CAPÍTULO II DOCUMENTOS PREPARATORIOS DEL PROYECTO DE DECLARACIÓN AMERICANA
 SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

DOCUMENTO 9.   

RESOLUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL SOBRE EL PROYECTO DE DECLARACION 1997, 1998 y 1999

 

AG/RES. 1479 (XXVII-O/97) 

"PROYECTO DE DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS" 

(Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 1997)

 

LA ASAMBLEA GENERAL,  

VISTAS las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente al informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (AG/doc.3492/97);  

CONSIDERANDO:  

Que mediante su resolución AG/RES. 1022 (XIX-O/89) solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la preparación de una declaración relativa a los derechos de las poblaciones indígenas; y  

Que el Consejo Permanente recibió, el 10 de abril de 1997, el "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas", preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CP/doc.2878/97 corr. 1),  

RESUELVE:  

1.          Agradecer y tomar nota del "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas" preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.  

2.          Encomendar al Consejo Permanente la consideración del "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas".  

3.          Expresar la conveniencia de que el texto del "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas" refleje las preocupaciones de las poblaciones indígenas, al igual que el trabajo de las Naciones Unidas en este campo. 

4.          Exhortar a los Estados miembros a que presenten al Consejo Permanente, antes del 31 de diciembre de 1997, sus observaciones y recomendaciones sobre el "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas".  

5.          Solicitar al Comité Jurídico Interamericano y al Instituto Indigenista Interamericano que, teniendo en cuenta las observaciones y recomendaciones que presenten los Estados miembros, transmitan al Consejo Permanente sus comentarios al "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas".

6.          Encomendar al Consejo Permanente que, una vez que reciba las observaciones y comentarios a que se hace referencia en los párrafos precedentes y que lleve a cabo otras acciones que considere pertinentes, convoque una reunión de expertos gubernamentales sobre la materia, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, a los fines de la posible adopción del "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas" por la Asamblea General en su vigésimo octavo período ordinario de sesiones.  


AG/RES. 1549 (XXVIII-O/98)  

PROYECTO DE DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS POBLACIONES INDÍGENAS  

(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)

  LA ASAMBLEA GENERAL,  

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre la "Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas",  

CONSIDERANDO:  

Que mediante la resolución AG/RES. 1022 (XIX-O/89) la Asamblea General solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la preparación de una declaración relativa a los derechos de los pueblos indígenas, que le fue remitida en ocasión de su vigésimo séptimo período ordinario de sesiones; 

Que la Asamblea General por medio de su resolución AG/RES. 1479 (XXVII-O/97) exhortó a los Estados miembros a que presentaran, antes del 31 de diciembre de 1997, sus observaciones y recomendaciones sobre el "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas" elaborado por la CIDH, y solicitó al Comité Jurídico Interamericano (CJI) y al Instituto Indigenista Interamericano (III) que, teniendo en cuenta dichas observaciones y recomendaciones transmitieran al Consejo Permanente sus comentarios al mencionado proyecto; y 

Que tanto el III, como el CJI y varios Estados miembros ya han transmitido sus comentarios al Consejo Permanente, 

RESUELVE:  

1.          Reconocer los avances logrados en el estudio relativo al "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas" elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 

2.          Agradecer los comentarios del Instituto Indigenista Interamericano (III), del Comité Jurídico Interamericano (CJI) y de los Estados miembros, al "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas". 

3.          Encomendar al Consejo Permanente que continúe la consideración del "Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas", y tomando en cuenta las observaciones formuladas por los Estados miembros, y las opiniones del III y del CJI, convoque a una reunión de expertos gubernamentales sobre la materia durante el segundo semestre de 1998, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, y que lleve a cabo las acciones que considere pertinentes, a los fines de adoptar una Declaración en el vigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General.

 

OEA/Ser.P AG/RES. 1610 (XXIX-O/99)

 DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS POBLACIONES INDÍGENAS 

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1999, y pendiente de edición por parte de la Comisión de Estilo)

 

LA ASAMBLEA GENERAL,  

Recordando sus resoluciones AG/RES. 1022 (XIX-O/89), AG/RES. 1479 (XXVII-O/97) y AG/RES. 1549 (XXVIII-O/98),  

Convencida que la adopción de una declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas fortalecerá el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos de las poblaciones indígenas y que contribuirá al desarrollo de actividades pertinentes de la Organización de los Estados Americanos en esa esfera,  

Agradeciendo la contribución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, del Comité Jurídico Interamericano y del Instituto Indigenista Interamericano en la elaboración de un proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas,  

Considerando, que en cumplimiento de la resolución AG/RES.1549(XXVIII-O/98) tuvo lugar en la Sede de la Organización, durante los días 10, 11 y 12 de febrero de 1999, la Reunión de Expertos Gubernamentales para Analizar el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas,  

Habiendo examinado el informe del Consejo Permanente sobre el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas (CP/CAJP1489/99), en cumplimiento de la resolución AG/RES.1549(XXVIII-O/98), 

Teniendo presente que, pese a los avances registrados, la Reunión de Expertos Gubernamentales no pudo completar su labor a los fines de adoptar en el presente período de sesiones una Declaración conforme a la citada resolución AG/RES.1549(XXVIII-O/98),  

1.          Decide establecer un Grupo de Trabajo del Consejo Permanente para continuar la consideración del Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas.  

2.          Invita al Grupo de Trabajo a tomar en cuenta, en el cumplimiento de su mandato, las observaciones y comentarios formulados por los Estados Miembros y los distintos órganos, organismos y entidades del sistema interamericano.  

3.          Invita asimismo al Grupo de Trabajo a contemplar una adecuada participación de representantes de comunidades indígenas en sus labores con el propósito de que sus observaciones y sugerencias puedan ser consideradas.  

4.          Solicita al Instituto Indigenista Interamericano que brinde la asesoría necesaria al Grupo de Trabajo y que prepare, a la brevedad posible, un informe sobre las acciones desarrolladas en otras organizaciones internacionales con vistas a la promoción de los derechos de las poblaciones indígenas.  

5.          Solicita la Secretaría General y a los órganos, organismos y entidades del sistema interamericano que presten la asistencia que requiera el Grupo de Trabajo; el cual deberá celebrar una primera reunión antes de finalizar el presente año.  

6.          Solicita asimismo al Comité Jurídico Interamericano a continuar proporcionando al Grupo de Trabajo su asesoría jurídica sobre el Proyecto de Declaración.  

7.          Solicita al Consejo Permanente que presente a la Asamblea General, en su trigésimo período ordinario de sesiones, un informe sobre el cumplimiento de la labor encomendada al Grupo de Trabajo.  

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