CAPÍTULO II ACTIVIDADES
DE LA CIDH A
partir del mes de octubre de 1980, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos celebró cinco períodos de sesiones: el quincuagésimo, el quincuagésimoprimero,
el quincuagésimosegundo, el quincuagésimotercero y el quincuagésimocuarto. Los
períodos de sesiones mencionados, se llevaron a cabo en la sede de la
Comisión, Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos,
Washington, D.C. Como
se indica en la síntesis de cada uno de los mismos, en el presente capítulo,
en los períodos de sesiones referidos la Comisión analizó y tomó
decisiones en torno a diversos asuntos, de acuerdo con el programa
respectivo. Cada
un o de los cinco períodos de sesiones celebrado fue abierto, en la
respectiva sesión inaugural, por el Secretario General de la OEA y por el
Presidente del Consejo de la Organización regional, quienes dejaron
constancia de la fructífera labor desarrollada por la Comisión y
formularon votos por el continuado éxito en sus difíciles y meritorias
labores. En
cada uno de estos períodos de sesiones, el Presidente y el Secretario
Ejecutivo de la Comisión presentaron sus respectivos informes. Asimismo,
a partir de octubre de 1980, La
Comisión como se expresa en el presente capítulo, desarrolló otras
actividades relativas a la promoción y observancia de los Derechos humanos. A.
Quincuagésimo Período de Sesiones Este período
de sesiones fue celebrado por la Comisión a partir del 29 de septiembre de
1980, habiendo concluido el 4 de octubre del mismo año.
Participaron los siguientes miembros: Tom J. Farer, Presidente; Marco
Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente;
Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos
A. Dunshee de Abranches; Luis Demetrio Tinoco Castro; y César Sepúlveda. En este período
de sesiones la Comisión trató diversos asuntos de importancia en el campo
de la promoción y la defensa de los derechos humanos.
Entre esos asuntos, cabe destacar los siguientes: 1.
Adoptó el Informe Anual el cual, por conducto del Secretario General
de la OEA, fue transmitido a los Gobiernos de los Estados Miembros, con el
objeto de que el mismo fuera considerado en el Décimo Período Ordinario de
Sesiones de la Asamblea General de la Organización.
En este documento la Comisión analizó la situación de los derechos
humanos en varios Estados y señaló medidas específicas relativas a la
participación política y a la efectividad de los derechos económicos,
sociales y culturales en el Continente. 2.
Consideró la preparación y organización de la observación in
loco en Nicaragua con el fin de examinar la situación de los derechos
humanos en dicho país. Esta
observación se realizó por invitación del Gobierno de Reconstrucción
Nacional Nicaragüense, y se llevó a cabo del 6 al 11 de octubre de 1980. 3.
Analizó el resultado de la observación in loco practicada en
Colombia en el mes de abril de 1980, la que culminó con la liberación de
los rehenes que se encontraban cautivos en la Embajada de la República
Dominicana en Bogotá.
Asimismo, la Comisión conoció de los trabajos preliminares
referentes al Informe sobre la situación de los derechos humanos en este país;
Así como de las actividades efectuadas por la Comisión concernientes a la
observación del Consejo de Guerra Verbales en Colombia, sobre la base del
Acuerdo concertado entre el Gobierno Colombiano y la Comisión en el mes de
abril de 1980. 4.
Consideró la situación de los derechos humanos en Guatemala; y
lamentó que el gobierno de ese país haya decidido postergar la determinación
de la fecha para la práctica de una observación in loco en
territorio guatemalteco para lo cual la había invitado en el mes de enero
de 1980. No obstante, la Comisión
dejó constancia de que confiaba en que pudiera fijarse una fecha precisa
para el cumplimiento de aquella finalidad, entendiendo que la misma
contribuiría a una apreciación más exacta de la realidad guatemalteca en
materia de derechos humanos. 5.
Consideró la situación de los derechos humanos en Bolivia; y deploró
que el Gobierno de este país
no haya respondido a la nota que le remitió el 8 de agosto de 1980 en la
cual le solicitaba diversas informaciones relacionadas con la vigencia de
los derechos humanos y le pedía su anuencia para realizar una observación in
loco, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias correspondientes
de la Comisión. La nota
referida fue enviada por la Comisión en cumplimiento de Resolución
CP/RES.308 (432/80) del Consejo Permanente de la OEA.
6.
