SEGUNDO INFORME DE PROGRESO DE LA RELATORÍA SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS EN EL HEMISFERIO

 

 

I.           INTRODUCCIÓN

 

1.          La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha comenzado a  prestar especial interés a la situación de los trabajadores migratorios y sus familias en el hemisferio.  Por ello, creó la Relatoría Especial sobre Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias. Esta Relatoría Especial está a cargo de uno de los comisionados de la CIDH, el doctor Juan Méndez, y cuenta con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva de la misma.  Al crear esta Relatoría Especial la CIDH delimitó su campo de acción únicamente a los trabajadores migratorios y sus familias cuando éstos se mueven más allá de sus Estados de origen. En tal sentido, la CIDH aclaró que ella no se abocaría al conocimiento de otras categorías de personas migratorias como "personas desplazadas en el ámbito interno", "apátridas", "refugiados" o “solicitantes de asilo”. Sin perjuicio de lo anterior, la CIDH es consciente que hay principios comunes que se aplican a todas estas categorías de personas. En este sentido, es preciso observar que, dada su delicada situación, refugiados, desplazados internos, apátridas y solicitantes de asilo pueden en determinadas ocasiones transformarse en trabajadores migratorios y viceversa. 

 

2.          La CIDH decidió dedicar una atención especial al fenómeno de los trabajadores migratorios y sus familias dados los graves problemas en materia de derechos humanos que afectan a estas personas. A través de los años, la CIDH ha tenido conocimiento de dichos problemas como consecuencia de sus visitas in loco, denuncias sobre violaciones de derechos humanos y audiencias especiales para tratar el tema. La CIDH estima que los trabajadores migratorios y sus familias son sectores sociales especialmente vulnerables que, en muchas ocasiones, son objeto de abusos y de violaciones sistemáticas de sus derechos esenciales. De igual manera, la CIDH tomó en consideración la importancia que los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) le han brindado al tema en la agenda hemisférica.[1]

 

          3.          La iniciativa de la CIDH de crear una Relatoría Especial sobre Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias ha tenido una gran acogida entre los Jefes de Estado y Gobierno de las Américas, quienes en el Plan de Acción de la Segunda Cumbre de las Américas señalaron que:

 

(Los Gobiernos) apoyarán las actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con respecto a la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, particularmente por medio del Relator Especial para Trabajadores Migrantes.

 

          4.          La Relatoría Especial tiene por objetivo estimular de manera preferente la conciencia por el pleno respeto de los derechos humanos de los trabajadores migratorios y sus familias; formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la protección y promoción de los derechos humanos de estas personas, a fin de que se adopten medidas progresivas en su favor; elaborar informes y estudios especializados sobre la materia; así como actuar con prontitud respecto a peticiones o comunicaciones en donde se señale que los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias son vulnerados en algún Estado miembro de la OEA.

 

5.          La Relatoría Especial quiere señalar que muchas de las actividades que tiene previsto desarrollar en el marco de su mandato se han visto coartadas, toda vez que no se ha contado con suficientes apoyo financiero por parte de los Estados miembros u otras instituciones o organizaciones. Las diversas actividades desarrolladas por la Relatoría Especial se han llevado adelante sólo gracias al aporte de 50.000 dólares efectuado por el Gobierno de México en diciembre de 1999.

 

          6.          La CIDH ha creído necesario realizar informes de progreso anuales sobre diferentes aspectos de la problemática de los trabajadores migratorios desde una perspectiva de los derechos humanos. Se ha optado por esta modalidad en vez de realizar un informe único sobre la situación de estas personas en el hemisferio ya que, dada la dimensión y complejidad del problema y dados los recursos con los que cuenta la Relatoría, resultaría difícil, sino imposible, realizar un estudio comprensivo sobre la materia.

  

7.          El informe que presentamos a continuación se divide en las siguientes partes. En la primera sección se hace mención a las principales actividades desarrolladas por la Relatoría durante el año 2000.  En segundo lugar se revisa la jurisprudencia desarrollada por los órganos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos (la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos) durante el año 2000 en materias que dicen relación a trabajadores migratorios y sus familias y otras áreas a fines con este fenómeno. En la tercera sección del informe se describe brevemente de forma analítica el problema planteado por la migración en materia de derechos humanos. A continuación, en la cuarta sección, se analiza el problema planteado por la xenofobia, el racismo y la discriminación en contra de trabajadores migratorios y sus familias. Las condiciones de debido proceso y de detención de trabajadores migratorios son examinadas en las secciones quinta y sexta de este informe. En la penúltima parte se ensaya un análisis de las respuestas enviadas por los Estados al cuestionario enviado por la CIDH sobre la situación de los trabajadores migratorios y sus familias en el hemisferio. El informe termina con la presentación de conclusiones y recomendaciones. Como anexo se presentarán seis  nuevas respuestas recibidas de parte de Estados al cuestionario enviado por la Relatoría.

 

 

II.       PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA RELATORÍA DURANTE
EL AÑO 2000  

          8.          Durante su 106º período ordinario de sesiones de la CIDH celebrado entre los días 22 de febrero y 10 de marzo de 2000, ésta designó al doctor Juan Méndez como Relator Especial de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias.

