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(Orden cronológico, comenzando por la última medida otorgada)
MC 196-09, Ampliación – Inmer Genaro Chévez y Lucy Mendoza, Honduras
El 3 de mayo de 2010, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de Inmer Genaro Chévez y de Lucy Mendoza, en Honduras. En la solicitud de medidas cautelares se alega que el periodista Inmer Genaro Chévez, quien trabaja en Radio Progreso, ha estado recibiendo amenazas de muerte, incluyendo un mensaje de texto a su celular que decía “Resistencia estamos eliminando a los chebes luego van los curas”, después de que el 11 de abril de 2010 fueran asesinados el periodista Luiz Chévez y su primo Alberto Chévez. Por otra parte, la solicitud alega que la abogada y defensora de derechos humanos Lucy Mendoza, quien ha estado apoyando a los periodistas de Radio Progreso en procesos penales, también recibió amenazas de muerte. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Inmer Genaro Chévez y Lucy Mendoza, que se acuerden las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas.
MC 196-09, Ampliación – Rebeca Ethel Becerra Lanza e hijas, Honduras
El 13 de abril de 2010, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de Rebeca Ethel Becerra Lanza e hijas, en Honduras. En la solicitud de medidas cautelares se alega que la señora Becerra habría sido objeto de vigilancia frente a su vivienda, seguimientos, intento de ingreso a su vivienda y llamados telefónicos amedrentadores. La solicitud indica que los hechos fueron denunciados ante el Ministerio Público, pero que las autoridades no habrían actuado. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Rebeca Ethel Becerra Lanza y de sus hijas, que se acuerden las medidas a adoptarse con las beneficiarias y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas.
MC 95-10 – X y Familia, Honduras
MC 91-10 - Pedro Brizuela, Mateo Enrique García Castillo y sus núcleos familiares, Honduras
El 19 de marzo de 2010 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Pedro Brizuela, Mateo Enrique García Castillo y sus respectivos núcleos familiares, en Honduras. En la solicitud de medida cautelar se alega que Pedro Brizuela y Mateo Enrique García Castillo, quienes son integrantes del Frente Nacional de Resistencia Popular, han sido blancos de actos de violencia y hostigamiento. El 24 de febrero de 2010, Claudia Brizuela, hija de Pedro Brizuela, fue asesinada a balazos por personas desconocidas cuando abrió la puerta de su casa. La solicitud de medida cautelar indica que antes y después del asesinato de su hija, el señor Brizuela ha estado recibiendo amenazas a su teléfono celular. Asimismo, se indica que el 26 de febrero de 2010, el señor Mateo Enrique García Castillo fue objeto de una tentativa de secuestro por parte de cuatro hombres que habían infiltrado el día anterior una marcha convocada por Frente Nacional de Resistencia Popular. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Pedro Brizuela, Mateo Enrique García Castillo, y los núcleos familiares de los mismos; que se acuerden las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, y que se informe sobre las acciones de investigación adoptadas respecto de los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares a fin de remover los factores de riesgo para los beneficiarios.
MC 38-10 - Manuel de Jesús Varela Murillo y otros, Honduras
El 25 de febrero de 2010 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Manuel de Jesús Varela Murillo, Ricardo Antonio Rodríguez y sus familias, en Honduras. En la solicitud de medida cautelar se alega que los beneficiarios, que pertenecen al Movimiento de Resistencia contra el golpe de Estado, habrían sido objeto de secuestro, actos de tortura y amenazas de muerte. Se indica que el 2 de febrero de 2010 fueron atacados por unas 20 personas vestidas de civil, fuertemente armadas y con pasamontañas cubriéndoles la cara. Se alega que fueron trasladados a una casa donde les vendaron los ojos, fueron golpeados en la cabeza y amenazados con machetes mientras les preguntaban dónde estaba el arsenal y dónde estaban los dólares, y les decían que abandonaran la resistencia. Indicaron que les robaron dinero, una computadora, documentos personales y un teléfono celular. Se señala que tras más de tres horas de interrogatorio y amenazas de matar a sus familias, fueron abandonados en la colonia Víctor Ardon. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Manuel de Jesús Varela Murillo, Ricardo Antonio Rodríguez y sus familias, que se acuerden las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, y que se informe sobre las acciones de investigación adoptadas respecto de los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares a fin de remover los factores de riesgo para los beneficiarios.
MC 196/09, Ampliación – Anselmo Romero Ulloa y María Brígida Ulloa Hernández, Honduras
El 12 de febrero de 2010, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de Anselmo Romero Ulloa y María Brígida Ulloa Hernández, en Honduras. En la solicitud de medidas cautelares se alega que el señor Anselmo Romero Ulloa, miembro de la Coordinadora Nacional de Resistencia, fue atacado el 3 de noviembre de 2009 por un hombre con un arma Uzi. Se alega que el atacante disparó una ráfaga de tiros cerca de la cara del señor Romero, lo cual lo habría dejado sordo de un oído, y que otra ráfaga pasó muy cerca de María Brígida Ulloa Hernández, compañera de hogar del señor Romero Ulloa. Se agrega que se interpuso denuncia ante la Dirección Nacional de investigación Criminal en Comayagua pero que hasta la fecha la Fiscalía no habría procedido con el caso. Asimismo, se indica que el 29 de enero de 2010, la misma persona que condujo la agresión en 2009 estuvo merodeando en los alrededores de la vivienda del señor Romero Ulloa, y que en varias oportunidades el domicilio ha estado vigilado por personas no identificadas. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Anselmo Romero Ulloa y María Brígida Ulloa Hernández, que se acuerden las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas. La CIDH solicitó contar con información en un plazo de 20 días y actualizar la información periódicamente.
MC 18-10 - Indyra Mendoza Aguilar y Otras,
República de Honduras
El 29 de enero de 2010 la CIDH otorgó
medidas cautelares a favor de Indyra Mendoza Aguilar, Nohelia Flores
Álvarez (Noel Eduardo Flores Álvarez), Fátima Maritza Ulloa Becerra y Ana
Lourdes Ordoñez, en Honduras. Indyra Mendoza Aguilar es la directora de
Cattrachas, una organización no gubernamental que trabaja por los derechos
de lesbianas, gays, personas bisexuales, transgénero e intersex (LGBTI).
En la solicitud de medidas cautelares se alega que el 17 de diciembre de 2008, en Tegucigalpa, Nohelia Flores Álvarez (Noel
Eduardo), quien pertenece a
Cattrachas, fue obligado a subir al automóvil de un miembro de la policía
preventiva, quien a punta de pistola le exigió servicios sexuales. Se
indica que Nohelia Flores Álvarez se negó, y que el policía lo amenazó de
muerte. Se añade que al día siguiente, el policía llegó acompañado por
otros dos hombres en una camioneta y que entre los tres lo apuñalaron 17 veces en la garganta,
la espalda, el estómago y los brazos; tras desmayarse, lo abandonaron en
unos matorrales. En el hospital, Indyra Mendoza tomó fotos que sirvieran
de prueba en un juicio y lo acompañó en el proceso a fin de interponer la
denuncia, que es investigada por Fátima Maritza Ulloa Becerra y Ana
Lourdes Ordoñez, agentes de la Dirección Nacional de Investigación
Criminal en Tegucigalpa. En la solicitud de medidas cautelares se alega
que los cuatro beneficiarios son objeto de amenazas y hostigamientos que ponen en
riesgo sus vidas e integridad personal. La Comisión solicitó al Estado de
Honduras que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la
integridad personal de Indyra Mendoza Aguilar, Nohelia Flores Álvarez
(Noel Eduardo Flores Álvarez), Fátima Maritza Ulloa Becerra y Ana Lourdes
Ordoñez; que se acuerden las medidas a adoptarse con las beneficiarias y
sus representantes; y que informe sobre las acciones adoptadas respecto de
los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares a fin de
remover los factores de riesgo para las beneficiarias. MC 196/09, Ampliación - Gilberto Vides y su núcleo familiar, Honduras
El 22 de enero de 2010, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de Gilberto Vides y su núcleo familiar. En la solicitud de medidas cautelares se alega que el 7 de enero de 2010, el profesor Gilberto Vides, de la Escuela Nacional de Bellas Artes, fue abordado por dos hombres armados cuando regresaba de una marcha de la Resistencia. Se indica que dispararon contra los vidrios delantero y trasero de su automóvil y se dieron a la fuga. Asimismo, se alega que su domicilio fue vigilado los días 8 y 9 de enero de 2010. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Gilberto Vides, su esposa y su hija, que se acuerden las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas.
