CIDHHeader.GIF (12169 bytes)

 

INTRODUCCIÓN

 

A.    Antecedentes

1. La CIDH ha recibido en los últimos años, antes y después del pronunciamiento militar de marzo de 1976, denuncias de graves violaciones de derechos humanos en Argentina, a las cuales ha dado el trámite reglamentario. Expresó, además, en diferentes oportunidades, a representantes del Gobierno argentino su preocupación por el número cada vez mayor de denuncias y por las informaciones recibidas de distintas fuentes que hacían aparecer un cuadro de violaciones graves, generalizadas y sistemáticas a derechos y libertades fundamentales del hombre.

2. Ante esta situación, la CIDH resolvió elaborar el presente Informe y al comunicar al Gobierno argentino esta decisión le hizo saber el interés que tenía en visitar la República Argentina para practicar una observación in loco, por considerar que éste es el medio más idóneo para establecer con la mayor precisión y objetividad la situación de los derechos humanos en un determinado país y momento histórico.

3. El Gobierno argentino por nota de 18 de diciembre de 1978, extendió a la CIDH una invitación para realizar esta observación in loco, en un todo de acuerdo con las normas reglamentarias pertinentes, la cual originalmente se fijó, de común acuerdo, para el mes de mayo de 1979. Sin embargo, en razón de los cambios que se produjeron en la CIDH como consecuencia de la entrada en vigencia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fue necesario aplazar esta visita, la cual se efectuó en definitiva entre el 6 y el 20 de septiembre de 1979.

 

B.     Actividades desarrolladas por la Comisión durante su observación in loco

1. De conformidad con el Reglamento respectivo1, se designó la Comisión Especial encargada de realizar la observación in loco en territorio argentino. Dicha Comisión estuvo integrada por los siguientes miembros de la Comisión: Dr. Andrés Aguilar, Presidente; Dr. Luis Demetrio Tinoco Castro, Vicepresidente; Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra; Prof. Carlos A. Dunshee de Abranches; Prof. Tom J. Farer y Dr. Francisco Bertrand Galindo.

La Comisión Especial fue acompañada por el siguiente personal técnico de la Secretaría Ejecutiva: Dr. Edmundo Vargas Carreño, Secretario Ejecutivo de la Comisión; Dr. Edgardo Paz Barnica; Dr. Guillermo Fernández de Soto; Dr. Manuel Velasco Clark y Dr. Robert Norris.

El personal administrativo de la Secretaría Ejecutiva que prestó servicios en la visita a Argentina, estuvo integrado por las señoras Hildi Wicker, Elia Dodd, Elsa Ergueta, Yoly de Toro y Vickie Pitts; la señorita Gabriela Restrepo y los intérpretes señor George Lawton y señora Eva Desrossier.

2. La observación in loco se inició el día 6 de septiembre y se dio por concluida el día 20 de septiembre de 1979. La primera medida que adoptó al llegar a Buenos Aires fue emitir un Comunicado de Prensa.2

3. La Comisión Especial estableció sus oficinas en la sede de la Representación de la Organización de los Estados Americanos en Argentina, ubicada en Buenos Aires en Avenida de Mayo 760, y contó con la plena colaboración de todo el personal de dicha Representación, bajo la dirección del Sr. Roberto Monti. Con base al plan de trabajo previamente aprobado, la Comisión realizó las siguientes actividades:

 

a) Entrevistas con autoridades públicas

A partir del día 7 de septiembre y hasta el día 20, la Comisión se entrevistó con el Presidente de la Nación Teniente General (Retirado) Jorge Rafael Videla; la Junta Militar de Gobierno integrada por el Teniente General Roberto E. Viola, el Brigadier General Omar D. Graffigna y el Almirante Armando Lambruschini. También se entrevistó con los Ministros del Interior, General Albano Harguindeguy; de Relaciones Exteriores y Culto, Brigadier (Retirado) Carlos Washington Pastor; de Justicia, Doctor Alberto Rodríguez Varela; y de Educación y Cultura, Doctor Juan Rafael Llerena Amadeo.

