CAPITULO II SITUACION
DE LOS PRESOS POLITICOS
1. Como
no se han permitido visitas investigadoras de organizaciones internacionales de
derechos humanos durante los últimos 20 años, no es posible conocer con
exactitud el número exacto de los presos políticos encarcelados en Cuba.
Ello se debe a la reiterada actitud del Gobierno de Cuba de considerar
este asunto como un problema exclusivamente interno.
2. Otra
dificultad radica en la falta de coincidencia entre las autoridades cubanas para
calificar como “políticos” a algunos de los detenidos.
Si bien el Presidente Dr. Fidel Castro Ruz, en varias oportunidades, ha
reconocido la existencia de presos políticos, el Vicepresidente de Cuba, Dr.
Carlos Rafael Rodríguez, ha afirmado que en Cuba no existen presos políticos
ya que “los contrarrevolucionarios” no pueden ser considerados presos políticos”,
porque éstos, según la opinión de Rodríguez1
serían los que “están detenidos por ideas y no por actos”, lo que no
acontece en Cuba.
A los efectos de este informe, la Comisión considerará como presos políticos
a todos aquellos a quienes se le imputa una de los delitos –manifiestamente de
orden político—consignados en la legislación Penal, que han sido enumerados
en el capítulo anterior.
3. Oficialmente,
el Gobierno cubano ha admitido tener aproximadamente 4.500 presos políticos.
El Presidente Fidel Castro declaró en una conferencia de prensa el 24 de
noviembre de 1978, que los 3.600 presos que iban a ser puestos en libertad
constituyen alrededor del 80% de los presos políticos actualmente encarcelados.
De esta cifra alrededor de 3.000 son calificados de “contrarrevolucionarios”,
presos condenados por delitos contra la seguridad del Estado.
Los otros 600 fueron condenados por el delito de violar los reglamentos
de emigración.
Según algunos cálculos, se cree que en este momento, después de las
liberaciones de unos 3.6000 presos resultado del “diálogo”2,
quedan alrededor de mil presos políticos, algunos de los cuales están
condenados por delitos cometidos durante el régimen de Batista.
En este grupo se incluyen también, según informaciones recibidas en la
CIDH, más de cien presos “plantados” quienes fueron trasladados con Huber
Matos desde el Combinado del Este a la cárcel de Boniato, y los cuales no
fueron incluidos en los indultos, probablemente porque se han opuesto al “diálogo”.
Se ha identificado además un grupo de 7 personas, ex-miembros de la
Brigada 2506, capturados después de la invasión de playa Girón, presos hace
mas de 18 años, habiendo sido puestos en libertad todos sus demás compañeros
enjuiciados en la misma causa.
4. Según
su estado, los presos se dividen en dos categorías:
los que aceptan rehabilitarse y conformarse a los principios del Estado
Socialista a cambio de concesiones y de la liberación
anticipada, y los autodenominados “plantados” que se niegan a
reformarse. La gran mayoría de los
presos acepta el “plan progresivo”; pero la minoría intransigente que se
niega a hacerlo provoca la más grande preocupación internacional en razón de
que surge un severo tratamiento.
5. En
cada una de las seis provincias de Cuba3
hay una cárcel de máxima seguridad
(a) La Habana – Combinado del Este;
(b) Pinar del Río
- Cinco y Medio; (c)
Matanzas -
San Severino; (d) Las Villas
- Santa Clara;
(e) Camagüey – El Kilo
Siete y (f) Oriente – Boniato),
granjas rodeadas por alambres de púa y guardias armados, y “frentes
abiertos”, es decir, lugares
de trabajo en el campo a la ciudad donde la seguridad es mínima.
Se ha calculado que existen 23 cárceles y lo menos 56 “granjas”.
Los presos de las “granjas” producen los elementos prefabricados para
la construcción y los presos de los “frentes abiertos” los ensamblan. En el año 1973 los presos produjeron bienes y servicios por
un valor de 200 millones de pesos4
. 6.
