CAPÍTULO II

ACTIVIDADES DE LA CIDH

 

A partir del mes de octubre de 1980, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebró cinco períodos de sesiones: el quincuagésimo, el quincuagésimoprimero, el quincuagésimosegundo, el quincuagésimotercero y el quincuagésimocuarto. 

Los períodos de sesiones mencionados, se llevaron a cabo en la sede de la Comisión, Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, Washington, D.C. 

Como se indica en la síntesis de cada uno de los mismos, en el presente capítulo, en los períodos de sesiones referidos la Comisión analizó y tomó decisiones en torno a diversos asuntos, de acuerdo con el programa respectivo. 

Cada un o de los cinco períodos de sesiones celebrado fue abierto, en la respectiva sesión inaugural, por el Secretario General de la OEA y por el Presidente del Consejo de la Organización regional, quienes dejaron constancia de la fructífera labor desarrollada por la Comisión y formularon votos por el continuado éxito en sus difíciles y meritorias labores. 

En cada uno de estos períodos de sesiones, el Presidente y el Secretario Ejecutivo de la Comisión presentaron sus respectivos informes. 

Asimismo, a partir de octubre de 1980,  La Comisión como se expresa en el presente capítulo, desarrolló otras actividades relativas a la promoción y observancia de los Derechos humanos.

 

A.          Quincuagésimo Período de Sesiones 

          Este período de sesiones fue celebrado por la Comisión a partir del 29 de septiembre de 1980, habiendo concluido el 4 de octubre del mismo año.  Participaron los siguientes miembros: Tom J. Farer, Presidente; Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente;  Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos  A. Dunshee de Abranches; Luis Demetrio Tinoco Castro; y César Sepúlveda. 

          En este período de sesiones la Comisión trató diversos asuntos de importancia en el campo de la promoción y la defensa de los derechos humanos.  Entre esos asuntos, cabe destacar los siguientes: 

          1.          Adoptó el Informe Anual el cual, por conducto del Secretario General de la OEA, fue transmitido a los Gobiernos de los Estados Miembros, con el objeto de que el mismo fuera considerado en el Décimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización.  En este documento la Comisión analizó la situación de los derechos humanos en varios Estados y señaló medidas específicas relativas a la participación política y a la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales en el Continente. 

          2.          Consideró la preparación y organización de la observación in loco en Nicaragua con el fin de examinar la situación de los derechos humanos en dicho país.  Esta observación se realizó por invitación del Gobierno de Reconstrucción Nacional Nicaragüense, y se llevó a cabo del 6 al 11 de octubre de 1980. 

          3.          Analizó el resultado de la observación in loco practicada en Colombia en el mes de abril de 1980, la que culminó con la liberación de los rehenes que se encontraban cautivos en la Embajada de la República Dominicana  en Bogotá.  Asimismo, la Comisión conoció de los trabajos preliminares referentes al Informe sobre la situación de los derechos humanos en este país; Así como de las actividades efectuadas por la Comisión concernientes a la observación del Consejo de Guerra Verbales en Colombia, sobre la base del Acuerdo concertado entre el Gobierno Colombiano y la Comisión en el mes de abril de 1980. 

          4.          Consideró la situación de los derechos humanos en Guatemala; y lamentó que el gobierno de ese país haya decidido postergar la determinación de la fecha para la práctica de una observación in loco en territorio guatemalteco para lo cual la había invitado en el mes de enero de 1980.  No obstante, la Comisión dejó constancia de que confiaba en que pudiera fijarse una fecha precisa para el cumplimiento de aquella finalidad, entendiendo que la misma contribuiría a una apreciación más exacta de la realidad guatemalteca en materia de derechos humanos. 

          5.          Consideró la situación de los derechos humanos en Bolivia; y deploró que el  Gobierno de este país no haya respondido a la nota que le remitió el 8 de agosto de 1980 en la cual le solicitaba diversas informaciones relacionadas con la vigencia de los derechos humanos y le pedía su anuencia para realizar una observación in loco, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias correspondientes de la Comisión.  La nota referida fue enviada por la Comisión en cumplimiento de Resolución CP/RES.308 (432/80) del Consejo Permanente de la OEA. 

          6.          Consideró la situación de los derechos humanos en otros países.  En tal sentido, analizó aspectos concretos en este campo en Estados Unidos de América, Cuba, Paraguay y Chile. 