Asimismo, la Comisión celebró entrevistas con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Adolfo Gabrielli; los miembros de la Cámara Federal de Apelaciones, presidida por el Doctor Raúl Rodríguez Araya; y el Juez Federal doctor Martín Anzoátegui.

Durante la visita a la ciudad de Córdoba se llevaron a cabo entrevistas con el Gobernador de Córdoba, General (Reitrado) Adolfo Sigwald; el Comandante del Tercer Cuerpo del Ejército, General Luciano Benjamín Menéndez, y el Rector de la Universidad Nacional de Córdoba, doctor Francisco Quintana Ferreira.

En la ciudad de Rosario, la Comisión se entrevistó con el Comandante del Segundo Cuerpo del Ejército, General Adolfo Jáuregui; con el Jefe de la Unidad Regional II de Policía de la Provincia, Teniente Coronel Horacio Berdaguer; y con el Juez Federal, Dr. Rafael Carrillo Avila.

Igualmente se realizaron entrevistas con el Jefe de la Policía Federal, General Juan Bautista Sasiaiñ; el Director del Servicio Penitenciario Federal Coronel Jorge A. Dotti; y con el Jefe de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, General Ovidio P. Riccheri. Finalmente se mantuvieron entrevistas con los directores de los establecimientos carcelarios que la Comisión visitó.

Los Miembros de la Comisión expusieron a todos los funcionarios los objetivos de la Misión y recibieron por parte de las autoridades el más amplio ofrecimiento de cooperación.

 

b) Ex-Presidentes de la República

La Comisión consideró oportuno visitar a todos los ex-Presidentes de la Nación, con el propósito de dialogar sobre la situación de los derechos humanos en la Argentina. A partir del día sábado 8 de septiembre se realizaron entrevistas con el Doctor Arturo Frondizi; Teniente General (Retirado) Roberto M. Levingston; Teniente General (Retirado) Alejandro Agustín Lanusse; el Doctor Héctor J. Cámpora asilado en la Embajada de México, y la señora Isabel Martínez de Perón, quien se encontraba sujeta a arresto domiciliario en una quinta ubicada en San Vicente, Provincia de Buenos Aires.

El ex-Presidente Arturo Illía se encontraba fuera del país y el Teniente General (Reitrado) Juan Carlos Onganía se excusó de recibir la Comisión.

 

c)    Entrevistas con personalidades de entidades religiosas

El miércoles 12 de septiembre, la CIDH visitó en la sede de la Conferencia Episcopal al Cardenal Primado de Argentina, Arzobispo de Córdoba y Presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, quien expuso sus puntos de vista acerca de la situación de los derechos humanos en Argentina e intercambió opiniones con los miembros de la CIDH.

Asimismo, durante el curso de otras audiencias, la Comisión tuvo oportunidad de dialogar con representantes de diferentes credos religiosos.

 

d) Entidades de Derechos Humanos

El día viernes 7 de septiembre en las horas de la tarde la Comisión recibió separadamente a las entidades que trabajan en el campo de los derechos humanos en la Argentina, sosteniendo entrevistas con: La Asamblea Permanente de los Derechos Humanos; la Liga Argentina por los Derechos del Hombre; el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos; las Madres de la Plaza de Mayo y la directiva del grupo Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas.

En los días siguientes se recibieron otros grupos o delegaciones de algunas ciudades del interior del país que viajaron con tal fin. Entre ellas figuran: los Familiares de Desaparecidos de las Ciudades de Mendoza, Rosario y La Plata; la Sociedad de Abuelas de Niños Desaparecidos; Familiares de Menores de Edad Desaparecidos; Familiares de Periodistas Desaparecidos y Detenidos; Familiares de Conscriptos Desaparecidos; Familiares de Uruguayos y Chilenos Desaparecidos; y la Delegación de Jóvenes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.