 

          9.          El 22 de marzo de 2000 en la sede de la CIDH se firmó un acuerdo de cooperación entre la CIDH y la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), con la finalidad que ambas instituciones puedan de manera conjunta desarrollar diferentes actividades destinadas a promover la observancia y protección efectiva de los migrantes en el hemisferio. Luego de la firma del acuerdo de cooperación ambas instituciones emitieron un comunicado de prensa conjunto que señaló entre otros que:

 

Ambas instituciones están conscientes que las cuestiones de migraciones, y en especial lo referente a los trabajadores migratorios y miembros de sus familias, constituye hoy una de las cuestiones más significativas en la progresiva universalización del sistema de relaciones internacionales y que es necesario abordarlas desde una perspectiva multilateral, teniendo en cuenta además la voluntad expresada por los Jefes de Estado y Gobierno del hemisferio en la Segunda Cumbre de las Américas en el sentido de desplegar esfuerzos especiales para garantizar el pleno cumplimiento y observancia de los derechos humanos de los migrantes.

 

Ambas instituciones confían que este Acuerdo de Cooperación contribuirá al desarrollo de diferentes actividades entre ambos organismos en un futuro cercano.

 

          10.          En abril de 2000, en tanto, la CIDH fue informada que se le había otorgado el estatus de observador en la Conferencia Regional sobre Migraciones (CRM).[2] 

 

          11.          En mayo de 2000, la CIDH reiteró a los Estados miembros que no habían contestado el cuestionario sobre trabajadores migratorios y sus familias el cual había  sido enviado por primera hace apróximadamente dos años. Dicho cuestionario había sido elaborado y enviado a los Estados para indagar acerca de las características, prácticas y la legislación existente en el hemisferio con respecto al fenómeno de los trabajadores migratorios y sus familias. En el transcurso del año se recibieron seis nuevas respuestas, tal como se verá más adelante en este informe.

 

          12.          En junio de 2000, la CIDH co-auspició junto a la OIM y la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) un seminario de expertos sobre “Mejores Prácticas en el Trato de Migrantes”, el cual tuvo lugar en la sede de la CEPAL en Santiago de Chile.

 

           13.          En septiembre de 2000, la OEA a través de la CIDH, co-auspició el “Simposio sobre Migración Internacional en las Américas” que se desarrolló en San José, Costa Rica. Dicho evento contó con la participación de representantes de los diferentes Estados del hemisferio, así como representantes de la sociedad civil y expertos sobre el fenómeno migratorio.[3]

 

          14.          En octubre de 2000, el Relator Especial sobre Trabajadores Migratorios y sus Familias fue invitado por Guatemala a realizar una visita in loco a fin de observar el fenómeno de los trabajadores migratorios en dicho país. Sobre el particular, tanto Guatemala como el Relator se encuentran determinando los días en que se realizará la visita señalada.

 

          15.          En noviembre de 2000, la Relatoría Especial participó en calidad de experta en un seminario organizado por la Red de Organizaciones de la Sociedad Civil que integran la CRM. En esa oportunidad, la Relatoría Especial abordó el tema “Trabajadores Migrantes y Derechos Humanos a la luz del sistema interamericano de protección de derechos humanos.”

 

          16.          Por otro lado, a través de la Relatoría Especial, la CIDH participó por primera vez en calidad de observador en la VI Conferencia Regional sobre Migraciones (CRM) que se realizó en San José, Costa Rica, entre los días 19 y 23 de marzo de 2001. Asimismo, participó en la Conferencia Regional de la Red Organizaciones de la Sociedad Civil,  que se realizó de manera paralela a dicho foro. 

 

III.      JURISPRUDENCIA DESARROLLADA POR EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN RELACIÓN A LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y MIEMBROS DE SUS FAMILIAS

 

          17.          La Relatoría Especial ha considerado necesario informar anualmente a la Asamblea General sobre la diversa jurisprudencia desarrollada por los órganos del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos en cuanto a los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias como una manera de enriquecer el análisis sobre la materia, así como para servir de guía para la protección de los derechos fundamentales de estas personas.

 

          18.          En su informe de 1999, la Relatoría Especial esbozó algunos principios sobre la problemática de trabajadores migratorios y miembros de sus familias que habían sido desarrollados por la jurisprudencia de la Comisión y la Corte. De esta manera, se hizo mención a: a) la prohibición de expulsiones masivas de extranjeros; b) derecho a las garantías judiciales y a la protección judicial (con especial énfasis en la protección consular); c) derecho a la nacionalidad y; d) protección a la familia.

 

          19.          Durante el año 2000, el sistema interamericano de derechos humanos tuvo la oportunidad de abordar la problemática de los trabajadores migratorios y sus familias a través de una solicitud de medidas provisionales presentada por la Comisión a la Corte con motivo de la expulsión masiva de haitianos y dominicanos de origen haitiano que se encontraban en territorio de República Dominicana.[4] La solicitud de medidas provisionales presentada por la Comisión a la Corte dio lugar a que ésta última ordenara medidas provisionales en favor de determinadas personas a fin de proteger sus derechos fundamentales.[5]

 

          20.          Lo importante de esta jurisprudencia desarrollada por el sistema interamericano de derechos humanos, tal como se verá más adelante, radica en que es la primera vez que se pone en movimiento el mecanismo de medidas provisionales con el fin de: a) frenar las expulsiones masivas de personas; b) requerir a un Estado que se abstenga de expulsar de su territorio a determinadas personas; c) requerir a un Estado que permita el retorno inmediato de determinadas personas a su territorio; y d) requerir a un Estado que permita la reunificación familiar de determinadas personas.