          7.          Consideró y adoptó medidas sobre materiales, tanto de orden administrativo como referentes a la promoción de los derechos humanos; y concedió audiencias a personas e instituciones que previamente las habían solicitado. 

          8.          Consideró la participación de la Comisión en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos con sede en Costa Rica; y en el X Congreso interamericano  de Filosofía que se realizará en el mes de octubre de 1981 en Tallahasse, organizado por la Sociedad Interamericana de Filosofía y la Universidad del Estado de la Florida.

 

          B.          Observación in loco en Nicaragua 

          Como se expresa en el literal que antecede, del 6 al 11 de octubre de 1980 la Comisión realizó una observación in loco en Nicaragua, atendiendo la invitación que para tal fin le formulara el Gobierno de Reconstrucción Nacional de dicho país. 

          Esta visita fue anunciada por la Comisión en Comunicado de Prensa de 15 de septiembre de 1980; y en Comunicado de Prensa de 11 de octubre del mismo año, hizo de conocimiento público las actividades efectuadas en territorio nicaragüense. 

          En Comunicación No. 074 de 3 de diciembre de 1979 del Ministerio de Exterior, el Gobierno de Nicaragua formalizó la invitación para que la Comisión visitara dicho país.  En consideración a ello, en su quincuagésimo período de sesiones la Comisión hizo los preparativos correspondientes, y  designo la Comisión Especial encargada de realizar la observación in loco, la que estuvo integrada por los siguientes miembros: Señor Tom J. Farer, Presidente; señores Marco Gerardo Monroy Cabra, y Francisco Bertrand Galindo, Vicepresidentes; Carlos a Dunshee de Abranches, Luis Demetrio Tinoco Castro y César Sepúlveda, asistidos por funcionarios profesionales y personal administrativo de la Secretaria de la Comisión. 

          Durante su permanencia en Nicaragua, la Comisión sostuvo entrevistas con los Miembros de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, de la Comisión Nacional de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de la Corte Suprema de Justicia y de los tribunales Especiales; con los Ministros de Relaciones Exteriores, del interior, y de justicia; y con otras autoridades civiles y militares, tanto nacionales como departamentales.  El Gobierno nicaragüense brindo a la Comisión las facilidades necesarias para el cumplimiento de su cometido. 

          Asimismo, La Comisión sostuvo reuniones con el Presidente de la Cruz Roja del país, con el Presidente de la Conferencia Episcopal de Nicaragua, con directivos de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, con representantes de diversas instituciones políticas, religiosas, científicas, humanitarias, profesionales, empresariales, sindicales; y con diferentes medios de comunicación colectiva.  De todas estas personas y entidades la Comisión recibió importantes testimonios sobre la realidad nicaragüense en materia de derechos humanos. 

          También la Comisión visitó varios centros de detención habiendo obtenido el testimonio de muchas personas que se encontraban privadas de su libertad, Estos centros son los recintos penitenciarios “Jorge Navarro” ex’cárcel “Modelo”; “Héroes y Mártires de Nueva Guinea” ex’cárcel de la “Zona Franca”; los centros de “Palo Alto”, de la Seguridad del Estado en el Chipote en el complejo militar “Germán Pomares”, en la ciudad de Managua; las cárceles “Orlando Betancourt” y el comando “Carlos Amaya Talamante” en el Departamento de León; las cárceles “ José L. Enríquez” antes llamada “La Pólvora” y la cárcel de mujeres “Ruth Rodríguez” en la ciudad de Granada, el centro de detención de Cayotepe “Benjamín Zeledón”, que se encontraba sin reclusos, en la ciudad de Masaya; y el centro de detención “Juan José Quezada” de Jinotepe en el Departamento de Carazo. 

          Durante su permanencia en Nicaragua, la  Comisión recibió denuncias sobre presuntas violaciones de derechos humanos, para su trámite de conformidad con el Estatuto y el Reglamento de la Comisión.  Además, mantuvo en forma permanente una oficina para recepción de denuncias, ubicada en el Hotel Camino Real de Managua.  El Gobierno de Reconstrucción Nacional reiteró a la Comisión su decisión de no adoptar ningún tipo de represalias respecto de las personas que formularon denuncias y de las personas y entidades que le proporcionaron testimonios e informaciones o que colaboraron con ella. 

