JUSTICIA E INCLUSIÓN SOCIAL: LOS DESAFÍOS DE LA DEMOCRACIA
EN GUATEMALA

 

INTRODUCCIÓN

 

 

            A.         Alcance del presente Informe

 

1.                  Debido a su función primordial de “promover la observancia y la defensa de los derechos humanos” en el Hemisferio,[1] la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (la “Comisión”, la “CIDH” o la “Comisión Interamericana”) analiza en este Informe la situación actual de la administración de justicia y el Estado de Derecho en Guatemala. Este análisis evalúa en qué medida la situación de los derechos humanos en Guatemala y las iniciativas estatales para mejorarla cumple con los estándares internacionales y con la obligación estatal de asegurar a todos sus habitantes la plena vigencia de sus derechos fundamentales. Para ello,  la Comisión ha estudiado los avances y los desafíos pendientes en esta materia tomando como marco de referencia la Convención Americana sobre Derechos Humanos (la “Convención” o la “Convención Americana”), las disposiciones de otros tratados internacionales, la Constitución guatemalteca, así como los compromisos asumidos por Guatemala (el “Estado guatemalteco” o el “Estado”) con la firma del Acuerdo de Paz Firme y Duradera en diciembre de 1996 (los “Acuerdos de Paz”).

 

2.                  Desde la firma de los Acuerdos de Paz, el Estado y la sociedad guatemalteca lograron eliminar el patrón y la práctica de violaciones sistemáticas de los derechos humanos perpetradas por el Estado durante el conflicto armado como parte de una política estatal contrainsurgente.  Las preocupaciones actuales del Estado, la sociedad civil y la comunidad internacional se centran en fortalecer un Estado democrático, pluralista, multicultural, multilingüe y desmilitarizado, en el cual todas las personas puedan ejercer libre y plenamente sus derechos y libertades fundamentales. Guatemala es un país de una riqueza cultural única, con una población mayoritariamente indígena.  Los Acuerdos de Paz han sido un marco para la reforma del Estado guatemalteco hacia una administración de justicia fuerte y un Estado democrático, que respete la diversidad étnica y cultural existente en Guatemala, así como los derechos de toda la población.  Sin embargo, este marco debe ser complementado por el trabajo y la colaboración entre el Estado y la sociedad.  Existe un consenso entre la sociedad civil guatemalteca, el Estado guatemalteco y la comunidad internacional en el sentido de que el fortalecimiento de las instituciones del Estado de Derecho y de la seguridad pública llevan a una mejor protección de los derechos humanos en el país.

 

3.                  La Comisión considera que uno de los factores que afecta la situación del Estado de Derecho en Guatemala  es la debilidad de la administración de justicia, que se traduce en la ineficacia del sistema judicial y en impunidad.  A ello se suman el auge de la criminalidad y la violencia  ante la falta de una política estatal adecuada; el aumento de la inseguridad pública, la corrupción y el crimen organizado; la influencia que ejercen las fuerzas paralelas de poder en la administración pública, así como sus respectivos efectos; y la violencia registrada en el marco del proceso electoral. La Comisión considera que esta situación tiene graves consecuencias para la labor de los defensores de derechos humanos y de los operadores de justicia, así como en ciertos sectores de la población que son de especial preocupación; esto es, en la situación de los pueblos indígenas, de las mujeres, y de los niños y niñas, y para el ejercicio de la libertad de expresión.

 

4.                  La Comisión nota con profunda preocupación que las acciones emprendidas por el Estado para reformar la administración de justicia, mejorar la seguridad ciudadana, desmilitarizar el Estado y la sociedad, proteger a los defensores de los derechos humanos, operadores de justicia, periodistas y demás líderes sociales; eliminar la discriminación y marginación social contra los pueblos indígenas; fomentar participación igualitaria de la mujer en la sociedad; otorgar especial protección a los niños y niñas; y permitir el amplio ejercicio de la libertad de expresión, no cumplen cabalmente con los estándares internacionales sobre derechos humanos ni con los objetivos planteados en los Acuerdos de Paz.  La Comisión considera que la atención efectiva a estas situaciones  es de fundamental importancia para lograr la efectiva vigencia del Estado de Derecho en una sociedad democrática.

 

5.                  El presente informe analiza el estado actual de la situación en los temas mencionados anteriormente, y formula recomendaciones al Estado con el fin de colaborar en el fortalecimiento de un Estado democrático en Guatemala, del Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos fundamentales.  Las recomendaciones específicas presentadas por la Comisión con relación a cada conjunto de temas abordados más adelante están encaminadas a asistir al Estado en su trabajo y en su relación con la sociedad guatemalteca para avanzar en las iniciativas emprendidas y superar los serios desafíos y dificultades que aún persisten.

