EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
Y DISCRIMINACIÓN EN HAITÍ

 

RESUMEN EJECUTIVO E INTRODUCCIÓN

 

 

1.         La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, "la CIDH", "la Comisión" o "la Comisión Interamericana") supervisa la situación general de derechos humanos en Haití desde hace más de 40 años.  En gran parte de ese período, el pueblo haitiano ha enfrentado numerosos problemas, tales como la pobreza, la inestabilidad política, la violencia y graves violaciones a los derechos humanos, lo cual ha tenido consecuencias devastadoras para el desarrollo social, político y económico del país. El objetivo del presente informe es resaltar la alarmante situación de violencia y discriminación contra las mujeres, quienes constituyen más de la mitad de la población de Haití como un problema fundamental de derechos humanos. 

 

2.         El informe ofrece un análisis de la situación de discriminación y violencia contra las mujeres en Haití y la respuesta legislativa, institucional y judicial actual a estos problemas.  Las conclusiones y recomendaciones contenidas en este informe se basan en un examen de la situación general de derechos humanos en la República de Haití y de los efectos particulares de los sucesos recientes sobre los derechos de las mujeres, los compromisos internacionales en materia de derechos humanos adoptados por el Estado haitiano, incluyendo los derechos y obligaciones establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante "Convención Americana"), y en especial, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (en adelante "Convención de Belém do Pará").  La Comisión Interamericana espera que las conclusiones y recomendaciones contenidas en el presente informe asistan al Gobierno actual en el proceso de identificación de soluciones que sean adecuadas y efectivas para abordar los problemas estructurales y complejos generados por la violencia y la discriminación contra las mujeres en la sociedad haitiana, de conformidad con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos que ha adquirido el Estado.

 

3.         La ratificación por el Estado haitiano de instrumentos internacionales como la Convención de Belém do Pará y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer refleja un reconocimiento por parte del Estado de su deber de actuar con la debida diligencia requerida y adoptar medidas para enfrentar efectivamente formas de discriminación y violencia contra las mujeres. De acuerdo con estos instrumentos, el Estado haitiano se ha comprometido a actuar con debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar actos de discriminación y violencia contra las mujeres cometidos por actores estatales o no estatales.  El deber de la debida diligencia obliga al Estado a organizar su estructura y su aparato institucional para responder debidamente a estos problemas en todos los sectores, incluyendo la justicia, la salud y la educación, y a modificar las prácticas legales y consuetudinarias que sustentan la existencia y la tolerancia de los actos de discriminación y de violencia contra las mujeres.  Las disposiciones consagradas en estos instrumentos son de cumplimiento obligatorio para el Estado, independientemente de los cambios de gobierno y van más allá de las medidas tradicionales de seguridad que están destinadas a garantizar la seguridad ciudadana y dirigidas de manera general a erradicar crímenes de naturaleza violenta.

 

 

4.         La Comisión ha recibido información que confirma que la tasa de todas las formas de violencia contra las mujeres ha incrementado notable y constantemente durante los últimos tres años, empeorándose por el aumento de la pobreza en el país, la brecha económica, la proliferación de las armas, la preponderancia de crímenes violentos, la falta de medidas adecuadas para la prevención del crimen y la ausencia de mecanismos efectivos de rendición de cuentas en el país.  Por ejemplo, la organización proveedora de servicios Kay Famn documentó 133 casos de violación entre septiembre de 1998 y abril de 2004,[1] mientras que en el año 2006 registró 118 casos de violación sexual, de los cuales 78 fueron perpetrados contra niñas y 40 contra mujeres.[2] Asimismo, de los 118 casos que documentó esta organización de violencia sexual, 34 correspondían a violaciones de pandillas.  En este sentido, se ha documentado que las mujeres y niñas han sufrido actos brutales de violencia sexual, frecuentemente acompañados por golpes y mutilación física, formas crueles de trato, así como de abuso psicológico y físico a manos de grupos y pandillas ilegalmente armadas.  La información suministrada por las organizaciones proveedoras de servicios indica que aproximadamente la mitad de las víctimas violadas son mujeres menores de 18 años de edad y que casos de violaciones sexuales por pandillas y múltiples actos de violencia sexual contra la misma víctima han aumentado en los sectores más pobres.[3]  Diversas fuentes estatales y no-estatales, han confirmado que la violación sexual es utilizada por miembros de grupos y pandillas ilegalmente armadas como parte de una estrategia para alcanzar y retener el poder y control sobre la víctima y su comunidad.