MC 196/09 - Ampliación, núcleo familiar de Rasel Antonio Tome, Honduras
El 19 de enero de 2010, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de los familiares de Rasel Antonio Tome, en Honduras. Rasel Antonio Tome es beneficiario de medidas cautelares de la CIDH a través de la ampliación otorgada el 23 de septiembre de 2009, cuando se encontraba en la Embajada de Brasil junto al Presidente Manuel Zelaya. La solicitud de medidas cautelares indica que Rasel Antonio Tome ha recibido amenazas de muerte y han aparecido en las calles de Tegucigalpa afiches con su fotografía y las de otros dirigentes del Frente de Resistencia con leyendas como "Pueblo Hondureño: estos son tus enemigos, conócelos". Asimismo, se informa que este sería el mismo contenido de un anuncio que se pasa por el canal 8 de televisión. La solicitud indica que la seguridad de su núcelo familiar, constituido por su esposa y tres hijos menores de edad, estaría en riesgo. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de los integrantes del núcleo familiar de Rasel Antonio Tome, que se acuerden las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas. La CIDH solicitó contar con información en un plazo de 20 días y actualizar la información periódicamente.
MC 196/09, Ampliación – Marbin Emilio Hernández Duarte y su núcleo familiar, Honduras
El 8 de enero de 2010, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de Marbin Emilio Hernández Duarte y su núcleo familiar. El señor Duarte forma parte de un Grupo que realiza trabajos de difusión relacionados con el Frente de Resistencia y situaciones de represión tras el golpe de Estado de junio de 2009. En la solicitud de medidas cautelares se alega que el 18 de octubre de 2009 el Grupo organizó una presentación de un video en la Colonia Divanna de Comayagüela, donde personas desconocidas tomaron fotografías al grupo y a los coordinadores del Frente de Resistencia. Se informa que al día siguiente apareció muerto Marco Antonio Martínez Lezama, coordinador de la Resistencia en esa colonia. La solicitud agrega que el 28 de octubre de 2009 el mismo video fue presentado en la Colonia La Fraternidad de Tegucigalpa y nuevamente desconocidos les tomaron fotografías. Se informó que el 22 de diciembre de 2009, Edwin Renán Fajardo Argueta, miembro del Grupo, fue encontrado muerto en su residencia, y que en esa fecha desconocidos siguieron al señor Duarte. Se añade que el 29 de diciembre fue secuestrado el periodista Cesar Silva, otro miembro del Grupo. La solicitud agrega que que el 31 de diciembre de 2009, dos hombres con corte de pelo estilo militar se acercaron a la residencia del señor Duarte, en las afueras de la cual jugaban sus dos hijos, le pidieron agua al niño de 9 años de edad y le preguntaron el nombre del padre al niño de 5 años. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Marbin Emilio Hernández Duarte y su familia, que se acuerden las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas. La CIDH solicitó contar con información en un plazo de 20 días y actualizar la información periódicamente.
MC 196-09, Ampliación – César Omar Silva Rosales, Honduras
El 31 de diciembre de 2009, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de César Omar Silva Rosales, en Honduras. En la solicitud de medidas cautelares se alega que el periodista Silva Rosales fue secuestrado el 28 de diciembre de 2009 por tres personas armadas y que lo habrían interrogado cada 10 minutos por un período aproximado de 24 horas, durante las cuales fue maltratado, golpeado y amenazado de muerto. La solicitud indica que fue liberado en las inmediaciones de la colonia Cerro Grande, al oriente de Tegucigalpa, sitio que en la década de 1980 fue utilizado como botadero de cadáveres. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida, la integridad personal y el derecho a la libertad de expresión de César Omar Silva Rosales, y que se investiguen los hechos que han dado origen a esta solicitud.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 23 de diciembre de 2009, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor de Emerson Yovany Martínez Amaya y su núcleo familiar. Según la información recibida, Emerson Yovany Martínez Amaya, quien ha estado activo en la Resistencia contra el golpe de Estado, habría sido detenido violentamente por la policía hondureña. Informaron que en la madrugada del 28 de noviembre del 2009, aproximadamente ocho agentes policiales fuertemente armados llegaron a su residencia y lo llevaron del brazo al dormitorio, donde apuntaron a la cabeza de su esposa con una arma. Agregaron que procedieron a sacarlo de la casa y lo llevaron detenido, sin justificar el motivo, y que en el camino le colocaron una capucha con olor a gas pimienta, lo cual le provocó ardor en la piel y los ojos. Añadieron que fue llevado a un cuarto de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, donde le habrían propinado golpes y le habrían amenazado con matar a toda su familia. Informaron que luego, lo pasaron a una celda en un sótano de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, y que un fiscal del Ministerio Publico lo presionó para que hablara en contra de una persona a quien ha visto en las marchas de la resistencia. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Emerson Yovany Martínez Amaya y su familia, que se acuerden las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes, y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas. La CIDH solicitó contar con información en un plazo de 20 días y actualizar la información periódicamente.
MC 196/09 - Ampliación
de Medidas Cautelares, Honduras MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
En relación a la señora Antonia Damary Coello Mendoza, la solicitud de medida cautelar indica que ella participó el 13 de agosto de 2009 en una manifestación de oposición al régimen de facto en San Pedro Sula, la cual habría sido reprimida por la policía hondureña con bombas lacrimógenas, ante lo cual intentó encontrar refugio. La solicitud indica que agentes de la policía preventiva la habrían perseguido y obligado a subirse a la patrulla, donde recibió golpes y amenazas de que la violarían y matarían, mientras le arrojaban gas pimienta en los ojos. Se indica que un medio televisivo de San Pedro Sula grabó el momento en que la señora Coello Mendoza se tiró de la patrulla, video que ha sido divulgado. La solicitud señala que después de estos hechos, la señora Coello Mendoza ha sido objeto de persecución por patrullas policiales y que su vehículo fue dañado; agrega que se han realizado diligencias debidamente formalizadas en el Tribunal de lo Penal, pero que hasta el momento no se ha establecido un sistema de protección. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Antonia Damary Coello Mendoza y que se informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas cautelares.
En relación al Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), la solicitud de medidas cautelares alega que el personal y sus familiares vienen siendo objeto de llamadas intimidatorias y seguimientos. Indica que el 21 de septiembre de 2009 la sede fue objeto de un ataque con bombas lacrimógenas cuando había adentro unas 120 personas, muchas de ellas heridas, ofreciendo testimonios sobre los hechos de violencia ocurridos frente a la Embajada de Brasil, y que desde esa fecha la sede es vigilada por personas que toman fotografías. La solicitud añade que el 18 de septiembre de 2009, cuando se encontraban en un destacamento policial donde se realizaba una audiencia, fueron alterados los frenos del automóvil de Berta Oliva, Presidenta de COFADEH, quien es beneficiaria de medidas cautelares de la CIDH desde el 28 de junio de 2009; indica que también fueron aflojados los tornillos de las llantas del automóvil de otra abogada de COFADEH que se encontraba en el lugar. Asimismo, la solicitud alega que los miembros de COFADEH vienen recibiendo llamadas intimidatorias en sus teléfonos celulares y mensajes por Internet en que les dicen que deben dejar de denunciar al gobierno de facto y que conocen dónde se encuentran o qué actividades realizan diferentes familiares, tal como hijos o hermanos. La Comisión Interamericana solicitó que se adopten las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de los 17 miembros de COFADEH y sus núcleos familiares y para otorgar protección perimetral a la sede de COFADEH, así como informar sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
1. Ampliación de la MC 196/09 para los miembros de la Asociación de Jóvenes en Movimiento, y de un miembro del Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras.
