COMUNICADO DE PRENSA

N° 17/03

 

PREOCUPACIÓN DE LA CIDH POR LA SITUACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO EN GUATEMALA Y LA CANDIDATURA DE RÍOS MONTT
 

          La Comisión expresa su preocupación por el persistente deterioro del Estado de Derecho en Guatemala que adquiere particular intensidad en el contexto del proceso electoral que culminará con las elecciones generales de noviembre de 2003.  

La Comisión destaca que desde el inicio del proceso electoral once activistas políticos han sido asesinados. Asimismo, ha recibido información sobre el incremento de actos de intimidación, asesinatos, amenazas, ataques a la integridad personal y violaciones de domicilio, dirigidos tanto contra líderes sociales y políticos, como contra defensores de derechos humanos, operadores de justicia y periodistas, en el marco del proceso electoral guatemalteco. Dada la gravedad de la situación, la Comisión otorgó medidas cautelares para proteger la integridad personal de activistas políticos en el departamento de Chiquimula.  

Asimismo, la Comisión fue informada que de abril a julio de 2003 se han registrado más de 30 incidentes contra líderes campesinos, guías espirituales mayas, defensores de derechos humanos y funcionarios estatales encargados de la protección y defensa de los derechos humanos. Entre dichos incidentes se destacan el secuestro, el asesinato, las amenazas, los allanamientos ilegales, la vigilancia de sedes de trabajo y lugares de residencia, así como el seguimiento y persecución en la vía pública. La Comisión ha otorgado medidas cautelares destinadas a amparar la vida e integridad personal de miembros de diferentes organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos en Guatemala.  

Durante la última Asamblea General de la OEA realizada en Chile en junio de 2003, los Estados adoptaron la Resolución Nº 1920 sobre Defensores de Derechos Humanos en las Américas, en la cual condenaron los actos que dificulten las tareas que desarrollan los defensores y exhortaron a los Estados miembros a que intensifiquen los esfuerzos para la adopción de las medidas necesarias para garantizar la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los mismos.  

La Comisión ha recibido información preocupante sobre la situación de seguridad de los periodistas. Desde abril se han reportado a la CIDH más de 20 incidentes de amenazas, vigilancia, seguimientos y allanamientos ilegales en detrimento de comunicadores sociales y directores de medios, tanto en la capital como en el interior. La libre cobertura periodística y el debate público son fundamentales, en particular durante un proceso electoral en el que la sociedad debe estar debidamente informada.    

Finalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifiesta su preocupación porque el ex general Efraín Ríos Montt pueda ser uno de los candidatos para participar en los comicios presidenciales. La CIDH considera que la participación de Ríos Montt como candidato presidencial es una grave amenaza a la consolidación del Estado de Derecho, a la estabilidad democrática y a la efectiva protección de los derechos humanos en Guatemala, iniciada con la firma de los Acuerdos de Paz Firme y Duradera en diciembre de 1996. Bajo el gobierno de facto de Ríos Montt (1982-1983) se produjeron graves y masivas violaciones a los derechos humanos. Durante este período se implementaron estructuras militarizadas, como las Patrullas de Autodefensa Civil para consolidar el control sobre la población, responsables de graves violaciones a los derechos humanos, y se dio continuidad a la estrategia de tierra arrasada, en la que fueron destruidas cientos de aldeas, se eliminó parte de la población maya y se provocó un desplazamiento masivo de la población civil que habitaba las áreas de conflicto. La espiral de violencia dentro del marco del conflicto armado que dejó como saldo más de 200.000 personas muertas y desaparecidas alcanzó su máximo nivel entre 1981 y 1983, período en que tuvieron lugar 81% de las ejecuciones y desapariciones forzadas.  

Asimismo, la decisión que habilitaría al ex general Ríos Montt a participar en el proceso electoral ha sido cuestionada por diversos actores y organizaciones de la sociedad guatemalteca y en particular, por una resolución del Procurador de Derechos Humanos en la que concluye que la forma utilizada para elegir, mediante sorteo secreto, a los dos magistrados suplentes que integraron la Corte de Constitucionalidad para decidir el recurso de amparo sobre la inscripción del ex general como candidato presidencial, “entraña un comportamiento lesivo a los principios del debido proceso”.  

En 1993 la Comisión se pronunció sobre la postulación del ex general Ríos Montt a la candidatura de la Presidencia de la República. En el Informe Nº 30/93, la Comisión expresó que la condición de inelegibilidad  para quienes hayan liderado movimientos o gobiernos de ruptura del orden constitucional consagrada en el artículo 186 de la Constitución de Guatemala, “corresponde con principios jurídicos de relación internacional y de defensa común de la consolidación democrática de la región,… para hacer efectivo el funcionamiento del sistema constitucional y para defender la integridad de los derechos de sus ciudadanos”.  

Durante una visita a ese país en marzo del presente año, la CIDH expresó su seria preocupación por el deterioro significativo en asuntos cruciales para la preservación y el fortalecimiento del Estado de Derecho, como son, entre otros, la debilidad del Poder Judicial, la existencia de grupos clandestinos que actúan impunemente al margen de la ley y los ataques a defensores de derechos humanos, operadores de justicia, periodistas, sindicalistas y otros representantes de sectores sociales.   

La Comisión observa que en la actualidad la situación de derechos humanos continua agravándose e insta al Estado de Guatemala a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar la plena vigencia del Estado de Derecho en los términos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Carta Democrática Interamericana, en particular la libre participación en el proceso electoral, la transparencia en todas las decisiones, administrativas y judiciales, que puedan afectar al mismo y garantizar la seguridad de todos los actores del proceso electoral.  

Washington, D.C., 24 de julio de 2003