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ACTUALIZACIÓN A 2002 DE LA LABOR DE LA RELATORÍA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER 1.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció la
Relatoría Especial de los Derechos de la Mujer en 1994 para renovar su
compromiso de garantizar el pleno respeto y la garantía de los derechos de
la mujer en todos y cada uno de los Estados miembros. Si bien las
constituciones de éstos establecen garantías formales de igualdad, en el
curso de su trabajo la Comisión ha tomado creciente conciencia de la
persistencia de la discriminación por razones de género en los sistemas y
las prácticas jurídicas nacionales. En consecuencia, la Relatoría
Especial fue creada con el mandato inicial de analizar en que medida la
legislación y la práctica de los Estados miembros, que inciden en los
derechos de la mujer, cumplen con las obligaciones generales de igualdad y
no discriminación consagradas en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. 2.
Desde ese estudio inicial y del informe resultante, esta Relatoría
ha desempeñado una función vital en la tarea de la Comisión de proteger
los derechos de la mujer mediante la publicación de estudios temáticos, la
asistencia en la formulación de nueva jurisprudencia en esta materia dentro
del sistema de casos individuales, y el apoyo a la investigación de amplios
temas que afectan a los derechos de la mujer en países específicos de la
región, mediante visitas a los países e informes de países.[1] 3.
Las obligaciones de igualdad y no discriminación siguen siendo
puntos de referencia para la selección de los temas que aborda la Relatoría.
Además, la Comisión y su Relatoría ponen especial énfasis en el problema
de la violencia contra la mujer, la cual constituye una manifestación de la
discriminación por razones de género, según lo reconoce la Convención
Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer (“Convención de Belém do Pará”). 4.
El actual programa de trabajo de la Relatoría está destinado a
abordar una tarea prioritaria para los derechos de la mujer en el
continente: cómo asegurar el acceso efectivo de la mujer a la justicia, en
particular cuando ha sido sometida a la violencia. El carácter prioritario
de esta tarea ha quedado ampliamente demostrado en la labor temática de la
Relatoría y en el sistema de casos y los informes de países de la Comisión.
También ha sido subrayado en los desafíos identificados como prioridades
por los Estados miembros, expertos y representantes de la sociedad civil. El
programa de trabajo de la Relatoría toma como punto de partida el acceso
expedito a una protección y garantías judiciales efectivas, primera línea
de defensa para la protección de los derechos básicos, y enfrenta el desafío
de que las víctimas de la violencia y la discriminación por género con
frecuencia no obtienen dicho acceso, quedando desprotegidos sus derechos. El
hecho de que la mayoría de los casos de violencia contra la mujer estén
marcados por la impunidad, alimenta la perpetuación de esta grave violación. 5.
La Relatora Especial actual, Marta Altolaguirre, jurista guatemalteca
miembro de la Comisión y Primera Vicepresidenta de la misma en 2002, fue
designada para el cargo por la Comisión en marzo de 2000. El Primer
Relator, Claudio Grossman, jurista chileno que fuera miembro de la Comisión,
fue designado por ésta en 1994 y prestó funciones hasta 2000. 6.
La prioridad que asignó la Comisión y su Relatoría a la protección
de los derechos de la mujer también refleja la importancia atribuida a esta
esfera por los Estados miembros de la OEA. En particular, el Plan de Acción
aprobado por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Tercera Cumbre de las
Américas reconoce la importancia del empoderamiento de la mujer y de su
plena y equitativa participación en el desarrollo, en la vida política de
sus países y en la toma de decisiones a todos los niveles. Con este fin, el
Plan de Acción respalda el Programa Interamericano sobre la Promoción de
los Derechos Humanos de la Mujer y la Igualdad de Género, así como otras
iniciativas encaminadas a implementar los compromisos establecidos en la
Declaración de Beijing y en su Plataforma para la Acción.
7.
Aunque el fomento de la protección de los derechos de la mujer es
una prioridad acordada dentro del continente, la capacidad de la Relatoría
para cumplir sus funciones a este respecto está sometida a serias
limitaciones presupuestarias. Para dar cumplimiento a su mandato, la Relatoría
Especial recibe apoyo de la Secretaría Ejecutiva. El año pasado, con el
apoyo de la Secretaría Ejecutiva, la Relatoría procuró financiamiento
externo para ampliar sus recursos y su capacidad de acción. En 2003 la
Relatoría espera recibir un apoyo financiero que corresponda más
adecuadamente a la profundidad y gravedad de los desafíos que enfrenta el
continente en este campo y al compromiso de la OEA para enfrentarlos. II.