En la solicitud de medida cautelar se alega que el día 21 de septiembre de 2009, la Asociación de Jóvenes en Movimiento se unió a la actividad convocada por la Resistencia contra el Golpe frente a la Embajada de Brasil. En la madrugada del martes 22 de septiembre, Eduardo Sorto Ortiz (director de la asociación) Osmin David Valle Castillo y Yuris Espinoza fueron interceptados cuando se dirigían a la embajada por un vehículo particular con vidrios polarizados y sin placa, en el que se trasladaban 6 agentes vestidos de moteado y con pasamontañas que, apuntándolos con fusiles, les ordenaron bajarse del carro. Se indica que los agentes los interrogaron, les ordenaron tirarse en el pavimento de la calle, revisaron el carro, encontraron banderas de la Asociación Arco Iris y los insultaron, acusándolos de “culeros, maricas, solo falta que anden apoyando al culero de Mel”. Informan que los golpearon con toletes (bastones policiales) y les dieron patadas, les sustrajeron los documentos y pertenencias personales que tenían en el vehículo, y quebraron vidrios y el espejo retrovisor del carro. Se indicó que el 24 de septiembre de 2009 el director de la Asociación se presentó en la Jefatura Metropolitana No. 1, pero se negaron a levantar la denuncia. Asimismo, la solicitud indica que el 27 de septiembre de 2009, al salir de las oficinas de la asociación, Jonathan Pastrana Pineda fue detenido por una patrulla policial; un agente le preguntó si era de la resistencia, lo lanzó al pavimento, le propinó golpes con el tolete y le quemó el antebrazo izquierdo con cigarrillos; fue trasladado a la Jefatura Policial No. 3 sin cargos y liberado al día siguiente.
Respecto del maestro Luís Alexis Vallecillos Maradiaga, vicepresidente del Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras, filial departamental de Francisco Morazán, la solicitud de medida cautelar indica que es perseguido por carros sin placa, fotografiado en los lugares a donde se desplaza, y habría recibido llamadas intimidatorias a sus teléfonos particulares. Como antecedente, la solicitud informa que el 11 de agosto de 2009, el señor Maradiaga tomó fotografías de los hechos de la Universidad Pedagógica, cuando agentes antimotines lanzaron bombas lacrimógenas hacia el interior de la institución educativa, y que Maradiaga habría fotografiado a un agente con pasamontañas que golpeó a un joven. Se informó que un policía lo habría visto, tras lo cual fue seguido, detenido, esposado y despojado de su cámara; fue trasladado a la posta policial de El Manchen, sin informarle el motivo de la detención ni registrar su ingreso en la estación policial; fue trasladado a la Jefatura Metropolitana No. 1, momento en que se le informó por primera vez que se había presentado un requerimiento fiscal por los delitos de terrorismo, incendio y daños a la propiedad pública; en la madrugada del 12 de agosto fue examinado por el médico forense y se firmó su auto de libertad.
2. Derecho a la libertad de expresión de los trabajadores de medios de comunicación y derecho a la información de la sociedad hondureña.
En la solicitud de medidas cautelares se indica que en la madrugada del 28 de septiembre de 2009 se habrían presentado aproximadamente unos 60 militares y policías armados en las instalaciones de Canal 36, Radio La Catracha y Cholusat Sur Radio en Tegucigalpa. Estos agentes no habrían sido acompañados de ningún fiscal ni juez. Presuntamente habría estado presente un empleado de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), quien no se habría identificado. La solicitud indica que estas personas desconectaron y decomisaron equipos de transmisión y otros aparatos. Indicaron que las autoridades no levantaron acta ni inventario de lo decomisado, ni dejaron documento alguno sobre su actuación. El 1 de octubre de 2009 nuevamente se habrían apersonado policías y militares a la sede del Canal 36 y vigilaron el lugar durante algunas horas. Ante las consultas de la Fiscal de Derechos Humanos, Sandra Ponce, alegaron estar allí para “dar protección al canal”, pero la acción no fue coordinada con el propietario del canal ni informada a éste. Según se indica, Canal 36, Radio La Catracha y Cholusat Sur Radio se encuentran fuera del aire desde el 28 de septiembre de 2009.
La solicitud de medida cautelar indica que en la mañana del 28 de septiembre de 2009 un pelotón de más de 200 militares y policías habría ingresado mediante la fuerza, rompiendo tres puertas, a las instalaciones de Radio Globo en Tegucigalpa. Según se indicó, los militares habrían entrado al lugar sin que se hiciera presente juez ejecutor ni fiscal del Ministerio Público. La fiscal de derechos humanos, Sandra Ponce, y el propietario de la radio, Alejandro Villatoro Aguilar, intentaron ingresar al edificio alrededor de las 6:00 de la mañana pero los militares se lo habrían impedido; cuando los dejaron ingresar alrededor de las 11:30 de la mañana, el equipo de transmisión y otros aparatos habían sido sustraídos, así como documentos de la empresa y dinero en efectivo. Informan que hasta la fecha no se les ha notificado la supuesta resolución que ordenaría el cierre de la radio y decomiso de los equipos. Las autoridades que allanaron y confiscaron el equipo no levantaron acta ni inventario de lo decomisado, ni dejaron documento alguno sobre su actuación. La solicitud indica que Radio Globo se encuentra fuera del aire desde el 28 de septiembre de 2009.
Los solicitantes señalan que los cierres de estos medios de comunicación supuestamente se fundamentan en la aplicación del Decreto No. PCM-16-2009, en el acuerdo 136/2009 del Despacho de Gobernación y Justicia, y en el acuerdo OD 19/2009 de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). Esta última resolución que justifica el cierre y el decomiso de los bienes señala que la falta que se les imputa es la de tener conductas “alteradoras de la paz y alentadoras de llamados a insurrección popular que atentan contra el orden público y la seguridad nacional del Estado, ofendiendo la dignidad humana del señor Presidente de la República señor Roberto Micheletti, y otros funcionarios públicos de su gobierno, atentando contra la Ley y las resoluciones gubernamentales, lo cual está contemplado como prohibiciones en el artículo 3 numeral 3 del Decreto número PCM-M-016-2009, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros el 22 de septiembre de 2009 y publicado en el diario Oficial La Gaceta el 26 de este mismo mes y año”.
El 5 de octubre de 2009 el gobierno de facto de Honduras anunció la derogación del decreto ejecutivo PCM-M-016-2009, emitido en Consejo de Ministros y publicado en el diario oficial La Gaceta el 26 de septiembre de 2009, mediante el cual se restringían varias garantías constitucionales, entre ellas las de movilización, asociación y libertad de expresión. La información recibida indica que un día después de la derogación del decreto, el 6 de octubre de 2009, altas autoridades del gobierno de facto habrían manifestado públicamente que “la anulación del decreto no beneficia de inmediato a Radio Globo y a Canal 36, cuyos propietarios, según dijo, tendrán que acudir a los tribunales como corresponde para poder rescatar su derecho, su permiso, para poder estar en el aire”.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 23 de septiembre de 2009, la CIDH amplió la medida cautelar MC 196-09, a favor del Presidente Manuel Zelaya Rosales, su familia y funcionarios de su gabinete constituidos en la Embajada de Brasil de Tegucigalpa, como así también para los funcionarios diplomáticos y demás personal que actualmente está en esa sede.
En base a hechos de conocimiento público, la CIDH otorgó medidas cautelares a las personas antes mencionadas según lo previsto en el artículo 25 de su Reglamento, y solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. La Comisión solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de 48 horas. Estos beneficiarios se añaden a las listas que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio; el 2, 3, 10, 15, 24 y 30 de julio; y el 7, 17 y 21 de agosto y el 4 de septiembre de 2009.
Solicitud de información en base al Artículo 41 de la Convención Americana
Adicionalmente, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la CIDH solicitó información sobre los siguientes temas, en un plazo de 48 horas:
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 4 de septiembre de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. Las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
En base a solicitudes de medidas cautelares y hechos de conocimiento público, la CIDH ha decidido otorgar medidas cautelares a las personas antes mencionadas, según lo previsto en el artículo 25 de su Reglamento. La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios, y solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de siete días. La lista complementa las que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio; el 2, 3, 10, 15, 24 y 30 de julio; y el 7, 17 y 21 de agosto de 2009.