          Por considerarlo importante y de carácter urgente, la Comisión hizo entrega al Gobierno de Reconstrucción nacional, el día que concluyó la observación in loco, de un documento de Recomendaciones tendientes a mejorar la situación de los derechos humanos en este país.

 

          C.          Quincuagésimoprimer Período de Sesiones 

          Este período de sesiones fue celebrado por la Comisión a partir del 17 de noviembre de 1980, habiendo concluido el 26 del mismo mes y año.  Participaron los siguientes miembros: Tom J. Farer, Presidente; Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; Andrés Aguilar; Y César Sepúlveda. 

          De acuerdo con la agenda correspondiente, la Comisión desarrolló diversas actividades y analizó diferentes asuntos relativos a la observancia y protección de los derechos humanos.  Entre tales actividades y asuntos, cabe destacar los siguientes: 

          1.          Examinó la situación de los derechos humanos en Colombia, Nicaragua, Guatemala y Bolivia y formuló las directrices respectivas para la elaboración de informes sobre la materia en dichos países. 

          2.          Consideró las circunstancias prevalecientes en el campo de los derechos humanos en El Salvador y, a la luz de las mismas, la posibilidad de llevar a cabo una observación in loco en este país.  En el contexto de esta situación, recibió en pleno al Ministro de Relaciones Exteriores salvadoreño Licenciado Fidel Chávez Mena. 

          3.          Analizó la situación de los derechos humanos en otros países.  Al respecto, se abocó al conocimiento de esta situación en determinados aspectos, en Estados Unidos de América, Uruguay, Cuba, Chile, Haití, Grenada y Jamaica. 

          4.          Sostuvo entrevistas y audiencias con personas e instituciones que se las solicitaron.  Entre las audiencias figuran las sostenidas con el señor Adolfo Pérez Esquivel, argentino, Premio Nobel de la Paz 1980. Y con directivos de la Asociación Latinoamericana de Derechos Humanos con sede en Quito, Ecuador.

 

D.       Décimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos 

          Estando reunida la Comisión en su Quincuagésimoprimer periódo de sesiones, se celebró en Washington, D.C., en la sede de la Secretaría General de la OEA, el Décimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA. 

          En este Décimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General, la Comisión estuvo representada por el Presidente Profesor Tom J. Farer; por el primer y segundo Vicepresidentes Doctores Marco Gerardo Monroy Cabra y Francisco Bertrand Galindo. Respectivamente; pro el Profesor Carlos A. Dunshee de Abranches; y por los Doctores Andrés Aguilar y César Sepúlveda. 

          De conformidad con la agenda de la Asamblea General, esta consideró los siguientes temas vinculados con la Comisión: 

a)    Elección de tres miembros de la Comisión; 

b)    Informe Anual  e Informes Especiales de la Comisión; 

c)    Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; 

d)     Proyecto de la  Convención que define la Tortura como Crimen Internacional; 

e)    Seguimiento de la situación de los derechos humanos en Bolivia; y, 

e)     Modificaciones a determinados Artículos del Estatuto de la Comisión. 

La Asamblea General eligió a tres miembros de la Comisión, procediendo a reelegir a los Doctores Andrés Aguilar, Luis Demetrio Tinoco Castro y César Sepúlveda, quienes habían concluido sus períodos anteriores. 

          La Asamblea General, en su décimo período ordinario de sesiones, aprobó las resoluciones, cuyos textos se incluyen a continuación, relacionados con los derechos humanos: 

 

AG/Res.484 (X-O/80) 

SEGUIMIENTO DE LA
SITUACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN BOLIVIA

(Resolución aprobada en la sexta sesión plenaria
celebrada el 27 de noviembre de 1980)

 

          LA ASAMBLEA GENERAL, 

CONSIDERANDO: 

          Que el Consejo Permanente de esta Organización el 25 de julio de 1980 aprobó su resolución CP/RES. 308 (432/80). 

RESUELVE: 

          1.          Hacer suya la resolución CP/RES 308 (432/80) del 25 de julio mediante la cual el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos deploró el golpe militar en Bolivia, el cual suspende indefinidamente el proceso de institucionalización democrática que estaba culminando en esa hermana República. 

          2.          Reiterar el pedido a la CIDH, de que, en el plazo más breve posible, prepare un informe sobre la situación de los derechos humanos en Bolivia, para ser considerado por el Organo competente del Sistema Regional. 