 

e) Representantes de Organizaciones Políticas

La Comisión sostuvo entrevistas con los representantes de las siguientes Organizaciones Políticas3: Unión Cívica Radical del Pueblo, doctores Ricardo Balbín y Raúl Alfonsín; Partido Justicialista, escribano Deolindo Bittel; Confederación Socialista, señor Boris Passik; Partido Intransigente, señores Rafael Marino y Diego May Zubiría; Partido Socialista de los Trabajadores, señor Enrique Germán Broquen; Partido Comunista, señor Fernando Nadra; Federación Demócrata Cristiana, señores Enrique de Vedia y Francisco Cerro; Partido Federalista Argentino, señor Francisco Manrique; Partido Socialista Popular, señor Víctor García Costa; Partido Socialista Unificado, señor Simón Alberto Lázara.

Por otra parte, se recibieron también otras agrupaciones políticas como la Comisión para la Defensa Política de la señora de Perón y la Multipartidaria Juvenil.

 

f)    Asociaciones Profesionales

La Comisión llevó a cabo un intercambio de opiniones con la Federación Argentina de Colegios de Abogados y con la Asociación de Abogados de Buenos Aires. Estas entidades recibieron a la Comisión en sus respectivas sedes los días 8 y 13 de septiembre, respectivamente.

En sus oficinas, la Comisión recibió la visita de un grupo de Abogados Defensores y de un grupo de Abogados Sindicalistas, con quienes se dialogó sobre variados aspectos de la profesión.

De otra parte, se realizaron entrevistas con la Sociedad Central de Arquitectos; la Confederación Médica; el Círculo de Ingenieros; la Asociación de Siquiatras de la Capital Federal; un grupo de Médicos cesantes; la Asociación de Sicólogos de Buenos Aires y la Comisión de Sicología por los Derechos Humanos.

 

g)    Organizaciones Gremiales y Sindicales

La Comisión celebró también entrevistas con las Confederaciones de Trabajadores de la Educación y una delegación del Sindicato de Luz y Fuerza.

También la Comisión recibió a los directivos de la Conducción Única de Trabajadores Argentinos, "CUTA", entidad que surgió de la fusión realizada, coincidentemente con la visita de la Comisión, por el Gremio de los 25 y la Comisión Nacional de Trabajadores, CNT. El primer acto público de la nueva agrupación sindical fue precisamente la entrevista con la CIDH.

 

h)    Entidades Comerciales, Industriales y Empresariales

La Comisión celebró también entrevistas con las siguientes entidades: Interventor de la Unión Industrial; Sociedad Rural Argentina; Cámara Junior de Buenos Aires; Asociación de Fabricantes de Celulosa y Papel; Cámara Argentina de Comercio; Federación de Industrias Textiles de Argentina; Coordinadora de Productos Alimenticios; Cámara de Industria Química; Unión Industrial de Buenos Aires; Cámara de Exportadores de la República Argentina; Unión Comercial Argentina; Asociación de Bancos "ADEBA", y Movimiento Industrial Argentino.

 

i)    Otras Entrevistas celebradas

También se llevaron a cabo entrevistas con la Fundación Piñero Pacheco; la Federación Universitaria; la Federación Universitaria Tecnológica Argentina; las Asociaciones Israelitas Argentinas DAIA; y la Unión de Mujeres de Argentina.

La Comisión, además de las entrevistas mencionadas, se reunió con otras personas cuyo testimonio le interesó especialmente recoger. Entre ellas cabe destacar las celebradas con el escritor Ernesto Sábato; con el dirigente sindical Lorenzo Miguel; con el periodista señor Jacobo Timerman; y con el dirigente sindical Profesor Alfredo Bravo.

Finalmente, la Comisión sostuvo el día martes 18 de septiembre una entrevista con los directores o representantes de diversos medios de comunicación, en la cual se analizó el tema de la libertad de prensa.

