DISCURSO DEL PRESIDENTE ANTE EL CONSEJO PERMANENTE
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

 

Washington D.C., 6 de febrero de 1995

 

            Señor Presidente del Consejo Permanente, Señor Secretario General Adjunto, Señora Secretaria Ejecutiva de la Comisión, distinguidos Representantes, compañeros Miembros de la Comisión, señoras y señores:

 

            Es un privilegio y un honor abrir este 88 período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En una sesión preliminar de tres días hábiles, necesaria debido al creciente volumen de trabajo, la Comisión ha venido celebrando audiencias sobre las peticiones y la situación de derechos humanos en algunos de los países. Las sesiones formales de la plenaria comenzarán hoy. Es tradición de la Comisión y del Consejo Permanente que esta ceremonia de apertura sea una oportunidad para que el Presidente de la Comisión hable en nombre de sus miembros, para comunicar, en términos generales, a la comunidad de los estados de nuestra región, una descripción de las recientes actividades de la Comisión, y para comentar acerca de los temas de derechos humanos que nos incumben a todos.

 

            Durante los 5 meses que han transcurrido desde nuestras últimas sesiones formales, la Comisión ha llevado a cabo visitas in loco a Haití, Ecuador, Guatemala y Jamaica. Los Gobiernos de cada uno de estos países suministraron a la Comisión todas las facilidades y su plena colaboración. La Comisión se vale de esta oportunidad pública para agradecerles a los Gobiernos su ayuda. La Comisión ha presentado cuatro nuevas demandas, ha discutido dos nuevos casos ante la Corte Interamericana, ha continuado con la preparación de varios informes hemisféricos, algunos de los cuales serán presentados en su momento ante la Asamblea General. Y por supuesto, continua con su función principal, ciertamente su raison d'être,  el trámite de casos individuales.

 

            La Comisión Interamericana con frecuencia ha observado que el derecho a un gobierno democrático, popularmente respaldado, el cual está garantizado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, es un derecho en sí mismo y un prerrequisito fundamental para la realización de prácticamente todos los demás derechos humanos internacionalmente reconocidos. Cuando hombres armados a los que se les ha dado la responsabilidad de proteger a la comunidad nacional traicionan esa confianza y vuelven sus armas contra el gobierno popular, suspenden la Constitución y las leyes y toman el control de un sistema judicial independiente, hasta ese momento, todos los derechos humanos se ponen en peligro. Sin el funcionamiento de un sistema judicial independiente, los ciudadanos no tienen refugio frente a la violación de sus derechos. Sin un sistema judicial independiente, no hay control sobre la policía, puesto que un sistema moderno de policía no puede funcionar sin una supervisión judicial efectiva. Las usurpaciones militares del poder demarcan el comienzo de una avalancha de violaciones a los derechos humanos.

 

            Sin embargo, curiosamente, el sistema legal internacional, en general, tiende a ver los problemas presentados por los golpes militares como una violación a los derechos humanos secundaria o menos urgente. El derecho internacional público, hasta hace poco, se inclinó a reconocer y ubicar a los usurpadores, sobre la base de que ellos eran, después de todo, el gobierno de facto. Actuar de otro modo, se sugería en algunos lugares, podría ser considerado como una injerencia en los asuntos internos.

 

            Con satisfacción, el Sistema Interamericano, en este sentido, está muy avanzado con respecto al resto del mundo. La histórica Declaración de Santiago y una serie de resoluciones a nivel político, han caracterizado claramente las usurpaciones de la autoridad civil como una violación a los derechos humanos fundamentales, y han establecido procedimientos que habilitan al hemisferio para responder efectivamente. Recientemente, en la Cumbre reunida en Miami, se reafirmó el compromiso del hemisferio con la democracia y los derechos humanos.

