Shoshone fueron impedidos de intervenir en las actuaciones para contestar la presunta caducidad del título y que el pueblo Western Shoshone se ha negado a aceptar la retribución monetaria de la ICC.

 

         continúa...

 

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* El Miembro de la Comisión Profesor Robert Goldman no participó en el debate ni en la votación sobre este caso, de acuerdo con el Artículo 19(2) del Reglamento de la Comisión.

[1] En el curso del 109° período extraordinario de sesiones, de diciembre de 2000, la Comisión aprobó el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que sustituye al Reglamento anterior de la Comisión, del 8 de abril de 1980.  De acuerdo con el Artículo 78 del Reglamento de la Comisión, el mismo entró en vigor el 1 de mayo de 2001.

[2] 18 U.S. Stat. 689.