 

j)    Investigación de ciertos casos

La Comisión en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba, La Plata, y Rosario, cumplió diferentes labores de investigación inherentes a la observación in loco, y atendió, según el caso, a personas y entidades que manifestaron interés en exponer problemas o plantear denuncias referidas a los derechos humanos.

 

k) Centros de Detención

La Comisión visitó las cárceles de Villa Devoto; Caseros; Resistencia; Rawson; Unidad 9 de La Plata; Olmos y los centros militares de detención denominados Magdalena, cerca de La Plata y la Rivera en Córdoba. También se visitó la cárcel de Córdoba y la Unidad 21 conocida como Instituto de Resocialización.

Por otra parte, la Comisión visitó la Superintendencia de Seguridad Federal o Coordinación Federal, la Escuela de Mecánica de la Armada y la Comisaría N° 9 de Buenos Aires.

 

l) Recepción de Denuncias

La Comisión, en el comunicado de prensa inicial, invitó a todas las personas que consideraban que alguno de los derechos establecidos en la Declaración Americana les ha sido desconocido, a que presentaran su correspondiente denuncia.

En la ciudad de Buenos Aires se atendió al público (en las oficinas de la Avenida de Mayo 760) desde el día viernes 7 de septiembre hasta el día sábado 15 de septiembre. En Córdoba se recibieron las denuncias en el Hotel Crillón del día 10 al 14 de septiembre y en la ciudad de Tucumán en el Hotel Versalles, los días 14 y 15 de mismo mes.

El número total de denuncias recibidas asciende a 5580, de las cuales son nuevas 4153, que se encuentran en proceso de tramitación de acuerdo con las disposiciones reglamentarias; 1261 comunicaciones se referían a casos registrados y oficialmente en trámite y 166 se referían a temas no relacionados con violaciones de derechos humanos.

Todas las personas que quisieron formular sus denuncias fueron debidamente recibidas.

4. El Gobierno argentino prestó su permanente cooperación a la Comisión, le brindó todas las facilidades para el cumplimiento de sus labores y reiteró su compromiso de no adoptar represalias en contra de las personas o instituciones que suministraron a la Comisión informaciones, testimonios o pruebas de cualquier naturaleza.

Asimismo, la Comisión desea dejar constancia de su agradecimiento por la cooperación que le brindaron los medios de comunicación, las distintas instituciones representativas de la comunidad argentina y, en general, el pueblo argentino.

5. El jueves 20 de septiembre la Comisión en pleno se reunió por segunda y última vez con el Presidente de la Nación Teniente General ® Jorge Rafael Videla, quien estuvo acompañado por los Ministros del Interior y de Relaciones Exteriores y Culto. En esta ocasión y dada su importancia, la Comisión le hizo entrega de un documento de Recomendaciones Preliminares, cuyo texto se transcribe a continuación:

 

RECOMENDACIONES
DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
AL GOBIERNO DE ARGENTINA

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con motivo de su visita de observación in loco a la República Argentina, se permite formular al Gobierno argentino las siguientes recomendaciones preliminares:

I. Desaparecidos:

La Comisión estima que el problema de los desaparecidos es uno de los más graves que en el campo de los derechos humanos confronta la República Argentina. En tal sentido la Comisión recomienda lo siguiente:


    a)    Que se informe circunstancialmente sobre la situación de personas desaparecidas, entendiéndose por tales aquellas que han sido aprehendidas en operativos que por las condiciones en que se llevaron a cabo y por sus características, hacen presumir la participación en los mismos de la fuerza pública.

    b)    Que se impartan las instrucciones necesarias a las autoridades competentes a fin de que los menores de edad desaparecidos a raíz de la detención de sus padres y familiares y los nacidos en centros de detención, cuyo paradero se desconoce, sean entregados a sus ascendientes naturales u otros familiares cercanos.

    c)    Que se adopten las medidas pertinentes a efecto de que no continúen los procedimientos que han traído como consecuencia la desaparición de personas. Al respecto, la Comisión observa que se han producido recientemente casos de esta naturaleza que como todos los demás deben ser esclarecidos lo antes posible.