 

5.         La Comisión recibió información de fuentes estatales y no estatales[4] sobre la preponderancia de actividades violentas en algunos sectores de la zona metropolitana, en su mayoría perpetradas por distintos tipos de grupos armados, y el impacto diferenciado de éstas en las mujeres.  En este sentido, la Comisión recibió información consistente de distintos sectores, tales como la sociedad civil, Naciones Unidas y el Ministerio de la Mujer, sobre cómo para el 2004 aumentaron las violaciones perpetradas por grupos o bandas armadas.[5]  Por ejemplo, desde el año 2004, Médicos sin Fronteras ha prestado atención médica a 6.400 mujeres víctimas de violencia, incluyendo a casi 3.000 por heridas de bala, 1.600 por puñaladas, 700 por golpes, 500 por violación sexual, y 500 víctimas de violencia intrafamiliar.  Asimismo, en junio de 2007, la organización aumentó su capacidad para tratar a víctimas de violencia sexual en la capital y, entre julio de 2006 y junio de 2007, documentó haber prestado atención médica a 220 víctimas de violencia sexual.[6]  Asimismo, fuentes estatales y no estatales informaron a la Comisión que las mujeres pueden llegar a ser víctimas de torturas y asesinatos.  Además, la violencia armada que predominó en Port-au-Prince en los últimos años agravó el problema de la violencia contra las mujeres, con un saldo sin precedentes de muertes y actos de ultraje que dieron lugar a manifestaciones públicas y a la exigencia de una acción más firme del Estado para proteger a las mujeres víctimas de violencia.[7] 

 

6.         La estabilización de la situación política del país (a partir de febrero de 2006), caracterizada por la realización de elecciones presidenciales y la instalación del Gobierno de René Preval, ha significado que desde comienzos de 2007, la situación de seguridad pública en Haití haya venido mejorando.  En este sentido, los casos de secuestro y homicidio han disminuido y una serie de personas sospechosas de haber cometido delitos han sido arrestadas por la policía.  Además, a pesar de la escasez de recursos, el sistema judicial ha realizado un esfuerzo particular en celebrar audiencias y juicios penales con mayor frecuencia, lo que ha permitido el juzgamiento de delitos graves.  Asimismo, se han emprendido planes de desarrollo social y económico. La Comisión observa que si bien estos indicadores de progreso son alentadores, se continúa recibiendo información sobre la persistencia de actos de violencia física, sexual y psicológica y de actos discriminatorios contra las mujeres en Haití.

 

7.         La Comisión desea destacar en este informe que la precaria situación de las mujeres es producto de un trato inferior y discriminatorio, en comparación con los hombres, del cual han sido víctimas históricamente en razón de su sexo.  La Comisión recibió información que confirma que la discriminación contra las mujeres, en sus distintas formas, ha sido característica de la historia de Haití, tanto en períodos de paz como en períodos de disturbios y violencia.  La tolerancia respecto de la discriminación ha alimentado, a su vez, la comisión sistemática de actos brutales de violencia y abuso contra las mujeres, situación que se agrava en períodos de inestabilidad política. Es importante destacar que en Haití, incluso durante períodos en que ha disminuido la violencia política y armada, las concepciones discriminatorias respecto de las mujeres siguen predominando, lo que, a su vez, permite o fomenta la repetición de actos violentos en contra de éstas.  La discriminación ha sido y continúa siendo un fenómeno generalizado y tolerado en la sociedad haitiana, basada en conceptos sociales de la inferioridad y subordinación de las mujeres que siguen inmersos en la cultura, lo cual ha traído como consecuencia que las mujeres tengan una posición de desventaja en los sectores económicos, de educación, salud, justicia, trabajo y de toma de decisiones.  Las fallas en estos sectores siguen afectando particularmente a las mujeres; a lo que se suma que la discriminación contra las mujeres todavía no es reconocida como una violación grave a los derechos humanos en Haití.