 

          21.          De igual manera, la Comisión declaró admisible dos casos que se refieren en alguna medida a trabajadores migratorios. Uno de estos es el caso el No 11.495 y que se denuncia la deportación del ciudadano nicaraguense Juan Ramón Chamorro de Costa Rica y quien alega que se le han violado diversos derechos consagrados en la Convención Americana.[6] El otro caso es el 12.198 y que se denuncia que a las niñas Dilcia Yean y Violeta Bosica se les ha negado la nacionalidad dominicana a pesar de haber nacido en territorio dominicano y de que la Constitución Política establece el principio de jus solis.[7]

 

22.          Por último, la Comisión el 4 de abril de 2001 aprobó e hizo público el informe 51/01 (caso 9903 Rafael Ferrer Mazorra v. Estados Unidos de América), caso conocido como  “los cubanos del Mariel”.[8]

 

          La solicitud de medidas provisionales y la resolución de la Corte [9]

 

23.          El 12 de noviembre de 1999, la Comisión recibió una comunicación en la cual se denunciaba la realización de expulsiones masivas por parte del Estado dominicano de personas haitianas y dominicanas de origen haitiano. En la denuncia se indicaba que las expulsiones se realizaban mediante redadas colectivas, sin procedimiento legal que permitiera identificar adecuadamente la nacionalidad de los “ expulsados”, ni su estatus migratorio, ni sus vínculos familiares; simplemente eran separados de sus hogares, sin previo aviso y, sin permitirles llevar sus pertenencias. 

 

24.          El 22 de noviembre de 1999 la Comisión emitió una medida cautelar y solicitó a la República Dominicana que cesara las expulsiones masivas y que, en caso de que éstas procedieran, las realizara satisfaciendo los requisitos del debido proceso.[10] El 7 de diciembre de 1999, el Estado dominicano rechazó la medida cautelar.

         

25.          Según los peticionarios, el flujo de deportaciones descendió un poco luego de noviembre de 1999, sin embargo, volvió a incrementarse en el primer cuatrimestre del año 2000. A raíz de ello, el 30 de mayo de 2000, la CIDH elevó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de medida provisional de carácter genérico en favor de personas haitianas y dominicanas de origen haitiano que se encontraban sujetas a la jurisdicción de la República Dominicana y que corrían el riesgo de ser expulsadas o deportadas colectivamente. Dicha situación ponía en riesgo el derecho a la vida e integridad física de los deportados, así como la de los familiares, especialmente menores de edad. Asimismo, la Comisión solicitó a la Corte que adoptara las medidas provisionales para que el Estado dominicano estableciera procedimientos que permitieran verificar los casos donde no procedía la deportación, de aquellos casos en que sí procede. En casos de proceder la expulsión o deportación de personas que se encuentran en territorio dominicano, éstas deberían satisfacer plenamente los requisitos del debido proceso, incluyendo el plazo mínimo de notificación, acceso a miembros de la familia, audiencias adecuadas y decisiones adoptadas legalmente por las autoridades competentes. Asimismo, solicitó que en todos los casos, las deportaciones deberían realizarse de manera individual y no en forma masiva.

 

          26.          El 13 de junio de 2000 la Comisión presentó a la Corte un addendum a la solicitud de medidas provisionales e individualizó a una serie de personas víctimas de las expulsiones para quienes también pidió medidas protección.

 

27.          El 8 de agosto de 2000 en tanto, se celebró una audiencia pública sobre la solicitud de medidas provisionales en la sede de la Corte, en donde comparecieron la Comisión y el Estado dominicano. A la delegación de la Comisión se agregaron representantes de las entidades peticionarias, CEJIL y el Centro de Derechos Humanos de la Universidades de Columbia (Nueva York) y California Berkeley. En calidad de testigos comparecieron a la audiencia el sacerdote Pierre Ruquy, de origen belga, y la Sra. Sonia Pierre, ciudadana dominicana, quienes trabajan con la población haitiana radicada en República Dominicana.

 

          28.          El 18 de agosto de 2000, la Corte otorgó medidas provisionales en favor de determinadas personas (aquellas señaladas en el addendum y también a favor de los testigos), pero rehusó ordenar medidas a favor de categorías o grupos de personas en número y de identidad indeterminadas. Sobre el particular, la Corte señaló en sus considerandos:

 

Que es atributo de la República Dominicana tomar decisiones soberanas acerca de su política de migración, las cuales deben ser compatibles con las normas de protección de los derechos humanos establecidas en la Convención Americana.

 

Que los antecedentes presentados por la Comisión en su solicitud demuestran prima facie una situación de extrema gravedad y urgencia en cuanto a los derechos a la vida, la integridad personal, protección especial a los niños en la familia y el derecho de circulación y residencia de las personas identificadas en el addendum

 

Que el artículo 1.1 de la Convención señala el deber de los Estados Partes de respetar los derechos y libertades reconocidos en ese tratado y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que éste sujeta su jurisdicción.

 

Que es responsabilidad de la República Dominicana adoptar medidas de seguridad para proteger a todas las personas que estén sujetas a su jurisdicción; este deber se torna aún más evidente en relación con quienes estén vinculados por procesos ante los órganos de supervisión de la Convención Americana.

 

          29.          En la parte resolutiva de la decisión de la Corte se resolvió:

 

1.   Requerir al Estado de la República Dominicana que adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad personal de Benito Tide Méndez, Antonio Sension, Andrea Alezy, Janty Fils-Aime y William Medina Ferreras.

 

2.   Requerir al Estado de la República Dominicana que se abstenga de deportar o expulsar de su territorio a Benito Tide Méndez, Antonio Sension.