 

II.    Detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y derecho de opción para salir del país:

La Comisión ha podido enterarse de la situación de los detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional así como de los mecanismos para hacer uso del derecho de opción para salir del país. A este respecto, la Comisión recomienda lo siguiente:

    a)    Que la facultad que el Artículo 23 de la Constitución otorga al Jefe de Estado para detener personas bajo el régimen de Estado de Sitio, se sujete a un criterio de razonabilidad y no se extiendan las detenciones indefinidamente en tiempo.

    b)    Que, en consecuencia, se ponga en libertad a las siguientes personas detenidas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional:

    1. Aquellas que sin causa razonable y por tiempo prolongado se encuentran detenidas para que la detención no se convierta en pena, que sólo el Poder Judicial puede imponer;
    2. Los que han sido absueltos o que ya han cumplido sus penas;
    3. Los que son elegibles para gozar de libertad condicional, en caso de haber sido condenados.

c)    Que se restablezca a plenitud el ejercicio del derecho de opción para salir del país, a efecto de que el trámite de las solicitudes no sufra dilaciones que entorpezcan la efectividad del ejercicio de dicho derecho.

 

III. Métodos de Investigación

En lo referente a los métodos de investigación, la Comisión recomienda lo siguiente:

Que se investiguen a fondo las denuncias acerca de la utilización de torturas y otros apremios ilegales en los procedimientos de investigación de las personas detenidas, que los responsables de actos de esa naturaleza sean sancionados con todo el rigor de la ley y se tomen las medidas necesarias para prevenir la aplicación de tales métodos.

IV.    Régimen Carcelario:

    En lo referente al régimen carcelario la Comisión recomienda lo siguiente:

    Tomar las medidas pertinentes para que los detenidos en algunos centros penitenciarios no sigan privados de condiciones elementales para su salud física y psíquica, tales como la luz solar, lectura y ejercicios físicos, reducir el tiempo excesivo de permanencia en las celdas y evitar la imposición de castigos por faltas triviales.

V.    Jurisdicción Militar:

En lo referente a las personas que se encuentran procesadas o sentenciadas por la jurisdicción militar, la Comisión recomienda lo siguiente:

a)    Asegurar a las personas sometidas a juicio ante los tribunales militares, las garantías del debido proceso legal, especialmente el derecho de defensa por un abogado elegido por el procesado.

b)    Designar una comisión de juristas calificados para que estudie los procesos llevados a cabo por tribunales militares durante la vigencia del Estado de Sitio, y que en los casos en que se hayan omitido las garantías inherentes al debido proceso haga las recomendaciones pertinentes.

 

VI.    Garantías procesales y de defensa en juicio:

En relación con las garantías procesales y de la defensa en juicio, la Comisión recomienda los siguiente:

a)    Que se den las seguridades y facilidades para que los jueces procedan a investigar, en forma efectiva, los casos de las personas detenidas en virtud de las leyes de seguridad.

b)    Que se otorguen las garantías indispensables para la eficaz defensa que corresponde ejercer a los abogados que patrocinan a los procesados.

 

Buenos Aires, Capital Federal
20 de septiembre de 1979

 

6. Ese mismo día la Comisión dio por concluida la observación in loco en Argentina. En esa fecha, la Comisión emitió el último Comunicado de Prensa. 4

 

C. Método empleado

1. Para la elaboración de este Informe la CIDH ha utilizado básicamente los elementos de juicio que ha obtenido por sus propios medios, antes, durante y después de la observación in loco. De una manera especial, se han considerado las denuncias, los testimonios y las informaciones recibidas por la CIDH o por la Comisión Especial que visitó la Argentina, fuentes esas que han sido utilizadas en la elaboración de este documento, aunque, por cierto, no es el presente informe el resultado de la mera suma de tales denuncias, testimonios e informaciones.