 

            Nuestra región continúa atravesando un proceso de consolidación y extensión del gobierno democrático. Desde de la  sesión anterior de la Comisión, fue restituido el gobierno legítimo y constitucional de Haití. Nuevamente, la Comisión visitó Haití en octubre y pudo confirmar el alivio extraordinario y manifiesto de la población por el regreso del Presidente electo y de su Gobierno, así como la gratitud para con la Fuerza Multinacional y con el sistema internacional y regional  que rehusó consentir la fuerza brutal, e insistió en la defensa de los derechos humanos del pueblo  haitiano. Sin embargo, la situación en Haití continúa siendo delicada, toda vez que el gobierno legítimo busca consolidar el control y retirar los efectos de tres años de brutal despotismo. El 17 de enero de 1995, el Secretario General de las Naciones Unidas, Boutros-Ghali, en un extenso informe especial para el Consejo de Seguridad sobre la situación en Haití, observó que "la actual seguridad relativa del pueblo haitiano, continúa siendo muy frágil." (S/1995/46, página 4). Ello difícilmente sería una sorpresa.  En un país que ha sido, por años, objeto de una brutal dictadura militar; la misma que cínicamente saqueó a un país que ya estaba sometido a severas sanciones internacionales, la reconstrucción de la democracia, la política, al igual que la infraestructura económica, tomará tiempo y requerirá de la fundamental asistencia internacional.

 

            La Comisión se reunió con el Presidente Aristide en Puerto Príncipe y le manifestó su continuo respaldo a los derechos humanos del pueblo haitiano y su deseo de ayudar, de todas las maneras compatibles con sus funciones bajo la Convención, en la reconstrucción de Haití. En ello, el papel de la Organización de Estados Americanos y de las Naciones Unidas es fundamental. La Comisión continuará su cuidadoso monitoreo de la situación de derechos humanos.

            Desafortunadamente, en Cuba han habido cambios poco visibles que pudieran dirigirse hacia una aproximación a los estándares internacionales de derechos humanos. Allí existe un partido único detrás de un líder virtualmente permanente que continua ejerciendo el control total y se resiste a las elecciones populares.

 

            El Gobierno constitucionalmente democrático es una exigencia de la Convención y un prerrequisito para el cumplimiento de los demás derechos humanos protegidos internacionalmente. Pero vale la pena reiterar que las elecciones y el gobierno popular no producen automáticamente la satisfacción de los demás derechos humanos. Por lo tanto, la Convención Americana hace un llamado para que exista un amplio programa de derechos humanos en cada uno de los estados partes.

 

            La consolidación de la democracia a nivel regional le ha permitido a la Comisión concentrarse en otros problemas sistemáticos, comunes en varios Estados de la región. Uno de los cuales reviste particular importancia. El sistema judicial o jurídico y el servicio público son bases fundamentales de un gobierno democrático y, por ende, de un sistema de derechos humanos. En varios de los países que la Comisión ha estudiado, el sistema judicial no cumple con dichos estándares y, ciertamente, los jueces prácticamente a todos los niveles del sistema judicial son los primeros en reconocerlo. Parte del problema son los recursos financieros insuficientes que brinda el sistema político, lo cual conduce a una deficiencia de personal y a una desmoralización general y abre el camino hacia la corrupción. Parte del problema, en algunos países, es la persistencia de procedimientos anticuados, lo que exige que la justicia opere de manera ineficiente, al tiempo que gasta innecesariamente los ya escasos recursos. Estos problemas sistemáticos son agravados por un mar de casos de narcotráfico, en muchos de los cuales los jueces fueron designados por conveniencia.  Uno de los principales indicadores de la patología resultante, es la grave demora en el trámite de los casos, el período extremadamente largo entre el arresto por asuntos criminales y el juicio, y los inaceptables períodos de detención previa al juicio.

 

            Estos problemas son generalizados y de poco sirve señalar países individuales. Ciertamente, los mismos gobiernos han sido los primeros en reconocer las dificultades. La Comisión está trabajando en un estudio que abarque todo el continente el cual podrá, esperamos que así sea, sugerir algunos ajustes sistemáticos que los países puedan efectuar para remediar la situación, de acuerdo con sus obligaciones bajo el artículo 2 de la Convención Americana.  De este modo, al igual que en la mayoría de los temas, los cambios dependen de la voluntad política del gobierno de cada país. Existen importantes modelos históricos de automejoramiento de los servicios públicos y judiciales.  Hay ejemplos sobresalientes de recientes iniciativas judiciales en nuestro hemisferio. Como quiera que las condiciones en cada país son diferentes, las respuestas exitosas indican que este es un tema que puede ser manejado dondequiera que exista la voluntad.