Consideró la situación de los derechos humanos en otros países. En tal sentido, analizó aspectos concretos en este campo en
Estados Unidos de América, Cuba, Paraguay y Chile. 7.
Consideró y adoptó medidas sobre materiales, tanto de orden
administrativo como referentes a la promoción de los derechos humanos; y
concedió audiencias a personas e instituciones que previamente las habían
solicitado. 8.
Consideró la participación de la Comisión en el Instituto
Interamericano de Derechos Humanos con sede en Costa Rica; y en el X
Congreso interamericano de
Filosofía que se realizará en el mes de octubre de 1981 en Tallahasse,
organizado por la Sociedad Interamericana de Filosofía y la Universidad del
Estado de la Florida.
B.
Observación in loco en Nicaragua
Como se expresa en el literal que antecede, del 6 al 11 de octubre de
1980 la Comisión realizó una observación in loco en Nicaragua, atendiendo
la invitación que para tal fin le formulara el Gobierno de Reconstrucción
Nacional de dicho país. Esta visita fue
anunciada por la Comisión en Comunicado de Prensa de 15 de septiembre de
1980; y en Comunicado de Prensa de 11 de octubre del mismo año, hizo de
conocimiento público las actividades efectuadas en territorio nicaragüense. En Comunicación
No. 074 de 3 de diciembre de 1979 del Ministerio de Exterior, el Gobierno de
Nicaragua formalizó la invitación para que la Comisión visitara dicho país.
En consideración a ello, en su quincuagésimo período de sesiones
la Comisión hizo los preparativos correspondientes, y
designo la Comisión Especial encargada de realizar la observación
in loco, la que estuvo integrada por los siguientes miembros: Señor Tom J.
Farer, Presidente; señores Marco Gerardo Monroy Cabra, y Francisco Bertrand
Galindo, Vicepresidentes; Carlos a Dunshee de Abranches, Luis Demetrio
Tinoco Castro y César Sepúlveda, asistidos por funcionarios profesionales
y personal administrativo de la Secretaria de la Comisión. Durante su
permanencia en Nicaragua, la Comisión sostuvo entrevistas con los Miembros
de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, de la Comisión
Nacional de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de la Corte
Suprema de Justicia y de los tribunales Especiales; con los Ministros de
Relaciones Exteriores, del interior, y de justicia; y con otras autoridades
civiles y militares, tanto nacionales como departamentales.
El Gobierno nicaragüense brindo a la Comisión las facilidades
necesarias para el cumplimiento de su cometido. Asimismo, La
Comisión sostuvo reuniones con el Presidente de la Cruz Roja del país, con
el Presidente de la Conferencia Episcopal de Nicaragua, con directivos de la
Comisión Permanente de Derechos Humanos, con representantes de diversas
instituciones políticas, religiosas, científicas, humanitarias,
profesionales, empresariales, sindicales; y con diferentes medios de
comunicación colectiva. De
todas estas personas y entidades la Comisión recibió importantes
testimonios sobre la realidad nicaragüense en materia de derechos humanos.
También la
Comisión visitó varios centros de detención habiendo obtenido el
testimonio de muchas personas que se encontraban privadas de su libertad,
Estos centros son los recintos penitenciarios “Jorge Navarro” ex’cárcel
“Modelo”; “Héroes y Mártires de Nueva Guinea” ex’cárcel de la
“Zona Franca”; los centros de “Palo Alto”, de la Seguridad del
Estado en el Chipote en el complejo militar “Germán Pomares”, en la
ciudad de Managua; las cárceles “Orlando Betancourt” y el comando
“Carlos Amaya Talamante” en el Departamento de León; las cárceles “
José L. Enríquez” antes llamada “La Pólvora” y la cárcel de
mujeres “Ruth Rodríguez” en la ciudad de Granada, el centro de detención
de Cayotepe “Benjamín Zeledón”, que se encontraba sin reclusos, en la
ciudad de Masaya; y el centro de detención “Juan José Quezada” de
Jinotepe en el Departamento de Carazo. Durante su
permanencia en Nicaragua, la Comisión
recibió denuncias sobre presuntas violaciones de derechos humanos, para su
trámite de conformidad con el Estatuto y el Reglamento de la Comisión.
Además, mantuvo en forma permanente una oficina para recepción de
denuncias, ubicada en el Hotel Camino Real de Managua.