 

AG/Res.508 (X-O/80) 

MODIFICACIONES A LOS ARTICULOS 6 Y 8 DEL ESTATUTO DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

 (Resolución aprobada en la Sexta sesión plenaria
celebrada el 27 de noviembre de 1980) 

          LA ASAMBLEA GENERAL, 

CONSIDERANDO: 

          Que  mediante la resolución AG/RES. 327 (VIII-O/78), aprobada por la Asamblea General en 1978, resolvió celebrar sus períodos de sesiones preferentemente durante el cuarto trimestre de cada año y acordó armonizar la fecha de iniciación del mandato de los miembros de los órganos, organismos y entidades de la Organización cuya elección le corresponde efectuar a la Asamblea. 

Que por otra parte, la Asamblea General por resolución AG/RES.447 (IX-O/79) encargó al Consejo Permanente que estudiase las normas y procedimientos sobre incompatibilidades que deberían incorporarse al Artículo 8 del Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y 

VISTOS: 

          El documento informativo sobre los “Antecedentes relativos a la decisión de la Asamblea General de armonizar la fecha de iniciación del mandato de los miembros de varios órganos de la OE” (ag/cp/Sub-T50/80) en el que se trata la modificación del Artículo 6 del Estatuto de la Comisión, y 

          La resolución CP/RES. 320 (442/80) “Normas y Procedimientos sobre Incompatibilidad – Artículo 8 del Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, aprobada por el Consejo Permanente el 14 de noviembre de 1980, contenida en el documento AG/doc. 1269/80, 

RESUELVE: 

          1.          Modificar el Artículo 6 del Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a fin de que quede redactado de la siguiente manera: 

Artículo 6 

          1.          Los miembros de la Comisión serán elegidos por cuatro años y sólo podrán ser reelegidos una vez.  Los mandatos se contarán a partir del 1° de enero del año siguiente al de la elección. 

          2. Extender el mandato de los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que resulten elegidos durante el presente período ordinario de sesiones, así como el mandato de los actuales miembros que no expiren el 21 de mayo de 1981, hasta el 31 de diciembre del año en que deberían terminar tales mandatos. 

          3.          Modificar asimismo el Artículo 8 del Estatuto de la Comisión de la siguiente manera:

 

Artículo 8 

1.          El cargo de miembro de la Comisión interamericana de Derechos Humanos es incompatible con el ejercicio de actividades que pudieren afectar su independencia, su imparcialidad, o la dignidad o el prestigio de su cargo en la Comisión. 

2.          La Comisión considerará cualquier caso que se presente sobre incompatibilidad según los términos fijados en el inciso primero de este artículo y de acuerdo con el procedimiento que disponga su reglamento. 

Si la Comisión, con el voto afirmativo de por lo menos cinco de sus miembros, determina que existe un caso de incompatibilidad, lo elevará con sus antecedentes a la Asamblea General, la cual decidirá al respecto. 

3.          La declaratoria de incompatibilidad por parte de la Asamblea General, será adoptada con una mayoría de los dos tercios de  los Estados Miembros de la Organización y causará la inmediata separación del cargo del miembro de la Comisión, pero no invalidará las actuaciones en las que éste hubiera intervenido. 

 

AG/Res. 509 (X-O/80)

PROYECTO DE CONVENCION QUE DEFINE LA TORTURA
COMO CRIMEN INTERNACIONAL 

(Resolución aprobada en la sexta sesión plenaria
celebrada el 27 de noviembre de 1980) 

 LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTA: 

          La Resolución AG/RES. 368 (VII-O/78), en virtud de la cual solicitó  al Comité Jurídico interamericano de Derechos Humanos, un proyecto de Convención que defina la tortura como crimen internacional; 

CONSIDERANDO: 

          Que  el Comité Jurídico interamericano, en coordinación  con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha preparado un Proyecto de Convención que define la Tortura como Crimen Internacional. 

          Que, en consecuencia, se ha dado cumplimento a lo dispuesto en la resolución 368 del octavo período ordinario de sesiones de la Asamblea General; y  

          Que es necesario que los Gobiernos de los Estados Miembros tengan la oportunidad de formular sus observaciones y comentarios al Proyecto elaborado por el Comité Jurídico Interamericano,  

RESUELVE: 

          1.          Agradecer al Comité Jurídico Interamericano y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la labor realizada en la importante tarea de la elaboración del “Proyecto de Convención que Define la Tortura como Crimen Internacional”. 