 

            La urgencia de estos cambios no puede ser subestimada.  Las violaciones a los derechos humanos no son algo fuera de lo común en los regímenes democráticos y constitucionales, porque los derechos son un proceso dialéctico que está constantemente evolucionando bajo la presión de los acontecimientos y las nuevas demandas de las personas. En realidad, en la medida en que sea más democrático un sistema, más confiado y cómodo está su pueblo para presentar denuncias contra las instituciones oficiales del gobierno para clarificar y ejercer sus derechos. Los tribunales son los recursos internos esenciales para el cumplimiento de tales peticiones y un sistema judicial efectivo es una exigencia de la Convención Americana. Asimismo, resulta parte indispensable de un estado de derecho, un servicio de policía moderno y eficiente. Pero la policía en un sistema moderno no puede operar eficazmente sin controles constitucionales, incluyendo independencia judicial. De ahí la importancia de un eficiente sistema judicial en lo que respecta a los derechos humanos en el ámbito nacional.

 

            Durante el lapso transcurrido entre el último período de sesiones de la Comisión y el actual, la CIDH tuvo que manejar denuncias relacionadas con el medio ambiente. Puede parecer anómalo caracterizar violaciones al medio ambiente como violaciones a los derechos humanos, pero el artículo 4 de la Convención Americana exige a los gobiernos la protección del derecho a la vida. Tal derecho se encuentra en riesgo, por ejemplo, cuando el agua; sin la cual la vida es inimaginable, es contaminada con procesos industriales no reglamentados.  Cuando se vierten desechos tóxicos directamente en el agua potable de la población, las consecuencias epidemiológicas son bien conocidas -aumento de enfermedades, niños muertos al nacer, malformación de fetos, enfermedades y disminución de la esperanza de vida.

 

            La Convención Americana no está en contra del desarrollo industrial. Todo lo contrario. Más que cualquier otro de los grandes instrumentos de derechos humanos del mundo moderno, la Convención Americana hace énfasis en los derechos económicos y su desarrollo, tal como lo hace la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Estos derechos pueden  satisfechos mediante el desarrollo de una economía fuerte. El problema es regular los usos industriales de modo que brinden protección a los derechos garantizados por la Convención Americana. Prácticamente todos los Estados en nuestro hemisferio tienen dichas reglamentaciones por escrito, lo que indica que existe un reconocimiento general de la obligación. En algunos casos el problemas es ineficaz puesta en ejecución de dichas reglamentaciones. La Comisión ha venido recibiendo más denuncias presentadas como peticiones individuales respecto de estos temas.

 

            Como se ha señalado al Consejo Permanente en ocasiones anteriores, la Comisión que fue creada mediante procesos políticos de la Organización de Estados Americanos, continúa dependiendo del apoyo de dichos trámites en la ejecución de sus propias labores. A este respecto, Señor Presidente, Señor Secretario General Adjunto, debo aprovechar esta oportunidad en nombre de mis colegas de la Comisión para agradecerle por la extraordinaria asistencia que usted brindó a la Comisión en el período anterior. La CIDH como siempre espera contar con su cooperación en el cumplimiento de nuestro objetivo común, la protección de los derechos humanos en el hemisferio.

 

 

Muchas gracias.

 

PRESENTACIÓN DEL INFORME ANUAL 1994 DE LA COMISIÓN

INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS POR EL PRESIDENTE

DR. ALVARO TIRADO MEJÍA ANTE LA COMISIÓN DE ASUNTOS

JURÍDICOS Y POLÍTICOS DEL CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA

 

 

Señor Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos

Señores Embajadores Representantes Permanentes

Señores Representantes Alternos

Señores miembros de la Comisión

Sra. Secretaria Ejecutiva de la CIDH

 

            Tengo el honor de someter a la consideración de esta Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente, en forma previa a la consideración por la Asamblea General, el Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos correspondiente al año 1994.

 

            Dada la importancia de esta presentación ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos y como una forma de reiterar su calidad de órgano intergubernamental, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha querido hacer presencia como cuerpo en esta importante reunión.  Me acompañan el Profesor Claudio Grossman y el Embajador John Donaldson, Vicepresidentes de la Comisión, así como el Comisionado Leo Valladares.

