INTRODUCCION A.
El Primer Informe de la CIDH sobre
la Situación de los Derechos Humanos en Nicaragua 1.
Este es el segundo informe que la Comisión Interamericana sobre Derechos
Humanos (CIDH) ha preparado sobre la situación de los derechos humanos en
Nicaragua. El primer “Informe sobre la Situación de los Derechos
Humanos en Nicaragua” (OEA/Ser.L/V/II.45 doc.16) fue el resultado de la
observación in loco que llevó a cabo la CIDH del 3 al 12 de octubre de
1978. El presente informe tiene las
características de que señala la primera vez que la CIDH regresa a un país
para observar la actuación del subsiguiente gobierno. 2.
Transcurrieron dos años, casi coincidiendo en el mismo día, entre la
primera y la segunda visita de la Comisión a Nicaragua, realizadas en octubre
de 1978 y octubre de 1980. Este
lapso de dos años se distinguió por una insurrección popular, que duró
aproximadamente diez meses y por los intentos desesperados de reprimirla.
Esta situación terminó abruptamente el 17 de julio de 1979, cuando el
General Somoza partió de Nicaragua para exiliarse en la ciudad de Miami,
y los miembros de la desamparada Guardia Nacional se dispersaron tratando
de buscar refugio en diferentes lugares. 3. El informe de la Comisión de 1978 recoge la realidad de los derechos humanos durante los últimos años de la administración del General Anastasio Somoza Debayle, con una especial referencia a los hechos que ocurrieron durante el mes de septiembre de 1978 cuando el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) atacó los cuarteles de la Guardia Nacional en las principales ciudades nicaragüenses. Como represalia, expresa ese informe, el Gobierno bombardeó a civiles y combatientes de una manera intensa e indiscriminada en las ciudades de León, Masaya, Chinandega y Estelí. Asimismo, señala el Informe que el Gobierno somocista logró reprimir la insurrección después de once días de lucha y que una vez que el Gobierno había restablecido el control, la Comisión comprobó numerosas atrocidades cometidas por la Guardia Nacional, incluyendo asesinatos masivos de menores y ejecuciones sumarias de civiles durante allanamientos de viviendas. B.
La Decimoséptima Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones
Exteriores
1.
A solicitud del Representante Permanente de Venezuela ante la OEA fue
convocada la Decimoséptima Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones
Exteriores el 18 de septiembre de 1978, para considerar los acontecimientos
ocurridos en Centroamérica que amenazaban la paz de toda la región.
El 23 de septiembre de 1978, la Reunión de Consulta adoptó una resolución
que, inter alia, instaba a la CIDH a llevar a cabo lo más pronto
posible su planeada visita a Nicaragua.
2.
Después de la observación in loco, llevada a cabo del 3 al 12 de
octubre de 1978, la Comisión elaboró su informe el cual fue publicado el 17 de
noviembre de 1978, y presentado a la Decimoséptima Reunión de Consulta el 18
de diciembre de ese mismo año, cuando ese órgano volvió a reunirse.
3.
La Reunión de Consulta aprobó el 23 de junio de 1979 una resolución
que, por primera vez en la historia de la OEA y quizás por primera vez en la
historia de cualquier organismo internacional, declaró como carente de
legitimidad a un gobierno en el poder de un Estado Miembro de la Organización,
basándose en las violaciones de derechos humanos llevadas a cabo por ese
gobierno contra su propia población.[1]
El texto de la resolución reza de la siguiente manera:
LA DECIMOSEPTIMA REUNION DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES
EXTERIORES, CONSIDERANDO:
Que el pueblo de Nicaragua sufre actualmente los horrores de una cruenta
lucha armada que está causando inmensos sufrimientos y pérdidas de vidas y ha
llevado al país a una grave convulsión política, social y económica;
Que la conducta inhumana del régimen dictatorial imperante en ese país,
puesta en evidencia por el informe de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, es la causa fundamental de la dramática situación que atraviesa el
pueblo nicaragüense;
Que el espíritu de solidaridad que inspira las relaciones hemisféricas
torna ineludible la obligación de los países americanos de realizar todos los
esfuerzos a su alcance para que se ponga fin al derramamiento de sangre y se
evite que la prolongación de este conflicto continúe perturbando la paz del
continente. DECLARA:
Que la solución al grave problema corresponde exclusivamente al pueblo
nicaragüense.
Que desde el punto de vista de la Decimoséptima Reunión de Consulta de
Ministros de Relaciones Exteriores esa solución debería inspirarse en las
siguientes bases: 1.
Reemplazo inmediato y definitivo del régimen somocista. 2.
Instalación en el territorio de Nicaragua de un gobierno democrático
cuya composición incluya los principales grupos representativos opositores al régimen
de Somoza y que refleje la libre voluntad del pueblo de Nicaragua. 3.
Garantía de respeto de los derechos humanos de todos los nicaragüenses
sin excepción. 4.
Realización de libres elecciones a la brevedad posible que conduzcan al
establecimiento de un gobierno auténticamente democrático que garantice la paz,
la libertad y la justicia. RESUELVE:
1.
Instar a los Estados Miembros a realizar las gestiones que estén a su
alcance para facilitar una solución duradera y pacífica al problema nicaragüense
sobre las bases señaladas, respetando escrupulosamente al principio de no
intervención y absteniéndose de cualquier acción que fuere contraria a esas
bases, o incompatible con la solución pacífica y duradera del problema.
2.
Comprometer sus esfuerzos para promover la asistencia humanitaria a la
población y para contribuir a la recuperación social y económica del país. 3.
Mantener abierta la XVII Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones
Exteriores mientras subsista la presente situación. C. El
establecimiento del Gobierno de Reconstrucción Nacional 1.
El Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) anunció el 17 de
junio de 1979 desde San José, Costa Rica, la formación de una Junta de cinco
personas del que dirigiría el Gobierno Provisional de Reconstrucción Nacional.
En menos de un mes, el FSLN aparentaba tener asegurada una victoria
militar al controlar las ciudades de León, Chinandega, Estelí, Matagalpa y
Masaya. 2.
En una conferencia de prensa celebrada en Costa Rica, la Junta de
Gobierno anunció el 13 de julio de 1979 que estaba convencida que “Las
fuerzas armadas del pueblo podrían tomar Managua y aniquilar la Guardia
Nacional”. Sin embargo, a la vez,
la Junta ofreció un “Plan para Alcanzar la Paz”.
Un día antes, el 12 de julio de 1979, la Junta buscando el apoyo de la
OEA, envió una copia del Plan al Secretario General de la Organización,
Alejandro Orfila, con el objeto de que fuese transmitido a los Estados Miembros.
