COMUNICADO DE PRENSA

 

No. 102/10

 

CIDH DEPLORA EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES CONTRA UNA FAMILIA EN VENEZUELA

 

Washington, D.C., 8 de octubre de 2010 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deplora las ejecuciones extrajudiciales de miembros de la familia Barrios en Venezuela sin que el Estado haya adoptado medidas para proteger la vida de estas personas ni para investigar los crímenes ocurridos.

 

Desde 1998, seis miembros de la familia Barrios han sido asesinados, y al menos en cinco de los casos se trató de ejecuciones extrajudiciales perpetradas por policías del Estado Aragua. La Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos le han dado seguimiento a esta situación mediante todas las acciones correspondientes (solicitudes de información, medidas cautelares, medidas provisionales, informes de admisibilidad y de fondo de la Comisión y envío de la demanda a la Corte IDH), pero el Estado de Venezuela no adoptó las medidas necesarias para proteger la vida de los miembros de esta familia, que continúa siendo víctima de asesinatos, detenciones, allanamientos, amenazas y hostigamiento. El Estado tampoco ha dispuesto que se realicen investigaciones efectivas sobre estos crímenes, que permanecen en la impunidad.

 

El 1 de septiembre de este año fue asesinado Wilmer José Flores Barrios, de aproximadamente 19 años de edad. Entre 1998 y 2009 fueron asesinados su hermano Rigoberto, a los 15 años; su primo Oscar, a los 22 años; y sus tíos Benito, Narciso y Luis. Benito y Narciso Barrios fueron ejecutados extrajudicialmente por la policía de Aragua, y la CIDH determinó en el procesamiento de este caso que hay elementos suficientes para inferir que lo mismo ocurrió con Luis, Rigoberto y Oscar Barrios.

 

La Comisión Interamericana solicitó al Estado de Venezuela que adoptara las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad de los miembros de la familia Barrios, pero el Estado nunca las implementó. Asimismo, las medidas de protección ordenadas por la Corte IDH en noviembre 2004 tampoco fueron implementadas por el Estado; bajo su vigencia, otros tres miembros de la familia han sido asesinados.

 

En su resolución del 4 de febrero de este año, la Corte IDH se refirió al "incumplimiento por parte del Estado de las medidas ordenadas por la Corte” y calificó  la situación como “de extrema gravedad y urgencia, que pone en grave riesgo la vida y la integridad” de los miembros de la familia.

 

La Comisión Interamericana considera de suma gravedad que el Estado de Venezuela no haya dispuesto medidas efectivas de protección a  pesar de que por lo menos desde el año 2004 ha tenido pleno conocimiento de las ejecuciones extrajudiciales que comenzaron a perpetrarse contra miembros de la familia Barrios.

 

La CIDH recuerda que es obligación del Estado investigar de oficio hechos de esta naturaleza y sancionar a los responsables. Asimismo, la Comisión reitera una vez más su llamado al Estado de Venezuela a adoptar en forma inmediata y urgente todas las medidas necesarias a fin de garantizar el derecho a la vida, la integridad y la seguridad de los miembros sobrevivientes de esta familia.

 

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.

 

 

Enlaces Útiles:

 

 

 

-

 

 

Lea este comunicado de prensa en inglés / Read this press release in English

 

Contacto de prensa:

Correo electrónico: cidh-prensa@oas.org

 

Para suscribirse a la lista de distribución automática de comunicados de prensa de la CIDH, por favor ingrese su dirección de correo electrónico en el formulario de suscripción (pulse aquí).