Principales actividades de la Relatoría en 2002 A. Visita a Ciudad Juárez, México 8. El 12 y 13 de febrero de 2002 la Relatora Especial Marta Altolaguirre efectuó la primera visita para examinar directamente la situación de violencia contra la mujer en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, Mexico. En particular, de acuerdo con la propia información del Estado, en 1993 habían sido asesinadas más de 250 mujeres y niñas y otras 250 figuraban como desaparecidas. La visita fue emprendida en medio de expresiones de preocupación de cientos de organizaciones no gubernamentales y por invitación del Gobierno del Presidente Vicente Fox. La Relatora celebró numerosas reuniones en Ciudad Juárez y en Ciudad de México con representantes del Estado y de la sociedad civil, así como con familiares de algunas de las víctimas. 9. Al expresar sus
reflexiones iniciales al cabo de la visita, la Relatora indicó que pese a
la adopción de ciertas medidas para hacer frente a los asesinatos, la
reacción del Estado seguía siendo gravemente deficiente. En efecto, como
lo reconocieron varios representantes del Estado, las medidas adoptadas no
corresponden a la magnitud del problema. Tanto el Estado como sectores no
estatales indicaron que la administración de justicia ha sido ineficiente
en la aclaración de los crímenes, con lo que se crea un clima de impunidad
y temor. La Relatora subrayó que esa impunidad, a su vez, contribuía
sustancialmente a la perpetuación de la violencia contra la mujer en Ciudad
Juárez. 10.
El 13 de diciembre de 2002 la Comisión aprobó las conclusiones y
recomendaciones del informe que la Relatora Especial preparó sobre la
situación de Ciudad Juárez. Dicho informe fue preparado sobre la base de
la información recogida en la visita y de las posteriores actividades de
seguimiento. Éstas incluyeron audiencias ante la Comisión en los períodos
ordinarios de sesiones 114º (marzo de 2002) y 116º (octubre de 2002) e
informes presentados por el Estado en diciembre de 2002 y enero de 2003. De
acuerdo con el artículo 58 del Reglamento de la Comisión, se remitió esta
versión inicial al Estado para que presentara sus observaciones. La versión
final del informe, que reflejaba las observaciones que se consideraron
pertinentes, fue aprobada por la Comisión en febrero de 2003, para su
inclusión en el presente informe anual.
11.
La Comisión y su Relatora Especial continúan con el seguimiento de
la situación y de las medidas que se van adoptando para dar cumplimiento a
las recomendaciones del informe. Al respecto, la Comisión ha convocado una
audiencia en el 117º período ordinario de sesiones para abordar la situación
de Ciudad Juárez. Además, la Comisión sigue tramitando varias peticiones
individuales iniciadas en relación con los asesinatos que figuran en el
informe, y la Comisión y la Relatora Especial siguen vigilando las medidas
cautelares adoptadas para proteger la integridad personal de una defensora
clave de las mujeres víctimas de la violencia en Ciudad Juárez, Esther Chávez,
así como las medidas otorgadas para proteger a las esposas y al abogado de
dos acusados en relación con determinados homicidios cometidos en Ciudad Juárez.
B.
La Relatoría en Internet
12.
En el otoño de 2002, con la asistencia de la Secretaría Ejecutiva,
la Relatoría pudo crear un espacio en la página de la Comisión en
Internet específicamente dedicada a la labor de la Relatoría y de la
Comisión en el área de los derechos de la mujer. La misma contiene
información sobre el mandato, las actividades, las iniciativas y los
informes de la Relatoría, y ofrece una lista y enlaces de todos los
informes de casos y los capítulos de los informes de países de la CIDH que
tratan específicamente de los derechos de lal mujer.
13.
Para promover el acceso de la mujer a recursos efectivos, es
fundamental la divulgación de información sobre las normas del sistema de
protección de los derechos de la mujer y los informes que ilustran cómo se
han aplicado a situaciones y casos concretos. Al respecto, la Relatoría se
complace en señalar que el Instituto Interamericano de Derechos Humanos
(IIDH) publica noticias sobre sus actividades y las de la CIDH en relación
con los derechos de la mujer en su lista-servidor
“conectando.” C.
El sistema de peticiones individuales y la jurisprudencia reciente de
la CIDH en relación con los derechos de la mujer 14.
