INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 2007

 

CAPÍTULO I

 

INTRODUCCIÓN

 

 

1.       Hace casi medio siglo, los Estados de la Organización de Estados Americanos decidieron crear un sistema de derechos humanos que ha sido pionero en el fortalecimiento y defensa de los derechos humanos de millones de habitantes en la región. Sin duda, esta creación de los Estados se ha visto fuertemente enriquecida con la actual participación de la sociedad civil del hemisferio. El importante progreso que ha tenido el sistema interamericano de protección y promoción de los derechos humanos, debido principalmente a los logros alcanzados, plantea hoy nuevos desafíos que deben ser resueltos a través del diálogo abierto y constante entre los Estados, la sociedad civil y la Comisión y Corte Interamericanas.

 

2.       En primer lugar, se observa un aumento en la cantidad de peticiones que se presentan ante la Comisión. Hace sólo diez años la CIDH recibía un promedio de quinientas peticiones al año, mientras que en años recientes el número de peticiones recibidas se acerca a las mil quinientas por año. También ha ido en aumento la cantidad de casos que la Comisión somete al conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Durante las dos últimas décadas, la Comisión ha sometido a la Corte un total de 114 casos, más de la mitad de éstos (65) fueron sometidos desde el año 2003 hasta el presente. 

 

3.       Otro importante desarrollo del sistema interamericano de protección en los últimos años es la facultad de las víctimas y sus representantes de participar en el procedimiento ante la Corte Interamericana, proceso que se inició a partir de la reforma del año 2000 al Reglamento de la Corte y que definitivamente ha fortalecido los derechos de las víctimas como sujetos de derecho internacional.

 

4.       En la misma línea, a partir de la reforma del año 2006 al Reglamento de la Comisión se ha consolidado la práctica de la publicidad de las audiencias de la Comisión, lo que ha promovido el acceso de una mayor cantidad de personas a las audiencias que celebra la CIDH. La Comisión no sólo ha abierto sus puertas al público que llega a las audiencias, sino que ahora también las transmite en vivo a través de su página de Internet. A manera de ejemplo, durante el último período de sesiones de la Comisión llevado a cabo en octubre de 2007 más de 5000 personas ingresaron a la página web de la Comisión desde distintos países de la región para observar las audiencias. 

 

5.       Otro cambio en ese sentido ha consistido en la celebración de audiencias en el territorio de los Estados Miembros. En el año 2006 la CIDH celebró audiencias fuera de su sede, en el marco de su 125º período de sesiones llevado a cabo en Guatemala y en el 2007, la CIDH continuó esta práctica celebrando audiencias en Paraguay, donde llevó a cabo su 130º período de sesiones. La celebración de períodos de sesiones fuera de la sede ha permitido a la Comisión celebrar audiencias que difícilmente hubiera podido llevar a cabo en su sede, debido a los costos que las audiencias en Washington implican tanto para los peticionarios como para los Estados, lo que se agrava por las dificultades de obtener el visado migratorio respectivo. Cabe mencionar además que la Corte Interamericana también está implementando la práctica de celebrar sus audiencias en la sede de distintos países de la región, lo que contribuye a promocionar el sistema de derechos humanos en su conjunto.

 

6.       La Comisión ha consolidado además su labor en áreas temáticas, a través de la creación, durante las últimas dos décadas, de una serie de mecanismos destinados a ofrecer soporte especializado y adelantar actividades de promoción y protección en áreas temáticas de especial interés. Estas iniciativas se tradujeron en la creación de relatorías temáticas, que en algunos casos emergieron en virtud de mandatos conferidos a la CIDH por parte de los órganos políticos de la OEA, y en otros en virtud de iniciativas de la propia Comisión, en respuesta a prioridades emergentes o a llamados de la sociedad civil. En la mayoría de los casos, estas relatorías han operado bajo la órbita de miembros de la CIDH, elegidos por los Estados de la OEA. En el caso de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, se creó en 1998 la figura de un relator especial que es seleccionado por los miembros de la CIDH a fin dedicarse a tiempo completo a la promoción de un área temática de especial interés como es la libertad de expresión en las Américas. Las actividades de las distintas relatorías temáticas de la Comisión son cada vez más intensas, tanto durante sus períodos de sesiones como durante sus constantes visitas especializadas al terreno y de manera constante a través del monitoreo diario de la situación de los derechos a su cargo, lo que ha contribuido al fortalecimiento de los derechos de los pueblos indígenas, de las personas privadas de libertad, de los afrodescendientes, de las mujeres, de los niños, de los trabajadores migratorios y sus familias, y del derecho a la libertad de expresión.