El texto de este documento es el siguiente: Señor
Secretario General: Tenemos el gusto de poner en sus manos, igual que
lo estamos haciendo con los Cancilleres de los países miembros de esa
Organización, el documento que contiene nuestro “Plan para Alcanzar la Paz”
en nuestra heroica y sufrida patria, en el momento en que el pueblo de Nicaragua
ha consolidado ya su victoria política y militar sobre la dictadura. Hemos
desarrollado el referido plan, sobre las bases de la Resolución emitida por la
XVII Reunión de Consulta, del 23 de junio de 1979, una Resolución en todos los
sentidos histórica, pues se demanda el inmediato reemplazo de la genocida
dictadura somocista, que ya llega a sus fin, y se respalda la instalación en
nuestro país , de un Gobierno democrático de amplia representación, como el
que nosotros formamos. Asimismo, al decir que la solución al grave problema
corresponde exclusivamente al pueblo nicaragüense hace un llamado a la
solidaridad hemisférica preservando el derechos de autodeterminación de
nuestro pueblo.
Siempre en relación con nuestro “Plan para Alcanzar la Paz”,
presentamos ante la comunidad de países del hemisferio, los propósitos que han
animado a nuestro Gobierno desde su constitución, y que han sido expresados en
nuestro documentos y declaraciones políticas, algunos de los cuales queremos
ratificar aquí: I.
Nuestro firme propósito de establecer en nuestra patria el pleno respeto
a los derechos humanos, en consonancia con la Declaración Universal de los
Derechos del Hombre de las Naciones Unidas y la Carta de Derechos Humanos de la
OEA, este respeto se ha hecho ya patente en el trato que el Frente Sandinista de
Liberación Nacional ya ha dado a centenares de prisioneros de guerra.
En este sentido, nuestro Gobierno extiende invitación a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que visite nuestra Patria, apenas
estemos instalados en el territorio nacional. II.
El deseo de que nuestra instalación en Nicaragua se produzca a través
de una transición pacífica y ordenada, el Gobierno de Reconstrucción Nacional
vería como un gesto solidario, el que Cancilleres del Continente visitaran
nuestro país, para lo cual les extendemos fraternal invitación. III.
Nuestra decisión de hacer valer en nuestra patria la justicia civil, de
acuerdo con las leyes ordinarias, para juzgar a los culpables de crímenes
contra nuestro pueblo. Ese mismo pueblo, a través de su heroica lucha, se ha gnado
el derechos de ejercer la justicia por primera vez en medio siglo, y lo hará
dentro del marco jurídico y sin ánimo de venganza ni de represalias
indiscriminadas. IV.
Aquellos colaboradores del régimen que quieran salir del país, y que no
sean responsables del genocidio que hemos sufrido, ni de otros graves delitos
que impongan su juzgamiento por los tribunales civiles, podrán hacerlo con
todas las garantías necesarias, garantías que el Gobierno de Reconstrucción
Nacional hace patentes desde ahora. La salida de estas personas, puede ser vigilada por la propia
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y por la Cruz Roja Internacional. V.
El plan de convocar a los nicaragüenses, para que en las primeras
elecciones libres que conocerá nuestra patria en este siglo, elijan a sus
representantes en los Municipios y en una Asamblea Constituyente, a las
autoridades supremas del país.
Ahora, Señor Secretario, son los gobiernos del continente los que tienen
la palabra, para hacer plenamente efectiva la solidaridad con la lucha que
nuestro pueblo ha llevado adelante para hacer posible la democracia y la
justicia en Nicaragua. Con
el ruego de transmitir el texto de esta carta a los señores Cancilleres de la
OEA, saludamos a usted con todo aprecio. JUNTA
DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL VIOLETA
DE CHAMORRO, SERGIO RAMIREZ MERCADO, ALFONSO ROBELO CALLEJAS, DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA, MOISES HASSAN MORALES. PLAN DE
GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL PARA ALCANZAR LA PAZ Partimos
de la base de que, aunque es cierto que la solución al grave problema de
Nicaragua corresponde exclusivamente a los nicaragüenses, la solidaridad hemisférica,
indispensable para que este plan se pueda implantar, será otorgado en
cumplimiento de la Resolución de la XVII Reunión de Consulta de Ministros de
Relaciones Exteriores de la OEA, aprobada el 23 de junio de 1979. Los
siguientes pasos asegurarán el reemplazo inmediato y definitivo del régimen
somocista ya derrotado por el heroico y combativo pueblo de Nicaragua y su
vanguardia el Frente Sandinista de Liberación Nacional.
El rechazo de este plan de solución política dejaría como única
salida el aniquilamiento militar del somocismo que podría durar unas semanas más
y ocasionaría innecesariamente mucha mas muertes y destrucción. ETAPAS
DEL PLAN: I.
Somoza presenta su renuncia a su Congreso, el que a su vez la acepta y
entrega el poder al Gobierno de Reconstrucción Nacional en reconocimiento del
respaldo que éste ha recibido de todos los sectores de la sociedad nicaragüense. II.
Instalación del Gobierno de Reconstrucción Nacional.
Este Gobierno está integrado por representantes de todos los sectores de
la política nicaragüense y ha recibido el apoyo oficial de todos ellos. III.
Inmediatamente después de que el Gobierno de Reconstrucción Nacional se
haya instalado dentro de Nicaragua, los países miembros de la OEA,
especialmente aquellos que auspiciaron o votaron a favor de la Resolución,
procederán a reconocerlo oficialmente como el legítimo Gobierno de Nicaragua. IV.
El Gobierno de Reconstrucción Nacional procederá de inmediato a: 1.
Abolir la Construcción somocista. 2.
Decretar el Estatuto Fundamental por el que se regirá provisionalmente
el Gobierno de Reconstrucción Nacional. 3.
Disolver el Congreso Nacional. 4.
Ordenar a la GN el cese de hostilidades y su acuartelamiento inmediato
con garantías para que sus vidas y demás derechos sean respetados.
Los oficiales, clases y soldados de la GN que así lo deseen, podrán
integrarse al nuevo ejército nacional o a la vida civil.
El Ejército Sandinista hará efectivo el alto al
fuego a fin de facilitar el cumplimiento de los presentes acuerdos manteniendo
las posiciones ganadas hasta el momento del Decreto. 5.
Mantener el orden por medio de aquellos sectores de la GN que hayan
acatado el cese al fuego y fueren designados para esas funciones por el Gobierno
de Reconstrucción Nacional, tarea que cumplirán junto con los combatientes del
Ejército Sandinista. 6.
Decretar la ley orgánica que regirá las instituciones del Estado. 7.
Implementar el programa de Gobierno de Reconstrucción Naional. 8.
Garantizar la salida del país de todos aquellos militares, funcionarios
somocistas que así lo deseen y que no se encontrasen involucrados en graves
delitos contra el pueblo. ANEXO
I. Resolución de
la XVII Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA. ANEXO
II. Ley de Garantías. ANEXO
III Ley Orgánica. ANEXO
IV Programa de
Gobierno de Reconstrucción Nacional. Rogámosle
acusar recibo del presente mensaje. Oficina
de Prensa – JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.