Solicitud de información en el marco de la MC 196/09
Asimismo, en el marco de la MC 196/09, la CIDH solicitó información en un plazo de 10 días sobre la situación de otras personas, según el siguiente detalle:
Solicitud de información en base al Artículo 41 de la Convención Americana
Por otra parte, el 4 de septiembre de 2009 la CIDH solicitó información sobre situaciones y/o amenazas y actos de violencia contra personas en el marco de las competencias otorgadas por el Artículo 41 de la Convención Americana, en un plazo de 10 días, según el siguiente detalle:
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 21 de agosto de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de la señora Hedme Castro, directora de la Escuela Alba Nora Gúnera. Según la información recibida, la señora Castro ha venido siendo objeto de actos de seguimiento, agresiones verbales y hostigamiento en virtud de su posición en contra del golpe de Estado. La información señala que carros sin placas y con vidrios polarizados rondan su domicilio y su lugar de trabajo, que los candados de los portones de la escuela han sido violentados, y que una patrulla de 10 soldados ingresó a la escuela el 18 de agosto de 2009. La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de siete días. La lista complementa las que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio; el 2, 3, 10, 15, 24 y 30 de julio; y el 7 y 17 de agosto de 2009.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 17 de agosto de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de la señora Nelly Guadalupe Doblado Guevara, el señor Justo Pastor Henríquez y el señor Eddy René Doblado Guevara. Según la información recibida, la señora Nelly Guadalupe Doblado Guevara y su hermano Eddy René Doblado Guevara fueron detenidos por las fuerzas de seguridad en el contexto de una manifestación llevada a cabo en Comayagua el 30 de julio de 2009, y que fueron fuertemente golpeados. Asimismo, la vivienda de la señora Nelly Guadalupe Doblado Guevara y del señor Justo Pastor Henríquez habría sido objeto de un ataque con bombas molotov en la madrugada del 17 de agosto de 2009. La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de cinco días. La lista complementa las que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio; el 2, 3, 10, 15, 24 y 30 de julio; y el 7 de agosto de 2009.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 7 de agosto de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. Las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
· Norma Estela Mejía, vicepresidenta del sindicato Sitrajerzeesh el cual está afiliado a la Central General de Trabajadores (CGT), habría recibido amenazas de muerte por su oposición al golpe de Estado.
· Daniel Durón, líder a nivel nacional de la Central General de Trabajadores (CGT), habría recibido amenazas a muerte. Estas amenazas incluyen mensajes de texto recibidos en su teléfono celular.
· Evangelina Argueta dirigenta de la Central General de Trabajadores (CGT), habría recibido amenazas vía telefónica por su oposición al golpe de Estado.
La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de 48 horas. La lista complementa las que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio y el 2, 3, 10, 15, 24 y 30 de julio de 2009.
Solicitud de información en base al Artículo 41 de la Convención Americana
Por otra parte, la CIDH solicitó información sobre situaciones y/o amenazas y actos de violencia contra personas en el marco de las competencias otorgadas por el Artículo 41 de la Convención Americana, en un plazo de 48 horas, según el siguiente detalle:
Maestro Roger Vallejos Soriano
La CIDH solicitó información sobre la muerte del maestro Roger Vallejos Soriano, quien habría recibido un disparo en la cabeza el 30 de julio de 2009 y posteriormente habría fallecido.
Detenciones
Conforme a la información recibida, varias personas habrían resultado heridas y detenidas en el marco de manifestaciones y protestas, según el siguiente detalle:
Manifestación del 30 de julio en Comayagüela, en que agentes de seguridad con tanquetas antimotines habrían desalojado en forma violenta a los manifestantes con disparos y bombas lacrimógenas. Según la información recibida, habría 61 personas detenidas, de las cuales 16 habrían sufrido heridas y lesiones, según el siguiente detalle:
16 personas que se encontrarían detenidas y que habrían sufrido heridas, fracturadas y golpeadas: Enmanuel Alberto Banegas Caballero, Luis Rodolfo Figueroa, Cristian David Herrera, Carlos Humberto Reyes Banegas, Carlos H. Reyes, Oscar Moncada, Marcial Cruz, Glenys Rodríguez, Alexis García, Nefris Pineda, Ody José Valeriano, Tania Guiselle Guzmán, Carlos Alberto Cuello Canales, Manuel Banegas, Rommel Espinal, Emilio Castro.
45 personas detenidas en la posta policial del barrio Belén: Héctor Armando Romero, Raúl Ernesto Meza, Lester Chávez, Eduardo Lagos, Fran Alexander Hermindo, Fredy Ariel Morazan, Marlon Dagoberto Villalobos, Dia Dec Shofol Rodriguez, Eric Alexander Romero, Dagoberto Aristde Moncada, Edas Dalmiro Moncada, José Ramiro Elvir Matamoros, Quintín García Hernández, Alex Osman Sierra Rodríguez, Rafael Pavón, Modesto Aguilar Herrera, Vivian Ramos Mejía, Oscar A. Flores, Luis Moncada, Julio Salas Posas, Marcos Mendoza, Luis Baquedano, Obed Fernando Banegas, Milton Nahun Borjas, Juan José Vargas, David Varrales, Amado Sandoval Peña, Milton Medardo Torres, José Celestino Barahona, Fernando Izaguirrez, Jorge Luis Ortega, Rudy Izaguirre, Daniel Rivera Amador, Juan Barahona, Cesar Adolfo García, Carlos Ramos, Olvin Mejía, Héctor Manuel Herrera, Johan Ordoñez, Abraham Lincol, Gabriel Galeano, Melvin Roberto Vaca, Gerardo Abrachar Soleno López, Héctor Rolando Hernández, Joel Antonio Munguia.
Posta del Danlí, frontera con Nicaragua, 29 de julio de 2009: Habrían sido detenidos siete Garifunas en un retén de la policía Hondureña, en la posta de Danlí, frontera con Nicaragua. Se denuncia que al momento de la detención se les habría decomisado sus documentos e instrumentos musicales a la vez de haberlos hostigado con manifestaciones discriminatorias por razón de su raza.
Posta del Danlí, frontera con Nicaragua, 25 de julio de 2009: Las siguientes personas habría sido detenidas y se encontrarían en la Posta Policial del Distrito N° 7 de Danlí, en el marco de los actos de violencia acaecidos en el Departamento de El Paraíso el 25 de julio de 2009: Adrián Carranza, Alfredo Redondo Comayagua, Ángel de Jesús Rivera Cruz, Arnaldo Hernández, Brayab Ernesto Ávila (15 años de edad), Carlos Alejandro Hernández, César Samuel Escalante Vásquez, Dave Ezequiel Torres (16 años), David Orlando de Canton, Eduardo Javier Mendoza (de 15 años de edad), Eduardo José Redondo Rudy (de 17 años de edad), Eliasa Mejía, Eráclito Isaac Sierra, Eser Peralta Lavaire (Cruz Roja), Feliz Antonio Doblado López, Florentino Urbina Acuña, Fran Anderson Corrales (16 años), Gustavo Adolfo Suazo, Henry Antonio Molina, (11 años de edad), Jeremías Gómez Comayagua, Jhonatan Noe Osorio Cañada (17 años de edad), Joaquín Rueda Muñoz, Jhony Salgado, Jorge Franciso Valle, José Francisco Sanhesdias, Katerine Romero (14 años de edad), Kenia Sarai Funes (15 años de edad), Leo Gabriel Astriaco, Lidia Margarita Portillo, Linda Rosio Romero (17 años de edad, Luis Beltrán Alvardopadilla, Mario Javier García Mayrena, Marlon Iván Méndez., Marta Socorro, Marvin Javier Sánchez, Maycol Jamel Corrales Ventura (13 años), Miguel Ángel Rodríguez Amador, Milton Ariel Ortiz Sierra (de 15 años de edad), Norma Supaya Ruiz Padilla, Nubia Xiomara Valladares, Orlyn Joel Flores, Roberto Bautista, Rony Misael Mejia Mairena, Sabas de Jesús García Ocampo, Santos Ilarios Sánchez, Sergio Raúl Geresano Correa (de 17 años de edad), Teresa de Jesús Rivera, Vicenta Bautista, Víctor Isaí Soto Hernández, Vilma Yolanda Flores.