Ha sido también, desde luego, objeto de cuidadoso estudio la legislación de la República Argentina, la jurisprudencia de sus tribunales y las normas internacionales aplicables en materia de derechos humanos. La CIDH ha consultado, asimismo, diversos documentos que tratan directa o indirectamente de la situación de los derechos humanos en la República Argentina o que de alguna manera permiten conocer y comprender mejor la historia contemporánea de este país, entre ellos, algunos preparados por el Gobierno argentino y por diferentes entidades argentinas.

2. La CIDH desea también dejar constancia que durante la observación in loco, además de las informaciones que le proporcionaron autoridades gubernamentales, recibió y oyó a personeros de instituciones representativas de todos los sectores de la sociedad argentina y a todas las personas que quisieron presentar quejas o testimonios sobre la situación de la Argentina en materia de derechos humanos.

3. El presente Informe toma en consideración las observaciones y comentarios formulados por el Gobierno de Argentina en su nota de 29 de febrero de 1980 al Informe Preliminar que la Comisión aprobó el 14 de diciembre de 1979 y que con esa misma fecha entregó al Gobierno argentino.

En relación a tales observaciones, la Comisión considera oportuno exponer algunos criterios generales, especialmente en relación con los casos o denuncias individuales que se incluyen en el presente Informe.

La utilización de estos casos, a juicio de la Comisión, son ilustrativos de los diferentes temas y situaciones que se tratan en el Informe, buscando a través de ellos presentar con la mayor objetividad la situación de los derechos humanos en la República Argentina.

La Comisión desea aclarar que la presentación de esos casos individuales, cuando su tramitación no ha concluido, no implica necesariamente un prejuzgamiento definitivo sobre ellos. Cada denuncia individual que se menciona en el presente Informe ha seguido o seguirá el correspondiente trámite reglamentario, el cual, si aún no ha finalizado, terminará con un pronunciamiento o resolución sobre el fondo de la materia que ha sido objeto de la denuncia.5

En algunos casos individuales que se incluyen en el presente Informe, la CIDH ya ha adoptado la correspondiente resolución. Aquellas en las cuales el Gobierno argentino ha solicitado una reconsideración, han sido objeto de un cuidadoso estudio a la luz de las nuevas informaciones suministradas por el Gobierno; si aún así se han incluido, ello se debe a que, a juicio de la Comisión, la reconsideración del caso no se justificaba.

En los casos en que la Comisión ha decidido incluir una denuncia, cuya tramitación aún no ha terminado, ello se ha debido a que los elementos de convicción de que ha dispuesto la Comisión le han permitido estimar prima facie su veracidad, especialmente cuando las observaciones presentadas por el Gobierno argentino no permiten desvirtuar el contenido de tal denuncia.

Por otra parte, el Informe no sólo contiene denuncias individuales sino que también hace referencia a informaciones y documentos recibidos durante la observación in loco, la cual se efectuó precisamente para recoger tales elementos de convicción que permitan reflejar fielmente la situación del país en materia de derechos humanos.

Respecto de estas informaciones y documentos recogidos durante la observación in loco, la CIDH consideró que el momento procesal adecuado para ponerlos en conocimiento del Gobierno era, desde luego, el Informe Preliminar mismo, con lo cual se dio oportunidad así al Gobierno para que a través de sus observaciones pudiera responder a la Comisión lo que estimara pertinente.

Cabe, asimismo, señalar que la CIDH en todos y cada uno de los casos registrados como denuncias individuales –los que aparecen identificados en este Informe con un número—se dio conocimiento al Gobierno argentino con anterioridad a la aprobación del Informe y que, en todo caso, ha tenido una oportunidad procesal para formular los comentarios y observaciones que ha estimado procedentes.