3.
El 16 de julio de 1979, el General Anastasio Somoza presentó una carta
de renuncia al Congreso de Nicaragua, cuyo texto dice así: Honorable
Congreso Nacional Pueblo
de Nicaragua Consultados
los gobiernos que verdaderamente tienen interés de pacificar al país, he
decidido acatar la disposición de la Organización de los Estados Americanos y
por este medio renuncio a la presidencia a la cual fui electo popularmente.
Mi renuncia es irrevocable. He luchado contra el comunismo, y creo que cuando salgan las verdades me darán la razón en la historia. A.
Somoza
El General Somoza partió de Managua hacia la ciudad de Miami a las 5.10
de la mañana del 17 de julio de 1979.
4.
Cumpliendo con una formalidad constitucional, el Congreso nicaragüense,
en las primeras horas del 18 de julio, unánimemente eligió al Presidente de la
Cámara de Diputados, Francisco Urcuyo Malianos, para sustituir a Somoza y para
facilitar la transferencia de poder a la junta una vez ésta llegara a Managua
desde Costa Rica.
Sin embargo, el recién electo Presidente rehusó ceder la presidencia y
anuncio que tenía la intención de concluir el período presidencial del
General Somoza, es decir, hasta mayo de 1981.
En vez de preparar las condiciones necesarias para una rápida
transferencia de poder, Urcuyo pronunció un discurso alabando a la Guardia
Nacional y exigiendo que ¨todas las fuerzas irregulares depusieran sus armas ¨.
A continuación, procedió a llenar todos los puestos claves de la Guardia
Nacional con jóvenes coroneles y tenientes coroneles, en vista de la partida
con el General Somoza de casi todos los oficiales de alta graduación.
El nuevo Director de la Guardia Nacional, el Teniente Coronel Federico
Mejía González hizo un llamado a la Guardia Nacional a redoblar …sus
esfuerzos en la presente lucha ¨.
5.
El miércoles 18 de julio, tres miembros de la Junta, Sergio Ramírez,
Alfonso Robelo y Violeta Chamorro, se trasladaron desde San José, Costa Rica, a
la ciudad de león, Nicaragua, donde se unieron al cuarto miembro de la junta,
Daniel Ortega, y declararon a esa ciudad como la capital provisional.
El Presidente Interino Urcuyo huyó hacia Guatemala dejando al nuevo
Director de la Guardia Nacional a cargo del país.
Mejía, quien había sido ascendido a General, inició según
informaciones recibidas, negociaciones sobre las condiciones para el rendimiento
de la Guardia Nacional con un representante del Frente Sandinista y con el
Arzobispo Obando y Bravo, en el ¨bunker¨ del General Somoza.
En vista de la actitud que había asumido Urcuyo, las negociaciones no
podían llevarse a cabo en base a los términos originales del cese de fuego y,
en consecuencia, el FSLN exigía ahora el rendimiento incondicional de la
Guardia. Al finalizar la reunión
uno de los participantes declaró que las negociaciones habían llegado a un
impase en vista de la insistencia de los Sandinistas de una rendición en vez de
un cese de fuego. Aproximadamente a
las 2 a. m., el Gral. Mejía presentó una lista de exigencias de la Guardia
Nacional, la cual incluía el respeto de todos los bienes pertenecientes a
oficiales de la Guardia, a cambio del rendimiento.
Los Sandinistas rehusaron aceptar éstas condiciones y todas las
comunicaciones fueron cortadas. Poco
antes del amanecer del 19 de julio, el General Mejía y el Estado Mayor de la
Guardia Nacional, así como la mayoría de los oficiales de alta graduación
salieron de Nicaragua por avión.
6.
Después de una caótica noche, la cual algunos observadores llamaron ¨la
peor noche de las siete semanas de lucha¨, la guerra civil nicaragüense terminó
temprano en la mañana del 19 de julio cuando las guerrillas Sandinistas tomaron
control de la ciudad de Managua e hicieron un llamado a un cese de fuego
general. Aproximadamente al mediodía
de ese mismo 19 de julio, el último de los comandantes de la Guardia Nacional,
el Teniente Coronel Fulgencio Largaespada Baez, ordenó a sus soldados
entregarse. El texto del comunicado
es el siguiente: Atención
nicaragüenses, atención: a los Comandos y al Cuartel General, Oficiales,
Clases y Soldados de la Guardia Nacional nicaragüenses: En
nombre del Estado Mayor de la Guardia Nacional nicaragüense y con
consentimiento del Directorio Nacional conjunto del Frente Sandinista de
Liberación Nacional (FSLN) y de la Junta de Gobierno de Reconstrucción
Nacional, yo, Teniente Coronel Fulgencio Largaespada Baez, les notifico lo
siguiente: 1.
El retiro del Estado Mayor de la Guardia Nacional, bajo el mando del Gral.
Federico García ha llebado a la desintegración de nuestro cuerpo armado. 2.
Las posiciones victoriosas que el Frente Sandinista ha mantenido y
mantiene a través de todo el territorio nacional, ha puesto fin a la guerra
librada contra el Frente Sandinista resultando en la derrota de la Guardia
Nacional. 3.
A fin de prevenir más derramamiento de sangre y la inútil pérdida de
vidas inocentes, las clases y soldados de la Guardia Nacional deben obedecer las
siguientes órdenes: A. Inmediato cese
de fuego en todos los Comandos y en todos los frentes de guerra. B.
La entrega de las armas en sus cuarteles o puestos respectivos y en los
refugios siguientes: puestos de la Cruz Roja, Iglesias y Embajadas.
Todos estos lugares serán respetados por la fuerzas victoriosas del
Frente Sandinista de Liberación Nacional. C.
Deben desplegarse banderas blancas en todos los lugares donde se
encuentren soldados armados, lo cual será considerado como señal de rendición
incondicional. D.
Una vez que estas ordenanzas emitidas por el Directorio Nacional conjunto
del Frente Sandinista de Liberación Nacional y por la Junta de Gobierno de
Reconstrucción Nacional hayan sido cumplidas, la vida y la integridad física
de todos los soldados que se rindan serán garantizadas. Este llamado no constituye una traición de nada o de nadie. Al contrario, representa la dignificación de la Guardia Nacional, a nombre del bienestar de nuestro largamente sufrido pueblo. Juro esto ante el Altar de la Patria y Dios nuestro Señor. El
presente comunicado ha sido preparado conjuntamente y con la autorización del
Comandante Humberto Ortega Saavedra, a nombre del Directorio Nacional conjunto
del FSLN y de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Hágase
efectivo. (firmado)
Fulgencio Largaespada Baez, Jefe del Estado Mayor de la Guardia Nacional Nicaragüense. 7.