 

8.         Los actos de violencia contra las mujeres constituyen una manifestación particularmente extrema y grave del trato discriminatorio del que las mujeres siguen siendo víctimas en la sociedad haitiana.  Asimismo, la discriminación y los actos de violencia continúan siendo tolerados en la sociedad, lo que a su vez, perpetúa un clima de impunidad frente a estos actos y propende su repetición.  La Comisión observa con particular preocupación que la discriminación contra las mujeres es una característica constante y estructural de la sociedad y la cultura haitianas, tanto en períodos de paz como de inestabilidad, que debe ser abordada para garantizar la plena protección de los derechos de las mujeres y erradicar el problema de la violencia contra las mujeres en Haití.  Asimismo, de conformidad con estándares internacionales y regionales de derechos humanos, los Estados tienen una obligación reforzada de actuar con la debida diligencia requerida para prevenir, sancionar y erradicar actos de violencia y discriminación cuando se trata de mujeres que son menores de edad. Las niñas se encuentran en una situación de mayor riesgo a sufrir violaciones de sus derechos humanos en base a dos factores - su sexo y edad. 

 

9.         En el monitoreo que la Comisión ha venido realizando sobre la situación de derechos humanos en Haití, se han identificado las deficiencias del sistema judicial haitiano entre los motivos de mayor preocupación.  En este sentido, la Comisión observa con preocupación que la mayoría de los casos de violencia contra las mujeres nunca son formalmente investigados, procesados y sancionados por el sistema de justicia, lo que constituye un patrón de impunidad sistemática que deja el mensaje de que la violencia y la discriminación contra las mujeres son toleradas.  Además, la preponderancia de actos de discriminación contra las mujeres en la sociedad haitiana constituye una barrera adicional que obstaculiza el acceso de las víctimas a la justicia.

 

10.      Un problema de especial preocupación para la Comisión es el hecho de que las mujeres víctimas de violencia son renuentes a acudir al sistema de justicia.  Entre las razones que explican esta situación se identifican: la falta de confianza de las víctimas y sus familiares en la capacidad del sistema judicial para hacer justicia frente a los actos cometidos y los maltratos frecuentes a los que son sometidos cuando intentan acceder a los recursos judiciales.  Esta combinación de factores deja a las víctimas con una sensación de inseguridad, indefensión y desconfianza hacia la administración de justicia.

 

11.      La Comisión reconoce una serie de iniciativas recientes y especializadas del Estado, en particular emprendidas por el Ministerio de la Condición de la Mujer y los Derechos de la Mujer (en adelante, "el Ministerio de la Mujer"), para brindar mayor protección y más servicios a las mujeres víctimas de violencia.  Algunas de las medidas adoptadas para enfrentar esta situación, por parte de entidades estatales como el Ministerio de la Mujer, reflejan su comprensión de la gravedad de la problemática y el compromiso que han asumido los actores estatales y no estatales de tomar en cuenta las necesidades específicas de las mujeres en la formulación de políticas públicas encaminadas a prevenir, sancionar y erradicar los actos de discriminación y de violencia contra las mujeres.  En este sentido, la Comisión reitera su compromiso de colaborar con el Estado haitiano en la búsqueda de soluciones a los problemas identificados.

 

12.      Sin embargo, la Comisión observa que el Estado todavía no ha respondido adecuadamente a la prevalencia de actos de violencia y discriminación contra las mujeres, en particular en los sectores de la justicia, la policía y la salud, ni ha asignado los recursos necesarios para brindar los servicios médicos y jurídicos que requieren las víctimas.  La Comisión espera que las conclusiones y recomendaciones contenidas en el presente informe ayuden al Gobierno actual en el proceso de definir soluciones adecuadas y efectivas a los problemas estructurales y complejos de la discriminación y la violencia contra las mujeres en la sociedad haitiana, de acuerdo con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado en materia de derechos humanos.

 

13.      Este informe está dividido en tres secciones.  Primeramente, el informe describe el contexto socio-político de Haití y su impacto específico en las mujeres.  En segundo lugar, el informe examina las distintas formas de discriminación que enfrentan las mujeres en Haití y su conexión entre éstas y la violencia contra las mujeres, seguido de un análisis detallado de las distintas esferas en las cuales las mujeres enfrentan actos de violencia.  En la tercera parte, el informe establece el marco internacional de derechos humanos y de la legislación interna en relación con los derechos de las mujeres y niñas y las medidas adoptadas por Haití para dar cumplimiento a sus obligaciones internacionales.  Asimismo, el informe describe el acceso de las mujeres a los recursos judiciales y las deficiencias en el marco legislativo, de política pública e institucional vigente para abordar la violencia y la discriminación contra las mujeres.  Sobre la base de este análisis, la Comisión formula finalmente una serie de recomendaciones encaminadas a apoyar al Estado en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos.