 

3.   Requerir al Estado de la República Dominicana que permita el retorno inmediato a su territorio de Janty Fils- Aime y William Medina Ferreras.

 

4.   Requerir al Estado de la República Dominicana que permita, a la mayor brevedad, la reunificación familiar de Antonio Sensión y Andrea Alezy con sus hijos menores en República Dominicana.

 

5.   Requerir al Estado de la República Dominicana que colabore con Antonio Sension para obtener información sobre el paradero de sus familiares en Haití o en la República Dominicana.

 

30.          Como se ve, la Corte rehusó ampliar su jurisprudencia, que hasta ahora ha sido consistente en el sentido de otorgar medidas provisionales sólo a favor de personas claramente nombradas e identificadas. En cambio, la medida de la Corte es innovadora en otro aspecto importante: hasta la fecha, la Corte sólo había dictado medidas para proteger los derechos a la vida y la integridad física de personas en riesgo. Con esta medida, sin embargo, por primera vez la Corte extiende su protección a derechos como el de residencia en el país de origen, a medida de protección de menores y a la vida familiar.

 

IV.           MIGRACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

 

31.          La presente sección de este informe describe de forma analítica el problema planteado por la migración en materia de derechos humanos. El objetivo de esta parte es explicar el marco en el que ocurren las violaciones a los derechos humanos de los trabajadores migratorios y sus familias en el hemisferio. Para ello, se examinan diversos aspectos de esta problemática, entre ellos, la evolución y nuevas características de la migración en la última década, sobre todo en el hemisferio americano; se analizan los intereses de los actores involucrados en el problema, como Estados y trabajadores migratorios; y por último, se reseña brevemente la normativa internacional en materia de protección de estas personas. 

 

32.          En la última década, la migración se ha transformado en uno de los temas más importantes de la agenda política internacional. En países receptores de inmigrantes, como Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia, Canadá y Australia, entre otros, gobiernos, partidos políticos, la sociedad civil, las iglesias, y los medios de comunicación han debatido extensamente la materia. Similares discusiones han surgido en una gran cantidad de países en desarrollo como Malasia, Argentina y Sudáfrica, que recientemente han recibido un creciente número de inmigrantes. Los debates sobre migración, sin embargo, no se han circunscrito a las naciones receptoras, sino también a los países de origen de las personas que migran, como México, El Salvador, Turquía, Indonesia, Rumania, Albania, entre muchos otros.

 

33.          En los países receptores, la discusión se ha centrado en cómo restringir la entrada de extranjeros, cuáles son las consecuencias sociales, culturales y económicas de la migración, o de cuáles beneficios sociales es lícito privar a los inmigrantes. En cambio, en los países de origen, el debate se ha remitido a cómo se debieran o podrían proteger los derechos fundamentales de millones de migrantes que se ven expuestos a abusos y a explotación en países receptores, qué derechos y beneficios sociales debieran hacerse extensivos a los migrantes y sus familias, o cómo asegurar una estabilidad en los países de residencia que garantice que los inmigrantes puedan continuar enviando remesas a las familias que quedan en el país de origen.

 

34.          Como reflejo de la preocupación de los Estados por el tema, varios países han fomentado debates en diversos foros intergubernamentales, especialmente en Naciones Unidas. Asimismo, los Estados han creado conferencias y foros especiales, sobre todo en el ámbito regional, para intercambiar información y experiencias con relación al problema. En el hemisferio americano se han creado dos importantes foros. Por un lado, la Conferencia Regional sobre Migraciones, conocida como Conferencia de Puebla, un foro creado en 1996 y en el que participan once países de Centro y Norte América, Estados Unidos, Canadá, México, Guatemala, Honduras, Costa Rica, Belice, El Salvador, Panamá, Nicaragua y República Dominicana. Por el otro, la Conferencia Sudamericana de Migraciones, iniciado en 1999 y que reúne a Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.

 

35.          La relevancia adquirida por la migración se debe en gran parte a que, mientras al interior de muchos países desarrollados existe la impresión, real o aparente, de que se ha llegado a un límite en cuanto a la capacidad de absorber migrantes, en el mundo el número de personas que migran continúa creciendo de forma notable. Esto quiere decir que mientras la presión migratoria sobre los países receptores, sobre todo desarrollados, ha aumentado en forma ostensible, la disposición de estas naciones a recibir migrantes ha disminuido bruscamente (salvo algunas excepciones como Irlanda y Suiza).

 

36.          De acuerdo a la Organización Internacional de Migraciones (OIM) hoy en el mundo hay 150 millones de migrantes (una cifra algo menor que la población de Brasil).[11] La mayor parte de esta gente son personas que migran en busca de un futuro mejor, huyendo de pobreza, violencia y falta de oportunidades en sus países de origen. En uno de sus últimos informes, en tanto, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) afirma que entre 1965 y 1990 el número de migrantes creció casi un cincuenta por ciento, de 75 a 120 millones.[12] De acuerdo a la OIT, de este número, entre 70 y 80 millones eran personas que migraron voluntariamente en busca de trabajo, mientras que el resto corresponde  ya sea a refugiados o desplazados internos.[13] De los entre 70 y 80 millones de migrantes voluntarios, un porcentaje alto, pero indeterminado corresponde a personas indocumentadas. (Es muy difícil establecer la cantidad de personas indocumentadas dada la reticencia de estas personas a ser empadronados por miedo a ser deportadas o detenidas por las autoridades). De acuerdo al mismo estudio, entre 1970 y 1990 el número de países clasificados como receptores importantes de migrantes subió de 39 a 67, mientras el de países de origen subió de 29 a 55. El estudio también señala que el número de países que son a la vez receptores y de origen de migrantes subió de 4 a 15.[14]