El 20 de julio fue instalada en Managua la Junta del Gobierno de
Reconstrucción Nacional. 8.
El 31 de julio, en entonces Presidente de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, Dr. Andrés Aguilar, envió a la Junta nicaragüense un
cablegrama concerniente a la invitación formulada por la Junta a la Comisión
para que visitara Nicaragua lo más pronto posible el nuevo Gobierno estuviese
instalado en el poder. El cablegrama dice así:
Fecha:
31 julio 1979 A:
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL MANAGUA (NICARAGUA) El
SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS HA HECHO CONOCER
A ESTA COMISION LA COMUNICACION QUE LE FUE DIRIGIDA POR ESA JUNTA DESDE SAN JOSE
DE COSTA RICA EL 12 DE JULIO DE 1979. HEMOS
TOMADO NOTA CON SATISFACCION QUE EL PRIMER PUNTO DEL ¨PLAN PARA ALCANZAR LA PAZ¨
QUE SE PROPONE DESARROLLAR ESA JUNTA ES EL DE ESTABLECER EN NICARAGUA EL PLENO
RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS ASI COMO OTROS PUNTOS DEL MISMO PLAN DIRIGIDOS A
GARANTIZAR, EN PARTICULAR, EL DERECHOS A PROCESO REGULAR, EL DERECHO DE
RESIDENCIA Y TRANSITO Y EL DERECHOS DE SUFRAGIO Y DE PARTICIPACION EN EL
GOBIERNO. AGRADECEMOS LA INVITACION
QUE EN DICHA COMUNICACION SE EXTIENDE A ESTA COMISION PARA VISITAR A NICARAGUA.
TENDREMOS MUCHO GUSTO EN ATENDER ESTA INVITACION EN UNA FECHA QUE
FIJAREMOS DE COMUN ACUERDO Y EN COLABORAR CON ESA JUNTA EN TODO LO QUE PUEDA
CONTRIBUIR AL RESPETO Y A LA PROMOCION DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES
FUNDAMENTALES CONSAGRADOS EN LA DECLARACION AMERICANA DE DERECHOS Y DEBERES DEL
HOMBRE Y EN LA CARTA DE LA OEA. ANIMADOS
POR LOS BUENOS PROPOSITOS EXPUESTOS EN SU COMUNICACION CITADA AL SECRETARIO
GENERAL,ESPERAMOS QUE ESA JUNTA CONSIDERE LA POSIBILIDAD DE RATIFICAR, TAN
PRONTO COMO SEA POSIBLE, LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS O PACTO
DE SAN JOSE, QUE ENTRO EN VIGENCIA EL 18 DE JULIO DE 1978. ANDRES
AGUILAR M. D.
Ratificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos 1.
El 25 de septiembre de 1979, tres miembros de la Junta, Daniel Ortega,
Sergio Ramírez y Alfonso Robelo, depositaron el instrumento de ratificación a
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a nombre del Gobierno de
Reconstrucción Nacional de Nicaragua.
2.
El Decreto-ley No. 174 publicado en ¨La Gaceta¨ el 26 de noviembre de
1979, dio a la Convención Americana sobre Derechos Humanos fuerza de ley en
Nicaragua.[2]
3.
El 3 de marzo de 1980 fue publicado el texto íntegro de la Convención
Americana en ¨La Gaceta¨. E.
La invitacion del Gobierno de Nicaragua
1.
El día 12 de julio de 1979 la Junta de Gobierno de Reconstrucción
Nacional, en comunicación dirigida desde San José de Costa Rica al Secretario
General de la OEA, extendió una invitación a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, para que visitara Nicaragua.
2.
Luego, el 25 de septiembre de 1979, durante su visita a Washington, D.C.
tres miembros de la Unta de Gobierno, el Comandante de la Revolución Daniel
Ortega, el Dr. Sergio Ramírez y el Ing. Alfonso Robelo, acompañados del
Canciller de la República, Miguel D’
Escoto, además de hacer el depósito del instrumento de Ratificación de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) reiteraron la
invitación a la CIDH.
3.
Más tarde, y por tercera vez, el Gobierno de Reconstrucción Nacional
envió en carácter de Embajador Especial al Dr. Leonte Herdocia Ortega con el
fin de visitar a la CIDH y ratificar la invitación formulada para que efectuara
la observación in loco a Nicaragua.
4.
La Comisión recibió durante su 48º período de sesiones, en diciembre
de 1979, al Embajador Especial del Gobierno de Nicaragua.
5.
La Comisión aceptó la invitación formulada, conviniéndose
posteriormente el 6 de octubre de 1980 como fecha de iniciación de la visita. F.
Actividades de la Comisión
durante la observación “in loco”
1.
De acuerdo con el Artículo 51 del Reglamento de la Comisión, fue
designada una Comisión Especial para llevar a cabo la observación in loco
en Nicaragua. La Comisión Especial
estuvo integrada por los siguientes miembros de la CIDH: Prof. Tom J.
Farer, Presidente; Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Dr.
Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Prof. Carlos A. Dunshee de
Abranches; Dr. Luis Demetrio Tinoco Castro y Dr. César Sepúlveda.
El Dr. Andrés Aguilar, por compromisos previamente contraído, se excusó
de participar.
2.
La observación in loco se inició el 6 de octubre de 1980 y
concluyó el 11 de octubre. A su
llegada a Managua, la Comisión dió a conocer un comunicado de prensa.[3]
3.
La Comisión Especial estableció sus oficinas en el Hotel Camino Real en
la ciudad de Managua.
a)
Entrevistas con las Autoridades Públicas
4.
La Comisión Especial se entrevistó el 6 de octubre de 1980 con los
miembros de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional: Dres. Sergio Ramírez
Mercado, Rafael Córdoba Rivas y Moisés Morales.
Durante la entrevista, la Comisión Especial estuvo acompañada por el
Dr. Leonte Herdocia, Presidente de
la Comisión Nacional de Derechos Humanos y por el Sr. Sergio Labarca, Director
de la Oficina de la Secretaría General de la OEA en Nicaragua.
Hablando en nombre de su Gobierno, el Dr. Córdova Rivas dio la
bienvenida a los miembros de la Comisión Especial y reafirmó el espíritu
abierto del Gobierno con respecto a todo aquello atinente a los a los derechos
humanos. Declaró que era un deseo
y la línea política de su Gobierno que Nicaragua fuera tomada como un ejemplo
en materia de derechos humanos. Agregó que los casos de muertes, desapariciones y torturas
eran cosas del régimen anterior. El
nuevo Gobierno, manifestó el Dr. Córdova, estaba llevando a cabo una campaña
de alfabetización, un programa para mejorar los servicios públicos de salud y,
además empeñado en suministrar educación superior y vivienda para todos los
nicaragüenses. Asimismo, expresó
que el Gobierno no podría lograr ésto de la noche a la mañana, pero que éste
era el camino el cual se había trazado.