Si el preso acepta
trabajar en el “plan progresivo" se le remunera al igual que a otros
trabajadores, pero se le descuenta de su salario 30 pesos al mes para cubrir el
costo de su manutención, para ayudar a su familia y para satisfacer las
responsabilidades civiles declaradas en la sentencia. 7.
La base de criminología
socialista es la defensa social. La
función de las sanciones es proteger al grupo de personas “socialmente
peligrosas” y buscar la reeducación del sancionado.
De acuerdo con el concepto de reeducar en lugar de castigar, el Código
Penal limita a 20 años el período máximo de privación de libertad5. 8.
A condición de que
el preso acepte la reeducación por medio del “plan progresivo”, su
sentencia es dividida en tres etapas hasta que salga en libertad condicional.
Históricamente el “plan progresivo” incluía trabajos forzados y
adoctrinamiento marxista. Actualmente
el adoctrinamiento es voluntario. Las
tres etapas de reclusión son de máxima, menor y mínima seguridad,
correspondiendo de la cárcel, la granja, y el frente abierto.
Cada etapa significa una disminución en la severidad penal, la cual, teóricamente,
incita al preso a mejorar su conducta y facilitar su regreso a la sociedad. 9.
Las tres etapas del
“plan progresivo” establecen que: a)
si se impone por un término mayor de seis años, se cumple en
establecimientos penitenciario de régimen severo; b)
si se impone un término mayor de nueve meses sin exceder los seis años,
se cumple en establecimiento penitenciario de régimen de menor severidad; c)
si se impone por término que no exceda de nueve meses se cumple en
establecimiento penitenciario de régimen común. Los
presos en máxima seguridad, teóricamente, pueden recibir visitas cada mes, los
de menor severidad cada 21 días y los de mínima seguridad pueden ir a sus
casas por 48 o 72 horas cada 45 días.
10. La
libertad condicional se concede, según el Artículo 58 del Código Penal, si el
sancionado ha cumplido por lo menos la mitad del término de su sanción, o si
el sancionado tenía menos de 20 años de edad al comenzar a cumplir su sanción.
También puede concederse después del cumplimiento de la tercera parte
de la sanción. En casos
extraordinarios el Ministro de Justicia tiene la facultad de proponer, en
cualquier momento, a las Salas correspondientes del Tribunal supremo Popular,
que éstas otorguen la libertad condicional.
11. Se ha
denunciado a la Comisión que muchos de los casos de presos “plantados”, es
decir que no aceptan el “plan progresivo”, han sido resentenciados al
cumplimiento de sus sentencias por no aceptar dicho plan. B.
El tratamiento penitenciario durante la privación de libertad
1. El
Artículo 31 del Código Penal establece que a los sancionados de privación de
libertad, recluidos en establecimientos penitenciarios, a) se les remunere por
el trabajo socialmente útil que realicen; b) se les provee de ropa y calzado
apropiados; c) se les facilite el reposo diario normal y un día de descanso
semanal; d) se les proporcione asistencia médica y hospitalaria, en caso de
enfermedad; e) se les conceda el derecho a obtener las prestaciones a largo
plazo de seguridad social, en los casos de invalides total originada por
accidentes de trabajo. Si el
recluso falleciere por accidentes del trabajo su familia recibirá la pensión
correspondiente; f) se les da oportunidad de recibir y ampliar su preparación
cultural y técnica; g) se les proporciona, en la medida y forma establecidas en
los reglamentos, la posibilidad de intercambiar correspondencia con personas no
recluidas en centros penitenciarios y de recibir visitas y artículos de consumo;
h) según su comportamiento, y en la medida y forma establecidas en los
reglamentos, se les autoriza a hacer uso del pabellón conyugal, se les concede
licencias extrapenales por tiempo limitado, se les de oportunidad y medios de
disfrutar de recreación y practicar deportes de acuerdo con las actividades
programadas por el establecimiento penitenciario, y se les promueve de un régimen
penitenciario a otro de menor severidad.