 

Crecimiento Migratorio

 

37.          Los expertos coinciden en que en el ámbito mundial la migración ha aumentado como consecuencia de la combinación de factores demográficos, económicos, políticos y sociales. Indudablemente, el crecimiento de la población mundial, que el año 2000 llegó a 6 mil millones, ha generado un incremento importante en el número de migrantes. Entre 1970 y 1990 la migración en el mundo creció en un promedio de 1.9% al año. Este aumento, sin embargo, representó sólo un 0.1% más que la tasa de crecimiento de la población a nivel mundial (1.8%). En otras palabras, el crecimiento de la migración no indica que haya habido un cambio importante en la propensión de las personas a migrar, sino más bien refleja con notable precisión el crecimiento poblacional.[15]

 

38.          El crecimiento de la migración, empero, no sólo se explica por cambios demográficos. Ciertos factores políticos, sobre todo el fin de la Guerra Fría, también han contribuido a multiplicar la migración. Con el fin de la Unión Soviética fueron suprimidas una serie de restricciones migratorias impuestas por los regímenes comunistas para regular la inmigración. Esto llevó a que miles de personas optaran por emigrar, sobre todo dado el notable deterioro de las condiciones de vida en los ex países comunistas. Del mismo modo, el resurgimiento de rivalidades nacionales, religiosas y étnicas, en parte facilitadas por el fin de la Guerra Fría, desataron una ola de violencia en los Balcanes (Yugoslavia, Bosnia, Croacia), el Cáucaso (Georgia, Armenia, Azerbaiján, Chechenia) y en algunas ex provincias soviéticas (Tayikistán), lo que generó un éxodo importante de personas, sobre todo a Europa. De forma similar, problemas étnicos, sociales y religiosos en África, Asia y América Latina y el Caribe también han contribuido a incrementar el número de migrantes.

 

39.          Al mismo tiempo, el fin de la Guerra Fría incidió negativamente en el interés por parte de los países desarrollados de recibir disidentes o de reconocer militantes políticos extranjeros como disidentes que merecen protección internacional. Los países desarrollados de occidente dejaron de apreciar una ventaja estratégica en la protección de fugitivos de regímenes comunistas. [16]

 

40.          Uno de los factores que más ha incidido en el aumento de la migración ha sido la creciente disparidad en los niveles de vida y beneficios sociales y laborales (acceso a educación, servicios de salud y pensiones) entre los países desarrollados y los países en desarrollo. Aunque diferencias entre países ricos y pobres han existido siempre, en las últimas dos décadas la disparidad ha tendido a acentuarse. Uno de los aspectos que ilustra mejor esta tendencia es la evolución de las remuneraciones: mientras en los países desarrollados los salarios han tendido a subir, en la mayoría de los países en desarrollo han tenido alzas leves, se han mantenido estacionarios o, en numerosos casos, incluso han caído. A modo de ejemplo, en 1980 la diferencia en el salario por una hora de trabajo de un obrero de manufacturas chino y otro estadounidense era de 1:36 (US$ 0.25 a US$ 9.87); en 1995, la relación se disparó a 1:72 (US$ 0.25 contra US$17.20). De modo similar, en 1996, un obrero mexicano podía ganar en promedio hasta nueves veces más trabajando en Estados Unidos. Estas enormes disparidades, naturalmente, han redundado en mayores índices de migración.[17]

 

41.          Los cambios tecnológicos han tenido también una enorme repercusión en el aumento de la migración. La masificación del tránsito aéreo unido a mejoras en el transporte terrestre y marítimo, han facilitado la migración al reducir el costo y aumentar la eficiencia del transporte. Asimismo, la creciente penetración de los medios de comunicación ha permitido a una mayor cantidad de personas en los países en desarrollo enterarse de las condiciones de vida en los países desarrollados. Seducidos no sólo por las oportunidades económicas sino también por nuevos patrones culturales transmitidos por la televisión, el cine o la música popular, muchas personas han decidido emigrar de sus países. Adelantos tecnológicos, especialmente la reducción en el costo de las comunicaciones, por otro lado, han permitido a las personas que migran establecer un contacto mucho más fluido con sus familias en sus países de origen. Estas condiciones han reducido la sensación de aislamiento y transculturación de los migrantes, convenciendo a muchos de que es posible probar fortuna en otro país.

 

42.          La reciente aparición de organizaciones transnacionales dedicadas al tráfico de personas también ha estimulado en forma notable la migración. Gracias a sofisticados recursos y a un acabado conocimiento de los mecanismos de control inmigratorio, estos grupos han sido capaces de burlar la vigilancia de las autoridades y de introducir ilegalmente a países de destino a cientos de miles de migrantes. Asimismo, estas organizaciones han fomentado la migración al reclutar mujeres y niños de países en desarrollo para actividades ilegales, entre ellas la prostitución.[18]

 