El Dr. Córdova Rivas agradeció a la Comisión su presencia en Nicaragua
y añadió que el Gobierno nicaragüense suministraría a la Comisión todas las
facilidades necesarias para permitirle a llevar a cabo su misión ya que no tenía
nada que esconder. Señalo, además,
que Nicaragua en ese momento tenía en prisión aproximadamente 7.500 miembros
de la extinta Guardia Nacional y que otros 4.500 que había obtenido asilo en
Honduras, significaban una amenaza continua para su Gobierno.
Advirtió que si las cárceles no lucían mejor se debía a la escasez de
recursos. Manifestó, finalmente,
que la Cruz Roja nicaragüense proveía asistencia para el mantenimiento de los
presos, pero que no debía olvidarse que los detenidos eran asesinos y
torturadores que debían ser castigados.
5.
Ese mismo día, la Comisión Especial se reunió con el Dr. Leonte
Herdocia, Presidente de la Comisión Nacional de Promoción a los Derechos
Humanos, e intercambió impresiones con él y sus colegas en la sede de la
Comisión Nacional en Las Palmas. El
Dr. Leonte Herdocia manifectó que el Gobierno de Reconstucción Nacional tenía
una política tuttelar y de protección de los derechos humanos que se prueba
con la incorporación de los acuerdos internacionales sobre la materia y puso
como ejemplo la ratificación al Pacto de San José de Costa Rica. Expresó que el Gobierno estaba totalmente claro de que no
era sólo con la firma de tratados internacionales que se lograría la vigencia
de los derechos humanos, sino con la puesta en práctica de los mismos.
Finalmente, el Dr. Herdocia manifestó que el Gobierno de Nicaragua al
crear la Comisión Nacional demostraba la voluntad política del Estado para
que se implante en Nicaragua un régimen de tutela a los derechos humanos
que sea orgullo de América y del mundo.
6.
A continuación de la visita a la Comisión Nacional, la Comisión
Especial se reunió con la Comisión Política de la Dirección Nacional del
Frente Sandinista de Liberación Nacional: Comandantes Bayardo Arce, Jaime
Wheelock y Humberto Ortega.
El coordinador de la Comisión Política, Comandante Bayardo Arce dió la
bienvenida a la Comisión y expresó que la visita contribuye a aclarar algunos
aspectos que grupos interesados se empeñan en tergiversar sobre la realidad
nicaragüense. Agregó que dieron
las orientaciones necesarias a la Junta de Gobierno para que proporcione todas
las facilidades e informaciones que desee la Comisión Especial para que tenga
la mejor y más variada información para una idea clara y correcta de la
situación de los derechos humanos en Nicaragua.
7.
El 6 de octubre en la tarde, la Comisión Especial visitó la Corte
Suprema. La Vicepresidencia de la
Corte, Dra. Vilma Nuñez de Escorcia, presidió la reunión en lugar del
Presidente, Dr. Roberto Argüello Hurtado, quien se encontraba en misión
oficial en la ciudad de Roma, Italia.
8.
También la Comisión Especial celebró entrevistas individuales con el
Dr. Ernesto Castillo Martínez, Procurador General, con la Dra. Nora Astorga,
Procuradora Nacional para los juicios contra los procesados somocistas, y el Dr.
Mario Mejía Alvarez, Coordinador General de los Tribunales Especiales.
Asimismo, la Comisión visitó los Tribunales Especiales y observó
varios juicios en progreso. Un detenido estudio de este importante aspecto se encuentra
en el Capítulo IV de este informe.
9.
La Comisión se reunió con la Junta Directiva del Consejo de Estado e
intercambió puntos de vista sobre la composición y atribuciones de este cuerpo.
Durante la entrevista, el Presidente del Consejo de Estado, Comandante
Carlos Núñez, hizo una exposición sobre la naturaleza del Consejo de Estado y
las funciones que ha cumplido desde su instalación el 4 de mayo de 1980.
10.
El 10 de octubre, la Comisión Especial sostuvo una larga entrevista con
el Comandante Tomás Borge, Ministro del Interior, y el Comandante Joaquín
Cuadra, Vice Ministro de Defensa, la cual giró alrededor de la situación de
los antiguos miembros de la Guardia Nacional, otros presos somocistas, así como
de las impresiones generales de la Comisión sobre la situación de los derechos
humanos en Nicaragua. Durante la
entrevista, el Comandante Borge anunció el indulto de 72 mujeres que
encontraban por supuestos crímenes cometidos durante el régimen somocista.
El decreto-ley indultando a las 72 mujeres también incluyó a todas
aquellas mujeres que al 31 de diciembre de 1980 tuviesen más de 50 años de
edad y guardasen prisión o arresto domiciliario.
De acuerdo a la información disponible en la Comisión, este indulto
alcanzó a todas las mujeres presas en Nicaragua, excepto dos.
11.
El 11 de octubre, la Comisión Especial se reunió con el Padre Miguel
D’ Escoto Brockman, Ministro del Exterior, quien estaba fuera del país en
misión oficial, pero que había regresado pra reunirse con la Comisión
Especial de la CIDH. b)
Entrevistas con autoridades
religiosas y organizaciones de derechos humanos
12.
La Comisión se reunió el 6 de octubre con Monseñor Miguel Obando y
Bravo, Arzobispo de Managua. El miércoles
8 de octubre, la Comisión se reunió con los Obispos y autoridades religiosas
de las ciudades de León y Granada.
13.
El 6 de octubre, la Comisión se entrevistó con el Sr. Ismael Reyes,
Presidente de la Cruz Roja nicaragüense, así como con representantes del Comité
Internacional de la Cruz Roja, en la sede de esa institución. A continuación, la Comisión se reunió con 15 miembros del
Comité Directivo Nacional de la Comisión Permanente de Derechos Humanos de
Nicaragua, la cual es presidida por Ricardo Páez Castillo y de la cual José
Esteban González Rappaccioli es Coordinador Nacional.
14.
El 7 de octubre, la Comisión Especial recibió en su sede a
representantes de la Asociación de Familiares de Presos Políticos.
c)
Representantes de organizaciones
políticas
15.
La Comisión Especial llevó a cabo varias reuniones con representates de
las siguientes organizaciones políticas:
El Partido Conservador Demócrata, el Partido Social Demócrata
Cristiano, el Partido Social Demócrata, el Partido Liberal
Independiente, el Partido Socialista de Nicaragua y el Movimiento
Liberal Constitucionalista. Asimismo,
se entrevistó con los antiguos miembros de la Junta de Gobierno, el Ing.
Alfonso Rebelo y la Sra. Violeta Barrios Vda. de Chamorro.
d)
Representantes de los medios de
difusión
16.