El Gobierno de Reconstrucción Nacional reiteró a la Comisión su
decisión de no adoptar ningún tipo de represalias respecto de las personas
que formularon denuncias y de las personas y entidades que le proporcionaron
testimonios e informaciones o que colaboraron con ella. Por
considerarlo importante y de carácter urgente, la Comisión hizo entrega al
Gobierno de Reconstrucción nacional, el día que concluyó la observación in
loco, de un documento de Recomendaciones tendientes a mejorar la situación
de los derechos humanos en este país.
C.
Quincuagésimoprimer Período de Sesiones
Este período de sesiones fue celebrado por la Comisión a partir del
17 de noviembre de 1980, habiendo concluido el 26 del mismo mes y año.
Participaron los siguientes miembros: Tom J. Farer, Presidente; Marco
Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand Galindo,
Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; Andrés Aguilar; Y César
Sepúlveda. De acuerdo con
la agenda correspondiente, la Comisión desarrolló diversas actividades y
analizó diferentes asuntos relativos a la observancia y protección de los
derechos humanos. Entre tales actividades y asuntos, cabe destacar los
siguientes: 1.
Examinó la situación de los derechos humanos en Colombia,
Nicaragua, Guatemala y Bolivia y formuló las directrices respectivas para
la elaboración de informes sobre la materia en dichos países. 2.
Consideró las circunstancias prevalecientes en el campo de los
derechos humanos en El Salvador y, a la luz de las mismas, la posibilidad de
llevar a cabo una observación in loco en este país.
En el contexto de esta situación, recibió en pleno al Ministro de
Relaciones Exteriores salvadoreño Licenciado Fidel Chávez Mena. 3.
Analizó la situación de los derechos humanos en otros países. Al respecto, se abocó al conocimiento de esta situación en
determinados aspectos, en Estados Unidos de América, Uruguay, Cuba, Chile,
Haití, Grenada y Jamaica. 4.
Sostuvo entrevistas y audiencias con personas e instituciones que se
las solicitaron. Entre las
audiencias figuran las sostenidas con el señor Adolfo Pérez Esquivel,
argentino, Premio Nobel de la Paz 1980. Y con directivos de la Asociación
Latinoamericana de Derechos Humanos con sede en Quito, Ecuador.
Estando reunida la Comisión en su Quincuagésimoprimer periódo de
sesiones, se celebró en Washington, D.C., en la sede de la Secretaría
General de la OEA, el Décimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea
General de la OEA. En este Décimo
Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General, la Comisión estuvo
representada por el Presidente Profesor Tom J. Farer; por el primer y
segundo Vicepresidentes Doctores Marco Gerardo Monroy Cabra y Francisco
Bertrand Galindo. Respectivamente; pro el Profesor Carlos A. Dunshee de
Abranches; y por los Doctores Andrés Aguilar y César Sepúlveda. De conformidad
con la agenda de la Asamblea General, esta consideró los siguientes temas
vinculados con la Comisión: a)
Elección de tres miembros de la Comisión; b)
Informe Anual e Informes
Especiales de la Comisión; c)
Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; d)
Proyecto de la Convención
que define la Tortura como Crimen Internacional; e)
Seguimiento de la situación de los derechos humanos en Bolivia; y, e)
Modificaciones a determinados Artículos del Estatuto de la Comisión. La
Asamblea General eligió a tres miembros de la Comisión, procediendo a
reelegir a los Doctores Andrés Aguilar, Luis Demetrio Tinoco Castro y César
Sepúlveda, quienes habían concluido sus períodos anteriores. La Asamblea
General, en su décimo período ordinario de sesiones, aprobó las
resoluciones, cuyos textos se incluyen a continuación, relacionados con los
derechos humanos: AG/Res.484
(X-O/80) SEGUIMIENTO
DE LA (Resolución
aprobada en la sexta sesión plenaria LA ASAMBLEA
GENERAL, CONSIDERANDO: Que el Consejo
Permanente de esta Organización el 25 de julio de 1980 aprobó su resolución
CP/RES. 308 (432/80). RESUELVE: 1.
Hacer suya la resolución CP/RES 308 (432/80) del 25 de julio
mediante la cual el Consejo Permanente de la Organización de los Estados
Americanos deploró el golpe militar en Bolivia, el cual suspende
indefinidamente el proceso de institucionalización democrática que estaba
culminando en esa hermana República. 2.