 

14.      Las recomendaciones formuladas en el presente informe apuntan al diseño de una política nacional de Estado que tenga en cuenta las formas existentes de violencia y discriminación contra las mujeres, en períodos de paz y de inestabilidad política, a efectos de avanzar en el diagnóstico, la prevención y la respuesta frente a estos problemas, así como en la incorporación de las necesidades específicas de las mujeres en la agenda nacional.  La Comisión destaca la importancia de adoptar una perspectiva multidisciplinaria e intersectorial frente a estos problemas, que procure integrar normas sobre igualdad de género en todos los sectores del Gobierno. Las recomendaciones exhortan también al Estado a adoptar medidas urgentes para erradicar patrones socioculturales discriminatorios basados en el concepto de que las mujeres son inferiores, y a tener en cuenta el problema de la discriminación y las desigualdades estructurales que enfrentan las mujeres en la formulación de las políticas públicas, con el objetivo general de eliminar los actos de violencia perpetrados contra las mujeres en Haití. Algunas de las recomendaciones dirigidas al Estado son las siguientes:

 

•        Adoptar una política estatal integral para abordar las necesidades específicas de las mujeres y los problemas de la discriminación y la violencia, respaldada por recursos humanos y financieros suficientes e implementada por los principales sectores y ministerios. 

 

•        Adoptar políticas públicas y programas encaminados a impugnar y cambiar los estereotipos negativos sobre el papel de las mujeres en la sociedad y a promover la erradicación de los patrones sociales discriminatorios que obstaculizan su pleno acceso a la justicia; estas políticas públicas deben incluir programas de capacitación e iniciativas amplias de prevención.

 

•        Adoptar la legislación, las políticas públicas y los programas para corregir efectivamente las desigualdades entre hombres y mujeres en la sociedad haitiana, especialmente en los sectores del trabajo, la educación, la salud, la participación política y la familia.

 

•        Aprobar leyes que protejan debidamente a mujeres y a niñas de los actos de violencia basados en el género –violencia física, sexual y psicológica- de los que son víctimas en las esferas privada y pública. Asignar recursos suficientes y promulgar la normativa necesaria para asegurar su efectiva implementación a nivel nacional.

 

•        Examinar todas las normas, prácticas y políticas públicas del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado haitiano que crean diferencias de tratamiento basadas en el género o que tienen efectos discriminatorios con respecto a las mujeres, con el objetivo de que estén conformes con las obligaciones regionales.

 

•        Elaborar programas educativos para el público, desde una edad temprana y de formación, a efectos de cultivar el respeto de las mujeres como iguales, el reconocimiento de sus necesidades específicas y su derecho a una vida libre de violencia y discriminación.

 

•        Fortalecer la capacidad de las instituciones para combatir el patrón de impunidad sistemática que existe respecto de casos de violencia contra las mujeres, a través de investigaciones penales efectivas, que lleven los casos a juicio, garantizando que los delitos sean debidamente sancionados y que las víctimas reciban una reparación adecuada.

 

•        Brindar a las mujeres víctimas de violencia servicios legales accesibles, efectivos y gratuitos para iniciar acciones ante el sistema de justicia, y crear centros especializados que brinden servicios multidisciplinarios a las víctimas de violencia, incluyendo servicios de tipo legal, médico y psicológico.

 

15.      La Comisión desea reconocer la valiosa contribución y el compromiso del Gobierno de Francia, el cual ha dado apoyo financiero que ha permitido a la Comisión mantener una presencia activa en Haití en el área de la protección y promoción de los derechos humanos. La elaboración de este informe también ha contado con la contribución del Gobierno de Finlandia, en relación con su apoyo a la Relatoría de los Derechos de las Mujeres de la CIDH. Asimismo, la Comisión desea agradecer a los Gobiernos de Francia y Finlandia específicamente por su apoyo financiero en la preparación y publicación del presente informe.