4. Finalmente, la Comisión quiere dejar constancia que en la transcripción de las partes pertinentes de las denuncias que se contienen en el Informe se ha decidido suprimir, cuando a la Comisión no le ha constado directamente, los nombres de aquellos funcionarios públicos o agentes de seguridad que aparecen denunciados como autores de violaciones de derechos humanos. Sin embargo, la Comisión confía que tal omisión no sea un obstáculo para que el Gobierno argentino adopte, de acuerdo con su ordenamiento jurídico interno, las medidas necesarias para investigar tales denuncias y que en caso de comprobar abusos o delitos, sancione con todo rigor a los responsables.

[ Indice | Próximo ]

Colorline.gif (2424 bytes)

Artículo 1 del Reglamento sobre Observaciones in loco.

2  El primer Comunicado de Prensa es el siguiente: El día de hoy ha iniciado sus actividades en territorio argentino, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos integrada por su Presidente, Doctor Andrés Aguilar, y por los Miembros Doctores Luis Demetrio Tinoco Castro, Carlos A. Dunshee de Abranches, Tom Farer, Marco Gerardo Monroy Cabra y Francisco Bertrand Galindo. Actúa como Secretario el Doctor Edmundo Vargas Carreño, Secretario Ejecutivo de la Comisión, asistido de personal profesional, técnico y administrativo de la misma. El propósito de la visita es realizar una observación relativa al respeto de los derechos humanos, a las denuncias acerca de violaciones a dichos derechos y estudiar y analizar la situación de la materia a efecto de preparar un informe sobre la vigencia de tales derechos, de conformidad con las disposiciones normativas que rigen la Comisión. Durante su permanencia en Argentina, la Comisión sostendrá entrevistas y audiencias con autoridades, entidades y personas representativas de los distintos sectores que conforman la sociedad argentina, entre otros, de carácter político, profesional, religioso, empresarial, gremial, estudiantil, laboral, humanitario, y medios de comunicación colectiva. El Gobierno de Argentina formuló la invitación correspondiente a la Comisión para efectuar la visita, y le ha dado amplias seguridades de que dispondrá de libertar irrestricta para visitar centros o sitios de detención, para poder entrevistar a todas las personas e instituciones que la Comisión estime necesario y de que las personas e instituciones que deseen comunicarse con la Comisión podrán hacerlo sin obstáculos de ninguna clase y de que no se adoptarán represalias contra ellas. La Comisión realizará sus actividades de acuerdo con el programa preparado al efecto, tanto en la ciudad de Buenos Aires, Capital Federal, como en otras localidades del país, entre ellas, Córdoba, Tucumán, La Plata, Trelew y Resistencia. En todos estos lugares la Comisión atenderá, según el caso, a personas y entidades que deseen exponer sus problemas y plantear, para su trámite reglamentario, denuncias referidas a los derechos humanos. La Comisión espera que durante su permanencia en Argentina, las personas que estimen han sufrido violaciones de derechos humanos así como representantes de entidades que integran la sociedad argentina, le presten su cooperación, con el objeto de coadyuvar a una mejor comprensión de la realidad argentina en el campo de los derechos humanos. La Comisión tendrá sus oficinas en la forma siguiente: 1. Buenos Aires, Capital Federal: Avenida de Mayo 760 – Del 7 al 15 de septiembre. 2. Córdoba: Hotel Crillón – Del 10 al 14 de septiembre. 3. Tucumán: Hotel Versalles – Del 14 al 15 de septiembre. Buenos Aires, Capital Federal, 6 de septiembre de 1979.

La mayoría de las organizaciones políticas estuvieron representadas por varios delegados. Mencionamos en el presente Informe solamente algunos de ellos.