2. Dentro
de las cárceles de Cuba, la CIDH ha recibido diversos testimonios e
informaciones sobre la cárcel Combinado del Este, que es la más grande
del país y está ubicada aproximadamente a dieciocho kilómetros de la Habana.
En ella se encuentran alrededor de 1.200 a 1.600 presos de los cuales 600
o 700 son presos políticos.
Algunos de los testimonios recibidos por la Comisión son los siguientes: a)
un ex-prisionero, liberado en 1978, dio el siguiente testimonio sobre la
cárcel: Este nuevo
modelo de cárcel fue construido en un valle nominado “Combinado del Este”.
Le llamamos “El Valle de los Caídos”.
Estaba bajo construcción del el años 1972.
Es un edificio prefabricado, de 4 pisos, muy mal construido.
Desde afuera, los edificios parecen ser modernos y atractivos.
Pintados con colores vivos, no parecen ser prisiones.
Una vez adentro es un castillo espantoso de aislamiento y tortura mental. No hay ventanas en todo el edificio. Durante el invierno te mueres de frío y en el verano te
sofocas de calor. La lluvia pasa a
través de las rajaduras anchas, del cuarto piso, y las aguas cloacales de los
pisos superiores penetran y no pueden ser evitadas.
Los presos están estrictamente clasificados y divididos para prevenir
cualquier contacto personal, con excepción del edificio donde vivimos y ello
solamente durante el tiempo de comer, o tres veces a la semana en el patio de la
cárcel durante una hora y media cada vez.
No hay médico de servicio y las consultas están permitidas para un número
limitada de hombres solamente dos veces a la semana. b)
Caso 2300: Armando
Valladares, todavía encarcelado en Combinado del Este, incluyó esta descripción
de su celda en una carta sacada clandestinamente: ...Estoy encerrado en un cuarto sin ventilación de ninguna índole, no hay ventanas, estoy prácticamente tapado. El calor es infernal. Las paredes son calentadas por el sol, reverberan y entonces el calor se hace una verdadera tortura. Se suda a chorros, casi no tenemos espacio para movernos.... Toda esta situación es una actitud de represalia, especialmente contra mi, y los otros también sufren. Esta habitación calabozo tiene un pasillo así: Y dos rejas.
La reja (1) nos incomunica del resto del pasillo, y estando ésta cerrada
podemos tener acceso al pasillo si no cerraron la reja (2) que es propiamente la
puerta del calabozo. Si la reja (2)
la abrieran se podría estar en el pasillo, lo que significa mayor espacio y
aire que entra por las ventanas enrejadas, pero hay una actitud de total represión.
Hay órdenes estrictas de la Seguridad del Estado de que a mi no
pueden dejarme asomar al pasillo. Esta
situación es una violación de los derechos humanos, un atropello y un
desprecio total por mi condición de enfermo. c)
Se ha denunciado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una
lista “incompleta” de 132 nombres de prisioneras políticos que han muerto
en prisión y otra lista de 770 nombres de presos “plantados”. d)
En el mes de noviembre de 1978 la Comisión recibió la siguiente
comunicación sobre el tratamiento carcelario de los “plantados”:
Los presos políticos cubanos (“los plantados”) llevan años
confinados, sin que se les permita ver a sus familiares, sin que se les permita
ningún tipo de comunicación con ellos, sin poder recibir ni enviar una carta,
encerrados peor que si fueran rabiosos en celdas con ventanas herméticamente
tapiadas con planchas de acero; con un agujero en un rincón como única
instalación sanitaria donde se acumulan los orines y excrementos haciendo el
escaso aire de una fetidez casi irrespirable; sin sol, sin luz, en penumbra
constante, casi ciegos y con la más rigurosa prohibición de dales asistencia médica
de cualquier tipo o medicamento alguno; están siendo sometidos al más
enajenante y despiadado plan de aniquilamiento físico y experimentación biológica
que ha conocido el mundo occidental en toda su historia.