 

    Preparación del Informe

 

16.      El análisis de este informe se basa en numerosas fuentes de información, como los datos recogidos por la CIDH en las visitas a Haití realizadas entre 2004 y 2007,[8] información presentada en las audiencias ante la Comisión,[9] informes anteriores de la CIDH sobre Haití y sobre la situación de las mujeres[10] y otras fuentes públicas de información, como los informes y demás documentos divulgados por organizaciones internacionales, como Naciones Unidas,[11] instituciones gubernamentales[12] y organizaciones nacionales no gubernamentales.[13]

 

17.      En el período que cubre el presente informe, la Comisión realizó dos visitas a Haití por invitación del Gobierno, del 18 al 22 de abril de 2005 y del 16 al 20 de abril de 2007.  El objetivo de la visita realizada en el año 2005 era examinar la situación de la administración de justicia en el país, la situación de seguridad pública y sus efectos en el ejercicio de los derechos fundamentales de los haitianos. Luego de esta visita, la Comisión publicó sus conclusiones y recomendaciones sobre la situación del país en su informe titulado “Haití: ¿Justicia frustrada o Estado de Derecho? Desafíos para Haití y la Comunidad Internacional”.  Durante dicha visita, la Comisión recibió informes alarmantes de varias fuentes con respecto a los efectos que tiene la violencia armada en la situación de las mujeres y niñas, razón por la cual, en dicho informe se incorporaron las conclusiones iniciales sobre el impacto de esta situación en dichos grupos.

 

18.      Debido a los numerosos informes de casos de violencia contra las mujeres recibidos en 2005 y 2006, la Comisión organizó una visita in loco en abril de 2007 para examinar la situación específica de los derechos humanos de las mujeres en Haití, considerando su situación de vulnerabilidad y de la protección especial que requieren, así como los efectos específicos de la violencia armada en las mujeres. En anticipación a la visita de la Comisión, funcionarios de la Secretaría Ejecutiva emprendieron una misión investigadora previa a la República de Haití en el período comprendido del 11 al 15 de diciembre de 2006, a efectos de recabar información sobre la situación de las mujeres en Haití y sobre los efectos particulares del conflicto armado en este grupo. Durante la visita, la delegación se reunió con funcionarios gubernamentales, como el Ministerio de la Mujer, el Director General del Ministerio de Justicia, el Jefe de Gabinete del Director General de la Policía Nacional de Haití (en adelante, "PNH" o "Policía Nacional de Haití"), el Inspector General de la PNH y su Jefa de Asuntos de la Mujer, así como funcionarios judiciales como el Fiscal General de Port-au-Prince. Además, la delegación observó las condiciones de la cárcel de mujeres y niñas de Petionville.  Si bien la Comisión recabó información durante las visitas sobre la prevalencia de actos de violencia sexual y discriminación contra las mujeres y las niñas, en los últimos años; el núcleo de este informe es la situación de las mujeres en general. La Comisión espera realizar nuevas investigaciones similares y preparar informes futuros sobre la situación particular y específica de las niñas y los niños.

 

19.      Asimismo, en dicha misión investigadora, la delegación recibió información valiosa de una serie de organizaciones de derechos humanos y de víctimas de violencia que viven en las comunidades afectadas.[14] Debido al repentino aumento de la violencia en el país en diciembre de 2006 y considerando que la visita de la delegación a Haití coincidió con el secuestro masivo de un autobús escolar que llevaba entre 10 a 12 niños y otros secuestros, como el de otro menor de edad y el de un ex senador,[15] la Comisión decidió cancelar dos de las reuniones programadas, a saber, una con menores de edad que habitan en Carrefour Feuilles, una zona de la ciudad que es conocida por ser particularmente peligrosa y que está en gran parte bajo el control de bandas armadas, y una visita a una clínica de salud gratuita, APROSIFA, la cual presta servicios a la población en esa misma parte de la ciudad.

 

20.      En la visita de la Comisión a Haití en abril de 2007, la delegación estuvo dirigida por el Relator de país, el Comisionado Sir Clare K. Roberts y acompañado por personal de la Secretaría Ejecutiva y de la Relatoría sobre los Derechos de las Mujeres.  En la visita, la delegación de la CIDH se reunió con el Presidente, el Primer Ministro, el Presidente de la Corte Suprema, el Ministro de Justicia, la Ministra de la Condición de la Mujer y los Derechos de la Mujer, el Ministro de Asuntos Sociales, el Secretario de Estado para la Seguridad Pública, el Secretario de Estado de Justicia, el Director General de la Policía Nacional de Haití, su Inspector General, jueces del Tribunal de Menores y la Defensoría del Pueblo (Office du Protecteur du Citoyen).[16]

 

21.      La Comisión también se reunió con miembros de organizaciones de la sociedad civil de Haití, defensoras de los derechos de las mujeres, organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres y grupos de niños.[17]  Además, la Comisión recibió información de representantes de organizaciones de derechos humanos y humanitarias, tales como International Crisis Group; el Proyecto IFES-Víctimas de la Violencia; PLAN Internacional-Haití; la Asociación Internacional de Servicios Voluntarios (AVSI-Italia); UNICEF; MINUSTAH, incluyendo el Representante Especial del Secretario General; la Asesora de Género del Representante Especial del Secretario General; el Jefe de la Sección de Derechos Humanos y el Jefe de la Sección de Justicia.