La labor de la Comisión y de su Relatoría sobre los Derechos de la
Mujer cumplen funciones complementarias. En este sentido, uno de los
objetivos de la Relatoría es servir como recurso de toda la Comisión en la
definición de temas, así como suministrar de datos e información sobre la
evolución de la jurisprudencia y demás material de información. Un propósito
estrechamente relacionado es actuar como medio de creación de conciencia en
la sociedad civil acerca de los mecanismos que ofrece el sistema regional
para fomentar la protección de estos derechos, incluido el sistema de
peticiones individuales. Al respecto, las actividades de promoción de la
Relatoría se relacionan directamente con sus actividades de protección y
con las actividades de protección de la Comisión en su conjunto. 15. Actualmente la
Comisión está tramitando una serie importante de peticiones individuales
que tratan de presuntas violaciones de los derechos humanos con causas y
consecuencias específicas de género. La labor de la Comisión en este
campo ha incluido la convocatoría de audiencias sobre las peticiones
pendientes y sobre aspectos más generales que afectan los derechos de la
mujer en el continente. Con respecto a estos aspectos más generales, con la
asistencia de la Relatoría Especial, en el curso del 114º período
ordinario de sesiones (marzo de 2002), la Comisión convocó audiencias
sobre la condición de la mujer en el derecho, la violencia contra la mujer
y la situación de Ciudad Juárez. En el 116º período ordinario de
sesiones (octubre de 2002), la Comisión convocó audiencias sobre la
condición del derecho de la mujer a no ser objeto de discriminación y
sobre la situación de Ciudad Juárez. Estas audiencias constituyen una
valiosa oportunidad para intercambiar información con representantes de la
sociedad civil.
16.
También con respecto a la discriminación, en 2002 la Comisión
publicó un informe sobre la solución amistosa en la petición de Mónica
Carabantes Galleguillos c. Chile, referida a la expulsión de una
institución de enseñanza privada subsidiada por el Estado de una
estudiante de secundaria embarazada por razón de su gravidez[2].
Cuando la familia impugnó la expulsión ante la justicia, la acción de la
institución fue mantenida hasta el nivel de revisión por la Corte Suprema.
La solución abarcó la aprobación de leyes sobre acceso a la educación
por parte de estudiantes embarazadas, el reconocimiento por el Estado de las
violaciones denunciadas y el otorgamiento de una beca a la víctima para
realizar estudios superiores. 17.
La Comisión facilita actualmente la negociación para resolver
amistosamente el litigio entre las partes en el caso de María
Mamérita Mestanza Chávez c. Peru,[3]
referido a denuncias de esterilización sin un consentimiento debidamente
informado y otras violaciones. Volviendo al tema más específico de la
violencia, la Comisión admitió y sigue tramitando otros casos que se
refieren a denuncias de violencia con causas y consecuencias específicas de
género, incluidos Zoilamérica Narváez
Murillo c. Nicaragua[4]
y MZ c. Bolivia.[5] 18.
La Relatoría sigue sirviendo a la Comisión como fuente en relación
con la tramitación de peticiones individuales relacionadas con los derechos
de la mujer y respecto de pedidos de medidas cautelares y otras actividades
relacionadas. 19.
Un examen de la jurisprudencia de la Comisión con respecto a las
violaciones de los derechos humanos con causas y consecuencias específicas
de género confirma un denominador común: la incapacidad de la mayoría de
las víctimas de obtener rápido acceso a una protección y garantías
judiciales efectivas. El sistema de peticiones individuales ofrece un
mecanismo para investigar y evaluar las deficiencias de la respuesta de los
Estados a este tipo de violaciones y formular recomendaciones específicas
encaminadas a reparar las violaciones, adecuando así la respuesta nacional
a las exigencias del derecho internacional. D.
Actividades de cooperación y promoción 20.
Del 28 de febrero al 1º de marzo de 2002 la Relatoría participó en
la primera reunión conjunta de relatores especiales sobre los derechos de
la mujer, con Radhika Coomaraswamy, Relatora Especial de la ONU sobre la
Violencia contra la Mujer, sus Causas y Consecuencias, y Angela Melo,
Relatora Especial sobre los Derechos de la Mujer de la Comisión Africana de
los Derechos Humanos y los Derechos de los Pueblos.
Esta constructiva reunión y la declaración conjunta emitida por las
relatoras el 8 de marzo de 2002, en la que denunciaron la persistencia de la
discriminación y la violencia contra la mujer, fueron señaladas en el
informe del año pasado, donde se incluía el texto de esa declaración.[6]
21.
La Relatoría de la ONU y esta Relatoría colaboraron luego en la
divulgación de un comunicado de prensa conjunto, del 8 de marzo de 2002, en
que se expresaba la grave preocupación por la situación de las mujeres y
niñas afectadas por la persistente violencia de género en Colombia. En el
comunicado se examinan las formas de la violencia en cuestión y se exhorta
al Estado a intensificar sus esfuerzos para combatirla, incluyendo la
aplicación de la debida diligencia para asegurar la responsabilidad de
quienes la perpetran, así como la mayor capacitación de las autoridades en
cuanto a las causas y consecuencias de dicha violencia y a sus
responsabilidades conforme a la ley. 22.