Médicos rusos, checos y comunistas “cubanos” dirigen este plan de
exterminio y experimentación. Se
les pesa en las celdas, se les observa, se evalúan sus reacciones, se les
altera el metabolismo con sustancias desconocidas incorporadas a los alimentos
que son compuestos exclusivamente por macarrones, harina de maíz y arroz
hervido. Todo ello no alcanza las
500 calorías diarias. Meses
completos con ausencia de sal y luego semanas en que los alimentos están tan
salados que casi no se pueden tragar. Estos
cambios bruscos producen trastornos en el metabolismo, como ser subidas de presión,
problemas renales, etc. Algunos se
hinchan de forma monstruosa provocando lo que se llama “edemas del hambre”
causados por desnutrición.
No son hombres, son espectros, esqueletos cubiertos de piel, guiñapos
humanos. Están peores que aquellas
fotos de los campos de concentración nazi que espantaron al mundo; si pudiéramos
exhibir algunas de esas fotos al mundo entero, se espantaría; pero a esos
presos nadie puede sacarles fotos, son “los plantados” en una cárcel
comunista. La salud de esos
valientes empeora por días, la polineuritis y la avitaminosis generalizada
causan estragos en ellos de manera lenta, pero inexorable. Confrontan problemas con los reflejos, con la coordinación,
careen de equilibrio en algunos casos y padecen de trastornos nerviosos y
digestivos de todo tipo. Los párpados
se les inflaman y se les enrojecen, padecen de encías sangrantes, dientes
descarnados, flojos, cayéndose, las bocas y labios agrietados, llenos de llagas,
el cuerpo lleno de pústulas oscuras, las ingles, genitales, pies y cuellos
invadidos por los hongos, la piel escamosa, grisácea, el escorbuto les produce
hemorragias por la nariz con sólo estornudar.
Los hay ancianos, inválidos, cardíacos, tuberculosos, asmáticos a los
que se les despoja de sus aparatos y se les niega el sus ataques como un
instrumento más de tortura.
El estado de desnutrición y de pauperización, la anemia generalizada,
mantiene a muchos de estos infelices en estado de postración total, sin fuerzas
ya para mantenerse en pie, y, a pesar de todo, han sido golpeados de manera
salvaje y brutal. Les han
destrozado cabezas, rostros y brazos a palos, a cabillazos, a bayonetazos, de
forma sistemática, celda por celda, solamente porque con esos valientes, con
esos mártires de la democracia ha fracasado la experiencia diabólica del
comunismo: los planes sicológicos
y de terror con el objeto de rehabilitarlos.
Son hombres y mujeres que prefieren morir a claudicar, son muchos los que
han muerto (más de 470), asesinados en las cárceles comunistas de Cuba. Esto está ocurriendo en Cuba, en el corazón de América. C.
Casos individuales de maltrato en la cárcel 1.
Caso 1887: El
caso de Huber Matos, ex-Comandante del Ejército Rebelde condenado sin pruebas en su contra
por delito de traición a 20 años de prisión (preso desde el 21 de octubre de
1959) y liberado el 21 de octubre de 1979 luego de haber cumplido su condena.
Desde el exilio, en una entrevista con un periodista italiano, Huber
Matos explicó que cuatro días antes de ser puesto en libertad lo maltrataron:
...Se refiere al ajusticiamiento de militares de Batista. Bien, cuando en la lucha guerrillera fueron acusados muchos
militares adictos a Batista de haber cometido atrocidades en todas las
provincias, se les juzgó y en otras provincias se juzgaron también algunos.
Había el criterio de que se debían aplicar medidas severas para evitar
que se repitiera el crimen político. En
ese sentido la revolución fracasó porque si fue drástica aplicando medidas
severas, en muchos casos la pena de muerte a los elementos batistianos, no hay
dudas que se cometieron algunas injusticias; de que sin experiencia los jueces
manejaron aquello de un modo que no pudo ser justicia de verdad.