 

22.      La Comisión desea expresar su agradecimiento por la cooperación y el apoyo brindado por el Estado de Haití, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones de la sociedad civil y los organismos internacionales en la preparación de las visitas de 2005, 2006 y 2007.  Asimismo, la Comisión quiere expresar su gratitud al Ministerio de la Mujer por su plena cooperación con el proceso de recopilación de información, así como su demostrada voluntad y esfuerzo en diseñar un plan de acción y usar los recursos disponibles para su pronta implementación a efectos de abordar los problemas que han sido identificados.  Además, la Comisión observa el ejemplo positivo de cooperación intersectorial entre los principales ministerios, en especial los de Justicia, Salud Pública y Asuntos Sociales, en colaboración con el Ministerio de la Mujer, para diseñar una solución multidisciplinaria y amplia para abordar el problema de la violencia contra las mujeres.  Por último, la Comisión quisiera brindar un agradecimiento especial a las víctimas y a los grupos de apoyo por su valiosa contribución en todo este proceso, así como reconocerles el valor de presentarse y compartir sus experiencias con la Comisión, pese a los riesgos y a las difíciles circunstancias en que viven.

 

23.      El proyecto de informe El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Discriminación en Haití fue aprobado por la Comisión el 29 de octubre de 2008. De acuerdo con el artículo 58 del Reglamento de la Comisión, este Informe fue remitido al Gobierno de Haití el 18 de noviembre de 2008, solicitándole que enviara las observaciones y comentarios que estimase pertinentes dentro del plazo de un mes. El Gobierno de Haití presentó sus observaciones mediante nota de fecha 19 de enero de 2009, recibida por la Secretaría el 4 de febrero de 2009. Dichas observaciones fueron estudiadas por la CIDH e incorporadas, en lo pertinente, en la versión final del presente informe.  La CIDH aprobó la versión final del presente informe el 10 de marzo de 2009.

 

 

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[1] ONU, Consejo Económico y Social, Comisión de Derechos Humanos, 61º Período de Sesiones, punto 19 del programa provisional, E/CN.4/2005/123, 24 de enero de 2005, Servicios de Asesoramiento y Cooperación Técnica en materia de Derechos Humanos: Situación de los Derechos Humanos en Haití. Informe presentado por el Experto Independiente, Sr. Louis Joinet, párr. 16, disponible en: http://www.ohchr.org/EN/countries/LACRegion/Pages/HTIndex.aspx.

[2] Kay Famn, Violence envers les Femmes et les Filles, Bilan de l’Année 2006, pág. 18.

[3] ONU, Consejo Económico y Social, Comisión de Derechos Humanos, 61º Período de Sesiones, punto 19 del programa provisional, E/CN.4/2005/123, 24 de enero de 2005, Servicios de Asesoramiento y Cooperación Técnica en materia de Derechos Humanos: Situación de los Derechos Humanos en Haití. Informe presentado por el Experto Independiente, Sr. Louis Joinet, párr. 16, disponible en: http://www.ohchr.org/EN/countries/LACRegion/Pages/HTIndex.aspx.

[4] Ante la falta de recursos, el Estado tiene una capacidad limitada para proveer estadísticas completas sobre el fenómeno de la violencia contra las mujeres. Sin embargo, la Comisión recibió información de organizaciones proveedoras de servicios en Haití que tienen como objetivo abordar las necesidades de las mujeres víctimas de violencia, incluyendo aquellas organizaciones que son miembros de la Table de Concertation Nationale contre la Violence Faites Aux Femmes La Table de Concertation Nationale comprende varias organizaciones proveedoras de servicios que recopilan estadísticas sobre las mujeres víctimas de violencia que atienden cada año.