          2.          Transmitir dicho Proyecto con su correspondiente Exposición de Motivos y los votos emitidos por los señores Miembros del Comité a la consideración de los gobiernos de los Estados Miembros para que, antes del 30 de abril de 1981, formulen las observaciones y comentarios al mencionado proyecto y los transmitan al  Consejo Permanente, a fin de que éste introduzca en el Proyecto de Convención las modificaciones convenientes y lo someta a la próxima Asamblea General. 

 

AG/Res. 510 (X-O/80) 

INFORME ANUAL E INFORMES ESPECIALES
DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

(Resolución aprobada en la sexta sesión plenaria
celebrada el 27 de noviembre de 1980)

 VISTOS: 

          El informe Anual de la  Comisión Interamericana de Derechos Humanos  (CP/doc.1110/80), los Informes Especiales de la misma Comisión (AG/CP/doc. 254 253/80) y las réplicas de gobierno (AG/CP/doc. 256 y 259/80 y AG/doc. 1261/80), y 

CONSIDERANDO: 

          Que la protección y vigencia de los derechos humanos constituyen una de las altas finalidades de la Organización de los Estados Americanos y su observancia es fuente de solidaridad entre los Estados Miembros, así como garantía de respeto a la vida humana y a la dignidad del hombre; 

          Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tiene como finalidad principal promover el respeto y la defensa de los derechos humanos en todos los Estados Miembros; 

          Que la estructura democrática es un elemento esencial para el establecimiento de una sociedad política donde se puedan realizar plenamente los valores humanos;  

          Que en su estudio de la situación de los derechos humanos en el Hemisferio la Comisión ha señalado, como hecho positivo, la evolución ya iniciada o completada en algunos países para volver a la democracia representativa; 

          Que en el Informe Anual y en los Informes Especiales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se destaca, como señal positiva, las medidas adoptadas en determinados países que contribuyen de manera significativa al cumplimiento de los derechos enunciados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica); 

Que, no obstante lo anterior, los informes señalan, asimismo, que persiste una situación caracterizada por graves y repetidas violaciones de los derechos y libertades fundamentales, y por la insuficiencia o ineficacia de las garantías y los medios de defensa que ofrecen las leyes nacionales de dichos países; 

          Que la Comisión recomienda que se ponga fin inmediatamente a las graves violaciones de los derechos humanos, tales como la desaparición de personas, el empleo de la tortura, la detención sin el debido proceso y el exilio arbitrario. 

          Que el Capítulo VI del Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace referencia a los derechos para el ejercicio de los derechos humanos, resultan de las condiciones de extrema pobreza que sufren muchos sectores de población. 

          Que con el objeto de reafirmar la importancia de la CIDH, contribuir a la eficacia de sus tareas, preservando su autonomía técnica, lograr la máxima cooperación de todos los Gobiernos y robustecer la solidaridad de los Estados Miembros, se han adoptado, en esta Asamblea general, estos procedimientos para la consideración de los informes sobre derechos humanos en el Hemisferio, en la confianza de que servirán para impulsar la promoción y defensa efectivas de los derechos humanos; 

RESUELVE: 

           1.          Tomar nota del Informe Anual que incluye la consideración de la situación de los derechos humanos en Chile, El Salvador, Paraguay y Uruguay y de los Informes Especiales sobre la situación de los derechos humanos en la Argentina y en Haití. 

          Expresar su más firme apoyo a la labor realizada por la CIDH y reafirmar la importancia que sus informes tienen para la promoción y defensa de los derechos humanos. 

          2.          tomar nota de las observaciones, oposiciones y comentarios de dichos gobiernos y de las informaciones sobre las medidas que por su propia y libre iniciativa han tomado y continuarán tomando para afianzar los derechos humanos en sus países, expresando la importancia de que, dentro de esa libre y propia iniciativa, se adopten nuevas medidas que persigan iguales propósitos, particularmente las que atienden recomendaciones contenidas en los informes. 