La Relatoría valora en alta medida estas oportunidades de cooperación
con su par de la ONU y del sistema africano para la consecución de los
objetivos de interés mutuo; y espera con interés futuras oportunidades de
este tipo. El intercambio oportuno de información y la posibilidad de
compartir prioridades y estrategias es un instrumento importante en el
intento de priorizar la protección de los derechos de la mujer en todos los
niveles.
23.
La Comisión y su Relatora Especial mantienen contacto periódico con
la Comisión Interamericana de Mujeres de la OEA (CIM), habiendo incluido en
el pasado la participación en reuniones de delegadas y varias reuniones de
expertos y de grupos de trabajo desde la redacción de la Convención de Belém
do Pará. El 5 de febrero de 2002 la Comisión y su Relatoría estuvieron
representadas en una reunión de expertos convocada por la CIM para examinar
la formulación de recomendaciones a la Cuarta Reunión de Ministros de
Justicia (REMJA IV) como parte del proceso de implementación del Programa
Interamericano para la Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la
Igualdad y Equidad de Género. Las recomendaciones, que posteriormente
fueron presentadas a esa Reunión por la CIM, tenían el objetivo de asistir
a los Ministros en la incorporación de la perspectiva de género en la
formulación de políticas en el área de la administración de justicia,
incluyendo el acceso de la mujer a la justicia y su condición dentro del
sistema judicial. En septiembre de 2002 la Comisión y su Relatoría fueron
invitadas por la CIM a participar en un grupo de trabajo de la Secretaría
General de la OEA que asistiría a la CIM en las iniciativas contra el tráfico
de mujeres y niños. 24. La Comisión y
su Relatoría también mantienen interacción periódica con el Instituto
Interamericano de Derechos Humanos (IIDH)
con base en San José, Costa Rica, particularmente respecto de las
actividades de capacitación y promoción. Al respecto, el 15 de mayo de
2002 la Comisión y su Relatoría participaron en el panel sobre “Los derechos reproductivos en
el contexto del sistema interamericano de derechos humanos”, que formó
parte del seminario-taller sobre “La
Promoción y la Protección de los Derechos Reproductivos a través del
Trabajo de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos para América
Latina, el Caribe y Canadá”, organizado en San José por el IIDH, el
ACNUR y el FNUAP. En octubre de 2002 la Relatora Especial participó en una
consulta en profundidad con otros relatores de los sistemas interamericano y
de la ONU y representantes de la sociedad civil para procurar nuevos
mecanismos de intercambio de información relevante a sus respectivos
mandatos. Como se indicó, conforme a esta consulta, el IIDH divulga
información sobre la labor de la Relatoría en su listado-servidor
“conectando.” 25.
En el contexto más general de la OEA, la Comisión y la Relatoría
presentaron una exposición en el curso del panel convocado el 22 de mayo de
2002 sobre “El Papel del Derecho en
la Incorporación de la Perspectiva de Género: la Experiencia del Sistema
Interamericano de Derechos Humanos” ante la Secretaría General de la
Organización. El evento fue organizado en Washington por la OEA, la CIM y
el CIDA, como parte de la conferencia de iniciación de un proyecto sobre
incorporación de la perspectiva de género a las políticas y programas. 26.
El 22 de agosto de 2002 la Relatora Especial presentó su trabajo
sobre “Mecanismos del sistema
interamericano de derechos humanos para la protección de los derechos de la
mujer”, durante la conferencia sobre “Los
derechos humanos y la Globalización: Avances y retrocesos”,
organizada por la Comisión Andina de Juristas en Lima, Perú.
27.
Posteriormente, el 4 de noviembre de 2002 la Comisión y su Relatoría
estuvieron representadas en la discusión del panel sobre “Género
y Acceso a la Justicia en Perú: Un Diálogo de Aprendizaje.” Se
trataba de un “diálogo de aprendizaje a distancia” organizado por el
Banco Mundial, con participación por videoconferencia, desde Washington,
Lima y Ginebra.
III.
Programa de trabajo 28.
En cuanto a la siguiente etapa de las actividades de la Relatoría,
el foco se centrará en los desafíos que enfrenta la mujer para acceder a
la justicia, con especial énfasis en la violencia contra la mujer y la
impunidad. La cuestión del acceso de la mujer a la justicia ha tenido
enorme relevancia para la labor de la Relatoría en una serie de sus
iniciativas, más recientemente en relación con su labor en torno a la
situación de la mujer en Ciudad Juárez, México.