 

            Este Informe fue adoptado durante el 88o. Período Ordinario de Sesiones de la Comisión celebrado en Washington, D.C., entre el 6 y el 17 de febrero de este año, y ha sido elaborado teniendo en consideración tanto la Resolución 331 adoptada por el octavo período ordinario de sesiones de la Asamblea General como por el artículo 63 del Reglamento de la Comisión.

 

            El Informe, siguiendo los criterios que se contienen en esos dos documentos, consta de seis capítulos.

 

            El primero de ellos, como es usual, está destinado a exponer en forma sinóptica el origen y bases jurídicas de la Comisión, consignándose en ese capítulo también las reuniones que la CIDH ha mantenido durante el año 1994 con otros organismos del sistema interamericano y con organismos regionales y mundiales dedicados a los derechos humanos.

 

            El segundo Capítulo, que voy a tratar en forma más extensa, dice relación a las actividades que la Comisión cumplió durante el período a que se refiere el Informe que presento.  A ese respecto quisiera destacar que durante el año se celebraron tres períodos de sesiones:  el 85o. que se realizó entre el 31 de enero al 11 de febrero, el 86o. que se desarrolló entre el 6 y 7 de abril, y el 87o. que tuvo lugar entre el 19 y el 30 de septiembre, todos de 1994.

 

            Los asuntos abordados en los tres períodos de sesiones han sido resumidos en el Informe, por lo que no me voy a extender en su consideración.

 

            Una de las actividades más importantes cumplidas por la Comisión durante este período es la que se refiere a las observaciones o visitas in loco practicadas por la Comisión.  Quiero llamar la atención sobre la importancia que tienen estas observaciones in loco, que en la práctica constituyen una de las mejores herramientas de que dispone la Comisión para promover la observancia de los derechos humanos.

 

            Estas observaciones constituyen un excelente método para investigar los hechos, pero también le confieren a la Comisión una oportunidad única para prevenir y corregir situaciones que afectan la vigencia general de los derechos humanos.  En ese sentido, la Asamblea General ha venido reconociendo la importancia de estas observaciones; esperamos que este año también suceda así, y que ella solicite a los Estados que concedan su anuencia para que la Comisión pueda llevarlas a cabo.

 

            En el período a que se refiere el Informe, la Comisión visitó en Guatemala a las Comunidades de Población en Resistencia, tarea que se llevó a cabo entre el 4 y el 11 de marzo de 1994.

 

            Asimismo, la Comisión efectuó entre el 22 y el 27 de mayo una visita a las Bahamas, que consistió primordialmente en observar los asentamientos haitianos en Gran Abaco, Gran Bahamas, Eleuthera y Nueva Providencia, así como el campo de detención Carmichael Road.

 

            La Comisión visitó en noviembre del año pasado el Ecuador.  Asimismo, la Comisión efectuó una visita a Jamaica entre el 7 y el 9 de diciembre, a efecto de verificar las condiciones carcelarias y los centros de detención en ese país.

 

            También entre el 12 y el 15 de diciembre la Comisión regresó a Guatemala, a fin de observar la situación de derechos humanos y recibir información sobre casos en trámite originados en peticiones individuales en que se alegan violaciones de derechos humanos contempladas en la Convención Americana.

 

            Una mención muy especial merecen dos observaciones in loco que la Comisión llevó a cabo a Haití, una entre el 16 y el 20 de mayo y la otra entre el 22 y el 24 de octubre.

 

            Debo reiterar la satisfacción que a todos nos ha producido el esperanzador desenlace que tuvo la situación en Haití y el regreso del Presidente Jean Bertrand Aristide.  Hace votos la Comisión por el fortalecimiento de las instituciones democráticas como medio más eficaz para la protección y defensa de los derechos humanos fundamentales.

 

            No puede la Comisión dejar de mencionar el importante paso dado por el Presidente Aristide con la creación de la Comisión de la Verdad y Justicia, compuesta por siete miembros y presidida por la Sra. Francoise Boucard.  Dentro de sus miembros estará el Dr. Patrick Robinson, actual miembro y ex Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien actuará como experto a título individual.

