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COMUNICADO DE PRENSA

Nº 2/99

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha tomado conocimiento de que las "Autodefensas Unidas de Colombia" han reivindicado el secuestro de John Jairo Bedoya Carvajal, Jorge Heriberto Salazar, Claudia María Tamayo y Olga Ruth Rodas, miembros del Instituto Popular de Capacitación (IPC), que tuviera lugar el pasado 28 de enero en la ciudad de Medellín, República de Colombia. Igualmente, ha recibido la noticia del asesinato de Julio Ernesto González y Everardo de Jesús Puerta —miembros del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos– ocurrido el 30 de enero en la autopista Medellín-Bogotá.

Ante estos acontecimientos, la CIDH no puede sino reiterar su preocupación por el hecho de que las personas dedicadas a trabajar por la defensa de los derechos humanos en Colombia como miembros de organizaciones no gubernamentales o desde algunos órganos del Estado mismo, se ven crecientemente amenazadas y agredidas en el contexto del conflicto armado.

La CIDH desea expresar su enfática condena a los hostigamientos y ataques de esta naturaleza, en general, y en este caso concreto al asesinato de los dos miembros del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y el secuestro de los cuatro miembros del IPC, en particular. Las normas del derecho internacional protegen el derecho a la integridad personal de los civiles y prohiben la ejecución extrajudicial y la toma de rehenes bajo cualquier circunstancia tanto en tiempos de paz como en tiempos de conflicto armado. La mera afiliación política, profesional o institucional de personas dedicadas a la defensa de los derechos humanos de ninguna manera puede esgrimirse como excusa para privarlas de la vida o la libertad.

La Comisión hace un llamado urgente para que quienes retienen a John Jairo Bedoya Carvajal, Jorge Heriberto Salazar, Claudia María Tamayo y Olga Ruth Rodas respeten su vida y su integridad personal, y los dejen en libertad en forma inmediata. Así mismo, insta al Estado colombiano a intervenir decididamente a fin de cumplir con su deber de tomar las medidas necesarias para dar con el paradero de estas personas y resguardar su integridad personal, al igual que investigar y castigar a los responsables de los delitos que se hayan cometido en este caso y en el del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos.

 

Washington, D.C., 4 de febrero de 1999