San Pedro Sula, 3 de agosto de 2009: El 3 de agosto de 2009 varias decenas de personas habrían sido detenidas y otras tantas resultaron con hematomas y fracturas producto de hechos de violencia registrados durante una manifestación en contra del golpe de Estado en San Pedro Sula. Según lo informado, los hechos de violencia habrían sido perpetrados por agentes policiales, del Comando de Operaciones Especiales (COBRAS) y efectivos de la 105 Brigada con sede en San Pedro Sula. Se reportó el uso de tanques de agua, gases lacrimógenos y golpes con toletes que dejaron varios heridos. Algunas de las personas que habrían sido detenidas reportadas como parte de los actos de violencia incluyen: Eva Aguilar, Marcela Rosales, Porfirio Castro, José Matías Vásquez, Roberto Mejía, Cristobal, Gustavo, José Edgardo Castro (golpeado), Profesor Gustavo Mejía (director UTR), Prof. Miguel Ramos (subdirector INTAE), Antonio Carballo (director del reyes), Wilson Mejía, Prof. Alexis Orellana, Prof. Osman (Patria de la lima), Porfirio Casco (Padre de familia, Valle de Sula. Golpeado, decomisaron carro y le quebraron los vidrios), Valdemar García, Carlos Muñoz, José Natividad Vásquez, Gustavo Mejía Escobar, Cristóbal Rolando Villafranca, José Luis Argueta, Oscar López, Walter Geovanny Córdova Bermúdez, Edwin Antonio Enamorado, José Antonio Ramos, José Alexis Orellana, Edgardo Castro (quebraron vidrios del carro), Manuel de Jesús Ríos, Manuel Dionisio Montes, José Leonel González, Tony Ulloa, Eugeni Castro Mendoza (fractura en brazo derecho, lesiones brazo izquierdo), Gustavo Henríquez (lesión en la cabeza por golpe con cacha de pistola), Juan Ramón Urbina (golpes en la espalda), José Germán Martínez (golpes en la espalda con la punta del fusil), y Nelly Marcela Rosales (embarazada, Golpes en la rodilla).
Sobre estas detenciones, la CIDH solicita la siguiente información:
1. información actualizada sobre las personas que hayan resultado lesionadas y su estado de salud, así como las circunstancias en las que fueron heridas; 2. la identificación de el o los lugares en los que se encontrarían privados de libertad las personas detenidas durante los eventos antes mencionados, las causas de la detención y si cuentan con representación legal; 3. información sobre las medidas adoptadas a fin de esclarecer judicialmente los hechos de referencia.
Situaciones
La CIDH solicitó asimismo información sobre las siguientes situaciones:
· Según la información recibida, Radio Globo denunció el 4 de agosto de 2009, haber recibido una notificación de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Honduras, que asigna las frecuencias de radio y televisión, con la petición de un abogado que presuntamente tiene oficina en la auditoría jurídico militar de las Fuerzas Armadas, que solicitó suspender al medio por ser usado para cometer delitos de sedición.
· Se recibió información según la cual se habría lanzado un artefacto explosivo contra las instalaciones del Canal 6, en San Pedro Sula, registrado a fines de julio. El canal es conocido por cubrir todos los sectores en relación al golpe de Estado.
· El 5 de agosto de 2009, en la cuidad de Tegucigalpa, una manifestación concentrada en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) habría sido reprimida por las fuerzas militares, el Comando de Operaciones Especiales "Cobra" y personal de la Policía Antimotines. De acuerdo a lo informado, las fuerzas de seguridad habrían reprimido a los estudiantes mediante el uso de bombas lacrimógenas, tanquetas de agua con gas pimienta, disparos de arma de fuego, presuntamente con balas de goma. Además, se habrían despojado de sus cámaras de videos a estudiantes que se encontraban documentando la situación, en tanto que un grupo aún indeterminado de manifestantes, habrían resultado heridos. En particular, se recibió información que indica que la Rectora de la UNAH Julieta Castellanos, el Profesor Ramón Romero (también señalado como vice-rector), el Comisionado Universitario Olvin Rodríguez (también señalado como Secretario de la Institución), y el profesor Daniel Matamoros Watson habrían sido agredidos físicamente por miembros de las fuerzas de seguridad, luego de que hubieren intentado mediar con ellos a efectos de evitar represión contra los manifestantes. Finalmente, se indicó que uno de los estudiantes heridos, Allan Noe Hernández, habría sido trasladado hacia el Hospital Escuela, otro de ellos habría recibido atención médica en una institución privada, y que el resto de los heridos habrían sido atendidos en las instalaciones de la misma universidad.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 30 de julio de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. Esta lista de personas protegidas complementa las listas que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio y el 2, 3, 10, 15 y 24 de julio de 2009.
La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. A través de la ampliación decidida el 30 de julio de 2009 por la CIDH, las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
· Juan Carlos Trochez, de 24 años de edad, quien habría recibido dos impactos de bala presuntamente como resultado de un ametrallamiento de 11 balazos dirigido a su vehículo el pasado 24 de julio de 2009. Según se informó a la CIDH, Juan Trochez, hijo del diputado del partido Liberal Rodrigo Trochez, habría sido baleado luego de que miembros de la Asamblea hondureña, entre los que se encontraba su padre, denunciaran ante congresistas y senadores estadounidenses en Washington el golpe de Estado llevado a cabo en Honduras. · Rommel Gómez, periodista de Radio Progreso, y su esposa, Miryam Espinal, quienes estarían recibiendo llamadas telefónicas con amenazas de muerte. Respecto de Rommel, el 10 de julio de 2009 la CIDH solicitó información en el marco del Art. 41 de la Convención Americana, sin haber recibido respuesta a la fecha.
La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de 48 horas.
Solicitud de información en el marco de la MC 196/09
Asimismo, en el marco de la MC 196/09, la CIDH solicitó información sobre la situación de otras personas, con el fin de tomar una decisión sobre varias solicitudes de medidas cautelares recibidas en razón de los hechos que se describen a continuación:
· La CIDH ha recibido información y solicitudes de medidas cautelares a favor de diputados de la Banca del Partido Liberal y del Partido Unificación Democrática, los cuales habrían sido objeto de actos de hostigamiento. Según se ha informado, estos actos incluirían: disparos en las cercanías de sus viviendas; allanamientos; presunto sembrado de pruebas falsas; inicio de investigaciones por sedición y traición a la patria y el congelamiento de cuentas bancarias, presuntamente como resultado de sus pronunciamientos públicos de condena al golpe de Estado y denuncias de las violaciones a los derechos humanos que se estarían produciendo en Honduras desde el golpe de Estado. Los diputados sobre los que se requiere información son los siguientes:
1. Eric Mauricio Navarrete, diputados del Partido Liberal, 2. Elías Arnaldo Guevara diputados del Partido Liberal, 3. Edna Carolina Echavarría, diputada del Partido Liberal 4. Eleazar Juárez, diputado del Partido Liberal 5. Rodrigo Trochez, diputado del Partido Liberal 6. Manuel de Jesús Velásquez , diputado del Partido Liberal 7. Javier Hall Polio, diputado del Partido Liberal 8. Norma Calderón, diputada del Partido Liberal 9. Gladys del Cid, diputada del Partido Liberal 10. José Simón Azcona, diputado del Partido Liberal 11. Edmundo Orellana, diputado del Partido Liberal 12. Julio Santos, diputado suplente del Partido Liberal 13. Olman Maldonado, diputado suplente del Partido Liberal 14. Dayana Burke, diputada del Partido Liberal 15. Víctor Cubas, diputado suplente del Partido Liberal 16. Francis Hernández, diputado suplente del Partido Liberal 17. Elvira Argentina Valle, diputada del Partido Liberal 18. José de la Paz Herrera, diputado del Partido Liberal 19. Silvia Ayala, diputado del Partido Unificación Democrática (UD) 20. Oscar Mejía, diputado del Partido Unificación Democrática (UD) 21. Marlene Paz. Diputada del Partido Unificación Democrática (UD) 22. Tomas Andino diputado suplente del Partido Unificación Democrática (UD)
· Situación del señor Albencio Fernández Pineda, miembro del CIPRODEH, quien indicó que en múltiples oportunidades, desde el golpe de Estado, frente a su vivienda hubieron disparos con el fin de intimidarlo para que cesara en su denuncia sobre las violaciones a los derechos humanos en Honduras desde el golpe de Estado. Conforme se ha informado, el señor Pineda se encontraría acompañando alguno de los miembros de diputados hondureños antes mencionada que estarían en Washington. Ante estas circunstancias, la Comisión requiere información referente a los hechos narrados y a las medidas adoptadas a fin de asegurar el retorno seguro del señor Pineda y la comitiva de diputados que retornaría próximamente a Honduras.