 

7.       Estos y otros desarrollos han estado acompañados de los dos actores principales del sistema: los Estados y las víctimas, tanto de manera individual como representados por organismos de la sociedad civil. Es con su apoyo que el sistema interamericano ha logrado avances que incluyen el desarrollo de legislaciones internas de los países del hemisferio en base a los estándares internacionales de derechos humanos en temas como desaparición forzada, pena de muerte y terrorismo; la derogación de leyes de amnistía por su incompatibilidad con la Convención Americana; la derogación de las denominadas “leyes de desacato” en virtud de su incompatibilidad con el derecho a la libertad de expresión; la adopción de leyes para proteger a las mujeres víctimas de violencia doméstica; la ejecución de políticas públicas para promover la igualdad racial; la adopción de medidas legislativas y administrativas para crear mecanismos efectivos de delimitación, demarcación y titulación de propiedades  de comunidades  indígenas; el progresivo ajuste de las condiciones de sistemas carcelarios a las normas internacionales de protección de los derechos humanos; el desarrollo de mecanismos judiciales para combatir la impunidad por las violaciones de derechos humanos, entre otros.

 

8.       Pero estos cambios no podrían haberse realizado sin el creciente reconocimiento de la autonomía e independencia de los órganos del sistema. La credibilidad y legitimidad del sistema interamericano de protección radica en que sus decisiones sean tomadas de manera completamente independiente.

 

9.       Asimismo, la autonomía administrativa de la Comisión en relación con la Secretaría General y otros órganos políticos de la OEA, resulta crucial para garantizar que la Comisión pueda actuar libre de presiones directas o indirectas que puedan provenir de los órganos políticos de la OEA. Sobre este particular es importante destacar que desde el año 1994  se ha ido desarrollando una práctica según la cual los distintos Secretarios Generales han apoyado la autonomía administrativa de la Comisión.

 

10.      Conciente de que la legitimidad del sistema y su preservación exigen un consenso entre todos y cada uno de sus actores, la Comisión ha otorgado la mayor importancia al mantenimiento de un diálogo permanente, abierto y público sobre el perfeccionamiento del sistema interamericano con los Estados, la sociedad civil y los órganos del sistema.  En el marco de este diálogo, la Comisión ha realizado varios esfuerzos recientes para desempeñar con mayor eficacia su mandato de proteger a los pueblos del hemisferio de manera más efectiva.

 

11.      Estos esfuerzos se vuelven más urgentes conforme crece la legitimidad del sistema, reflejada en el constante incremento en el número de personas que acuden a plantear sus peticiones, la diversidad de temas que se presentan y de organizaciones que asisten a sus audiencias, el alto nivel de representación estatal y de la sociedad civil en las mismas, el aumento de utilización de la jurisprudencia y los estándares del sistema por múltiples tribunales de la región, el incremento de los mandatos que la Asamblea General le otorga a la Comisión y los importantes resultados logrados en la defensa de los derechos humanos gracias a la utilización del sistema.  La legitimidad del sistema interamericano de protección se manifiesta también en el actuar de los Estados de la región a través de la conclusión de acuerdos de solución amistosa, reconocimientos de responsabilidad internacional en casos ante la Comisión y la Corte, e invitaciones abiertas para que la Comisión pueda realizar visitas de observación de la situación de los derechos humanos en sus territorios.

 

12.      Pero esta realidad, unida a los desafíos que enfrentan los sistemas nacionales de justicia, conduce a que más y más los hombres y mujeres de este hemisferio acudan a la Comisión Interamericana en búsqueda de respuestas a sus demandas de protección de  derechos humanos, y trae como consecuencia el aumento de asuntos pendientes ante la Comisión. Así, mientras más relevante es el rol de la Comisión en la protección de derechos humanos, más disminuye su capacidad de responder a la diversidad creciente de necesidades y situaciones en los 35 países del hemisferio.