Reiterar el pedido a la CIDH, de que, en el plazo más breve posible,
prepare un informe sobre la situación de los derechos humanos en Bolivia,
para ser considerado por el Organo competente del Sistema Regional. AG/Res.508
(X-O/80) MODIFICACIONES
A LOS ARTICULOS 6 Y 8 DEL ESTATUTO DE (Resolución
aprobada en la Sexta sesión plenaria LA ASAMBLEA
GENERAL, CONSIDERANDO: Que
mediante la resolución AG/RES. 327 (VIII-O/78), aprobada por la
Asamblea General en 1978, resolvió celebrar sus períodos de sesiones
preferentemente durante el cuarto trimestre de cada año y acordó armonizar
la fecha de iniciación del mandato de los miembros de los órganos,
organismos y entidades de la Organización cuya elección le corresponde
efectuar a la Asamblea. Que
por otra parte, la Asamblea General por resolución AG/RES.447 (IX-O/79)
encargó al Consejo Permanente que estudiase las normas y procedimientos
sobre incompatibilidades que deberían incorporarse al Artículo 8 del
Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y VISTOS: El documento
informativo sobre los “Antecedentes relativos a la decisión de la
Asamblea General de armonizar la fecha de iniciación del mandato de los
miembros de varios órganos de la OE” (ag/cp/Sub-T50/80) en el que se
trata la modificación del Artículo 6 del Estatuto de la Comisión, y La resolución
CP/RES. 320 (442/80) “Normas y Procedimientos sobre Incompatibilidad –
Artículo 8 del Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”,
aprobada por el Consejo Permanente el 14 de noviembre de 1980, contenida en
el documento AG/doc. 1269/80, RESUELVE: 1.
Modificar el Artículo 6 del Estatuto de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos a fin de que quede redactado de la siguiente manera: Artículo
6
1.
Los miembros de la Comisión serán elegidos por cuatro años y sólo
podrán ser reelegidos una vez. Los
mandatos se contarán a partir del 1° de enero del año siguiente al de la
elección. 2. Extender el
mandato de los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
que resulten elegidos durante el presente período ordinario de sesiones, así
como el mandato de los actuales miembros que no expiren el 21 de mayo de
1981, hasta el 31 de diciembre del año en que deberían terminar tales
mandatos. 3.
Modificar asimismo el Artículo 8 del Estatuto de la Comisión de la
siguiente manera: Artículo
8
1.
El cargo de miembro de la Comisión interamericana de Derechos
Humanos es incompatible con el ejercicio de actividades que pudieren afectar
su independencia, su imparcialidad, o la dignidad o el prestigio de su cargo
en la Comisión. 2.
La Comisión considerará cualquier caso que se presente sobre
incompatibilidad según los términos fijados en el inciso primero de este
artículo y de acuerdo con el procedimiento que disponga su reglamento. Si
la Comisión, con el voto afirmativo de por lo menos cinco de sus miembros,
determina que existe un caso de incompatibilidad, lo elevará con sus
antecedentes a la Asamblea General, la cual decidirá al respecto. 3.
La declaratoria de incompatibilidad por parte de la Asamblea General,
será adoptada con una mayoría de los dos tercios de
los Estados Miembros de la Organización y causará la inmediata
separación del cargo del miembro de la Comisión, pero no invalidará las
actuaciones en las que éste hubiera intervenido. AG/Res.
509 (X-O/80) PROYECTO
DE CONVENCION QUE DEFINE LA TORTURA (Resolución
aprobada en la sexta sesión plenaria LA
ASAMBLEA GENERAL, VISTA:
La Resolución AG/RES. 368 (VII-O/78), en virtud de la cual solicitó
al Comité Jurídico interamericano de Derechos Humanos, un proyecto
de Convención que defina la tortura como crimen internacional;
CONSIDERANDO: Que
el Comité Jurídico interamericano, en coordinación
con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha preparado un
Proyecto de Convención que define la Tortura como Crimen Internacional. Que, en
consecuencia, se ha dado cumplimento a lo dispuesto en la resolución 368
del octavo período ordinario de sesiones de la Asamblea General; y Que es
necesario que los Gobiernos de los Estados Miembros tengan la oportunidad de
formular sus observaciones y comentarios al Proyecto elaborado por el Comité
Jurídico Interamericano, RESUELVE: 1.