[5] Observaciones Preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al concluir su visita a Haití en abril de 2007, 2 de marzo de 2008; véase también Informe del Secretario General al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, ”Niños y Conflictos Armados”, A/61/529- S/2006/826, 26 de octubre de 2006, 61ª sesión.

[6] Médicos sin Fronteras, Fact Sheet on Haiti, última actualización del año 2007, disponible en www.doctorswithoutborders.org/news/country .cfm?id=2323.

[7] Secuestro y asesinato de Natasha Farah Dessources (de 20 años), se encontró el cadáver mutilado; Véase Radio Kiskeya, “Arresto de un joven de 15 años por presunta implicación en el asesinato de la joven Farah Natacha Kerby Dessources (de 20 años), en noviembre de 2006, en Port-au-Prince“, Boletín de MINUSTAH de 14 de enero de 2008; RNDDH, ”Port-au-Prince dominado por el terror“, Comunicado de Prensa de 6 de diciembre de 2006; Radio Kiskeya, ”Histeria colectiva en el funeral de Farah Natacha Dessources, víctima de secuestro”, 25 de noviembre de 2006; véase además Panos Caraïbes, ”Viol en Haïti: État des lieux accablants, le défi de contrecarrer le fléau“, No. 15, febrero de 2007, pág. 4: “Les femmes violentées sont en outre soumises à des sévices corporels les plus cruels, à savoir: assassinat, matrices perforées, yeux crevés, blessures graves”.

[8] Véase CIDH, Comunicado de Prensa No. 19/04 “La CIDH completa su visita a Haití” (7 de septiembre de 2004) disponible en http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2004/19.04.htm; véase asimismo CIDH, Comunicado de Prensa No. 16/05, “CIDH pide mayor acción internacional en Haití. Port-au-Prince, Haití” (22 de abril de 2005) disponible en: http://www.cidh.org/ Comunicados/Spanish/2005/16.05.htm; véase también CIDH, Comunicado de Prensa No. 20/05 “La CIDH publica sus observaciones preliminares de su visita a Haití en abril de 2005” (6 de junio de 2005) también disponible en http://www.cidh.org/Comunicados/ Spanish/2005/20.05.htm; véase asimismo CIDH, Comunicado de Prensa No. 37/05 “La CIDH y la Oficina Regional de UNICEF para Latinoamérica y el Caribe concluyen visita conjunta a Haití”  Port-au-Prince, Haití (5 de noviembre de 2005) disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/ Spanish/2005/37.05.htm; véase asimismo CIDH, Comunicado de Prensa No. 24/07 “CIDH destaca los esfuerzos para mejorar la situación de los derechos humanos en Haití” (20 de abril de 2007) disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2007/24.07sp.htm; Véase asimismo CIDH, Comunicado de Prensa No. 32/07 “La Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad concluye su visita a la República de Haití. Port-au-Prince” (21 de junio de 2007) disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2007/32.07sp.htm.

[9] Véase CIDH, Comunicado de Prensa No. 4/04 “Comunicado sobre Haití.  Washington D.C. (26 de febrero de 2004) también disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/ Spanish/2004/4.04.htm; véase asimismo CIDH, Comunicado de Prensa No. 7/04 “La CIDH  insiste en el respeto de los derechos humanos durante la crisis en Haití.  Washington D.C. (11 de marzo de 2004), también disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2004/7.04.htm; véase también CIDH, Comunicado de Prensa No. 22/04 “La CIDH expresa preocupación por la situación en Haití durante su 121º período ordinario de sesiones” (28 de octubre de 2004) también disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2004/22.04.htm; véase además CIDH Comunicado de Prensa No. 35/05 “La CIDH informa sobre situación de derechos humanos al concluir sesiones” (28 de octubre de 2005) también disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/ Spanish/2005/35.05.htm; véase asimismo CIDH, Comunicado de Prensa No. 37/06 “La CIDH observa avances y desafíos en el respeto a los derechos humanos en las Américas” (27 de octubre de 2006), también disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2006/37-06esp.htm.