Después, el gran error está en que desde la revolución se repite el
crimen desde el poder y en gran escala y en forma continuada hasta nuestros días
se sigue practicando el crimen y se sigue practicando el esbirrismo desde el
poder. Una prueba de ellos es ésta:
cuatro días antes de que me pongan en libertad, no se si ha llegado a
conocimiento de ustedes, yo fui atropellado físicamente, me maltrataron de un
modo tremendo. Por aquí tengo
algunas pruebas de las esposas. Con
las esposas puestas, cuatro días antes, sin justificación alguna, me sacaron
engañado hasta la dirección del edificio y después allí me botaron una
emboscada, una encerrona como decimos nosotros, de militares, de esbirros de la
policía política de Castro a la que el pueblo llama con respeto y con temor el
G2 y que Castro designa con el nombre de Departamento de Seguridad del Estado.
A un hombre que está en vísperas de cumplir, lo cogen, lo llevan por la
fuerza, lo atropellan, lo tiran en el suelo, lo revuelcan, lo pisotean y,
esposado y llevado por cuatro o cinco, lo meten en un carro igual que a un
hombre secuestrado, lo que puede hacer una cuadrilla de bandoleros en el monte a
una cuadrilla de gangsters en cualquier ciudad del mundo.
Así me metieron en el piso de un carro, dos esbirros con los pies encima
de mi y las manos presionándome y tapándome la boca.
Y uno aquí y otro allí e iba adelante el Coronel Medardo Lemos quien
dirigía la operación. Si eso se
hace con un hombre que está en vísperas de cumplir y a un hombre que se sabe
que no se va a dejar amedrentar, un hombre que ha probado que en veinte años
sabe mantenerse de frente, imagínese usted que pueden hacer a otros que nunca
han obtenido oportunidad de hablar. Huber
Matos fue puesto en libertad, cuando cumplió su sentencia de 20 años, condena
cuyo rigor la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reprueba por su
severidad y así como también el trato inhumano dado al sentenciado durante los
7 años que Huber Matos estuvo incomunicado. 2.
Caso 3496:
La detención y el maltrato de Ernesto Arragoitía fue denunciado a la
Comisión el 12 de diciembre de 1978:
Un día el teatro Auditorium de Calzada y D en el Vedado fue pasto de las
llamas. Un incendio calificado de
intencional lo destruyó. Ya no se
llamaba Auditorium, se llamaba “Amadeo Roldán”. Y como El Encanto, quedó hecho pavesas. Inmediatamente comenzaron las investigaciones por parte de la
G2. Uno de los detenidos fue
Ernesto Arragoitía Rubio, que había sido portero del teatro. Lo acusaron de sabotaje y lo condujeron detenido para los
siniestros calabozos de la Seguridad.... Allí fue interrogado, golpeado y
torturado.
Al Principio alegó inocencia. Después
de un tiempo de brutal tratamiento dicen que confesó su culpabilidad.
Pero su confesión no convenció a nadie.
Era el producto de los crueles maltratos, una forma de detener el
terrible castigo. Y ni siquiera
convenció a sus torturadores.
Fue conducido después a celdas de castigo en el Combinado del Este.
Allí continuaron los maltratos. Arragoitía
Rubio era sólo un guiñapo. Según
noticias sigue siéndolo. Muchos
compañeros creían que había muerto, bien
a golpes o fusilado.
Ramos Yañiz, un ex-prisionero ahora en exilio, hizo el siguiente
testimonio sobre el estado de Arragoitía:
En estos momentos hay un condenado a muerte en el que llamamos “pabellón
de los derechos humanos” o “la casa de McGovern” (por lo que él dijo, de
que en las cárceles de Cuba se respiraba aire de libertad).
Se llama Ernesto Arragoitía, acusado de darle candela al antiguo Teatro
Auditorium, hoy “Amadeo Roldán”. Fue
en ese pabellón donde ahorcaron a Rafael del Pino, por su vinculación con
Fidel Castro en el “Bogotazo”.