          3.          instar a los Gobiernos de los Estados Miembros que aún no lo han hecho a que adopten y pongan en práctica las medidas necesarias para preservar y asegurar la plena vigencia de los derechos humanos; y hacerlo especialmente en aquellos casos que se refieren a la situación de los detenidos sin el debido proceso, a las personas desaparecidas, al retorno de los exiliados, y a la derogación de los estados de emergencia. 

          4.          Recomendar a los Estados Miembros que, teniendo en cuenta el Capítulo VI del Informe Anual de la CIDH, continúen adoptando y aplicando las medidas y disposiciones legislativas correspondientes para preservar y mantener la plena efectividad de los Derechos y Deberes del Hombre. 

          5.          Reiterar la necesidad de evitar y, en su caso, poner inmediato término a las graves violaciones a derechos humanos fundamentales, en especial a los derechos a la vida, a la integridad y a la libertad personal y reafirmar que la ejecución sumaria, la tortura y la detención sin debido proceso constituyen violaciones de los derechos humanos. 

          6.          Recomendar a los Estados Miembros que aún no lo han hecho que restablezcan o perfeccionen el sistema democrático de gobierno, en el cual el ejercicio del poder derive de la legítima y libre expresión de la voluntad popular, de acuerdo con las características y circunstancias propias de cada país. 

          7.          Compartir la preocupación de la Comisión en destacar la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de los derechos humanos para el desarrollo integral de la persona humana. 

          8.          Reafirmar que la protección efectiva de los derechos humanos debe abarcar también los derechos sociales, económicos y culturales.  Señalar, en tal sentido, a los Gobiernos de los Estados Miembros la responsabilidad de efectuar  los máximos esfuerzos posibles a fin de participara plenamente en la cooperación para el desarrollo hemisférico, por cuanto es una vía fundamental para contribuir a aliviar en América la extrema pobreza, especialmente la que padecen los países y regiones más necesitados.         

          9.          Tomar nota con satisfacción de la decisión de los gobiernos de los Estados Miembros que han invitado a la Comisión a visitar sus respectivos países y exhortar a los Gobiernos de los Estados que todavía no han aceptado o que no han convenido fecha para esa visita a que lo hagan a la brevedad posible. 

          10.          Solicitar que la CIDH continúe observando la situación de los derechos humanos en los Estados Miembros que ella considere apropiados y que incluya sus conclusiones en su informe al undécimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General en conformidad con el Artículo 18 del Estatuto de la Comisión. 

          11.          Invitar a los gobiernos de los Estados Miembros, que aún no lo han hecho, a que consideren la conveniencia de firmar o ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), que ha sido objetado de ratificación, o adhesión por parte de Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela.     

          12.          Destacar la necesidad de que, en aquellos países donde ocurra, se ponga fin inmediatamente a toda práctica que conduzca a la desaparición de personas e instar asimismo a que se lleven a cabo los esfuerzos necesarios para determinar la situación de las personas cuya desaparición ha sido denunciada. 

          13.          Recomendar a los Gobiernos, en relación con el párrafo anterior, el establecimiento de registros centrales en los cuales se lleve el control de todas las personas que hayan sido objeto de detención, para permitir a sus familiares y a otras personas interesadas tomar conocimiento, en un período corto de tiempo, de cualquiera detención que haya ocurrido; solicitar, asimismo, que las detenciones se lleven a cabo únicamente por autoridades competentes debidamente identificas y que se ubique a los detenidos en los lugares detenidos a ese propósito. 

          14.          Exhortar a todos los gobiernos que continúen prestando a la Comisión la cooperación necesaria para el cumplimiento de su labor.

 

          E.          Quincuagésimosegundo Período de Sesiones 

          Este período de sesiones  fue celebrado por la Comisión a partir del 26 de febrero de 1981, habiendo concluido el 7 de marzo del mismo año.  Participaron todos los miembros, señores Tom J. Farer, Presidente; Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; Andrés Aguilar; Luis Demetrio Tinoco Castro; y César Sepúlveda. 

          En este período de sesiones la Comisión conoció de asuntos de importancia en el campo de los derechos humanos y adoptó las medidas que consideró oportunas y apropiadas.  Entre esos asuntos y medidas, cabe destacar las siguientes: 

          1.          Aprobó los Informes Preliminares sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia y Nicaragua, los que se elaboraron sobre la base de las observaciones in loco practicadas en esos países en abril y octubre de 1980, respectivamente, así como sobre la base de otras fuentes.  Ambos documentos fueron enviados a los Gobiernos de Colombia y Nicaragua para que dieran a conocer a la Comisión las observaciones que se estimaren pertinentes. 