 

13.      En el proceso de identificar herramientas que le permitan a la Comisión cumplir con su mandato y reaccionar de forma eficaz y oportuna ante  los casos y temas bajo su conocimiento, la CIDH ha llevado a cabo una serie de acciones. En primer lugar, con el objeto de eliminar el atraso procesal, se elaboró un diagnóstico de la situación de peticiones en estudio, así como un programa de trabajo para un grupo de abogados que tendrá como prioridad la eliminación del atraso procesal y que buscará instalar al mismo tiempo en la Secretaría Ejecutiva de la CIDH una capacidad continua de evaluación y tramitación inicial de 1500 peticiones por año.  Paralelamente, se emprendió un trabajo de reorganización y redistribución de tareas relacionadas con las solicitudes de medidas cautelares, creando un grupo de trabajo en la Secretaría Ejecutiva de la CIDH que se dedicará de forma exclusiva a la evaluación y seguimiento las aproximadamente 300 solicitudes de medidas cautelares que se reciben al año en la Comisión.

 

14.      Otro de los medios a través de los cuales la CIDH ha buscado cumplir con más efectividad su papel de protección y promoción de los derechos humanos en el hemisferio ha sido a través de las reformas a su Reglamento, que han sido el resultado de un diálogo permanente entre los órganos del sistema con los Estados y la sociedad civil. Desde que se aprobó su Reglamento, la Comisión ha incorporado ocho reformas de distinta magnitud a fin de perfeccionar las normas reglamentarias a la luz del objeto y fin de la Convención Americana. 

 

15.      En respuesta a las inquietudes de los Estados y la sociedad civil, la Comisión adoptó una reforma integral a su Reglamento en el año 2000, que resultó entre otras cosas en la división de las etapas de fondo y admisibilidad y en el aumento de casos sometidos ante la Corte Interamericana.  En dicha ocasión, la Comisión revisó también el plazo otorgado al Estado en respuesta a la remisión inicial de peticiones y contempló la posibilidad de establecer un plazo menor en vista a la variable urgencia de los reclamos tramitados.  La Comisión ha invocado este plazo inicial reducido con gran prudencia, reservándolo para reclamos que requirieran de un tratamiento expedito. 

 

16.      La última modificación fue adoptada el 27 de octubre de 2006 en el 126º período ordinario de sesiones y tuvo por objeto introducir la cuestión de la solicitud de pronta respuesta a los Estados en el trámite de peticiones y casos de gravedad y urgencia, así como también la definición de las reglas que rigen la concesión, llamamiento y celebración de audiencias por parte de la Comisión Interamericana. La reforma adoptada en el año 2006 le permite a la Comisión solicitar la pronta respuesta de los Estados en casos urgentes en etapas posteriores del procedimiento, de tal suerte que esta norma complementa la Reforma del año 2000.

 

17.      La integridad y eficacia de la protección brindada a los habitantes del hemisferio por el sistema depende, primordialmente, de los esfuerzos de los Estados Miembros para alcanzar la universalidad del sistema mediante la ratificación de la Convención Americana y los demás instrumentos sobre derechos humanos, así como la aceptación de la jurisdicción de la Corte; del cumplimiento con la obligación de adaptar su legislación interna a sus obligaciones internacionales y su debida interpretación y aplicación por los órganos del Estado, en particular el poder judicial; y del cumplimiento de los compromisos internacionales y las decisiones y órdenes de la Comisión y de la Corte. Asimismo, los Estados deben proveer a los órganos del sistema de los recursos[1] necesarios para que puedan cumplir a cabalidad con sus funciones y atender debidamente todas las tareas asignadas. 

 

18.      El compromiso de los Estados con el sistema interamericano es lo que permitirá a la Comisión y la Corte, como órganos subsidiarios de protección, contribuir con respuestas a los desafíos que los Estados enfrentan hoy en día, principalmente en el ámbito de la administración de justicia. Los Estados crearon el sistema de protección de los derechos humanos y juegan un rol esencial como garantes colectivos de ese sistema, que hoy es un sistema no sólo de los Estados sino de todos los habitantes de las Américas.


 

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[1] El detalle del presupuesto de la CIDH y sus fuentes de financiamiento está disponible, a partir del 2007, en su página web http://www.cidh.oas.org/recursos.sp.htm