 

            Si bien se ha superado una de las fases más dolorosas de la historia presente de Haití, el trabajo que tiene por delante el Gobierno actual es arduo y difícil y la Comisión desea por mi intermedio reiterar una vez más que está dispuesta a colaborar dentro de su mandato, en todo lo que se necesite para el proceso de consolidación de la democracia en esa nación.

 

            Otra tarea muy importante que le correspondió a la Comisión durante el curso de 1994 fue la relacionada con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que comprendió tanto su participación en casos contenciosos como su cooperación con la Corte en lo relacionado con la función consultiva de la misma.  En lo que respecta a los asuntos contenciosos, sobre el caso Neira Alegría y otros, conocido como "El Frontón", la Corte dictó sentencia contra el Estado del Perú el 19 de enero del presente año.

 

            En relación al caso de "Isidro Caballero Delgado y María del Carmen Santana" que conoce la Corte en contra del Estado de Colombia, ésta recibió testimonios sobre el fondo del asunto, de los testigos propuestos por las Partes.

 

            En lo que hace al caso "Genie" contra el Estado de Nicaragua, la Corte llevó a cabo la audiencia sobre excepciones preliminares interpuestas por el Gobierno.  El 27 de enero pasado, la Corte se pronunció sobre dichas excepciones y decidió declarar su competencia para conocer del caso.

 

            En el caso conocido como "El Amparo" contra el Gobierno de Venezuela, la Corte decidió el 18 de enero pasado tomar nota del reconocimiento de responsabilidad efectuado por el Gobierno de Venezuela.

 

            En relación al caso Maqueda contra el Gobierno de Argentina, la Corte admitió el desistimiento de la acción entablada por la Comisión y decidió sobreseer el caso en vista de que el Gobierno y el reclamante llegaron a un acuerdo de solución amistosa que acogía los intereses de ambos.

 

            La Comisión requirió a la Corte la adopción de medidas provisionales para proteger la vida e integridad personal de varios testigos, familiares de éstos y abogados en el caso Colotenango, en trámite en la Comisión, contra el Gobierno de Guatemala.

 

            Finalmente, me es grato informar que la Corte, con fecha 9 de diciembre de 1994 emitió su Opinión Consultiva OC-14, denominada "Responsabilidad internacional por expedición y aplicación de leyes violatorias de la Convención (artículos 1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".

 

            Esta Opinión había sido solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual pidió a la Corte determinar los efectos jurídicos que tendría una ley dictada por un Estado Parte en la Convención, que viola manifiestamente las obligaciones que ha contraído aquél al ratificar la Convención, y cuáles serían las obligaciones y responsabilidades de los agentes o funcionarios que cumplen esa ley.

 

            Esta Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente, recibió el 7 de abril pasado el Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos presentado por su Presidente, Dr. Héctor Fix-Zamudio, en el cual dio cuenta con mayores detalles de la actividad contenciosa y consultiva de ese órgano.

 

            Señores Embajadores,

 

            Quiero referirme también a otras importantes actividades de la Comisión, que constituyen el cumplimiento del mandato que la Carta de la OEA y la Convención Americana le han conferido en el área de promoción y difusión de los derechos humanos.

 

            Entre las actividades de las que se da cuenta en el Informe, quisiera destacar muy especialmente la conmemoración del 35o. aniversario de la creación de la Comisión, que se celebró en el país donde tuvo su origen, Chile, por invitación del Gobierno de ese país.  Durante esa visita se llevaron a cabo distintos actos, que contaron con la presencia del Presidente de la República, Dr. Eduardo Frei, de Ministros de Estado, del Presidente de la Corte Suprema y de otras autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo, actividades académicas y reuniones con representantes de ONG's de derechos humanos.

 

            El Capítulo III, señor Presidente, denominado "Informes Relativos a Casos Individuales" responde al mandato fundamental de la Comisión en materia de protección de los derechos humanos, y da cuenta de la que posiblemente sea la actividad más importante de la Comisión.  Me refiero a las peticiones individuales que la CIDH consideró durante el año 1994, sobre las cuales adoptó las correspondientes resoluciones.