43.          Factores sociales también han afectado el fenómeno migratorio. Un elemento que ha contribuido de modo notable al crecimiento de la migración ha sido el aumento del número de mujeres migrantes. De manera creciente, muchas mujeres han comenzado a migrar siguiendo a sus maridos y familias. De forma gradual, sin embargo, muchas otras han empezado a migrar por su cuenta. Es importante consignar que históricamente las mujeres representaban un porcentaje menor del número total de migrantes. Hoy en día, sin embargo, ellas representan el 47.5% del número total de migrantes en el mundo. El hecho de que millones de mujeres hayan engrosado las filas migratorias no sólo ha incrementado el número total de personas que migran, sino que también ha transformado de forma radical este fenómeno social.[19]

 

44.          Otro elemento que contribuye de forma importante al crecimiento de la migración es el desarrollo de comunidades de migrantes. Estas últimas ejercen un efecto de imán, ya que a través de canales informales diseminan información, por ejemplo, acerca de las reglas de inmigración, el mercado de trabajo o de vivienda. De este modo, incentivan y facilitan que un mayor número de personas intenten migrar.[20]

 

45.          Por último, es importante consignar que, de manera creciente, catástrofes naturales como terremotos, sequías, inundaciones, huracanes, están contribuyendo a incrementar el número de migrantes. Si bien estos desastres han generado históricamente movimientos migratorios, gracias a que los adelantos tecnológicos facilitan la migración hoy más que nunca las personas simplemente abandonan sus países luego de grandes desastres naturales.[21] En el hemisferio americano se han dado casos paradigmáticos como el Huracán Mitch de 1998 que catapultaron la migración de miles de centroamericanos, sobre todo a México, Estados Unidos y Canadá

 

Tendencias en el Hemisferio

 

46.          En el hemisferio, la migración ha experimentado un aumento apreciable en las últimas décadas. Al igual que en el resto del mundo, este crecimiento se debe a factores económicos y políticos que han alimentado históricamente la migración, pero también a cambios en ciertos patrones culturales y sociales. Las fuentes migratorias tradicionales, especialmente el éxodo de mexicanos a Estados Unidos, han mantenido o incluso aumentado su volumen. Además de estos focos tradicionales, sin embargo, en los últimos años han surgido varias nuevas vertientes migratorias, sobre todo en Sudamérica.

 

47.          La migración a Estados Unidos sigue siendo el principal eje migratorio regional (de hecho éste es el principal eje migratorio del mundo). De acuerdo a OIM, Estados Unidos recibe alrededor de 1 millón de migrantes legales al año y además permite la entrada transitoria de otras 300.000 personas, entre ellas, profesionales con contrato temporal, trabajadores temporeros y estudiantes. Migrantes arriban a Estados Unidos provenientes de todos los continentes. Según el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS), en la última década destacan chinos, indios, polacos, vietnamitas, filipinos, ucranianos, coreanos, irlandeses y rusos. Entre los migrantes legales provenientes del hemisferio americano, destacan mexicanos, dominicanos, salvadoreños, cubanos (quienes en su mayoría emigraron tras la Revolución de 1959) y en menor medida jamaiquinos, canadienses, guatemaltecos, haitianos, bahameses y sudamericanos.[22] De las personas que oficializaron su estatus migratorio en Estados Unidos en 1998, el mayor porcentaje correspondió a mexicanos (20%), chinos (5.6%), Indios (5.5%) y dominicanos (3.1%). [23]

 

48.          Asimismo, una cifra indeterminada pero muy significativa de personas entra sin documentación a Estados Unidos. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), alrededor de 5 millones de personas indocumentadas vivían en Estados Unidos en 1996.[24] Por otro lado, de acuerdo a un informe del INS, citado por la OIM, el número de migrantes indocumentados crece en 275.000 personas cada año.[25] Más de la mitad de los migrantes indocumentados en Estados Unidos son mexicanos (es importante señalar que trabajadores mexicanos históricamente han migrado a Estados Unidos en busca de mejores condiciones laborales). Un número significativo, pero bastante menor de inmigrantes indocumentados, proviene de Centro América. A raíz de la crisis política que afectó a Centro América en la década de los ochenta, salvadoreños, guatemaltecos y nicaragüenses comenzaron a emigrar en gran número a Estados Unidos. Tras una caída significativa a principios de los noventa, el éxodo de centroamericanos a Estados Unidos volvió a incrementar como resultado de la devastación provocada por el huracán Mitch en 1998. Canadienses, haitianos, dominicanos, jamaiquinos, bahameses, así como un número importante de sudamericanos, la mayoría de la región andina, también regularmente migran a Estados Unidos.[26]

 

49.          Aunque mucho menor, otro polo tradicional de migración en el hemisferio es Canadá. A diferencia de Estados Unidos, sin embargo, chinos, indios, taiwaneses y filipinos, y no mexicanos, centroamericanos o caribeños constituyen la principal fuente de inmigración en Canadá. Entre los americanos, los salvadoreños y haitianos son los grupos inmigratorios más importantes. Canadá también recluta de forma temporal cada año a casi 300,000 trabajadores agrícolas, la mayoría mexicanos.[27]

 

 50.          México es otro importante país receptor en la región, sobre todo de guatemaltecos, hondureños, nicaragüenses, panameños, colombianos y venezolanos. Muchas de estas personas emigran a México atraídas por mayores salarios, otras para huir de la violencia o bien porque desean continuar viaje a Estados Unidos.[28] Por otro lado, el Gobierno de México indica que cerca de 330.000 estadounidenses indocumentados residen en su territorio.[29] La migración de haitianos a República Dominicana, así como centroamericanos a Costa Rica, [30] particularmente nicaragüenses, son otras dos fuentes importantes de migración en el Caribe y Centro América. [31]