La Comisión celebró entrevistas con los representantes de los
siguientes periódicos: El Nuevo Diario, la Prensa y Barricada,
así como con el Presidente de la Unión de Periodistas )UPN; y con otros
representantes de medios de difusión, tales como: Radio Corporación, Radio
Sandino y Radio Voz de Nicaragua.
e)
Representantes de organizaciones
sindicales
17.
La Comisión Especial se reunió con representantes de los siguientes
organismos sindicales: la Central
de trabajadores de Nicaragua (CTN), la Confederación de Unificación
Sindical (CUS), la Central Sandinista de Trabajadores (CST), la
Asociación de Trabajadores del Campo (ACT), y la Asociación de Mujeres
“Luisa Amanda Espinoza” (AMLAE).
f)
Representantes del sector privado
18.
Continuando con sus entrevistas, la Comisión recibió a los siguientes
representantes del sector privado: Enrique
Dreyfus, Presidente del Instituto Nicaragüense de Desarrollo (INDE) y
Presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP): Reynaldo Hernández,
Presidente de la Cámara de Construcción; Ismael Reyes, Presidente de la Cámara
de Industrias; Guillermo Cuadra, Presidente del Consejo Nacional de
Profesionales (CONAPRO); Carlos Gabuardi, Secretario Ejecutivo de COSEP; Jaime
Montealegre, Vice Presidente de INDE; Pedro Cuadra, Director de la Cámara de
Construcción; Martín Barceñas, Director de la Unión de Productores Agrarios
de Nicaragua; Enrique Bolaños, Director de la Cámara de industrias; Ramiro
Gurdián, Vice Presidente de UPANIC;
Rosendo Díaz, Secretario Ejecutivo de UPANIC y Horestes Romero, Secretario
Ejecutivo de la Cámara de Comercio.
g)
Visita a los centros de detención
19.
El 8 de octubre, la Comisión Especial se dividió en tres grupos y visitó
los siguientes centros de detención en Managua y otras localidades: “El
Chipote”, “Héroes y Mártires de Nueva Guinea” (Zona Franca); “Jorge
Navarro” (Carcel Modelo) en Managua; “Ruth Rodruez”, la cárcel para
mujeres en Granada, “Luis Henríquez Largaespada” (La Pólvora) también en
Granada; “Quinta Ye”, un centro de detención cercanos a León, la cárcel
de Coyotepe “Benjamín Zeledón”, en Masaya, la cual se encontraba vacía en
el momento de la visita; “Orlando Betancourt”, un centro
carcelario
recientemente construido en Chinandega, el cual había sido trasladados los
presos que se encontraban detenidos en el Hotel Cosiguina; y “Juan José
Quesada” en Jinotepae. También
visitó, a sugerencias del Gobierno, el centro de rehabilitación para menores
“Francisco Meza” en Managua. h)
Denuncias Recibidas
20.
En un comunicado de prensa divulgado en todo el territorio nacional, la
Comisión invitó a todas aquellas personas que considerasen haber sido víctimas
de una violación de sus derechos humanos, tal como se definen en la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, a presentarse a la sede de la Comisión a
formular sus denuncias. El público
fue recibido en el Hotel Camino Real de Managua, desde el 6 al 10 de octubre.
En ese período, la Comisión Especial recibió un número total de 3,921
comunicaciones de las cuales 2,577 se refieren a casos concernientes a miembros
de la desaparecida Guardia Nacional y 1,344 a personas acusadas de haber sido
colaboradores civiles del General Somoza.
Todas las personas que desearon presentar una comunicación fueron
debidamente recibidas.
La Comisión desea dejar constancia de su reconocimiento por la cooperación
que recibió del Gobierno nicaragüense y en general del pueblo de Nicaragua,
para el cabal cumplimiento de su misión.
i)
Recomendaciones preliminares
21.
La Comisión volvió a reunirse con los miembros de la Junta de Gobierno
el 11 de octubre para presentarle sus recomendaciones preliminares.
El texto de ese documento es el siguiente: RECOMENDACIONES
PRELIMINARES Al concluir su
visita, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desea dejar
constancia de la franca y completa colaboración que las autoridades del
Gobierno en todo momento le brindaron durante su permanencia en Nicaragua.
Esta colaboración coincide con el espíritu que motivó la decisión del
Gobierno de Reconstrucción Nacional de ratificar la Convención Interamericana
sobre Derechos Humanos en septiembre de 1979 y otros instrumentos
internacionales sobre la materia.
Sin perjuicio del análisis que sobre la vigencia de los derechos humanos
en Nicaragua la Comisión efectuará posteriormente en su informe y de las
recomendaciones que en esa oportunidad propondrá al Gobierno de Reconstrucción
Nacional, la Comisión quisiera plantear ahora algunas recomendaciones de carácter
preliminar en consideración a la urgencia que, en su concepto, ellas revisten.
Estas recomendaciones preliminares son: 1.
En materia de régimen carcelario
La CIDH visitó la mayoría de los centros de detención donde se
encuentran los reos acusados o condenados por delitos no comunes y desea
manifestar al Gobierno de Reconstrucción Nacional que, son excepción de la cárcel
de mujeres “Ruth Rodríguez” en Granada, en general, halló deplorables las
condiciones en que se encuentran los reclusos, las que son incompatibles con los
requerimientos mínimos necesarios para el respeto de la dignidad humana, según
lo establece el artículo 8º 2., d del Estatuto sobre Derechos y Garantías de
los Nicaraguenses y el Artículo 5º, 2. de la convención Americana sobre
Derechos Humanos. En concreto, la
CIDH recomienda las siguientes medidas: a)
Que se reduzca el congestionamiento de las celdas; b)
Que se provea de una cama con colchón a todo detenido; c)
Que se mejore la alimentación de los detenidos; d)
Que se aumente la frecuencia y la regularidad de las visitas de los
familiares de los detenidos; e)
Que se establezca un régimen que permita a los detenidos poder ir con
mayor frecuencia al baño; f)
Que se les permita lavar el uniforme con mayor frecuencia; g)
Que, al menos una vez al día y por un lapso razonable, puedan los
detenidos salir de su celda a tomar el sol; h)
Que se investigue y, en su caso se sancione, a los responsables de la
custodia de los detenidos que violando las instrucciones del Gobierno de
Reconstrucción Nacional golpeen o torturen a los detenidos;
i)
Que se tomen las medidas necesarias para que los medicamentos que envían
los familiares de los detenidos lleguen realmente a manos de éstos; j)
Que se suministren a las instituciones carcelarias los servicios médicos
y medicamentos indispensables para atender a los detenidos que se encuentran
enfermos; k)
Que a los detenidos que padecen de enfermedades infecto-contagiosas se
les traslade a los centros de salud adecuados, sin perjuicio de la debida
vigilancia; l)
Que en todos los recintos penitenciarios se permita la celebración y
asistencia de servicios religiosos; m)
Que a los detenidos se les permita recibir libros, periódicos, revistas
y material para trabajos manuales; n)
Que en todos los centros de detención se faculte a los familiares de los
detenidos a llevarles alimentos dos veces a la semana; o)
Que el registro de los familiares que visitan a los detenidos sea
compatible con su dignidad humana; p)
Que se mejoren sustancialmente las condiciones higiénicas de los centros
de detención; q)
Que se libere a los menores de edad; de no ser posible o convenientes
liberarlos , que se les recluya en centros especiales de rehabilitación; r)
Que se utilicen los servicios de los detenidos que estén dispuestos a
colaborar para ampliar y mejorar las instalaciones para lo cual podría también
utilizarse los recursos aportados por instituciones privadas u organizaciones
internacionales; s) Que se estudie
la posibilidad de conceder un indulto aplicable a los siguientes grupos de
personas:
i)
los mutilados, inválidos o gravemente enfermos;
ii)
las mujeres; iii)
los varones ancianos. 2.