· Situación de los comunicadores sociales de Radio PROGRESO y el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC) de la Compañía de Jesús de Honduras, situado en la ciudad de Progreso, al norte de Honduras. Se indicó que estos comunicadores sociales estaría recibiendo amenazas en sus teléfonos celulares así como también a través de correos electrónicos. Asimismo, se recibió información indicando que desde el 24 de julio de 2009 la sede del ERIC, se encontraría rodeaba por contingentes de la policía y el ejército fuertemente armados.
Solicitud de información en base al Artículo 41 de la Convención Americana
Por otra parte, la CIDH solicitó información sobre situaciones y/o amenazas y actos de violencia contra personas en el marco de las competencias otorgadas por el Artículo 41 de la Convención Americana, en un plazo de 48 horas, según el siguiente detalle:
Personas o grupos de personas
- Respecto de las personas a las que se les habría limitado el derecho de circulación en la carretera se incluyen: la Primera Dama de la Nación doña Xiomara Castro de Zelaya y su hija Xiomara Zelaya Castro quienes estarían intentando reunirse con el Presidente Constitucional Manuel Zelaya Rosales. Según se indica, el grupo familiar se encontraba acompañado, entre otros, por los jóvenes Armando Licona y Lenin Ernestos Canales.
- El 27 de julio se recibió una comunicación indicando que los jóvenes Armando Licona y Lenin Ernestos Canales fueron detenidos por las fuerzas de seguridad del gobierno de facto y conducidos a una posta en el departamento de El Paraíso. Estos, formaban parte de la comitiva de la Primera Dama Xiomara Castro de Zelaya, que pretende llegar a Las Manos, donde se encuentra el Presidente Manuel Zelaya Rosales.
- Se registró otro herido de bala de nombre Moisés Hernández Ventura con disparo de nueve milímetros disparado presuntamente por un miembro de la Fuerzas Armadas de Honduras.
- Respecto de las personas detenidas en las celdas de la policía en el departamento del Paraíso y otras en tapones militares en la carretera que conduce a la frontera con Nicaragua en las Manos, Departamento de El Paraíso, se encontrarían: Mario López, Josefa Escoto, Hayde o Aidé Saravia, Nicole Yánez, Wilfredo Serrano, José Serrano, Eduardo Flores, Donaldo Domínguez, Oqueli Mejia, Marcia García, Martina García, Pedro Aguilar, Ivan Eduardo Sanchez Perez, Cesar Arnoldo Bobadilla, Carlos Geobany Salinas, Elsy Leticia Castellanos, Gilma Siliezar, Lesbia Daniela Velásquez, Julia Bobadilla, Dinora Pineda, Edith Umanzor, Sandra Sandoval, Ramón Roger Díaz, Maritza Azucena Osejo, Concepción Zepeda, Milciades Zuniga, Nidia Osejo, Fatima Melisa Zuniga, Angela Carcomo, Yobany Gonzales, Halvin Alexander Sandoval, Mari Cruz Portillo Varela, Francisco Javier Armas, Blanca Azucena Rodríguez, Balbitrudis sosa Ortiz, Lesbia soriano, Olman Eduardo Soriano, Santos Zacarías Ríos o Santos Sacarías Ríos, Justo Pastor Mondragón, Rufino Aguilar, Karen Martínez, Jonathan de Jesús Canales, Manuel Ordóñez, Clemente Sambrano, Juan Antonio Torres, Domingo Solórzano, Luís Alfredo Funez, Carlos Rodrigues, Oscar Alberto Gonzáles, Rony Martínez (beneficiario de medidas cautelares de la CIDH), Claudia Ruiz, Alexis andino, Juan Carlos García, Oscar Rene Serón, Alfonso Ávila, José Antonio Zelaya, Aída Días Rosales, Flavio Fernando Sevilla Álvarez, Asolia Mineth Gradiz Reyes, Geraldina Pineda, Carmen Sánchez, Vicente Beatriz, Jacobo Pineda, Gustavo Orellana Martínez, Elena Melgar Dubon, Antonio Bustamante, Delhi Patricia Barahona, Merlin Salgado, Nubia Moncada, Oneyda Barahona, Leticia Barahona, Sonia Castillo, Iris Yolanda Ramos Ávila, María Angela Gomes, Elda Barahona, Pablo Balerio, Maria Eugenia Salgado, José Humberto Meza, Javier Escoto Berrios, Santos Cruz.
· Respecto de comunicadores sociales, se informó que el 25 de julio de 2009, un grupo de periodistas extranjeros habría sido agredido por miembros de la Policía en la zona de Danli. De acuerdo a la información recibida, la reportera gráfica Wendy Olivo, de la Agencia Bolivariana de Noticias, habría sido agredida tras intentar tomar fotografías de personas detenidas en un destacamento policial. Se indicó que cuando se negó a entregar su cámara de fotos a los policías, Olivo habría sido golpeada. También otros periodistas habrían sido agredidos al intentar que dejaran de agredir a la fotógrafa.
· Asimismo, reporteros del diario La Tribuna denunciaron haber sido objeto de agresiones por parte de manifestantes presuntamente a favor del retorno del Presidente Zelaya, ocurridas el 26 de julio de 2009 en el departamento El Paraíso. Según la información recibida, un grupo de personas habría intentado quitarle la cámara al fotógrafo Henry Carvajal, y cuando el periodista Martín Rodríguez intervino, también le habrían pegado, al tiempo que los habrían acusado de golpistas. Carvajal habría perdido las fotos que tomó durante ese día.
Situaciones:
MC 196/09 – Solicitud de información, Honduras
El 25 de julio de 2009, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión solicitó información sobre la situación de la esposa, la madre, la suegra y los hijos del Presidente Manuel Zelaya Rosales, después de recibir información según la cual se habría obstaculizado su desplazamiento por la zona fronteriza, mediante el cual buscaban encontrarse con el Presidente. La CIDH solicitó la información en un plazo de 24 horas. El 28 de junio de 2009, la Comisión había solicitado información sobre los y las familiares del Presidente Zelaya en el marco de la MC 196-09, con el fin de tomar una decisión sobre solicitudes de medidas cautelares.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 24 de julio de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. Esta lista de personas protegidas complementa las listas que fuesen transmitidas por comunicaciones fechadas el 28 y 29 de junio y el 2, 3, 10 y 15 de julio de 2009.
La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. A través de la ampliación decidida el 24 de julio de 2009 por la CIDH, las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas antes del 29 de julio de 2009.
Asimismo, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión solicitó información sobre la situación de las personas y situaciones, según el siguiente detalle:
La CIDH solicitó contar con esta información antes del 29 de julio de 2009.
MC 196/09 - Solicitud de Información, Honduras
El 15 de julio de 2009 la CIDH decidió solicitar información detallada respecto de la situación de las siguientes personas, sobre quienes recibió información de que se encuentran en riesgo:
1. Juan Carlos Griffin, Fiscal de Derechos Humanos de Tegucigalpa;
2. Rodolfo Augusto Padilla Sunseri, Alcalde Municipal de la Corporación Municipal de San Pedro Sula (líder del partido liberal).
Asimismo, en el ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la CIDH solicitó información sobre la situación de las siguientes personas y eventos:
1. el asesinato, el 11 de julio de 2009, del dirigente popular Roger Bados, en San Pedro Sula;
2. el asesinato, el 12 de julio de 2009, del dirigente popular Ramón García, en Santa Bárbara;
3. la detención, el 11 de julio de 2009, de periodistas de los medios informativos TeleSUR y Venezolana de Televisión, y la conducción de operativos migratorios el 12 de julio de 2009 en el hotel en que éstos se hospedaban. La Comisión solicito información pormenorizada sobre este evento teniendo presente particularmente que 6 de esos periodistas están cobijados por las medidas cautelares dictadas en este asunto.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 10 de julio de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. Esta lista de personas protegidas complementa las listas que fuesen transmitidas por comunicaciones de 28 y 29 de junio y 2 de julio de 2009.
La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. En particular, respecto de las personas detenidas y/o con paradero desconocido, la Comisión solicitó que se informe sobre su paradero y, en caso de detención arbitraria, que se disponga su inmediata libertad. La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas antes del 15 de julio de 2009.