          2.          De conformidad con el compromiso concertado con el Gobierno Colombiano decidió observar la etapa pública de los juicios militares contra miembros del M-19,  acordando que el Presidente de la Comisión acompañado de  personal de la Secretaría, y otros miembros de aquella, viajaran a Bogotá, en meses sucesivos, para tal efecto. 

          3.          Analizó las Resoluciones aprobadas por la Asamblea General de la OEA en su Décimo Período Ordinario de Sesiones, relacionadas con la Comisión.  En lo referente a la Resolución sobre el seguimiento de la situación de los derechos humanos en Bolivia y en atención a la misma, acordó enviar una nueva nota al Gobierno de dicho país reiterándole la solicitud de anuencia para practicar una observación in loco y pidiéndole contestar antes del mes de junio de 1981. 

          4.          Consideró la situación de los derechos humanos en varios países, particularmente en Bolivia, Cuba, El Salvador y Guatemala; y determinó que se continuara con la preparación de los informes correspondientes a tales países. 

          5.          Examinó diversas denuncias por alegadas violaciones de derechos humanos en diversos Estados Miembros de la OEA, adoptando para tal fin las medidas o resoluciones pertinentes, para su trámite a los Gobiernos correspondientes.  En relación con esta materia, recibió denuncias de que habían sido detenidos en Managua el Coordinador de la Comisión Permanente de Derechos Humanos de Nicaragua, y en Buenos Aires seis dirigentes argentinos de instituciones de defensa de los derechos humanos.  Ante tales circunstancias, manifestó de inmediato su preocupación a los gobiernos de Nicaragua y Argentina solicitándoles información sobre los hechos que originaron tales denuncias.  Asimismo, dejó constancia de su satisfacción por la posterior liberación del Coordinador de la Comisión Permanente de Derechos Humanos de Nicaragua, y por la excarcelación de los seis dirigentes argentinos.     

          6.          Conoció propuestas formuladas por varias entidades para promover los derechos humanos y adoptó medidas de cooperación al respecto. 

          7.          Como en ocasiones anteriores concedió audiencias a personas e instituciones que se lo solicitaron.  Por otra parte, otorgó la beca “Romulo Gallegos” para estudios relativos a los derechos humanos, después de la evaluación detenida de las aplicaciones de varios aspirantes. 

          8.          Consideró diferentes asuntos de carácter administrativo, entre ellos el concerniente al Programa Presupuesto de la Comisión para el bienio 1982-1983. 

 

          F.          Quincuagesimotercer Período de Sesiones 

          Este período de sesiones fue celebrado por la Comisión del 22 de junio al 2 de julio de 1981,  habiendo participado los miembros, señores Tom J. Farer, Presiente; Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; y César Sepúlveda. 

          En este período de sesiones la Comisión consideró y adoptó medidas obre diverso asuntos en materia de derechos humanos.  Entre tales asuntos y medidas, cabe destacar los siguientes: 

          1.          Procedió a elegir su nueva Junta Directiva de conformidad con las disposiciones legales que la rigen.  Por aclamación fueron reelectos los señores Tom J. Farer como Presidente; Marco Gerardo Monroy Cabra Primer Vicepresidente; y Francisco Bertrand Galindo como Segundo Vicepresidente.  En relación con este aspecto, la Comisión emitió un Comunicado de Prensa el 22 de junio de 1981.         

          2.          Conoció y analizó las observaciones que los Gobiernos de Colombia y Nicaragua presentaron a los Informes que sobre la situación de los derechos humanos en cada uno de esos países la Comisión había preparado.  Tomando en consideración las observaciones mencionadas, así como nuevos elementos de convicción de que dispuso, aprobó los Informes definitivos correspondientes.  Estos documentos fueron remitidos al señor Secretario General de la OEA para su distribución a los Gobiernos de los Estados Miembros y a los medios de comunicación colectiva. 

          3.          Aprobó los Informes Preliminares sobre la situación de los derechos humanos en Bolivia y Guatemala.  Estos documentos fueron enviados a los Gobiernos de ambos Estados a efecto de que hicieran conocer a la Comisión las observaciones que estimen pertinentes. 