 

B.         Antecedentes del Informe

 

6.                  La Comisión ha seguido con especial atención la situación de los derechos humanos en Guatemala desde la década del ‘60. Durante el conflicto armado, la Comisión recibió numerosas comunicaciones que denunciaban presuntas violaciones de los derechos individuales. El seguimiento de la situación hecho por la Comisión durante los primeros años del conflicto condujo a la publicación de sus “Solicitudes de Información Transmitidas al Gobierno de Guatemala” en 1966,[2] y a la publicación de informes especiales del país en 1981, 1983, 1985, 1993 y 1994.[3] A su vez, se publicaron informes de seguimiento sobre la situación general del país, correspondientes a cada año entre 1983 y 1991; y en 1993, 1994, 1996 y 1997.[4] Luego del fin del conflicto armado, la CIDH realizó un extenso informe, publicado en el año 2001,[5] con el fin de analizar los avances y desafíos pendientes relativos a la implementación de los Acuerdos de Paz, la reconciliación y la democracia participativa, sobre el cual se publicó un informe de seguimiento en el Informe Anual de la CIDH correspondiente al año 2002. La Comisión ha realizado un total de once visitas in loco a Guatemala desde 1982[6] hasta la fecha y ha tramitado y publicado numerosos informes de casos individuales en sus Informes Anuales. También ha otorgado varias medidas cautelares en favor de personas en Guatemala.

 

            C.         La visita in loco

 

7.                  Tras una invitación del Gobierno guatemalteco, la Comisión realizó una visita in loco a la República de Guatemala entre el 24 y el 29 de marzo de 2003, con el fin de observar la situación de los derechos humanos en el país. La Delegación de la CIDH[7] para esta visita estuvo integrada por su Primer Vicepresidente, José Zalaquett; su Segundo Vicepresidente, Clare Roberts; la Comisionada y Relatora para Guatemala, Susana Villarán; el Comisionado Juan E. Méndez; el Comisionado Julio Prado Vallejo y Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo. El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Eduardo Bertoni, acompañó a la delegación.  Asimismo, formaron parte de la delegación las especialistas María Claudia Pulido, Elizabeth Abi-Mershed, Isabel Madariaga, Andrea Galindo y Tamara Taraciuk.  La delegación contó con el apoyo administrativo de las señoras Gloria Hansen, Martha Keller y Laura Ferrer.

 

8.                  Durante su visita, la CIDH se entrevistó con autoridades de los poderes del Estado, incluyendo el Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Gobernación, el Ministro de Defensa, miembros del Gabinete de Seguridad, la Secretaria de Bienestar Social, la Secretaria de la Paz, el Secretario de Comunicaciones, el Secretario del Fondo Indígena, el Director de la Policía Nacional Civil, miembros de la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo, la Defensora de la Mujer Indígena y el Presidente de COPREDEH. Asimismo, la Comisión mantuvo reuniones con miembros de la Corte Suprema de Justicia y con un magistrado de la Corte de Constitucionalidad.  Por otro lado, se reunió con el Fiscal General de la Nación y miembros de Fiscalías Especializadas, así como el Defensor del Pueblo, con miembros de la Defensoría Pública, así como con el Presidente del Congreso y miembros de las Comisiones de Derechos Humanos y de la Mujer, Niñez y Familia del Congreso.

 

9.                  A su vez, la CIDH se reunió con representantes de la sociedad civil. Se entrevistó con organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, representantes de organizaciones de derechos de los pueblos indígenas, organizaciones de derechos del niño, organizaciones de derechos de la mujer, representantes de las Iglesias, representantes de organizaciones campesinas, organizaciones dedicadas al fortalecimiento de la administración de justicia, periodistas, sindicalistas y representantes del sector empresarial. Asimismo, la CIDH recibió testimonio de víctimas de violaciones a los derechos humanos.  La CIDH mantuvo contacto con organismos internacionales incluyendo a MINUGUA[8] y UNICEF.

 

10.              Asimismo, la Comisión recibió información y testimonios sobre la situación en todas las regiones del país. En especial, una delegación de la CIDH se trasladó a Nebaj, departamento del Quiché, en donde se entrevistó con el Gobernador, el Alcalde, el Juez Civil, el Defensor Público, personal del Juzgado de Paz, miembros de los bufetes populares y el Jefe de la Policía, así como también con miembros de organizaciones locales y de la Iglesia. La Comisión también pudo verificar la situación de la comunidad de Los Cimientos y la situación de violencia que sufren los jóvenes en Villanueva, ciudad de Guatemala.

 

11.              Por otra parte, la Comisión recibió a quienes deseaban formular denuncias sobre presuntas violaciones a los derechos humanos, o recibir información sobre el funcionamiento del sistema interamericano de protección de los derechos humanos en una oficina establecida temporalmente durante la visita. A su vez, se recibió información sobre la situación general de los derechos humanos en Guatemala, la cual fue debidamente analizada y sistematizada para la redacción del presente informe. Las denuncias presentadas son tramitadas de conformidad con las normas aplicables, previstas en la Convención Americana, el Estatuto y el Reglamento de la CIDH.