A través de la ampliación decidida el 10 de julio de 2009 por la CIDH, las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
La Comisión solicitó asimismo información sobre la situación de las siguientes personas, sobre las cuales se ha recibido información de que se encuentran en riesgo por su condición de líderes sindicales:
Asimismo, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión solicitó información sobre la situación de las personas y situaciones, según el siguiente detalle:
Personas
Eventos
Libertad de expresión
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 3 de julio de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad personal de personas respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. Esta lista de personas protegidas complementa las listas que fuesen transmitidas por comunicaciones de 28 y 29 de junio y 2 de julio de 2009.
La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. En particular, respecto de las personas detenidas y/o con paradero desconocido, la Comisión solicitó que se informe sobre su paradero y, en caso de detención arbitraria, que se disponga su inmediata libertad. La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de 48 horas. A través de la ampliación decidida hoy por la CIDH, las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
En su comunicación, la Comisión Interamericana también reiteró que, en atención a las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, deben ser adoptadas todas las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de los defensores de derechos humanos, los periodistas, los familiares del Presidente Zelaya, y los observadores internacionales presentes en Honduras.
Adicionalmente, la Comisión solicitó información detallada en el plazo de 24 horas sobre las siguientes situaciones:
Estado de excepción
Las decisiones de la Comisión se basan en solicitudes de medidas cautelares y hechos de conocimiento público. La lista de situaciones sobre las cuales se solicita información también complementa las listas que fuesen transmitidas por comunicaciones de 28 y 29 de junio y 2 de julio de 2009.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 2 de julio de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. En particular, respecto de las personas detenidas y/o con paradero desconocido, la Comisión solicitó que se informe sobre su paradero y, en caso de detención arbitraria, que se disponga su inmediata libertad. La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de 48 horas. A través de la ampliación decidida hoy por la CIDH, las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:
1. Adriana Sivori, periodista de TeleSUR, respecto de quien se ha recibió información de que fue detenida arbitrariamente por fuerzas militares, despojada de sus equipos de trabajo y documentación, y trasladada a un lugar desconocido 2. Alan McDonald, caricaturista, especto de quien se recibió información de que fue detenido junto con su hija de 17 meses y que un grupo de soldados saqueó su casa y destruyó sus caricaturas 3. Alejandro Villatoro, periodista de Radio Globo, 4. Andrés Pavón Uribe, Miembro del comité de derechos humanos de Honduras, 5. Ángel Alvarado, miembro del comité nacional de resistencia, 6. Arcadia López, Ministra de staff de la casa presidencial, 7. Bertha Oliva de Nativí, miembra del comité de familiares detenidos y desaparecidos de Honduras, 8. Carlos Eduardo Reina, miembro del Comité nacional de resistencia, 9. Carlos Humberto Reyes, miembro del bloque popular, 10. Carlos Melano, Asistente del presidente Zelaya, 11. Clyburn St. John, periodista de TeleSUR, 12. Danny Reyes, dirigente de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, respecto de quien se recibió de que fue trasladado a una estación policial el 29 de junio de 2009 13. David Ellner Romero, periodista del canal 36 y/o Radio Globo, respecto de quien se recibió información de que fue desaparecido forzosamente el 28 de junio de 2009 por efectivos militares encapuchados 14. Doris García, Ministra del instituto nacional de la mujer, 15. Eduardo Maldonaldo, periodista del canal 36, respecto de quien se recibió información de que habría sido desaparecido forzosamente el 28 de junio de 2009 por efectivos militares encapuchados 16. Edward Yeferí Lobo Sánchez, defensor de los derechos de la niñez y juventud 17. Enrique Flores Lanza, Secretario de la presidencia, 18. Enrique Reina, Asistente del presidente Zelaya, 19. Eulogio Chávez, miembro del Comité nacional de resistencia, 20. Franklin Mejía, periodista de Radio Globo, 21. Freddy Quintero, periodista de TeleSUR, respecto de quien se ha recibido información de que habría sido detenido arbitrariamente por fuerzas militares, despojada de sus equipos de trabajo y documentación, y trasladada a un lugar desconocido 22. Guillermo de Jesús Mayen Jiménez, defensor de los derechos de la niñez y juventud y miembro del partido político unión democrática, respecto de quien se recibió información de que fue perseguido y acosado por las fuerzas de seguridad por su pertenencia al partido unión democrática 23. Hector Licona, funcionario de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, respecto de quien se recibió información de que habría sido trasladado a una estación policial el 29 de junio de 2009 24. Israel Moreno, director de la Radio Progreso, 25. Israel Salinas, Miembro del sindicato mayoritario, 26. Juan Barahona, miembro del bloque popular, 27. Larry Sánchez, periodista de TeleSUR, respecto de quien se recibió información de que fue detenido arbitrariamente por fuerzas militares, despojado de sus equipos de trabajo y documentación, y trasladado a un lugar desconocido 28. Lidieth Díaz, periodista de Radio Globo, 29. Luter Castillo Harris, Jefe de cooperación externa de a cancillería de la república, 30. Madeleine García, periodista de TeleSUR, 31. Marco Tulio Burgos Córdova, Comisionado Nacional del Comité Permanente de Contingencias, 32. María José Díaz, periodista de TeleSUR, respecto de quien se recibió información de que habría sido detenida arbitrariamente por fuerzas militares, despojada de sus equipos de trabajo y documentación, y trasladada a un lugar desconocido 33. Marvin Ponce, Diputado del congreso nacional por el partido unificación democrática, 34. Matilde Durón Ochoa, defensora de los derechos de la niñez y juventud, 35. Mayra Mejía, Secretaria del Trabajo, 36. Milton Jiménez Puerto, Presidente de la Comisión de Banco y Seguros, 37. Miriam Mejh, Instituto de la Juventud, 38. Orlando Villatoro, periodista de Radio Globo, 39. Patrick Pavón, funcionario de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, respecto de quien se recibió información de que fue agredido por efectivos de la Policía Nacional y militares 40. Rafael Alegría, dirigente nacional de la vía campesina, 41. Regina Osorio, periodista de TeleSUR, 42. Roger Ulises Peña, sindicalista, respecto de quien se recibió información de que fue atropellado a las 9:00 a.m. del lunes 29 de junio de 2009 por un comando militar y que se encuentra en estado de gravedad 43. Rony Martínez, periodista de Radio Globo, 44. Salvador Zúñiga, miembro del consejo cívico de organizaciones populares e indígenas de Honduras, 45. Sara Elisa Rosales, miembro de la organización las lolas y movimiento feminista, 46. Tomás Andino Mencía, defensor de los derechos de la niñez y juventud.
Por otra parte, la Comisión solicitó información con un plazo de 48 horas sobre las siguientes situaciones:
Estado de excepción
1. si se han adoptado medidas excepcionales para restringir o suspender derechos individuales y, en ese caso, cuáles medidas han sido adoptadas para asegurar la observancia de los derechos fundamentales y garantías judiciales inderogables de las personas; 2. el decreto 011-2009, mediante el cual se restringieron derechos fundamentales; 3. si se ha producido alguna muerte en conexión con el golpe de Estado, y en este caso información específica al respecto; 4. el reclutamiento forzoso de niños y adolescentes al Ejército; 5. la totalidad de las detenciones que habrían practicado desde el día 28 de junio de 2009 en conexión con el golpe de Estado o en operativos de control de orden público posteriores, identificación completa de las personas detenidas y causas de cada detención, si hay personas recluidas en establecimientos militares o dependencias policiales, si existen personas detenidas incomunicadas y tiempo de incomunicación, si existen disponibles y en funcionamiento recursos judiciales para revisar las causas y condiciones de esas detenciones; 6. la toma de HONDUTEL por parte de efectivos militares; y 7. el corte deliberado de servicios de luz y teléfono.
Libertad de expresión
1. la clausura del Canal 36, el Canal 8 y medios de comunicación estatal; 2. la prohibición al Diario El Tiempo y el Canal 11 de transmitir declaraciones de funcionarios del Gobierno del Presidente Zelaya; 3. la toma y clausura de Radio Progreso por elementos militares; 4. la orden, bajo amenaza de fuerza, para que dos equipos de TeleSUR desmontasen sus equipos e interrumpiesen transmisiones; 5. la prohibición de transmitir a canales de televisión por cable (vg. TeleSUR, CNN, CubaVisión Internacional); y 6. la toma de Radio Globo por elementos militares y las presuntas vejaciones, amenazas e intimidaciones contra su personal.
