OEA/Ser.L/V/II.23
doc. 9 (español) Rev.
29 abril 1970
Original: español 
 

 

 INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
EN EL SALVADOR Y HONDURAS
 

 

I.          ANTECEDENTES 

          El 25 de junio de 1969, el Gobierno de la República de El Salvador solicitó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o una Subcomisión se constituyera en el territorio de ese país a fin de constatar diversos hechos violatorios de los derechos humanos perpetrados contra nacionales salvadoreños en Honduras así como la expulsión masiva de ciudadanos salvadoreños de este último país. 

          En la propia fecha el Gobierno de la República de Honduras elevó a la Comisión denuncia por actos violatorios de los derechos humanos, cometidos por sectores de la población salvadoreña en perjuicio de nacionales hondureños que se habían trasladado a El Salvador con el objeto de asistir a la celebración de un evento deportivo.  El Gobierno hondureño solicitó también la presencia de la Comisión en su territorio a fin de constatar los hechos denunciados. 

          En vista de la urgencia de la situación la Comisión designó una Subcomisión para que se trasladara a ambos países a fin de examinar en el terreno la situación de los derechos humanos.  Dicha Subcomisión quedó integrada por los Miembros Dres. Justino Jiménez de Aréchaga y Manuel Bianchi con el asesoramiento de los Dres. Luis Reque, Secretario Ejecutivo de la Comisión y Guillermo Cabrera, funcionario de dicha Secretaría. 

          Entre el 4 y el 10 de julio de 1969 la Subcomisión visitó ambos países en donde sostuvo entrevistas con las autoridades respectivas, recibió testimonios de particulares y denuncias de los propios Gobiernos sobre la situación de los derechos humanos. 

          Luego de su visita a El Salvador y Honduras la Comisión se trasladó a la República de Guatemala, en donde, el 12 de julio, expidió un comunicado de prensa en el cual manifestó que “luego de efectuar una primera evaluación general de los elementos de prueba recogidos en El Salvador y Honduras consideraba indispensable y urgente dirigirse a los hombres a cuyo cargo está la conducción de los grandes medios de comunicación social (especialmente prensa, radio y televisión), para recordarles la grave responsabilidad que incumbe a estos medios en la preservación de las buenas relaciones internacionales y de la paz interna de los Estados”. 

          La Subcomisión continuó sus reuniones en la sede de la Comisión, en Washington, D.C., durante los días 14 y 15 de julio habiendo dado término a esta primera fase de sus tareas con la presentación de un Informe a la Comisión con las conclusiones y recomendaciones que estimó procedentes.1 

          El día 14 de julio se iniciaron las hostilidades entre las Repúblicas de El Salvador y Honduras que determinó que el Consejo de la Organización actuando provisoriamente como Órgano de Consulta, convocara en Resolución de 22 de julio de 1969, a la Decimatercera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores. 

          En vista de que el Gobierno de El Salvador y otros Gobiernos americanos solicitaron que el Informe Preliminar de la Subcomisión fuera transmitido a la Reunión de Consulta, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por instrucciones del Presidente de la Comisión, transmitió el 23 de julio de 1969 el Informe Preliminar de la Subcomisión a la Reunión de Consulta, por intermedio del señor Secretario General de la Organización. 

          Posteriormente, el 25 de julio, cuando ya se había hecho efectiva la orden del Órgano de Consulta de “alto de fuego” en las zonas afectadas por el conflicto, el Gobierno de Honduras denunció violaciones de los derechos humanos presuntamente cometidas por el Gobierno de El Salvador en las poblaciones hondureñas ocupadas por el ejército salvadoreño.  En esta oportunidad el Gobierno de Honduras solicitó que la Comisión se constituyera en su territorio a fin de constatar tales denuncias.2

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1   Informe Preliminar de la Subcomisión sobre Violaciones de los Derechos Humanos en Honduras y El Salvador (OEA/Ser.L/V/II.22, Doc. 2 de 15 de julio de 1969, reservado).

2   Comunicación No. 1630, en los Archivos de la Comisión.