En ese pabellón están también los plantados mutilados, entre los que
hay casos verdaderamente patéticos, que únicamente un régimen sin el más mínimo
sentido de compasión humana es capaz de mantener.
Sus nombres: Manuel Martín
Barrera, Pascasio Díaz, Luiba del Toro, Pedro Santos, Isamel Hernández Luiz,
Nicolás Morejón Ruíz, Arcadio Peguero Domínguez, Isnardo Fernández,
Wilfredo Martínez Vega, Federico González Hernández y Armando Valladares.
Está también el español Odilio Alonso, condenado a 30 años, con
tumores en la cabeza resultado de golpes recibidos en Isla de Pinos y Boniato.
Algunos de los mencionados, han quedado afectados por huelgas de hambre y
otras causas.
3. La
Comisión ha recibido también denuncias por falta de tratamiento médico en las
cárceles. En el ya citado caso 2300, se denunció la situación de Armando
Valladares, de 39 años de edad,
preso desde 1961 cuando era estudiante de Derecho sentenciado a 30 años de
presión al cumplir los 24 años de edad, por disentir con el Dr. Fidel Castro.
El 24 de junio de 1974, el
director de la penitenciaría declaró “en huelga de hambre a todos los
presos plantados”6.
Dos meses después se levantó la medida y seis de los presos quedaron
con polineuritis, a consecuencia de la falta de alimentos.
Uno de ellos fue Valladares. La
terapia adecuada le devolvería la facultad de caminar, pero le ha sido negada.
La denuncia se ha formulado con los siguientes detalles:
La negociación de alimentos por más de 40 días para obligar a los
prisioneros de la antigua prisión de La Cabaña (hoy desactivada) a aceptar los
planes de rehabilitación y disciplina militar (siendo prisioneros políticos).
Este hecho llevó a Valladares a la enfermedad diagnosticada como
polineuritis carencial la cual puede ser curada con un adecuado tratamiento médico,
pero se le niega asistencia por negarse él a aceptar adoctrinamiento marxista e
ir en contra de sus principios cristianos e ideológicos... Ha sido objeto, en
innumerables ocasiones, de bárbaros maltratos físicos.
Sufrió el Plan de Trabajos Forzados de la Prisión de Isla de Pinos. Pasó más de tres años en las celdas tapiadas de la prisión
de Boniato (ubicada en la Provincia de Oriente), en donde jamás puede verse la
luz del sol, donde la alimentación es el extremo deficiente y escasa, donde no
existe asistencia médica de ningún tipo, donde existen actualmente gran
cantidad de prisioneros políticos en idéntica o peor situación desde hace más
de siete años.
A Valladares no se le permite visita de familiar alguno desde hace más
de siete años, la correspondencia no tiene jamás seguridad de llegar, lo mismo
nuestra para él que de él para nosotros.
Su señora madre se encuentra en Cuba y no ha podido tampoco verlo desde
hace años, las visitas le han sido suspendidas por tiempo indefinido, no puede
tampoco recibir paquetes de ayuda familiar, ni medicinas. Actualmente llevó más de nueve meses sin tener
correspondencia suya y tampoco se si recibe las mías.
La incomunicación es total.
Haciendo valer su derecho de disentir con el régimen actual de Cuba, ha
escrito veinticinco versos que he recopilado en un libro al cual hemos dado título
“Desde mi silla de ruedas”. A
partir de la publicación del libro es que ha comenzado la mayor incomunicación,
ya que desde entonces no he vuelto a tener noticias suyas, desconociendo en la
actualidad cuál es si situación.
En abril de 1979 de denunciante agregó información sobre el estado de
Valladares a mediados de marzo:
Todos los días por la mañana le traen unos sobres con las medicinas y
un cartón con una relación para que él mismo se administre los medicamentos a
las horas indicadas. Como es asmático
le pusieron un botellón de oxígeno y le dejaron un nebulizador, ámpulas de
suero fisiológico y líquidos antiasmáticos para que, cuando tenga crisis, él
mismo se prepara el aerosol y se lo administre.