[10] Véase CIDH, Comunicado de Prensa No. 6/06 “Haití: ¿Justicia frustrada o Estado de Derecho? La CIDH publica informe sobre la administración de la justicia en Haití” (16 de marzo de 2006) también disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/HAITI%20SPANISH 7X10%20FINAL.pdf; véase, asimismo, CIDH, “Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas” (OEA/Ser. L/V//II) Doc.68 (20 de enero de 2007) disponible en: http://www.cidh.org/women/Acceso07/indiceacceso.htm; véase, además, CIDH, “Las mujeres frente a la violencia y la discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia” (OEA/Ser.L/V//II) Doc.67 (16 de octubre de 2006), también disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/ColombiaMujeres06sp/indicemujeres06sp.htm; véase también CIDH, Comunicado de Prensa No. 14/06 “La CIDH expresa preocupación por la situación de los derechos humanos en Haití” (2 de mayo de 2006) también disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2006/14.06esp.htm.

[11] Wiza Loutis, «Evaluation de la situation des femmes dans le cadre de la violence armée en Haïti (Commune de Port-au-Prince, des Cayes et des Gonaives », Section conjointe DDR-PNUD/MINUSTAH (junio de 2006); Radhika Coomaraswamy, ”Integración de los Derechos Humanos de la Mujer y la Perspectiva de Género:  La Violencia contra la Mujer/Informe de la Misión a Haití“, E/CN.4/2000/68/Add.3, 27 de enero de 2000. 

[12] Office de la Protection du Citoyen (OPC), «Rapport de fin de mission 10 Fevrier au 10 Aout 2005», UPDF (Agosto de 2005) and «Rapport d’activité dans le cadre de l’observation des cas de violence faite aux femmes» (Diciembre de 2006); Gender Ministry, « Plan National de Lutte contre les violences faites aux femmes » CNVF, (Noviembre de 2005) y «Prise en charge et accompagnement des victimes de violence sexuelle» (Marzo de 2005).

[13] Informes de organizaciones haitianas de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil en el período de 2004-2007, incluyendo la Comisión Episcopal Justicia y Paz (JILAP), la Red Nacional por los Derechos de los Haitianos (RNDDH) y Solidarité des Femmes Haitiennes (SOFA).

[14] Entrevistas con representantes de Solidarité des Femmes Haitiennes (SOFA); APROSIFA; GHESKIOU; Kay Fanm; Enfofanm; Anne Sosin; CONOCS/MOFECS; AVSI; IFES-Programa de Víctimas de la Violencia, y mujeres y niñas víctimas de la violencia.

[15] Centro de Noticias de la ONU, “Reciente ola de secuestros en Haití despierta alarma de la misión de paz de la ONU”, 20 de diciembre de 2006, en Internet: http://www.un.org/apps/news/story.asp?NewsID=21063&Cr=haiti&Cr1; Jacobs, Stevenson, “Senador Haitiano huye tras secuestro”, 16 de diciembre de 2006, en Internet: http://www.washingtonpost.com/.

[16] La Comisión se reunió con representantes del Gobierno haitiano, con miembros de la sociedad civil, así como con representantes de organizaciones internacionales. La CIDH se reunió con el Presidente de la República de Haití, Su Excelencia René Préval, el Primer Ministro, Su Excelencia Jacques Edouard Alexis, el Ministro de Relaciones Exteriores, Jean Renald Clerisme, el Ministro de Justicia y Seguridad Pública, Rene Magloire, el Ministro de Asuntos Sociales y Trabajo, Gerald Germain, la Ministra de la Condición de la Mujer y los Derechos de la Mujer, Marie Laurence Josselyne Lassegue, el Presidente (a.i.) de la Suprema Corte, Sr. George Moise, el Secretario de Estado para la Justicia, Sr. Daniel Jean, el Secretario de Estado para la Seguridad Pública, Sr. Luc Eucher Joseph, el Director General de la Policía Nacional, Sr. Mario Andresol, el Procurador General de Port-au-Prince, Sr. Claudy Gassant, el Representante Especial del Secretario General de la ONU, Sr. Edouard Mulet, y su Asesor de Género, el Jefe de la Sección de Justicia de la MINUSTAH, el Jefe de la Sección de Derechos Humanos de la MINUSTAH, la Jefa de Policía Marie Louise Gautier, el Coordinador Nacional de Asuntos de la Mujer de la Policía Nacional de Haití, el Jefe de Policía de la División de Menores y miembros de organizaciones de derechos de las mujeres y de derechos humanos de Haití.

[17] La Comisión se reunió con representantes de: Solidarité des Femmes Haitiennes (SOFA); APROSIFA; Kay Fanm; Enfofanm; Anne Sosin; Movement des Femmes a Cité Soleil (MOFECS); Association des Femmes Juges; Enfofanm; COHADDE; Danielle Magloire.