 

51.          En Sudamérica, Argentina y Venezuela atraen el mayor número de migrantes. Argentina alberga casi 2 millones de inmigrantes, más de la mitad de América Latina. Cifras de OIM indican que el número de inmigrantes latinoamericanos en Argentina subió de 571.000 en 1970 a 818.000 en 1991. Estas personas migran atraídas por mejores condiciones salariales, especialmente de Chile (la mayoría trabajadores zafrales en la Patagonia), Bolivia, Paraguay, Brasil y Uruguay (en su mayoría trabajadores calificados).[32] En Venezuela, en tanto, viven casi un millón de inmigrantes, la mayoría no autorizados. En su gran mayoría provienen de Colombia, pero también de Perú y Ecuador.[33]

 

52.          Aunque menos importante que Argentina y Venezuela, Brasil también atrae un vasto número de migrantes. Se calcula que hoy en día 800,000 extranjeros viven en Brasil, la mayoría paraguayos, bolivianos y peruanos, y en menor medida argentinos y uruguayos.[34] Otro receptor tradicional de migración en Sudamérica es Paraguay, donde residen entre 350- 400, 000 trabajadores migratorios, la mayoría brasileños indocumentados (brasiguaios).[35]

 

53.          En la región han surgido en el último tiempo nuevas vertientes migratorias. La difícil situación que vive Colombia, donde un incremento importante en la violencia ha coincidido con una aguda crisis económica, ha generado un éxodo importante de colombianos, principalmente a Estados Unidos, México, Panamá y Europa. Una aguda crisis económica y política ha provocado una salida masiva de ecuatorianos a Argentina y España. La inestabilidad política y los problemas económicos en el Perú, por otro lado, han precipitado la emigración de entre 350.00 a 500.000 peruanos a Japón, Europa, Estados Unidos, Argentina y últimamente a Chile. De modo similar, problemas económicos en Argentina y Uruguay han llevado a que muchas personas, algunas con alta calificación profesional, emigren a Estados Unidos, Europa y en menor medida a México. En este sentido, el caso de Chile es paradigmático. Tradicionalmente un país de origen de migrantes, Chile ha comenzado a absorber un número creciente de extranjeros, entre ellos cubanos, ecuatorianos y peruanos, debido a un alza en el nivel de salarios generado por un largo período de crecimiento económico.

 

54.          El hecho de que muchos países del hemisferio se hayan transformado en lugares de tránsito de migrantes es una característica nueva y muy interesante. Por México, Guatemala, Honduras, Costa Rica, Nicaragua y El Salvador, pasan cada año miles de centroamericanos, caribeños y sudamericanos rumbo a Estados Unidos o Canadá. En Sudamérica se da un fenómeno similar. Peruanos y ecuatorianos atraviesan territorio boliviano o chileno para entrar a Argentina y Colombia y Centro América camino a Estados Unidos. Un fenómeno notable tiene que ver con la llegada de un número importante de migrantes extra regionales a diversos países del hemisferio. De acuerdo a estadísticas entregadas por diversos gobiernos a esta relatoría, asiáticos, africanos y personas de Europa del Este arriban con el objetivo de proseguir viaje a Estados Unidos, Canadá u otros destinos.[36]

 

55.          Otra tendencia importante que se aprecia en el hemisferio tiene que ver con la firma de acuerdos bilaterales o multilaterales entre los Estados. Estos acuerdos, algunos de larga data, otros muy recientes, tienen como fin ayudar a los Estados a regularizar la migración de trabajadores migratorios y sus familias a través de la coordinación de políticas. Hoy por hoy existen en la región más de una decena de convenios migratorios intergubernamentales. Entre los acuerdos bilaterales más importantes podemos mencionar los firmados entre Canadá-México; Estados Unidos-México; República Dominicana-Haití; Bolivia-Argentina; Costa Rica-Nicaragua; Colombia-Venezuela y Perú-Argentina. Entre los acuerdos multilaterales más importantes en materia de migración destacan los firmados por los países del Mercosur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay);[37] y el Pacto Andino (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela).[38]

 

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[1] En la Declaración de Montruois llamada "Una Nueva Visión de la OEA", aprobada por la Asamblea General en Haití en 1995, se señaló que como producto de la creciente interdependencia e integración económica se obliga al tratamiento del problema de los trabajadores migratorios y de sus familias a través de enfoques basados en la solidaridad entre los Estados miembros, y con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de dichas personas.

En la Cumbre de las Américas celebrada en Santiago de Chile en abril de 1998 los gobernantes y jefes de Estado de las Américas señalaron en la Declaración de Santiago que "desplegaremos especiales esfuerzos para garantizar los derechos humanos de todos los migrantes, incluidos los trabajadores migrantes y sus familias". Asimismo, en el Plan de Acción de esta Cumbre, entre otras cosas, se señala que los Estados deben velar por el pleno cumplimiento y protección de los derechos humanos de todos los trabajadores migratorios, deben tomar medidas a fin de eliminar y erradicar todas las formas de discriminación en su contra, deben impedir su abuso y maltrato por parte de los empleadores, y deben procurar de proporcionarles las mismas condiciones laborales de protección jurídica otorgadas a los trabajadores nacionales.

[2] El 8 de octubre de 1999, la Comisión había solicitado formalmente a través de la Ministra de Relaciones Exteriores de El Salvador, en ese entonces Estado a cargo de la Secretaría Pro Tempore de la Conferencia Regional sobre Migraciones, participar en calidad de observador permanente en el citado foro. 

