CAPÍTULO VI

 

LUGARES QUE LA COMISIÓN NO PUDO VISITAR. LOS ESTABLECIMIENTOS

DENUNCIADOS COMO CENTROS DE TORTURA

 

 

1.       Ya se indicó que durante las visitas reseñadas en  el capítulo anterior los miembros de la Comisión fueron acompañados, en todos los casos, por autoridades militares. Es necesario manifestar que los acompañantes no obstaculizaron ni perturbaron la labor de la Comisión. Siempre se mantuvieron prudentemente alejados mientras los miembros de aquélla interrogaban a los detenidos quienes pudieron, por lo tanto, expresarse con la mayor espontaneidad.

 

2.       Pero también es necesario hacer una reserva de la mayor importancia, que en nada se relaciona con las tareas cumplidas por esos funcionarios.

 

          En el curso de los interrogatorios efectuados a los detenidos, ya en Santiago o fuera de Santiago, en el norte o en el sur, del elevado número de los que manifestaron haber sido sometidos a torturas, en algunos casos brutales y de las cuales quedaban huellas visibles, la gran mayoría afirmaba que las torturas no eran aplicadas en los mismos establecimientos en que estaban o habían estado detenidos, sino en determinados lugares a los cuales se les trasladaba a tales efectos. Según expresaron a la Comisión allí se les interrogaba y, al hacerlo, allí se recurría a una amplia gama de apremios físicos y psicológicos.

 

3.       Con significativa unanimidad, en los establecimientos más distantes entre sí se nos manifestó que los lugares destinados a torturas eran los siguientes:

 

          a)          Una dependencia de la Dirección de Investigaciones de Santiago, llamada vulgarmente “la patilla”, que se encuentra en la planta baja de su local central.

 

          b)          La finca de la calle Londres Nº 38, llamada también “la casa del terror” o “la casa de las campanas”, esto último porque desde su interior se oyen las campanas de una iglesia próxima.

 

          c)          La Escuela de Guerra de la FACh, señalada como un centro muy importante de apremios físicos.

 

          d)          Una sección del Hospital Militar, en la cual las torturas se regularían con vigilancia médica.

 

          e)          El buque de la Armada “Esmeralda”.

 

          Es importante señalar que en esos lugares han sido descritos de manera coincidente por detenidos alejados entre sí.

 

          Por supuesto, las torturas habrían sido aplicadas a hombres y mujeres por igual, tomando en este último caso las formas más aberrantes.

 

4.       Pues bien: cuando los miembros de la Comisión, ya al final de su labor indagatoria y no habiendo recibido aún las prometidas tarjetas de identificación, manifestaron su propósito de visitar esos locales, se les hizo saber que tal visita no se podría realizar, por cuanto los mismos habían sido recientemente declarados “recintos militares”.

 

          Esta negativa impidió culminar una tarea de la mayor importancia, por cuanto de lo que se trataba era de cotejar las descripciones, coincidentes entre sí, de las alegadas salas de tortura, con los distintos ambiente que integran los mencionados edificios.

 

          La Comisión tiene la absoluta certeza de que una Comisión Investigadora de alta autoridad y absoluta independencia que designe el Gobierno de Chile, no encontrará la menor dificultad para efectuar las verificaciones para los cuales los miembros de la Comisión se vieron impedidos.

 

          Esta es la única –pero grave—reserva que cabe formular, en cuanto a las facilidades acordadas para que la Comisión pudiera cumplir con sus deberes.

 

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