Agradecer al Comité Jurídico Interamericano y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos la labor realizada en la importante tarea
de la elaboración del “Proyecto de Convención que Define la Tortura como
Crimen Internacional”. 2.
Transmitir dicho Proyecto con su correspondiente Exposición de
Motivos y los votos emitidos por los señores Miembros del Comité a la
consideración de los gobiernos de los Estados Miembros para que, antes del
30 de abril de 1981, formulen las observaciones y comentarios al mencionado
proyecto y los transmitan al Consejo
Permanente, a fin de que éste introduzca en el Proyecto de Convención las
modificaciones convenientes y lo someta a la próxima Asamblea General. AG/Res.
510 (X-O/80) INFORME
ANUAL E INFORMES ESPECIALES (Resolución
aprobada en la sexta sesión plenaria VISTOS: El informe
Anual de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CP/doc.1110/80), los Informes Especiales de la misma Comisión
(AG/CP/doc. 254 253/80) y las réplicas de gobierno (AG/CP/doc. 256 y 259/80
y AG/doc. 1261/80), y CONSIDERANDO: Que la protección
y vigencia de los derechos humanos constituyen una de las altas finalidades
de la Organización de los Estados Americanos y su observancia es fuente de
solidaridad entre los Estados Miembros, así como garantía de respeto a la
vida humana y a la dignidad del hombre; Que la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tiene como finalidad principal
promover el respeto y la defensa de los derechos humanos en todos los
Estados Miembros; Que la
estructura democrática es un elemento esencial para el establecimiento de
una sociedad política donde se puedan realizar plenamente los valores
humanos; Que en su
estudio de la situación de los derechos humanos en el Hemisferio la Comisión
ha señalado, como hecho positivo, la evolución ya iniciada o completada en
algunos países para volver a la democracia representativa; Que en el
Informe Anual y en los Informes Especiales de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos se destaca, como señal positiva, las medidas adoptadas en
determinados países que contribuyen de manera significativa al cumplimiento
de los derechos enunciados en la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto
de San José de Costa Rica); Que,
no obstante lo anterior, los informes señalan, asimismo, que persiste una
situación caracterizada por graves y repetidas violaciones de los derechos
y libertades fundamentales, y por la insuficiencia o ineficacia de las
garantías y los medios de defensa que ofrecen las leyes nacionales de
dichos países; Que la Comisión
recomienda que se ponga fin inmediatamente a las graves violaciones de los
derechos humanos, tales como la desaparición de personas, el empleo de la
tortura, la detención sin el debido proceso y el exilio arbitrario. Que el Capítulo
VI del Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace
referencia a los derechos para el ejercicio de los derechos humanos,
resultan de las condiciones de extrema pobreza que sufren muchos sectores de
población. Que con el
objeto de reafirmar la importancia de la CIDH, contribuir a la eficacia de
sus tareas, preservando su autonomía técnica, lograr la máxima cooperación
de todos los Gobiernos y robustecer la solidaridad de los Estados Miembros,
se han adoptado, en esta Asamblea general, estos procedimientos para la
consideración de los informes sobre derechos humanos en el Hemisferio, en
la confianza de que servirán para impulsar la promoción y defensa
efectivas de los derechos humanos; RESUELVE: 1.
Tomar nota del Informe Anual que incluye la consideración de la
situación de los derechos humanos en Chile, El Salvador, Paraguay y Uruguay
y de los Informes Especiales sobre la situación de los derechos humanos en
la Argentina y en Haití. Expresar su más
firme apoyo a la labor realizada por la CIDH y reafirmar la importancia que
sus informes tienen para la promoción y defensa de los derechos humanos. 2.
tomar nota de las observaciones, oposiciones y comentarios de dichos
gobiernos y de las informaciones sobre las medidas que por su propia y libre
iniciativa han tomado y continuarán tomando para afianzar los derechos
humanos en sus países, expresando la importancia de que, dentro de esa
libre y propia iniciativa, se adopten nuevas medidas que persigan iguales
propósitos, particularmente las que atienden recomendaciones contenidas en
los informes. 3.
instar a los Gobiernos de los Estados Miembros que aún no lo han
hecho a que adopten y pongan en práctica las medidas necesarias para
preservar y asegurar la plena vigencia de los derechos humanos; y hacerlo
especialmente en aquellos casos que se refieren a la situación de los
detenidos sin el debido proceso, a las personas desaparecidas, al retorno de
los exiliados, y a la derogación de los estados de emergencia. 4.