29.
La experiencia de la mujer con respecto a la administración de
justicia tiene que ser analizada desde una serie de perspectivas. Por
ejemplo, es esencial considerar la medida en que las mujeres no participan
en la toma de decisiones de la administración de justicia y definir los
obstáculos que impiden su plena participación. Es igualmente importante
analizar la respuesta que las mujeres reciben como usuarias del sistema
judicial, e identificar los obstáculos que enfrentan como litigantes y víctimas
de delitos. 30.
En sus actividades futuras, la Relatoría se empeñará en
identificar e intercambiar las mejores prácticas de la región con relación
al acceso de las mujeres a la justicia; analizar los actuales desafíos que
enfrentan los países de la región en esta esfera; formular recomendaciones
encaminadas a fortalecer tales prácticas y superar los obstáculos; crear
mayor conciencia en la región acerca de las garantías y mecanismos que
ofrece el sistema interamericano de derechos humanos para la protección de
los derechos de la mujer, y vigilar la implementación de dichas
recomendaciones en la legislación y práctica nacionales por parte de los
Estados miembros, así como brindar la asistencia técnica que éstos
soliciten. 31.
La capacidad de la Relatoría para abordar debidamente esta cuestión
fundamental depende naturalmente del financiamiento. La Relatoría, con el
apoyo de la Secretaría Ejecutiva, está empeñada en obtener financiamiento
externo para desarrollar plenamente su próxima serie de actividades. IV.
Conclusiones
32.
Esta actualización ofrece un breve resumen de la labor realizada y
de las preocupaciones que está abordando la Comisión y su Relatoría para
tratar de garantizar un mayor respeto por los derechos de la mujer. Como
saldo, las iniciativas a nivel local, nacional
y regional para hacer frente a las violaciones de los derechos
humanos con causas y consecuencias específicas de género han logrado
establecer estándares mínimos claves, particularmente respecto de la
discriminación y la violencia contra la mujer. Dentro de la región, por
ejemplo, comprobamos la aprobación de nuevas leyes o el perfeccionamiento
de la legislación, los programas y las políticas para
combatir la violencia contra la mujer. El principal desafío que
seguimos enfrentando es la brecha entre estas normas y la experiencia vivida
por las mujeres en las Américas. 33. A este respecto, la Relatoría Especial vuelve a insistir en el problema de la impunidad y su incidencia en la perpetuación de las violaciones de los derechos humanos con causas y consecuencias específicas de género. La impunidad en tales casos socava el sistema mismo de garantías y crea un clima favorable a la reiteración de las violaciones. En su compromiso fundamental, la Relatoría Especial insta a los Estados miembros a redoblar sus esfuerzos de aplicar la debida diligencia en la investigación, procesamiento y sanción de los actos de discriminación y violencia contra la mujer. En relación con esta obligación es crucial que los Estados otorguen a las víctimas un rápido acceso a una justicia efectiva.
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] [1]
Más
específicamente, la Relatoría de los Derechos de la Mujer sirve para
crear conciencia sobre la necesidad de adoptar nuevas medidas para
garantizar que las mujeres puedan ejercer sus derechos básicos,
formular recomendaciones específicas que fomenten el cumplimiento por
los Estados de sus obligaciones prioritarias de igualdad y no
discriminación, promover mecanismos –por ejemplo, la presentación de
denuncias individuales de violaciones- que el sistema interamericano de
derechos humanos ofrece para proteger los derechos de la mujer, preparar
estudios especializados e informes en este campo y asistir a la Comisión
en la respuesta a peticiones y demás informes de violaciones de estos
derechos en la región. Información adicional sobre la Comisión y sus
relatorías, incluido el Informe sobre la condición de la mujer en las
Américas, puede accederse a www.cidh.org,
bajo el título “relatorías”. [2]
Informe 33/02, Petición 12.046, Mónica Carabantes Galleguillos
(Chile), aprobado el 12 de marzo de 2002. [3]
Informe Nº 66/00 – admisibilidad, Caso 12.191, María Mamérita
Mestanza Chávez (Perú), Informe
Anual de la CIDH 2000. [4]
Informe Nº 118/01 - admisibilidad, Caso 12.230, Zoilamérica Narváez
Murillo (Nicaragua), Informe Anual
de la CIDH 2001. [5]
Informe Nº 73/01 – admisibilidad, Caso 12.350, MZ (Bolivia), Informe
Anual de la CIDH 2001. [6]
Actualización sobre la labor de la Relatoría de los Derechos de la
Mujer, Informe Anual de la CIDH
2001. |