Pos las madrugadas se despierta con crisis fuertes y entre estertores y
bacanadas de aires, asfixiándose e inválido, tiene que ponerse a romper ámpulas
y a ojo, pues no puede medir la cantidad de líquido, se prepara el aerosol,
manipula las llaves del oxígeno, etc. Este
trato es además de una violación de las disposiciones internacionales de la
medicina, un desprecio total por su condición de enfermo y de ser humano.
Las provocaciones han ido en aumento, tenía autorizadas visitas
diariamente con el sólo motivo de chequear a quienes fueran a verlo. El pasado sábado detuvieron a una de sus visitas y fue
interrogada durante horas, presionada, aterrorizada. Fue incomunicado desde ese día por completo.
El domingo una muchacha que iba a visitarlo fue interceptada en la puerta
por la Seguridad del Estado; pobrecita lloraba y temblaba asustada.
Una silla de ruedas que le enviara la Cruz Roja Holandesa en el pasado
mes de junio a través de la Cruz Roja Cubana no le ha sido entregada, y el
descaro de la Cruz Roja Cubana llegó a límites inauditos al informarle a
quienes la enviaron que ya estaba en poder de él.
Eso es mentira y la necesita por cuanto la que tiene en la actualidad,
que es del Estado, está rota, oxidada, funciona mal y se le cae una rueda.
Su madre fue amenazada en el sentido de que si seguía reclamando la
silla sería considerada como una actividad “contrarrevolucionaria”.
4. Falta
de alimentación adecuada
Caso 4402:
El 29 de mayo de 1979 se recibió una denuncia en la cual se informó
sobre la huelga de hambre que estaba realizando Eloy Gutiérrez Menoyo
desde el 4 de mayo en la prisión de Combinado del Este.
Se denunció además que Gutiérrez Menoyo ha sido transferido a una
celda de castigo por las declaraciones que hiciera públicamente en contra del
diálogo. (Véase Cap. IV).
Las partes pertinentes de la denuncia recibida por la Comisión son como
siguen:
Desde el día 4 de mayo, 21 presos políticos cubanos entre los que se
encuentra el ex-Comandante Eloy Gutiérrez Menoyo y los poetas Ernesto Díaz
Rodríguez y Guillermo Rivas Porta, se encuentran en huelga de hambre en
protesta por las arbitrariedades que las autoridades de la prisión de Combinado
del Este (La Habana), comenten contra ellos.
Desnudos e incomunicados, en celdas tapiadas donde el calor y los
mosquitos los atormentan, estos hombres en su mayoría llevan ya mas de 16 años
presos, corriendo grave peligro de muerte.
Después de esta huelga de hambre, el 23 o 24 de julio fueron trasladados
114 presos políticos desde la prisión de Combinado del Este a la cárcel de máxima
seguridad de Boniato (Oriente), situada a más de mil kilómetros de La Habana.
La Comisión recibió la siguiente denuncia respecto al traslado:
Ellos fueron sorpresivamente hacinados en jaulas cerradas, y con gran
despliegue de fuerzas, se les trasladó a la prisión de Boniato donde llegaron
dos días más tarde, después de un viaje que ningún animal que no sea un ser
humano hubiera resistido con vida. Allí
se encuentran en pésimas condiciones de vida, con deficiencias alimentarias y
de higiene, sin asistencia médica, dificultades con la visitas y virtual
incomunicación. Como protesta por
su situación actual y exigiendo sus derechos, se encuentran desde el pasado día
31 de julio rechazando todos los alimentos.
El rechazo de alimentos se efectuó desde el día 31 de julio al 10 de
agosto, día en que funcionarios del Ministerio del Interior y del Penal
ofrecieron algunas soluciones.