 

12.              La CIDH destaca que tuvo la más amplia libertad para reunirse con las personas de su elección. Las autoridades del Estado de Guatemala extendieron a la Comisión la más plena asistencia y cooperación a fin de posibilitar la realización de su programa. La Comisión agradece al Gobierno del Presidente Portillo y en particular a COPREDEH por estas facilidades. Agradece asimismo la colaboración e información proporcionada por diversas organizaciones y representantes de la sociedad civil, la cual permite realizar un seguimiento de la situación de los derechos humanos en Guatemala[9].

 

D.         Preparación y aprobación del Informe

 

13.              El presente informe fue aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 12 de noviembre de 2003. De conformidad con el artículo 58(a) del Reglamento de la Comisión, este informe fue trasmitido al Gobierno de Guatemala en la misma fecha, con la solicitud de que presentara las observaciones que considerara pertinentes dentro de un plazo de un mes.

 

14.              El 15 de diciembre de 2003, por Nota M12-OEA-D.1.8 No. 804-03 de la Misión Permanente de Guatemala ante la Organización de los Estados Americanos, el Estado guatemalteco presentó sus observaciones. La Comisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 58(c) de su Reglamento, estudió tales observaciones y procedió a incluir aquellas que consideró pertinentes. La Comisión aprobó la publicación del informe Justicia e Inclusión Social: Los desafíos de la democracia en Guatemala, el día 29 de diciembre de 2003.

 

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[1] El artículo 41 de la Convención Americana establece que:

La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, y en el ejercicio de su mandato tiene las siguientes funciones y atribuciones:

a.          estimular la conciencia de los derechos humanos en los pueblos de América;

b.          formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos;

c.          preparar los estudios e informes que considere convenientes para el desempeño de sus funciones;

d.          solicitar de los gobiernos de los Estados miembros que le proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos;

e.          atender las consultas que, por medio de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, le formulen los Estados miembros en cuestiones relacionadas con los derechos humanos y, dentro de sus posibilidades, les prestará el asesoramiento que éstos le soliciten;

f.          actuar respecto de las peticiones y otras comunicaciones en ejercicio de su autoridad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 al 51 de esta Convención, y

g.          rendir un informe anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

[2] OEA/Ser.L/V/II.15, Doc. 5, 3 de agosto de 1966.

[3] Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.53, doc. 21, rev. 1, 1981; Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.61, doc. 47, 1983; Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L./V/II.66, doc. 16, 1985; Cuarto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.83, doc. 16, rev. 1, 1993; Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos de las llamadas “Comunidades de Población en Resistencia” en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.86, doc. 5, rev. 1, 1994.

[4] Estos informes están públicados en el Informe Anual de la CIDH para el año en cuestión: OEA/Ser.L/V/II/63, doc. 10, 1984; OEA/Ser.L/V/II/66, doc. 10 rev. 1, 1985; OEA/Ser.L/V/II/68, doc. 8 rev. 1, 1986; OEA/Ser. L/V/II/71, doc. 9 rev. 1, 1987; OEA/Ser.L/V/II/74, doc. 10 rev. 1, 1988; OEA/Ser.L/V/II/76, doc. 10 rev. 1, 1989; OEA/Ser.L/V/II/77, doc 7 rev. 1, 1990; OEA/Ser.L/V/II/79, doc. 12 rev. 1, 1991; OEA/Ser. L/V/II/81, doc. 6 rev 1, 1992; OEA/Ser.L/V/II/85, doc. 9 rev., 1994; OEA/Ser.L/V/II/88, doc. 9 rev., 1995; OEA/Ser.L/V/II/95, doc. 7 rev., 1997; OEA/Ser.L/V/II/98, doc. 6 rev., 1998.

[5] OEA/Ser.L/V/II.111, Doc. 21 rev., 6 abril 2001.

[6] Las visitas in loco fueron realizadas en 1982, 1985, 1988, 1990, 1992, 1993, 1994 (marzo), 1994 (diciembre), 1995, 1998 y 2003.

[7] La licenciada Marta Altolaguirre, Presidenta de la CIDH y de nacionalidad guatemalteca, se abstuvo de participar de la delegación de conformidad con el artículo 17 Reglamento de la Comisión que establece que los Comisionados no pueden participar en deliberaciones o decisiones de asuntos referentes a los países de los que son nacionales.

[8] Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala. Inició sus funciones en noviembre de 1994 y en diciembre de 1996, luego de la firma del “Acuerdo de Paz Firme y Duradera”, se le encomendó la verificación de los “Acuerdos de Paz” que cobraron vigencia a partir de ese momento.

[9] La CIDH emitió el Comunicado de Prensa N° 08/03 al concluir su visita, con sus observaciones preliminares sobre los asuntos analizados en el presente informe.