4  El último Comunicado de Prensa de la Comisión, es el siguiente:

Hoy concluyó la observación in loco sobre la situación de los derechos humanos en la República Argentina que por invitación del Gobierno realizó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a partir del día 6 de septiembre. Durante su permanencia en el territorio de la República Argentina, la Comisión se entrevistó con el Presidente de la Nación, miembros de la Junta Militar de Gobierno, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ministros del Interior, de Relaciones Exteriores y Culto, de Justicia, y de Cultura y Educación, así como con otras autoridades civiles y militares, tanto nacionales como provinciales. También la Comisión tuvo la oportunidad de reunirse con ex-Presidentes de la República, el Presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, y representantes de diversas instituciones políticas, religiosas, culturales, de defensa de los derechos humanos, de los medios de comunicación colectiva, profesionales, científicos, empresariales, sindicales y estudiantiles, de todas las cuales recibió su importante testimonio acerca de la situación de los derechos humanos en la República Argentina. La Comisión visitó igualmente los recintos penitenciarios de Caseros y Villa Devoto, en Buenos Aires, las Unidades 1 y 8 en Olmos, la Unidad 9 de La Plata y las cárceles de Córdoba, Resistencia y Rawson, así como los centros militares de detención de La Rivera, en Córdoba, y de Magdalena, en la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, la Comisión recibió en Buenos Aires, Córdoba y Tucumán las denuncias que se le formularon por presuntas violaciones de derechos humanos. Tales denuncias serán tramitadas de conformidad con el Estatuto y el Reglamento de la Comisión. El Gobierno argentino, por su parte, se ha comprometido con la Comisión a no tomar ningún tipo de represalias respecto de las personas que presentaron denuncias a la Comisión, así como también en relación a las entidades e instituciones que le proporcionaron informaciones o testimonios. Tanto en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba, Rosario y La Plata, la Comisión realizó diversas actuaciones tendientes a esclarecer ciertos hechos que le habían sido denunciados. La Comisión, desde luego, no puede adelantar ninguna opinión en cuanto a la situación de los derechos humanos en la República Argentina. Ella se reunirá en su sede de Washington durante el curso del mes de noviembre y tomando en consideración la valiosa información recogida durante su observación in loco y los documentos e informaciones que le han sido solicitados al Gobierno y que éste se ha comprometido a suministrar dentro de breve plazo, así como las otras fuentes de que dispone, elaborará su correspondiente informe, el cual será transmitido al Gobierno para que éste presente las observaciones que estime oportunas. Una vez analizadas tales observaciones, la Comisión transmitirá al órgano correspondiente de la OEA y lo hará público. Sin perjuicio de lo anterior, por su urgencia e importancia, la Comisión ha entregado al señor Presidente de la Nación hoy día, un documento contentivo de recomendaciones preliminares sobre aquellos asuntos que requieren de una pronta atención. La Comisión desea dejar constancia de las facilidades que tuvo de parte del Gobierno para el cumplimiento de su misión y agradecer la cooperación que le brindaron las autoridades, los medios de comunicación, las distintas instituciones representativas de la comunidad argentina y, en general, el pueblo argentino. Buenos Aires, 20 de septiembre de 1979.

5  Cuando la CIDH recibe una denuncia que reune los requisitos reglamentarios, es decir, una comunicación firmada y con la dirección del remitente, en la cual se alega una violación de parte de un Gobierno miembro de la OEA de alguno de los derechos reconocidos en la Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre y en cuyo caso se hayan agotado los recursos legales de la jurisdicción interna, cuando ello es procedente, la Comisión transmite las partes pertinentes de la comunicación al Gobierno aludido, omitiendo el nombre de la persona que ha presentado la denuncia. El Gobierno entonces dispone de un plazo de 180 días para presentar a la Comisión sus observaciones. Esta información a su vez se traslada al reclamante para que pueda contestar la respuesta del Gobierno. Cuando se ha cumplido con este aspecto del proceso, la CIDH toma una decisión final sobre el caso, la cual puede resultar en la adopción de una resolución presumiendo como probados los hechos denunciados.