Huber Matos, se refirió a este grupo de presos en Boniato en la
siguiente forma:
...fue trasladado hace cuestión de tres meses, desde, para ser exacto,
el 23 o 24 de julio, desde la cárcel de La Habana del Este, para la cárcel de
Boniato, en el norte extremo del país, y está sujeto al régimen de
hambreamiento, de no asistencia médica, de no sol, si no le dan sol. Esos compañeros están en la cárcel de Boniato.
Los someten a castigo. Están
enflaqueciendo gradualmente porque el régimen alimenticio es régimen de
castigo. De hambre, han tenido que
hacer varias huelgas. Huelgas de
hambre para buscar la manera que no los atropellen más, para que se les
restituya a la prisión de La Habana de Este si es que no se les puede soltar de
inmediato. Ese es el grupo de cárcel de Boniato. Y están muy urgidos de libertad... 5.
Falta de justicia y debido proceso
Una de las denuncias recibidas en el caso 3887 en el que se da cuenta de
la detención política, desde junio de 1976, de la médica y revolucionaria Dra.
Marta Frayde. Los denunciantes
afirman que la doctora Frayde fue nombrada Directora del Hospital Nacional de La
Habana en 1959. En ese año, como
Presidente del Movimiento de la Paz, condecoró al Dr. Fidel Castro con la orden
de Lenín. Desde 1963 hasta 1964 la
doctora Frayde enseñó en el Hospital Broca en París, mientras que servía
también como Delegado ante la UNESCO con el rango de Ministro Consejero.
Cuando volvió a Cuba en 1964, por razones políticas cesó en todos sus
cargos oficiales, logrando en el año 1967 la autorización del Gobierno para
aceptar una invitación a trabajar en la Clínica de Obstetricia y Ginecología
de la Facultad de Madrid. Trece días
antes de su salida, fijada para el día 18 de junio, la Dra. Frayre recibió una
llamada telefónica del Jefe de los servicios de Seguridad quien le informó que,
por orden de Fidel Castro, ella “no podrá salir de Cuba por razones de
Seguridad del Estado”. En el año
1976 la Dra. Frayde fue detenida en su domicilio y conducida a la Sede Central
de las oficinas de Seguridad. Se
departamento fue registrado, sus muebles y enseres destruidos, le fue confiscado
su coche y también s material médico de trabajo. Luego, fue transferida a la
prisión de mujeres “Nuevo Amanecer” en el pabellón para presos comunes, en
donde sufrió las malas condiciones alimenticias.
Como consecuencia de una intoxicación grave fue trasladada a otra
cárcel,
“La Benéfica”. Posteriormente,
en el año 1977, fue juzgada ante un tribunal secreto que el acusaba de
espionaje y el cual la condenó a 29 años de cárcel.
El denunciante declara que es absolutamente inconcebible que una mujer
con el pasado revolucionario de la Dra. Marta Frayde, tras haber manifestado
honradamente su desacuerdo con el modelo soviético impuesto a la revolución
cubana y solicitado oficialmente el permiso de salida de la Isla, haya podido
entregarse a actividades de “espionaje” al servicio del imperialismo.
El nombre de la Dra. Frayde está incluido en la lista de los últimos
indultados, pero su liberación no ha sido aún confirmada. 1.
Las
declaraciones del Vicepresidente de Cuba, Dr. Carlos Rafael Rodríguez,
fueron difundidas en una entrevista realizada el 1o. de febrero de 1977 por
la Corporación Radiodifusora Británica (BBC). 2
. Véase, Capítulo
IV. 3.
Actualmente hay 14 provincias, resultado del Primer Congreso del
Partido Comunista Cubano en el año 1976.
Sin embargo, se hace referencia a las 6 provincias que existían
desde el siglo XVII por ser más conocidas. 5
Existe
una excepción respecto a los delitos para los cuales se establece esta pena
alternativamente con la de muerte, en los que el Tribunal competente puede
extender su término hasta 30 años. 6
La delcaratoria “en huelga de hambre” por parte del director de
la penitenciaría significa la privación de alimentos de los recluses. |