          4.          Conoció y analizó las declaraciones del señor Representante Permanente de Chile ante la OEA, en las que anunció el propósito de su Gobierno de suspender su cooperación con la Comisión.  A ese respecto, la Comisión reafirmó su convicción de que tal actitud no es compatible con las obligaciones que Chile ha contraído como Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos. 

          5.          Consideró la situación de los derechos humanos en otros países.  En tal sentido se abocó al conocimiento de aspectos concretos en el Salvador, Jamaica, Chile, Haití, Brasil y Paraguay.  

          6.          Consideró la solicitud formulada por el Gobierno de Colombia para aclarar el Acuerdo celebrado entre dicho Gobierno y la Comisión en abril de 1980, a raíz de la toma de la Embajada de la República Dominicana en Bogotá y de la observación in loco practicada, y el cual contempla la observación, por parte de la Comisión, de la fase pública de Consejos de Guerra Verbales. 

          7.          Dictó lineamientos específicos en relación con el esquema de informe Anual de la Comisión 1980-1981, para ser presentado al Undécimo Primer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización a celebrarse en Santa Lucía en el mes de diciembre de 1981. 

          8.          Analizó el cumplimiento de la Resolución AG/RES.314  (VII-O/77) de la Asamblea General de la OEA, y acordó actualizar el estudio elaborado anteriormente en relación con la misma.  Mediante esta Resolución la Asamblea General dispuso recomendar a la Comisión la preparación, para el examen y formulación de observaciones del Consejo Permanente de la Organización, de un estudio acerca de los sistemas y métodos de investigación de las violaciones de aquellos derechos, sobre bases no discriminatorias que se ajusten al principio de la igualdad jurídica entre los Estados y consignen la obligación de cumplir los compromisos adquiridos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. 

          9.          Consideró otras materias, entre ellas el otorgamiento de la beca “Romulo Gallegos”.  Además, examino otros aspectos y adoptó las medidas y resoluciones que estimó procedentes en relación con denuncias sobre alegadas violaciones de los derechos humanos en diversos países de la Organización. 

          10.          Como en ocasiones anteriores, concedió audiencias a las personas e instituciones que las solicitaron oportunamente; y trató diferentes asuntos de carácter administrativo.

         

          G.          Quincuagésimocuarto período de sesiones 

          Este período de sesiones fue celebrado por la Comisión del 8 al 17 de octubre de 1981, habiendo participado todos sus miembros, señores Tom J. Farer, Presidente; Marco Gerardo Monroy Cabra, Primer Vicepresidente; Francisco Bertrand Galindo, Segundo Vicepresidente; Carlos A. Dunshee de Abranches; Andrés Aguilar; y César Sepúlveda.                  

          En este período de sesiones la Comisión analizó y tomó medias obre diferentes temas concernientes a los derechos humanos, habiendo aprobado para tal fin el programa correspondiente.  Entre tales medidas y temas cabe destacar las siguientes: 

          1.          Aprobó los Informes definitivos sobre la Situación de los Derechos Humanos en Bolivia y Guatemala, los cuales fueron remitidos al Secretario General de la OEA para su distribución a los Gobiernos de los Estados Miembros y a los medios de comunicación colectiva.         

          2.          Aprobó el presente Informe Anual para ser presentado a la Asamblea General de la OEA en su Undécimo Período de Sesiones a celebrarse en diciembre de 1981, en Santa Lucía. 

          3.          Consideró la situación de los derechos humanos en El Salvador y en otros países, y para tal efecto, atendió los trámites reglamentarios correspondientes. 

          4.          Recibió en audiencia especial al Presidente y Vicepresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, doctores Carlos Roberto Reina y Pedro Nikken, respectivamente.  En este campo mantuvo un amplio cambio de impresiones con los jueces mencionados, orientadas al mantenimiento de una estrecha y permanente cooperación entre ambos organismos de protección internacional de los derechos humanos creados por el Pacato de San José de Costa Rica. 

          5.          Consideró una comunicación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ésta le sometió en consulta en relación con el caso denominado “Viviana Gallardo y otras”. 

          6.          Consideró la situación de los derechos humanos en otros países y, para tal efecto, atendió casos individuales referentes a la situación de los derechos humanos. 

7.                 Atendió y resolvió diversas actividades relativas a la promoción de los derechos humanos; así como diferentes asuntos de carácter administrativo. 

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