Recomendar a los Estados Miembros que, teniendo en cuenta el Capítulo
VI del Informe Anual de la CIDH, continúen adoptando y aplicando las
medidas y disposiciones legislativas correspondientes para preservar y
mantener la plena efectividad de los Derechos y Deberes del Hombre. 5.
Reiterar la necesidad de evitar y, en su caso, poner inmediato término
a las graves violaciones a derechos humanos fundamentales, en especial a los
derechos a la vida, a la integridad y a la libertad personal y reafirmar que
la ejecución sumaria, la tortura y la detención sin debido proceso
constituyen violaciones de los derechos humanos. 6.
Recomendar a los Estados Miembros que aún no lo han hecho que
restablezcan o perfeccionen el sistema democrático de gobierno, en el cual
el ejercicio del poder derive de la legítima y libre expresión de la
voluntad popular, de acuerdo con las características y circunstancias
propias de cada país. 7.
Compartir la preocupación de la Comisión en destacar la importancia
de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de los
derechos humanos para el desarrollo integral de la persona humana. 8.
Reafirmar que la protección efectiva de los derechos humanos debe
abarcar también los derechos sociales, económicos y culturales.
Señalar, en tal sentido, a los Gobiernos de los Estados Miembros la
responsabilidad de efectuar los
máximos esfuerzos posibles a fin de participara plenamente en la cooperación
para el desarrollo hemisférico, por cuanto es una vía fundamental para
contribuir a aliviar en América la extrema pobreza, especialmente la que
padecen los países y regiones más necesitados. 9.
Tomar nota con satisfacción de la decisión de los gobiernos de los
Estados Miembros que han invitado a la Comisión a visitar sus respectivos
países y exhortar a los Gobiernos de los Estados que todavía no han
aceptado o que no han convenido fecha para esa visita a que lo hagan a la
brevedad posible. 10.
Solicitar que la CIDH continúe observando la situación de los
derechos humanos en los Estados Miembros que ella considere apropiados y que
incluya sus conclusiones en su informe al undécimo período ordinario de
sesiones de la Asamblea General en conformidad con el Artículo 18 del
Estatuto de la Comisión. 11.
Invitar a los gobiernos de los Estados Miembros, que aún no lo han
hecho, a que consideren la conveniencia de firmar o ratificar la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), que ha
sido objetado de ratificación, o adhesión por parte de Bolivia, Colombia,
Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras,
Jamaica, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela.
12.
Destacar la necesidad de que, en aquellos países donde ocurra, se
ponga fin inmediatamente a toda práctica que conduzca a la desaparición de
personas e instar asimismo a que se lleven a cabo los esfuerzos necesarios
para determinar la situación de las personas cuya desaparición ha sido
denunciada. 13.
Recomendar a los Gobiernos, en relación con el párrafo anterior, el
establecimiento de registros centrales en los cuales se lleve el control de
todas las personas que hayan sido objeto de detención, para permitir a sus
familiares y a otras personas interesadas tomar conocimiento, en un período
corto de tiempo, de cualquiera detención que haya ocurrido; solicitar,
asimismo, que las detenciones se lleven a cabo únicamente por autoridades
competentes debidamente identificas y que se ubique a los detenidos en los
lugares detenidos a ese propósito. 14.
Exhortar a todos los gobiernos que continúen prestando a la Comisión
la cooperación necesaria para el cumplimiento de su labor. E.
Quincuagésimosegundo Período de Sesiones Este período
de sesiones fue celebrado por
la Comisión a partir del 26 de febrero de 1981, habiendo concluido el 7 de
marzo del mismo año. Participaron todos los miembros, señores Tom J. Farer,
Presidente; Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco
Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches;
Andrés Aguilar; Luis Demetrio Tinoco Castro; y César Sepúlveda. En este período
de sesiones la Comisión conoció de asuntos de importancia en el campo de
los derechos humanos y adoptó las medidas que consideró oportunas y
apropiadas. Entre esos asuntos
y medidas, cabe destacar las siguientes: 1.
Aprobó los Informes Preliminares sobre la Situación de los Derechos
Humanos en Colombia y Nicaragua, los que se elaboraron sobre la base de las
observaciones in loco practicadas en esos países en abril y octubre
de 1980, respectivamente, así como sobre la base de otras fuentes.