MC 196/09 - Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras
El 29 de junio de 2009, la CIDH amplió las medidas cautelares a favor de Edran Amado López, Bertha Cáceres y César Ham. De acuerdo a la información recibida, fuerzas militares rondarían la casa de habitación de Bertha Cáceres, miembra del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, y la casa de habitación de César Ham, Diputado del Congreso Nacional por el Partido Unificación Democrática, habría sido ametrallada. Asimismo, Edran Amado López, periodista del programa Cholusatsur del Canal 36, habría sido detenido y se desconoce su paradero. La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida y la integridad personal de los beneficiarios; en el caso particular de Edran Amado López, que se informe sobre su paradero y, en caso de detención arbitraria, que se disponga su inmediata libertad. La CIDH solicitó información en forma urgente sobre la implementación de esta ampliación de medidas requeridas, a más tardar el 1 de julio de 2009. La CIDH dio el mismo plazo para que Honduras informe sobre la situación de Roger Ulises Peña, Alan McDonald, Adriana Sivori, Larry Sánchez, María José Díaz y Freddy Quintero. Según la información recibida, Roger Ulises Peña, sindicalista, habría sido atropellado el 29 de junio de 2009 por un comando militar y se encontraría en estado grave de salud; Alan McDonald, caricaturista, habría sido detenido arbitrariamente junto con su hija de 17 meses en un operativo en el que un grupo de soldados habría saqueado su casa y destruido sus caricaturas; y Adriana Sivori, Larry Sánchez, María José Díaz, y Freddy Quintero, corresponsales de TeleSUR, habrían sido detenidos arbitrariamente por fuerzas militares y despojados de sus equipos de trabajo y documentación.
La Comisión también solicitó a Honduras informar a la CIDH a más tardar el 1 de julio si se ha declarado un estado de excepción y, en ese caso, cuáles medidas han sido adoptadas para asegurar la observancia de los derechos fundamentales y garantías judiciales inderogables. Asimismo, la Comisión Interamericana solicitó se le informe si se ha producido alguna muerte en conexión con el golpe de Estado, y en este caso información específica al respecto; y sobre todas las detenciones que se habrían practicado desde el día 28 de junio de 2009 en conexión con el golpe de Estado o en operativos de control de orden público posteriores, incluyendo información sobre la identidad de las personas detenidas, las causas de su detención, su actual paradero, si hay personas incomunicadas y si existen recursos judiciales disponibles y en funcionamiento para revisar las causas y condiciones de esas detenciones.
En relación a la situación del derecho a la libertad de expresión, la CIDH solicitó que se le informe sobre la presunta clausura del Canal 36, el Canal 8 y medios de comunicación estatal; la presunta toma de HONDUTEL por parte de efectivos militares; el presunto corte deliberado de servicios de luz y teléfono; la presunta orden, bajo amenaza de fuerza, para que dos equipos de TeleSUR desmontasen sus equipos e interrumpiesen transmisiones; la presunta prohibición de transmitir a canales de televisión por cable (TeleSUR, CNN, CubaVisión Internacional); la presunta prohibición al Diario El Tiempo y el Canal 11 de transmitir declaraciones de funcionarios del Gobierno del Presidente Zelaya; la toma de Radio Globo por elementos militares y las presuntas vejaciones, amenazas e intimidaciones contra su personal, incluyendo a Alejandro Villatoro, Lidieth Díaz, Rony Martínez, Franklin Mejía, David Ellner Romero, y Orlando Villatoro, la presunta toma de Radio Progreso por elementos militares; las medidas adoptadas para asegurar la vida e integridad personal de un periodista del Diario El Heraldo que habría sido atacado por particulares durante una manifestación frente de la Casa Presidencial; y la presunta detención de 22 buses en los que se desplazaban miembros de pueblos indígenas provenientes de Olancho y Jesús de Otoro.
MC 196/09 – Ministra de Relaciones Exteriores de Honduras, Patricia Rodas, y solicitud de información sobre otras personas
El 28 de junio de 2009 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de la Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Honduras, Sra. Patricia Rodas. La decisión adoptada por la Comisión se basa en solicitudes de medidas cautelares presentadas por varias organizaciones, así como en hechos de conocimiento público, de conformidad con los cuales la Ministra Rodas ha sido privada de libertad en forma arbitraria y se ignora su paradero. La CIDH requirió al Estado de Honduras que aclare la situación y paradero de la Ministra Rodas; que adopte las medidas necesarias para proteger su vida e integridad personal; y que se disponga su inmediata libertad. La Comisión informó que requiere contar con información, en forma urgente, sobre la implementación de las medidas requeridas, a más tardar el 30 de junio de 2009.
Por otra parte, la Comisión solicitó al Estado de Honduras información sobre la situación de otras altas autoridades estatales, familiares del Presidente Zelaya y líderes sociales, con el fin de tomar una decisión sobre varias solicitudes de medidas cautelares. La CIDH estableció el mismo plazo del 30 de junio de 2009 para recibir información sobre la situación de estas personas y sobre cualquier medida adoptada para salvaguardar su seguridad. La siguiente es la lista de personas sobre las cuales la CIDH solicitó información:
Autoridades estatales
César Ham,
Diputado del Congreso Nacional por el Partido Unificación Democrática;
Enrique Flores Lanza, Secretario de la Presidencia; Mayra Mejía, Secretaria del Trabajo; Doris García, Ministra del Instituto Nacional de la Mujer; Miriam Mejh, Instituto de la Juventud; Milton Jiménez Puerto, Presidente de la Comisión de Banco y Seguros; Marco Tulio Burgos Córdova, Comisionado Nacional del Comité Permanente de Contingencias; Luter Castillo Harris, Jefe de Cooperación Externa de la Cancillería de la República; Arcadia López, Ministra de Staff de Casa Presidencial; Carlos Melano, asistente del Presidente Zelaya; Enrique Reina, asistente del Presidente Zelaya; y los demás Ministros, Vice ministros y miembros del Gabinete del Presidente Zelaya Rosales.
Los y las familiares del Presidente Zelaya Rosales
Dirigentes populares Rafael Alegría, dirigente nacional de Vía Campesina; Ángel Alvarado, del Comité Nacional de Resistencia; Juan Barahona, del Bloque Popular; Bertha Cáceres, del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPIHN); Eulogio Chávez, del Comité Nacional de Resistencia; Bertha Oliva de Nativí, del Comité de Familiares Detenidos – Desaparecidos de Honduras (COFADEH); Andrés Pavón Uribe, del Comité de Derechos Humanos de Honduras (CODEH); Marvin Ponce, del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras; Carlos Eduardo Reina, del Comité Nacional de Resistencia; Carlos Humberto Reyes, del Bloque Popular; Sara Elisa Rosales, de la organización Las Lolas y Movimiento Feminista; Israel Salinas, del Sindicato Mayoritario; y, Salvador Zúñiga, del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras.
El mecanismo de medidas cautelares se encuentra previsto en el artículo 25 del Reglamento de la CIDH. Según lo que establece el Reglamento, en situaciones de gravedad y urgencia la Comisión podrá, a iniciativa propia o a solicitud de parte, solicitar que un Estado adopte medidas cautelares para prevenir daños irreparables a las personas o al objeto del proceso en conexión con una petición o caso pendiente, así como a personas que se encuentren bajo su jurisdicción, en forma independiente de cualquier petición o caso pendiente. Estas medidas podrán ser de naturaleza colectiva a fin de prevenir un daño irreparable a las personas debido a su vínculo con una organización, grupo o comunidad de personas determinadas o determinables. En consecuencia, el número de medidas cautelares otorgadas no refleja el número de personas protegidas mediante su adopción; como se puede observar, muchas de las medidas cautelares acordadas por la CIDH extienden protección a más de una persona y en ciertos casos, a grupos de personas como comunidades o pueblos indígenas. Asimismo, el Reglamento indica que el otorgamiento de esas medidas y su adopción por el Estado no constituirá prejuzgamiento sobre la violación de los derechos protegidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos aplicables.
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