|
COMUNICADO DE PRENSA
N° 16/03
ENTRADA EN VIGENCIA DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN
DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS |
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) celebra la entrada en vigencia, el 1º de
julio de 2003, de la
“Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los
Trabajadores Migratorios y de sus Familiares”, adoptada por la Asamblea de
General de las Naciones Unidas en 1990. La Relatoría sobre Trabajadores
Migratorios y Miembros de sus Familias, considera que esta Convención
representa un avance importante en la generación de estándares internacionales
de protección en materia de derechos humanos para un sector vulnerable de la
población. Entre sus puntos principales, la Convención establece un catálogo
amplio y detallado de derechos humanos para los trabajadores migratorios y sus
familias, así como un sistema de revisión de informes periódicos por parte de
los Estados miembros frente a un Comité de Expertos en el que pueden participar
la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otras agencias y
organizaciones intergubernamentales especializadas en la materia. La Convención
constituye el instrumento más ambicioso e integral por establecer derechos y
obligaciones específicos en este ámbito.
La entrada en vigencia de la Convención responde
al incremento en la importancia del tema migratorio, así como a las condiciones
de vulnerabilidad de las personas y trabajadores migratorios, que en numerosas
ocasiones deben enfrentar abierta hostilidad por parte de la población local y
de las autoridades. La situación es particularmente grave en el caso de
personas indocumentadas, cuya condición las expone a más abusos. Varios
Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) han
ratificado la Convención: Belice, Bolivia, Colombia, Ecuador, El Salvador,
Guatemala, México y Uruguay. La Relatoría destaca que, en parte, gracias a la
ratificación de estos Estados la Convención finalmente ha entrado en vigencia.
Por otro lado, la Relatoría aprovecha la oportunidad de la entrada en vigencia
de este instrumento para reiterar su llamado a los Estados miembros de la OEA
que aún no han ratificado la Convención a que consideren hacerlo en el futuro.
En el diseño de cualquier política en materia
migratoria, los Estados deben reconciliar y complementar dos principios
fundamentales: por un lado, su derecho a regular la entrada de personas a su
territorio de acuerdo a sus necesidades, en otras palabras, de ejercer su
soberanía; y por otro, respetar la dignidad intrínseca y el derecho de
millones de seres humanos que buscan emigrar de sus países en busca de mejores
condiciones de vida para ellos y sus familias. La entrada en vigencia de la
Convención es un paso importante para lograr un equilibrio entre los dos
principios arriba enunciados. Washington,
D.C., 3 de julio de 2003
|