Ambos documentos fueron enviados a los Gobiernos de Colombia y
Nicaragua para que dieran a conocer a la Comisión las observaciones que se
estimaren pertinentes. 2.
De conformidad con el compromiso concertado con el Gobierno
Colombiano decidió observar la etapa pública de los juicios militares
contra miembros del M-19, acordando
que el Presidente de la Comisión acompañado de
personal de la Secretaría, y otros miembros de aquella, viajaran a
Bogotá, en meses sucesivos, para tal efecto. 3.
Analizó las Resoluciones aprobadas por la Asamblea General de la OEA
en su Décimo Período Ordinario de Sesiones, relacionadas con la Comisión.
En lo referente a la Resolución sobre el seguimiento de la situación
de los derechos humanos en Bolivia y en atención a la misma, acordó enviar
una nueva nota al Gobierno de dicho país reiterándole la solicitud de
anuencia para practicar una observación in loco y pidiéndole contestar
antes del mes de junio de 1981. 4.
Consideró la situación de los derechos humanos en varios países,
particularmente en Bolivia, Cuba, El Salvador y Guatemala; y determinó que
se continuara con la preparación de los informes correspondientes a tales
países. 5.
Examinó diversas denuncias por alegadas violaciones de derechos
humanos en diversos Estados Miembros de la OEA, adoptando para tal fin las
medidas o resoluciones pertinentes, para su trámite a los Gobiernos
correspondientes. En relación
con esta materia, recibió denuncias de que habían sido detenidos en
Managua el Coordinador de la Comisión Permanente de Derechos Humanos de
Nicaragua, y en Buenos Aires seis dirigentes argentinos de instituciones de
defensa de los derechos humanos. Ante
tales circunstancias, manifestó de inmediato su preocupación a los
gobiernos de Nicaragua y Argentina solicitándoles información sobre los
hechos que originaron tales denuncias.
Asimismo, dejó constancia de su satisfacción por la posterior
liberación del Coordinador de la Comisión Permanente de Derechos Humanos
de Nicaragua, y por la excarcelación de los seis dirigentes argentinos.
6.
Conoció propuestas formuladas por varias entidades para promover los
derechos humanos y adoptó medidas de cooperación al respecto. 7.
Como en ocasiones anteriores concedió audiencias a personas e
instituciones que se lo solicitaron. Por
otra parte, otorgó la beca “Romulo Gallegos” para estudios relativos a
los derechos humanos, después de la evaluación detenida de las
aplicaciones de varios aspirantes. 8.
Consideró diferentes asuntos de carácter administrativo, entre
ellos el concerniente al Programa Presupuesto de la Comisión para el bienio
1982-1983.
F.
Quincuagesimotercer Período de Sesiones
Este período de sesiones fue celebrado por la Comisión del 22 de
junio al 2 de julio de 1981, habiendo
participado los miembros, señores Tom J. Farer, Presiente; Marco Gerardo
Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand Galindo, Segundo
Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; y César Sepúlveda.
En este período de sesiones la Comisión consideró y adoptó
medidas obre diverso asuntos en materia de derechos humanos.
Entre tales asuntos y medidas, cabe destacar los siguientes:
1. Procedió a
elegir su nueva Junta Directiva de conformidad con las disposiciones legales
que la rigen. Por aclamación
fueron reelectos los señores Tom J. Farer como Presidente; Marco Gerardo
Monroy Cabra Primer Vicepresidente; y Francisco Bertrand Galindo como
Segundo Vicepresidente. En
relación con este aspecto, la Comisión emitió un Comunicado de Prensa el
22 de junio de 1981.
2. Conoció y
analizó las observaciones que los Gobiernos de Colombia y Nicaragua
presentaron a los Informes que sobre la situación de los derechos humanos
en cada uno de esos países la Comisión había preparado.
Tomando en consideración las observaciones mencionadas, así como
nuevos elementos de convicción de que dispuso, aprobó los Informes
definitivos correspondientes. Estos
documentos fueron remitidos al señor Secretario General de la OEA para su
distribución a los Gobiernos de los Estados Miembros y a los medios de
comunicación colectiva.
3. Aprobó los
Informes Preliminares sobre la situación de los derechos humanos en Bolivia
y Guatemala. Estos documentos
fueron enviados a los Gobiernos de ambos Estados a efecto de que hicieran
conocer a la Comisión las observaciones que estimen pertinentes.