En materia de derechos y garantías de la defensa.
En caso de mantenerse los Tribunales Especiales: a)
Que se establezca el recurso de revisión ante una autoridad judicial
superior, que podría ser la Corte Suprema de Justicia o las Cortes de
Apelaciones de las sentencias dictadas por los Tribunales Especiales, del que
podrían hacer uso únicamente los acusados; b)
Que se creen tribunales especiales departamentales para descongestionar
los tribunales de Managua; c)
Que las imputaciones o cargos a los sindicatos se hagan por hechos
concretos sobre la base del resultado de las investigaciones previas, debiéndose
indicar claramente en la acusación los nombres, fechas, lugares y demás
circunstancias relativas a los hechos imputados; d)
Que se modifique el Artículo 20 de la Ley 185 creadora de los Tribunales
Especiales para que el Tribunal Especial de Apelación pueda revisar las
sentencias condenatorias de primera instancia, y absolver o reducir las pena
impuesta; e)
Que se amplíen los términos para la preparación de la defensa y
presentación de las pruebas; f)
Que tanto los libelos de acusación como las sentencias sean motivadas, indicándose
el delito, los hechos y las pruebas que en cada caso apoyen la acusación. 3.
En materia de defensa y promoción de derechos humanos.
La CIDH recomienda que se garantice a las Comisiones dedicadas a la
defensa y promoción de los derechos humanos en Nicaragua, sean oficiales o
privadas, su completa autonomía y el ejercicio de sus actividades. j)
Conferencia de prensa
22.
Al concluir su visita a Nicaragua el día 11 de octubre, la Comisión
efectuó una conferencia de prensa en el Hotel Camino Real en la cual dio a
conocer un comunicado de prensa.[4] G.
Método Empleado 1.
el presente informe es el resultado de los diversos antecedentes y
elementos de juicio sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua que
la Comisión ha recogido antes, durante y después de la observación in loco
llevada a efecto en octubre de 1980. 2.
De una manera especial, la Comisión ha considerado las informaciones y
testimonios que recibió durante la observación in loco de las
autoridades nicaragüenses y de los representantes de diversos sectores de la
comunidad nacional de ese país. Asimismo,
este informe se basa, en buena medida, en las investigaciones que durante esa
observación in loco la Comisión llevó a efecto. 3.
También, en la elaboración del presente informe, se han considerado
algunas denuncias recibidas por la Comisión sobre alegadas violaciones de
derechos humanos. Tales denuncias
están siendo tramitadas de conformidad con el Reglamento de la CIDH.
A través de la utilización de esos casos individuales que se contienen
en tales denuncias, la Comisión ha pretendido ilustrar los diferentes temas y
situaciones que se tratan en el informe. 4.
Ha sido objeto de un cuidadoso estudio por parte de la Comisión la
Legislación promulgada por el Gobierno de Reconstrucción Nacional a partir del
19 de julio de 1979, la práctica de sus tribunales y las normas internacionales
aplicables en materia de derechos humanos.
Dentro de estas últimas, la Comisión ha concedido una particular
importancia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la que es
parte Nicaragua. 5.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha consultado, asimismo,
diversos documentos, proporcionados tanto por el Gobierno como por otros
sectores, que tratan de la situación de los derechos humanos en Nicaragua, o
que de alguna manera permiten conocer y comprender mejor la actual realidad de
este país. 6.
El presente Informe toma en consideración las observaciones y
comentarios formulados por el Gobierno de Nicaragua en su nota de 15 de junio al
Informe que la Comisión aprobó provisionalmente en su 52º período de
sesiones celebrado en marzo de 1981. 7.
Por último, la Comisión desea expresar que al recoger los hechos que se
narran en el presente informe, no ha podido dejar de tener presente la
naturaleza del régimen anterior y las reiteradas violaciones de derechos
humanos cometidas por sus autoridades, especialmente militares; las dificultades
que tuvieron que afrontar las nuevas autoridades al hacerse cargo de un país prácticamente
destruido por una guerra civil; y los propósitos que, dentro de ese arduo
contexto, ha expresado el actual Gobierno de respetar los derechos humanos. [1]
Votaron a favor los siguientes países: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil,
Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Grenada, Haití, Jamaica, México,
Panamá, Perú, República Dominicana, Suriname y Venezuela; votaron en
contra: Nicaragua y Paraguay; se abstuvieron: Chile, El Salvador, Guatemala,
Honduras y Uruguay. Trinidad y
Tobago no participó en la votación. [2]
El texto
de este Decreto-ley es el siguiente:
¨Que el sistemático menosprecio de la Dictadura Somocista hacia los
derechos humanos fundamentales del pueblo nicaraguense y de la persona
humana dio lugar a actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la
humanidad;
y que la libertad, la justicia y la paz tienen por base el reconocimientos y
la afirmación de los derechos humanos fundamentales de la persona humana y
de la colectividad para lo cual es esencial que estos derechos sean
protegidos por el Gobierno de Reconstrucción Nacional, y en uso de sus
facultades, Decreta la siguiente Ley que Aprueba y ratifica la Convención
Americana sobre Derechos Humanos celebrada en San José, Costa Rica, 1969:
Artículo 1º Que habiendo suscrito el
Gobierno de Nicaragua la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ¨Pacto
de San José, Costa Rica¨, Con fecha 22 de noviembre de 1969, celebrada en
San José, Costa Rica, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre
Derechos Humanos, viene a este acto a aceptarla teniéndola como Ley de la
Nación y comprometiendo para su observación el honor nacional.