[3] El simposio fue organizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Este evento contó además del auspicio de la OEA con el del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Fondo de Población de Naciones Unidas (FNUAP).

[4] El artículo 63 (2) de la Convención Americana dispone que, en casos de “extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas”, la Corte podrá, en los asuntos que aún no estén sometidos a su conocimiento, a solicitud de la Comisión, tomar las medidas provisionales que considere pertinentes. Por su parte, el artículo 25 (1) del Reglamento de la Corte señala que “en cualquier estado del procedimiento, siempre que se trate de casos de extrema gravedad y urgencia y cuando sea necesario para evitar daños irreparables a las personas, la Corte, de oficio o a instancia de parte, podrá ordenar las medidas provisionales que considere pertinentes, en los términos del artículo 63.2 de la Convención.”

[5] La solicitud de medidas provisionales se hizo a favor de un grupo determinado (de haitianos y dominicanos de origen haitiano) aunque innominado de personas, debido a que la práctica del Estado dominicano no permitía distinguir miembros individuales del grupo y debido a que éstos no se atrevían a presentarse de manera individual por temor a represalias.

[6] Véase, CIDH, Informe de Admisibilidad No 89/00 caso 11.495 Juan Ramón Chamorro Quiroz  (Costa Rica), 5 de octubre de 2000.

[7] Véase,  CIDH, Informe de Admisibilidad No 28/01, caso 12.189 Dilcia Yean y Violeta Bosica (República Dominicana), 22 de febrero de 2001.

[8] Véase, Informe 51/01 Rafael Ferrer Mazorra y otros v. Estados Unidos publicado en este Informe Anual, páginas 792-860. La Relatoría en un informe posterior sintetizara los alcances de la jurisprudencia desarrollada por la CIDH en este informe.

[9] Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Medidas Provisionales solicitadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto de la República Dominicana”, 18 de agosto de 2000.

[10] El artículo 29 del Reglamento de la Comisión señala que “en casos urgentes, cuando se haga necesario para evitar daños irreparables a las personas, la Comisión podrá pedir que sean tomadas medidas cautelares para evitar que se consume el daño irreparable, en el caso de ser verdadero los hechos denunciados”.

[11] OIM. World Migration Report 2000. Página Internet: http://www.iom.int/iom/Publications/entry.htm

[12] Stalker, Peter. Workers Without Frontiers. The Impact of Globalization on International Migration. Boulder CO.: Lynne Rienner Publishers, 2000, pp.6.

[13] Según el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Comité Estadounidense para los Refugiados (USCR), en el año 2000 habían entre 12-14 millones de refugiados y al menos 21 millones de desplazados internos. ACNUR. Refugees and Others of Concern to UNHCR. Geneva: ACNUR 2000, p. 6. USCR. World Refugee Survey 2000.  Washington: USCR, 2001, pp. 4-6.

[14] Stalker,  Op. cit. pp. 5-7.

[15] Stalker, Op. cit., pp.5-7.

[16] Loescher, Gil. Beyond Charity. Oxford: Oxford University Press, 1993, pp. 18-23, 103-108.

[17] Stalker, Op. cit., pp. 1-23; OIM, Op cit.

[18] Naciones Unidas, Derechos Humanos de los Migrantes Informe E/CN.4/2000/82, párrafo 41; Human Rights Watch.  World Report. Special Issues and Campaigns: Racial Discrimination and Related Intolerance: Migrants and Refugees. Página Internet en http://www.hrw.org/wr2k1/special/racism.html#migrants.

[19] OIM, Op. cit.

[20] Weiner, Myron. The Global Migration Crisis: Challenges to States and Human Rights. New York: Harpers Collins College Publishers, 1995, pp. 10-12.

[21] OIM, Op cit.

[22] INS. Immigrants Admitted by Region and Selected Country of Birth: Fiscal Years 1992-99. Página Internet http://www.ins.gov/graphics/aboutins/statistics/annual/fy94/744.htm.

[23] OIM, Op cit.

[24] Stalker,  Op. cit. p. 26.

[25] OIM, Op .cit.; respuesta del Gobierno de Estados Unidos al cuestionario enviado por esta relatoría.

[26] OIM, Op. cit.; respuesta del Gobierno de EstadosUnidos al cuestionario enviado por esta Relatoría. 

[27] OIM, Op .cit.

[28] OIM, Op .cit.

[29] Respuesta del Gobierno de México al cuestionario enviado por esta Relatoría.

[30] OIM, Op .cit.; respuesta del Gobierno de México al cuestionario enviado por la Relatoría.

[31] OIM, Op .cit.

[32] OIM, Op. cit.

[33] OIM, Op .cit.; respuesta del Gobierno de Venezuela al cuestionario enviado por esta Relatoría.

[34] OIM, Op .cit.; respuesta del Gobierno de Brasil al cuestionario enviado por esta Relatoría.

[35] OIM, Op. cit.; respuesta del Gobierno de Paraguay al cuestionario enviado por esta relatoría.

[36] Respuestas de los Gobiernos de Bolivia, Brasil, Costa Rica, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala y México al cuestionario enviado por esta relatoría.

[37] Chile y Bolivia no son miembros plenos, sino sólo asociados a MERCOSUR.

[38] El Tratado de Libre Comercio Norteamericano (TLCNA) entre Canadá, EstadosUnidos y México, en tanto, establece sólo ciertas cláusulas para la entrada y salida de emoresarios.