4. Conoció y
analizó las declaraciones del señor Representante Permanente de Chile ante
la OEA, en las que anunció el propósito de su Gobierno de suspender su
cooperación con la Comisión. A
ese respecto, la Comisión reafirmó su convicción de que tal actitud no es
compatible con las obligaciones que Chile ha contraído como Estado Miembro
de la Organización de los Estados Americanos.
5. Consideró la
situación de los derechos humanos en otros países.
En tal sentido se abocó al conocimiento de aspectos concretos en el
Salvador, Jamaica, Chile, Haití, Brasil y Paraguay. 6.
Consideró la solicitud formulada por el Gobierno de Colombia para
aclarar el Acuerdo celebrado entre dicho Gobierno y la Comisión en abril de
1980, a raíz de la toma de la Embajada de la República Dominicana en Bogotá
y de la observación in loco practicada, y el cual contempla la
observación, por parte de la Comisión, de la fase pública de Consejos de
Guerra Verbales. 7.
Dictó lineamientos específicos en relación con el esquema de
informe Anual de la Comisión 1980-1981, para ser presentado al Undécimo
Primer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la
Organización a celebrarse en Santa Lucía en el mes de diciembre de 1981. 8.
Analizó el cumplimiento de la Resolución AG/RES.314
(VII-O/77) de la Asamblea General de la OEA, y acordó actualizar el
estudio elaborado anteriormente en relación con la misma.
Mediante esta Resolución la Asamblea General dispuso recomendar a la
Comisión la preparación, para el examen y formulación de observaciones
del Consejo Permanente de la Organización, de un estudio acerca de los
sistemas y métodos de investigación de las violaciones de aquellos
derechos, sobre bases no discriminatorias que se ajusten al principio de la
igualdad jurídica entre los Estados y consignen la obligación de cumplir
los compromisos adquiridos en la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre. 9.
Consideró otras materias, entre ellas el otorgamiento de la beca
“Romulo Gallegos”. Además,
examino otros aspectos y adoptó las medidas y resoluciones que estimó
procedentes en relación con denuncias sobre alegadas violaciones de los
derechos humanos en diversos países de la Organización. 10.
Como en ocasiones anteriores, concedió audiencias a las personas e
instituciones que las solicitaron oportunamente; y trató diferentes asuntos
de carácter administrativo.
G.
Quincuagésimocuarto período de sesiones Este período
de sesiones fue celebrado por la Comisión del 8 al 17 de octubre de 1981,
habiendo participado todos sus miembros, señores Tom J. Farer, Presidente;
Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand
Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; Andrés
Aguilar; y César Sepúlveda.
En este período
de sesiones la Comisión analizó y tomó medias obre diferentes temas
concernientes a los derechos humanos, habiendo aprobado para tal fin el
programa correspondiente. Entre tales medidas y temas cabe destacar las siguientes: 1.
Aprobó los Informes definitivos sobre la Situación de los Derechos
Humanos en Bolivia y Guatemala, los cuales fueron remitidos al Secretario
General de la OEA para su distribución a los Gobiernos de los Estados
Miembros y a los medios de comunicación colectiva. 2.
Aprobó el presente Informe Anual para ser presentado a la Asamblea
General de la OEA en su Undécimo Período de Sesiones a celebrarse en
diciembre de 1981, en Santa Lucía. 3.
Consideró la situación de los derechos humanos en El Salvador y en
otros países, y para tal efecto, atendió los trámites reglamentarios
correspondientes. 4.
Recibió en audiencia especial al Presidente y Vicepresidente de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos, doctores Carlos Roberto Reina y
Pedro Nikken, respectivamente. En
este campo mantuvo un amplio cambio de impresiones con los jueces
mencionados, orientadas al mantenimiento de una estrecha y permanente
cooperación entre ambos organismos de protección internacional de los
derechos humanos creados por el Pacato de San José de Costa Rica. 5.
Consideró una comunicación de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, que ésta le sometió en consulta en relación con el caso
denominado “Viviana Gallardo y otras”. 6.
Consideró la situación de los derechos humanos en otros países y,
para tal efecto, atendió casos individuales referentes a la situación de
los derechos humanos. 7.
Atendió y resolvió diversas actividades relativas a la promoción
de los derechos humanos; así como diferentes asuntos de carácter
administrativo. |