La presente Ley entrará en vigencia hoy, desde el momento de su
publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio
de su publicación posterior en ¨La Gaceta¨, diario Oficial. [3]
Este
comunicado de prensa dice así: ¨El
día 6 de octubre próximo iniciará sus actividades en territorio de
Nicaragua la Comisión Interamericana de Derechos Humanos integrada por su
presidente, Profesor Tom J. Farer, y por los miembros Doctores Marco Gerardo
Monroy Cabra, Francisco Bertrand Galindo, Luis Tinoco Castro, Carlos A.
Dunshee de Abranches y César Sepúlveda. Acompañan a la Comisión el Dr.
Edmundo Vargas Carreño, Secretario Ejecutivo, el Dr. David Padilla,
Secretario Ejecutivo Adjunto, y los Doctores Manuel Velasco Clark y
Christina Cerna, abogados de la Comisión y contará, asimismo, con el apoyo
del personal técnico y administrativo necesario.
El
propósito de la visita es realizar una observación relativa a la situación
de los derechos humanos en Nicaragua, a efecto de preparar un informe sobre
la vigencia de tales derechos, de conformidad con las disposiciones
normativas que rigen la Comisión.
Durante
su permanencia en Nicaragua, la Comisión sostendrá entrevistas y
audiencias con autoridades, entidades y personas representativas de los
diferentes sectores que conforman la sociedad nicaragüense, entre otros, de
carácter político, profesional, religioso, empresarial, gremial,
estudiantil, laboral, humanitario, y medios de comunicación colectiva.
El
Gobierno de Nicaragua al formular la invitación correspondiente a la Comisión
para efectuar esta observación in loco, ha dado amplias seguridades
de que dispondrá de libertad irrestricta para visitar centros o sitios de
detención, para poder entrevistar a todas las personas e instituciones que
la Comisión estime necesarias, y de que las personas e instituciones que
deseen comunicarse con la Comisión podrán hacerlo sin obstáculos de
ninguna clase y de que no se adoptarán represalias contra ellas.
La
Comisión realizará sus actividades de acuerdo con el programa preparado al
efecto, tanto en la ciudad de Managua, como en otras localidades del país,
entre ellas, León, Chinandega, Jinotepe, Matagalpa y Esteli.
La
Comisión espera que durante su permanencia en Nicaragua los representantes
de las diversas entidades que integran la sociedad nicaragüense le presten
su cooperación con el objeto de coadyuvar a una mejor comprensión de la
realidad de Nicaragua en el campo de los derechos humanos.
La
Comisión tendrá sus oficinas en Managua en el Hotel Camino Real, Pista
Pedro Joaquín Chamorro, donde atenderá las denuncias que deseen formulársele
por presuntas violaciones de derechos humanos del 6 al 10 de octubre de 9
a.m. a 5 p.m. [4]
El texto
de dicho comunicado de prensa es el siguiente:
“La
Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha concluído el día de hoy sábado
11 de octubre de 1980 la visita de observación in loco sobre la situación
de los derechos humanos en Nicaragua que, por invitación del Gobierno de
este país, realizó el día 6 del presente mes. En esta oportunidad participaron en esta visita los miembros
de la Comisión, Sr. Tom J. Farer, Presidente; Sres. Marco Gerardo Monroy
Cabra, Francisco Bertrand Galindo, Vicepresidentes; Carlos A. Dunshee de
Abranches; Luis Demetrio Tinoco Castro y César Sepúlveda; asistidos por
funcionarios profesionales y administrativos de su Secretaría.
Durante su permanencia en territorio nicaragüense, la Comisión ha
sostenido entrevistas con los señores miembros de la Junta de Gobierno de
Reconstrucción Nacional, del Consejo de Estado, del Frente Sandinista de
Liberación Nacional, de la Comisión Nacional de Promoción y Protección
de los Derechos Humanos, los Ministros
de
Relaciones Exteriores, del Interior y de Justicia, los miembros de la Corte
Suprema y de los Tribunales Especiales, así como con otras autoridades
civiles y militares, tanto nacionales como departamentales.
También
la Comisión ha sostenido reuniones con el Presidente de la Cruz Roja
Nicaraguense, con el Presidente de la Conferencia Episcopal de Nicaragua y
representantes de diversas instituciones políticas, religiosas,
humanitarias,
de medios de comunicación
colectiva,
profesionales, científicas, empresariales, sindicales y universitarias, y
de la Comisión permanente de Derechos
Humanos,
de todas las cuales recibió su importante testimonio acerca de la realidad
nicaragüense en materia de derechos humanos.
La Comisión visitó los recintos penitenciarios “Jorge Navarro”
ex-cárcel “Modelo”, “Héroes y Mártires de Nueva Guinea” ex-cárcel
de la “zona Franca” y los centros detención de la Seguridad del Estado
en el Chipote en el complejo militar “Germán Pomares”, en la ciudad de
Managua.
Asimismo, visitó las cárceles “Orlando Betancourt” y centro de
detención “Comando Carlos Amaya Talamante” en el Departamento de León,
la cárcel de “La Polvora” hoy “José L. Enríquez” y la cárcel de
mujeres “Ruth Rodríguez” en la ciudad de Granada, el centro de detención
de Coyotepe “Benjamín Zeledón”, actualmente sin detenidos, en Masaya,
y el centro de detención “Juan José Quesada” en Jinotepe en el
Departamento de Carazo.
También la Comisión ha recibido denuncias sobre presuntas
violaciones de derechos humanos durante su recorrido por las ciudades que ha
visitado y ha mantenido, en forma permanente, una oficina de recepción de
denuncias en la capital en el local del Hotel Camino Real, donde ha estado
alojada. Tales denuncias serán tramitadas de conformidad con el
Estatuto y Reglamento de la Comisión su decisión de que no adoptará ningún
tipo de represalias respecto de las personas que presentaron denuncias a la
Comisión, así como también en relación a las entidades o personas que le
proporcionaron informaciones y testimonios o colaboraron con ella.
La Comisión no puede adelantar ningún juicio de valor ni ninguna
opinión sustantiva en cuanto a la situación de los derechos humanos en
Nicaragua. Ella se reunirá en
Washington y tomando en consideración la valiosa información recogida
durante su observación in loco, los documentos e informaciones que
le han proporcionados, así como las otras fuentes de que dispone, elaborará
su correspondiente informe, el cual será transmitido al Gobierno para que
éste presente las observaciones que estime oportunas.
Una vez analizadas tales observaciones, la Comisión transmitirá a
los órganos correspondientes de la OEA su informe y lo hará público.
Sin perjuicio de lo anterior, por su urgencia e importancia, la
Comisión ha entregado a la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional,
el día de hoy, un documento conteniendo recomendaciones, las que tienden a
mejorar la situación de los derechos humanos en este país. La Comisión desea reconocer las facilidades que le brindó el Gobierno para el cumplimiento de su misión y agradece a las autoridades, la prensa, las distintas instituciones representativas de la comunidad nicaraguense y en general al pueblo de Nicaragua, la cooperación y hospitalidad que le brindó.” |